Section § 11640

Explanation

Esta ley trata sobre el aumento de laboratorios de drogas secretos que fabrican drogas ilegales usando químicos peligrosos. Estos laboratorios a menudo están escondidos en áreas rurales y son difíciles de detectar, lo que representa serios riesgos de incendio, explosiones y envenenamiento para el público. Las drogas que producen, como ciertas formas de fentanilo y metanfetamina, son muy difíciles de detectar y han causado muchas muertes y lesiones.

La policía local a menudo no tiene las herramientas o la capacitación adecuadas para manejar este problema de manera efectiva. Para combatir esto, la ley busca proporcionar más fondos y apoyo a las fuerzas del orden para que puedan investigar y cerrar mejor estos laboratorios. También busca aumentar la conciencia pública sobre los peligros que representan estos laboratorios y sus productos.

La Legislatura encuentra y declara que ha habido una expansión reciente y rápida de laboratorios clandestinos que producen ilegalmente una variedad de sustancias controladas. Estas son operaciones cada vez más sofisticadas, frecuentemente ubicadas en áreas rurales o que operan a través de líneas jurisdiccionales, las cuales representan peligros sustanciales para el público en general debido a incendios, explosiones y los químicos tóxicos involucrados. Las sustancias controladas que producen estos laboratorios, como los análogos de fentanilo, fenciclidina y metanfetamina, son extremadamente difíciles de detectar y analizar y han causado numerosas muertes y lesiones graves a quienes las usan.
La Legislatura encuentra y declara además que, dado el número y la naturaleza de los laboratorios clandestinos, los funcionarios locales encargados de hacer cumplir la ley en la mayoría de las jurisdicciones carecen de la capacitación, el equipo especializado y los recursos para hacer cumplir adecuadamente la ley existente. Como resultado, el público está cada vez más en peligro por los propios laboratorios, mientras que las sustancias controladas que producen representan un grave peligro para quienes las usan.
Es la intención de la Legislatura, al establecer el Programa de Aplicación de la Ley de Laboratorios Clandestinos, proporcionar mayor financiación para capacitación especial, equipo, personal y asistencia financiera a los funcionarios estatales y locales encargados de hacer cumplir la ley, enfocados en la investigación y el enjuiciamiento de laboratorios clandestinos. El programa también aumentará la conciencia pública sobre los problemas planteados por los laboratorios clandestinos y los productos que producen.

Section § 11641

Explanation
Esta ley exige al Departamento de Justicia de California crear un programa que ayude a la policía y a los fiscales estatales y locales a atrapar y acusar a las personas que fabrican drogas ilegalmente.

Section § 11642

Explanation

Esta ley permite al Contralor de California reembolsar a los condados más pequeños (aquellos con poblaciones inferiores a 1,750,000) por costos específicos de aplicación de la ley, siempre que haya fondos disponibles. Para el enjuiciamiento de ciertos delitos relacionados con drogas, los condados pueden recibir hasta $25,000 por caso, pero no pueden usar este dinero para reemplazar fondos locales. Los fondos deben ser utilizados únicamente por la agencia fiscal. De manera similar, para los gastos de personal de las fuerzas del orden relacionados con la investigación de los mismos delitos, los condados pueden obtener hasta $10,000 por caso. Una vez más, estos fondos no deben reemplazar ningún recurso financiero local y deben ser utilizados exclusivamente por las agencias de aplicación de la ley.

El estatuto también prevé el reembolso de los costos relacionados con el manejo de residuos tóxicos de laboratorios de drogas ilegales, bajo procedimientos específicos. Los oficiales de salud locales deben ser notificados rápidamente cuando se incautan dichos laboratorios, y se les exige que evalúen cualquier riesgo inmediato para la salud o que informen al Departamento de Servicios de Salud del Estado según sea necesario. Además, las ciudades dentro de estos condados se incluyen en la definición de 'condados' para este propósito. El Departamento de Justicia puede establecer reglamentos de emergencia para implementar esta ley.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 11642(a)  En la medida en que haya fondos disponibles para ello, el Contralor, de conformidad con los criterios y procedimientos que adoptará el Departamento de Justicia, podrá reembolsar a los condados con una población inferior a 1,750,000 por los costos de enjuiciar violaciones, intentos de violar o conspiraciones para violar la Sección 11100, 11100.1, 11104, 11105, 11379.6, o 11383 iniciadas después del 1 de enero de 1987. La financiación bajo esta subdivisión no excederá de veinticinco mil dólares ($25,000) por cada enjuiciamiento o enjuiciamiento conjunto asistido. Todos los fondos asignados a un condado bajo esta subdivisión serán distribuidos por este únicamente a su agencia fiscal, para ser utilizados exclusivamente para la investigación y el enjuiciamiento de estos delitos. Los fondos distribuidos bajo esta subdivisión no se utilizarán para reemplazar fondos locales que, en ausencia de esta subdivisión, se habrían puesto a disposición para apoyar los esfuerzos de enjuiciamiento de los condados.
Los casos financiados o reembolsados en su totalidad bajo cualquier otro programa estatal o federal, incluyendo, entre otros, el Programa de Confiscación de Bienes (Sección 11489), la Ley de Enjuiciamiento de Grandes Traficantes de Narcóticos (Sección 13881 del Código Penal), o el Programa de Aprehensión de Delincuentes Profesionales de California (Sección 13851 del Código Penal), no tendrán derecho a reembolso bajo esta subdivisión.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 11642(b)  En la medida en que haya fondos disponibles para ello, el Contralor, de conformidad con los criterios y procedimientos que adoptará el Departamento de Justicia, podrá reembolsar a los condados con una población inferior a 1,750,000 por los gastos de personal de las fuerzas del orden, que no excedan de diez mil dólares ($10,000) por caso, incurridos en la investigación de violaciones, intentos de violar o conspiraciones para violar la Sección 11100, 11100.1, 11104, 11105, 11379.6, o 11383 iniciadas después del 1 de enero de 1987. Todos los fondos asignados a un condado bajo esta subdivisión serán distribuidos por este únicamente a su agencia de aplicación de la ley para ser utilizados exclusivamente para la investigación y detección de estos delitos. Los fondos distribuidos bajo esta subdivisión no se utilizarán para reemplazar fondos locales que, en ausencia de esta subdivisión, se habrían puesto a disposición para apoyar los esfuerzos de aplicación de la ley de los condados. Los casos financiados o reembolsados bajo cualquier otro programa estatal o federal, incluyendo, entre otros, el Programa de Confiscación de Bienes (Sección 11489), el Programa de Aprehensión de Delincuentes Profesionales de California (Sección 13851 del Código Penal), o el Programa Federal de Confiscación de Bienes (21 U.S.C. Sec. 881), no tendrán derecho a reembolso bajo esta subdivisión.
(c)Copy CA Salud y Seguridad Code § 11642(c)
(1)Copy CA Salud y Seguridad Code § 11642(c)(1)  En la medida en que haya fondos disponibles para ello, el Contralor, de conformidad con los criterios y procedimientos que adoptará el Departamento de Justicia, podrá reembolsar a los condados con una población inferior a 1,750,000 por los costos incurridos por, o bajo la dirección de, agencias estatales o locales de aplicación de la ley para retirar y desechar o almacenar residuos tóxicos de los sitios de laboratorios utilizados para la fabricación ilícita de una sustancia controlada.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 11642(c)(2)  La agencia local de aplicación de la ley o el Departamento de Justicia notificará al oficial de salud local dentro de las 24 horas siguientes a la incautación de un laboratorio utilizado para la fabricación ilícita de una sustancia controlada. El oficial de salud local deberá:
(A)CA Salud y Seguridad Code § 11642(c)(2)(A)  Determinar si el sitio representa una amenaza inmediata para la salud y seguridad públicas, y, en caso afirmativo, tomará medidas correctivas inmediatas.
(B)CA Salud y Seguridad Code § 11642(c)(2)(B)  Notificar al Departamento de Servicios de Salud del Estado.
Según se utiliza en esta sección, “condados” incluye cualquier ciudad dentro de un condado con una población inferior a 1,750,000.
El Departamento de Justicia podrá adoptar reglamentos de emergencia de conformidad con esta sección y la Ley de Procedimiento Administrativo.

Section § 11643

Explanation

Esta ley exige que, siempre que haya financiación, el Departamento de Justicia debe tomar varias medidas para abordar el problema de los laboratorios de drogas ilegales. Primero, deben colaborar con las fuerzas del orden para proporcionar capacitación avanzada sobre cómo detectar productos químicos y manejarlos de forma segura. Segundo, deben proporcionar equipo de seguridad a las fuerzas del orden locales según sea necesario durante las investigaciones. Finalmente, necesitan establecer equipos especiales para investigar estos laboratorios ilegales, centrándose en aquellos que operan en múltiples áreas, y estos equipos deben incluir expertos como agentes especiales, criminalistas, auditores y analistas para manejar diversos aspectos de las investigaciones.

En la medida en que se disponga de fondos para ello, el Departamento de Justicia hará lo siguiente:
(a)CA Salud y Seguridad Code § 11643(a) En cooperación con la Comisión de Estándares y Capacitación para Oficiales de Paz, proporcionar capacitación avanzada al personal de las fuerzas del orden público estatales y locales sobre las habilidades únicas, como la detección e identificación de sustancias químicas, y las precauciones de seguridad, como el manejo, almacenamiento y eliminación seguros de sustancias tóxicas, necesarias para investigar laboratorios clandestinos que fabrican ilegalmente sustancias controladas.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 11643(b) Poner a disposición de los funcionarios locales encargados de hacer cumplir la ley equipo de seguridad, como ropa protectora y aparatos de respiración, según sea necesario, caso por caso, en relación con la investigación y la eliminación de laboratorios que fabrican ilegalmente sustancias controladas.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 11643(c) Establecer equipos de aplicación de la ley mejorados asignados a la investigación de laboratorios clandestinos que fabrican ilegalmente sustancias controladas, dirigidos particularmente a cábalas que operan en múltiples jurisdicciones locales. Estos equipos incluirán agentes especiales capacitados en la investigación de laboratorios clandestinos, criminalistas para analizar los productos químicos involucrados, auditores para llevar a cabo investigaciones financieras e iniciar procedimientos de decomiso conforme al Capítulo 8 (que comienza con la Sección 11470) cuando esté justificado, y analistas para monitorear el patrón general y la red de estos laboratorios clandestinos en todo el estado, para desarrollar más casos y para dirigir los esfuerzos de las fuerzas del orden donde sea necesario.

Section § 11644

Explanation

Esta ley exige que el Centro de Prevención del Delito, dentro del Departamento de Justicia, cree y comparta información sobre los riesgos asociados con los laboratorios de drogas clandestinos y las sustancias que producen, como los análogos de fentanilo y las metanfetaminas. El objetivo es educar al público sobre los peligros para la salud, cómo detectar y denunciar estos laboratorios, y los efectos de las drogas sintéticas.

En la medida en que se disponga de fondos para ello, el Centro de Prevención del Delito del Departamento de Justicia preparará y difundirá materiales informativos sobre los peligros únicos que plantean los laboratorios clandestinos y las sustancias controladas que producen. El Centro de Prevención del Delito aumentará la conciencia pública en áreas como los peligros para la salud creados por los propios laboratorios, incluyendo cómo identificarlos y denunciarlos, y los efectos y peligros inusuales de las sustancias sintéticas tales como análogos de fentanilo, MPPP, fenciclidina y metanfetaminas.

Section § 11646

Explanation
El Fiscal General tiene la tarea de crear las reglas y regulaciones para poner en práctica y hacer cumplir lo que se establece en este capítulo.

Section § 11647

Explanation

Esta ley crea el Programa de Grupos de Trabajo Crank-Up dentro del Departamento de Justicia. Es parte del Programa de Aplicación de la Ley de Laboratorios Clandestinos y se enfoca en investigar, incautar y limpiar laboratorios de metanfetamina.

El programa involucra a agencias estatales y locales de aplicación de la ley, con el Departamento de Justicia coordinando los esfuerzos y trabajando junto a agencias federales cuando sea posible. Proporcionarán apoyo, incluyendo personal, inteligencia, análisis forense y financiación.

Las agencias locales que participan en los grupos de trabajo serán reembolsadas por los costos de horas extras y el equipo o los suministros necesarios.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 11647(a) Por la presente se crea el Programa de Grupos de Trabajo Crank-Up dentro del Departamento de Justicia como parte del Programa de Aplicación de la Ley de Laboratorios Clandestinos, con la responsabilidad de establecer, dirigir, apoyar y coordinar grupos de trabajo crank-up compuestos por agencias estatales y locales de aplicación de la ley, dirigidos a la investigación, incautación y limpieza de laboratorios clandestinos utilizados para fabricar metanfetamina.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 11647(b) El departamento coordinará todas las investigaciones realizadas por los grupos de trabajo que operan bajo el Programa de Grupos de Trabajo Crank-Up con todas las agencias locales con responsabilidades de aplicación de la ley dentro de las jurisdicciones involucradas. El departamento también solicitará la participación de las agencias federales apropiadas en las investigaciones de los grupos de trabajo siempre que sea posible.
El departamento proporcionará personal y apoyo logístico para los grupos de trabajo crank-up, suministrando agentes especiales, analistas de inteligencia criminal, expertos forenses, auditores financieros, equipo y financiación a los grupos de trabajo según sea necesario.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 11647(c) Las agencias locales de aplicación de la ley que participen en el Programa de Grupos de Trabajo Crank-Up serán reembolsadas por el departamento por los costos de horas extras del personal y el equipo o los suministros necesarios para las actividades del grupo de trabajo.