Part 4.6
Section § 124965
Esta sección establece el Consejo Asesor de Enfermedades Raras Jacqueline Marie Zbur dentro de la Agencia de Salud y Servicios Humanos de California. El consejo ofrece asesoramiento, pero no tiene la facultad de crear o hacer cumplir normas. La ley también aclara que, dentro de esta sección, 'consejo asesor' se refiere al Consejo Asesor de Enfermedades Raras Jacqueline Marie Zbur y 'enfermedad rara' se define utilizando el Código de los EE. UU.
Section § 124965.10
Section § 124965.12
Section § 124965.14
Section § 124965.2
Esta sección describe la composición y el funcionamiento de un consejo asesor relacionado con enfermedades raras en California. El presidente del consejo es nombrado por el Secretario de Salud y Servicios Humanos y no puede ocupar ningún otro cargo en el gobierno estatal. Los miembros son nombrados por el Oficial de Salud Pública del Estado y deben residir o trabajar para una organización con sede en California. Incluyen a diversos profesionales de la salud, representantes de la industria, científicos y pacientes o cuidadores de pacientes con enfermedades raras.
El consejo puede sugerir miembros adicionales según sea necesario y sirve sin remuneración, aunque los gastos pueden ser reembolsados si hay fondos disponibles. Los miembros sirven por la duración especificada y las vacantes se cubren de la manera original. Cada año, los miembros deben revelar posibles conflictos de intereses, asegurando que al menos el 20% de los miembros del consejo permanezcan imparciales con respecto a aseguradoras, gestores de beneficios farmacéuticos o fabricantes.
Section § 124965.6
Esta sección exige que el consejo asesor se reúna al menos dos veces al año. El consejo también puede solicitar ayuda de empleados de diversas agencias estatales, del condado o municipales si esos empleados deciden participar.
Section § 124965.8
El consejo asesor sobre enfermedades raras en California tiene la responsabilidad de ofrecer orientación sobre estas enfermedades a los organismos gubernamentales y agencias privadas que se ocupan del cuidado de los pacientes. Trabajan con expertos para proponer mejoras en el acceso de los pacientes a atención especializada, cobertura de salud completa, diagnósticos y tratamientos oportunos para las enfermedades raras.
También deben crear un sitio web para compartir recursos sobre investigación, diagnóstico, tratamiento y educación relacionados con las enfermedades raras. Además, el consejo identifica necesidades de investigación no cubiertas y busca oportunidades de colaboración con otros estados para mejorar su trabajo y futuros estudios.