Part 1.8
Section § 442
Esta sección define términos relacionados con el cuidado de personas con enfermedades terminales. “Muerte activa” se refiere al momento en que la muerte está próxima. El “tratamiento dirigido a la enfermedad” busca cambiar el curso de una enfermedad, no necesariamente curarla. Un “proveedor de atención médica” incluye a médicos, enfermeros practicantes y asistentes médicos que trabajan bajo pautas específicas. El “hospicio” ofrece cuidados paliativos para aliviar el malestar y apoyar a las familias durante la fase final de la vida, cumpliendo ciertos requisitos. Los “cuidados paliativos” se centran en aliviar el sufrimiento y mejorar la calidad de vida, en lugar de curar. El “rechazo o retiro de tratamiento de soporte vital” implica detener procedimientos que apoyan funciones corporales vitales, como la reanimación cardiopulmonar o la diálisis, cuando se han intentado por un tiempo adecuado.
Section § 442.5
Cuando un médico diagnostica una enfermedad terminal, debe informar al paciente (o a la persona que toma decisiones por él) sobre el derecho a recibir información sobre las opciones para el final de la vida. Esto puede hacerse en el momento del diagnóstico o más tarde durante las conversaciones sobre el tratamiento.
Si se solicita, el médico debe proporcionar información detallada sobre opciones como los cuidados de hospicio, las implicaciones de continuar o detener el tratamiento, y los derechos relacionados con el rechazo del tratamiento de soporte vital. Los pacientes también tienen derechos con respecto al manejo del dolor y la creación de directrices anticipadas.
La información no tiene que ser por escrito y puede proporcionarse a través de consultas. Las discusiones deben considerar las sensibilidades culturales e incluir los posibles costos del tratamiento si se solicitan. Si el paciente ya ha sido informado, no se necesita otra notificación.
El consejo médico de los doctores sobre el tratamiento no será restringido por esta ley.
Section § 442.7
Si un proveedor de atención médica no quiere darle a un paciente información sobre opciones al final de la vida, debe hacer dos cosas. Primero, debe remitir o transferir al paciente a otro proveedor que le dará esta información. Segundo, debe darle al paciente o a la persona autorizada detalles sobre cómo cambiarse a un proveedor que pueda ayudar con esta solicitud.
Section § 442.9
Esta ley exige que, antes de que un beneficiario de Medi-Cal con una enfermedad terminal sea dado de alta de un hospital, un gestor de casos o planificador de alta debe evaluar la necesidad del paciente de servicios después de salir del hospital y su capacidad para acceder a ellos. Si el paciente podría necesitar cuidado personal en casa, el personal del hospital debe preguntar si el paciente o su representante autorizado desea información sobre el programa de Servicios de Apoyo en el Hogar (IHSS).
Si expresan interés, el hospital debe proporcionar detalles, incluyendo cómo solicitar y la posibilidad de que los miembros de la familia sean cuidadores dentro del programa IHSS. Además, si el paciente decide solicitar IHSS, el gestor de casos debe informar al médico de atención primaria del paciente para ayudar a completar los formularios médicos necesarios de manera oportuna.