Chapter 2.5
Section § 830
Esta sección de la ley explica que un agente general que es responsable de cuidar un barco y su carga se conoce como el gerente. Si este agente también es dueño de una parte del barco, se le llama el propietario gestor.
Section § 831
Section § 832
Section § 833
Esta ley permite a un gerente celebrar los contratos necesarios para cumplir con sus funciones laborales. Pueden hacer acuerdos relacionados con el fletamento de buques, el transporte de mercancías, la liquidación de los gastos de envío y la gestión de los costos compartidos por pérdidas en el mar.
Section § 834
Esta ley establece que un gerente de barco, sin permiso especial, no puede solicitar un préstamo, renunciar al derecho de reclamar los cargos de flete, comprar carga, o hacer tratos de seguro que comprometan legalmente a los propietarios del barco.