El capitán de un barco es elegido por el dueño del barco y puede ser reemplazado por este cuando lo desee.
capitán de embarcación derechos del propietario del buque nombramiento a voluntad empleo marítimo maestre de buque nombramiento de mando de buque sustitución de capitán gestión de buques autoridad de nombramiento discreción del propietario duración del cargo de capitán
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
La ley exige que el capitán de un barco esté presente a bordo de la embarcación cuando esta entra o sale de cualquier puerto, dársena o río. Sin embargo, si un oficial con licencia de capitán está a cargo, el capitán no tiene que estar a bordo.
capitán de embarcación a bordo entrada a puerto salida de puerto navegación en dársena navegación fluvial licencia de capitán deberes del capitán de barco reglamentos náuticos oficial a cargo seguridad marítima requisito de presencia del capitán protocolo marítimo normas marítimas entrada y salida de puerto
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
Esta ley establece que cuando un barco entra o sale de un puerto, bahía o río, el capitán debe usar un práctico local si hay uno disponible y no están usando ya un práctico con licencia para esa zona. Una vez que el práctico está en el barco, es su responsabilidad guiarlo.
navegación de embarcaciones práctico de buque entrada a puerto salida de bahía práctico con licencia responsabilidad del práctico disponibilidad de práctico navegación fluvial capitán de embarcación práctico a bordo regulaciones portuarias seguridad portuaria práctico local requisito de practicaje derecho marítimo de California
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
El capitán de un barco puede hacer que la tripulación siga las órdenes usando disciplina física razonable, pero el capitán es responsable si abusa de esta autoridad.
El patrón de un buque puede exigir la obediencia del primer oficial y los marineros a sus mandatos legales mediante confinamiento y otros castigos corporales razonables; pero el patrón es responsable del abuso de su poder.
autoridad del capitán de barco disciplina de la tripulación castigo razonable responsabilidad del capitán obediencia de la tripulación abuso de poder gestión de la tripulación de la embarcación limitaciones de la disciplina física órdenes del patrón confinamiento de marineros cumplimiento del primer oficial responsabilidad por castigo corporal disciplina marítima derechos de los marineros
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
El capitán de un barco tiene la autoridad para detener a alguien a bordo si se niega deliberadamente a seguir sus órdenes legítimas durante el viaje.
autoridad del capitán de la nave confinamiento en el buque detención a bordo desobediencia deliberada mandatos legítimos disciplina de viaje normas marítimas disciplina náutica autoridad a bordo aplicación de la ley marítima
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
Durante un viaje por mar, si un buque se queda sin suministros, el capitán puede pedir a quienes tengan provisiones personales a bordo que las compartan con todos. El capitán debe pagar por las provisiones o dar una promesa de pago para más adelante.
viaje por mar suministros del buque autoridad del capitán suministros privados necesidad común escasez de suministros derecho marítimo compartir suministros entrega obligatoria garantía de valor consejo de oficiales provisiones de viaje obligación de pago
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
El capitán de un barco no puede abandonar el barco durante un viaje a menos que haya consultado con los demás oficiales a bordo.
El patrón de una nave no deberá abandonarla durante el viaje, sin el consejo de los demás oficiales.
responsabilidades del patrón abandono de nave conducta en el viaje consulta con oficiales deber marítimo capitán de nave operación de nave regulaciones náuticas asesoramiento a la tripulación liderazgo de la nave obligaciones de viaje marítimo consulta náutica deberes del capitán reglas de mando de nave
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
Si el capitán de un barco tiene que abandonar la embarcación, debe intentar llevar consigo el dinero y los objetos más valiosos. Si no lo hace, podría ser considerado personalmente responsable por esos objetos. Sin embargo, si estos objetos se pierden por circunstancias fuera de su control, no se le hará responsable.
El patrón de un buque, al abandonarlo, deberá llevar consigo, en la medida de lo que esté en su poder, el dinero y los bienes más valiosos a bordo, bajo pena de ser personalmente responsable. Si los artículos así tomados se pierden por causas ajenas a su control, queda exonerado de responsabilidad.
abandono de buque responsabilidad del capitán evacuación de embarcación bienes valiosos responsabilidad personal exoneración pérdida por causas ajenas al control deber del capitán patrón de buque rendición de cuentas por abandono
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
Si el capitán de un barco trabaja para obtener una ganancia compartida de la carga, no puede hacer negocios personales. Si comercia por su cuenta, tiene que entregar todas esas ganancias personales a su empleador.
restricciones comerciales del capitán reparto de ganancias de la carga rendición de cuentas de ganancias al empleador obligaciones del capitán de la embarcación prohibición de comercio personal normas del capitán de barco rendición de cuentas de ganancias empleo marítimo regulaciones de comercio de carga deberes del capitán de barco ganancia sobre la carga derecho marítimo conducta comercial de la embarcación cumplimiento comercial del barco
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
Esta ley exige que el capitán de un barco sea muy cuidadoso y minucioso al cumplir con sus deberes. Si actúan con descuido y esto provoca daños, son responsables de esos daños.
responsabilidades del capitán de barco deberes del capitán de embarcación navegación cuidadosa responsabilidad por negligencia responsabilidad por daños a la embarcación rendición de cuentas del capitán de barco diligencia en las funciones estándares de cuidado marítimo responsabilidad por daños náuticos consecuencias de la negligencia del capitán
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
El capitán de un barco representa ampliamente al propietario del barco en todo lo que tenga que ver con la embarcación.
responsabilidades del capitán de barco representación del propietario del buque autoridad marítima rol de agente general gestión de buques capitán de buque agencia marítima operaciones del buque autoridad del capitán agente del propietario del buque mando náutico asuntos relacionados con el buque autoridad a bordo del buque decisiones de manejo del buque relación propietario y capitán del buque
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
El capitán de un barco puede pedir dinero prestado en nombre del dueño del barco si es fundamental terminar el viaje y no hay forma de contactar al dueño o a su agente rápidamente sin causar retrasos importantes.
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(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
La ley establece que, durante un viaje, el capitán de un barco actúa como representante de cada uno de los dueños de la carga. El capitán puede tomar las medidas necesarias para proteger los intereses de los dueños de la carga, pero no puede vender ni hipotecar la carga a menos que situaciones específicas en este capítulo lo permitan.
Durante un viaje, el capitán de un buque es un agente general para cada uno de los propietarios de la carga, y tiene autoridad para hacer todo lo que ellos podrían hacer para la preservación de sus respectivos intereses, pero no puede vender ni hipotecar la carga, excepto en los casos mencionados en este capítulo.
autoridad del capitán del barco preservación de la carga capitán de buque propietarios de la carga viaje agente general restricciones de venta límites para hipotecar carga protección de intereses derecho marítimo hipotecación regulaciones de envío autoridad del agente viaje marítimo gestión de la carga
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
Esta ley permite al capitán (o patrón) de un barco manejar ciertas transacciones comerciales para la embarcación cuando sea necesario. Pueden organizar reparaciones y suministros, gestionar la carga y los pasajeros, e incluso crear acuerdos de fletamento en puertos extranjeros. Estas acciones pueden obligar legalmente al propietario del barco hasta el valor total del barco y sus ganancias potenciales por el flete.
El capitán de una embarcación puede procurar todas sus reparaciones y suministros necesarios, puede contratar carga y pasajeros para su transporte y, en un puerto extranjero, puede celebrar un contrato de fletamento. Sus contratos para estos fines obligan al propietario por el importe total del valor de la embarcación y el flete.
reparaciones de embarcaciones adquisición de suministros contratación de carga transporte de pasajeros contrato de fletamento en puerto extranjero autoridad del capitán de barco obligaciones del propietario valor del barco valor del flete contratos de barco autoridad del capitán transacciones marítimas acuerdos de fletamento comercio marítimo operaciones de envío
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
El capitán de un barco puede obtener un préstamo usando el barco, la carga o el flete como garantía en situaciones específicas descritas en las leyes sobre préstamos a la gruesa y a la gruesa sobre la carga. Además, el capitán puede vender parte o toda la carga antes de llegar a su destino si la carga es muy perecedera o está tan dañada que podría arruinarse o representar un riesgo grave para los intereses de los propietarios si se mantiene a bordo o se vuelve a enviar.
El capitán de un buque puede hipotecar el buque, el flete y la carga, y vender parte de la carga, en los casos prescritos por los artículos sobre préstamo a la gruesa y préstamo a la gruesa sobre la carga, y en ningún otro, excepto que el capitán también puede vender la carga, o cualquier parte de ella, antes del puerto de destino, si se encuentra que es de naturaleza tan perecedera, o en tal condición dañada que si se deja a bordo o se reexpide se perdería por completo o pondría en grave peligro los intereses de sus propietarios.
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(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
Si un barco está muy dañado o su viaje no puede continuar, el capitán puede vender el barco sin el permiso del propietario. Sin embargo, el capitán debe intentar contactar a los propietarios para pedirles instrucciones antes de vender, a menos que no sea posible localizarlos rápidamente.
Cuando un buque, ya sea extranjero o nacional, sufre daños graves, o el viaje se frustra de tal modo que es imposible proseguirlo, el capitán, en caso de necesidad, podrá vender el buque sin instrucciones de los propietarios, a menos que, mediante el uso más rápido de los medios ordinarios de comunicación, pueda informar a los propietarios y esperar sus instrucciones.
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(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
Si el capitán de un barco descubre que su viaje no puede continuar y no hay otro barco disponible para transportar la carga, se le permite vender la carga, pero solo si venderla es absolutamente necesario.
capitán de barco venta de carga interrupción de viaje viaje frustrado transporte alternativo venta necesaria patrón de buque transporte de carga interrupción de transporte marítimo necesidad marítima carga de barco embarcación no disponible necesidad de venta viaje interrumpido logística de envío
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
Si un barco es capturado, el capitán del barco puede acordar pagar un rescate, ya sea con dinero o con una parte de la carga del barco, para asegurar su liberación. Este acuerdo será legalmente vinculante para el barco, sus ganancias por el transporte de mercancías (flete) y su carga.
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(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
Cuando un barco y su carga se entregan a las compañías de seguros después de un accidente o evento similar, el capitán ya no puede tomar decisiones que obliguen financieramente al propietario del barco o a los propietarios de la carga.
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(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
En California, a menos que exista un acuerdo específico, o si el crédito se otorga exclusivamente al propietario de la embarcación, el capitán de un barco es personalmente responsable de cualquier contrato relacionado con la embarcación. Esto es así incluso si el propietario del barco también es responsable.
A menos que se acuerde expresamente lo contrario, o a menos que las partes contratantes otorguen crédito exclusivo al propietario, el capitán de una embarcación es personalmente responsable por sus contratos relativos a la embarcación, incluso cuando el propietario también es responsable.
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(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
Esta ley establece que si eres el capitán de un barco, eres responsable, al igual que el propietario del barco, por cualquier error cometido por las personas que trabajan en la embarcación, incluso si no las elegiste. Sin embargo, hay una regla especial para los prácticos (las personas que ayudan a navegar en áreas complicadas); no eres responsable de sus errores si estás legalmente obligado a contratarlos y no tienes opción de elegir quiénes son, o si solo se te exige pagarles sin tener que utilizar realmente sus servicios.
El capitán de un buque es responsable ante terceros por los actos o la negligencia de las personas empleadas en su navegación, ya sean nombradas por él o no, en la misma medida que el propietario del buque; pero ni el propietario ni el capitán de un buque son responsables por la negligencia de un práctico a quien están obligados por ley a emplear, a menos que se permita una opción entre prácticos, algunos de los cuales sean competentes, o a menos que solo se le exija pagar una compensación al práctico, pero no se le exija utilizar sus servicios.
responsabilidad del capitán del buque negligencia en la navegación responsabilidad del propietario del buque personal de navegación empleado excepción a la negligencia del práctico empleo obligatorio de práctico opción de selección de práctico responsabilidad del capitán de la embarcación percances náuticos autoridad de contratación del capitán responsabilidad marítima errores de navegación prácticos solo por compensación
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)
Si el capitán de un barco necesita vender parte de la carga para pagar reparaciones y suministros esenciales para el barco, el dueño del barco debe devolver al dueño de la carga el valor de mercado de lo que se vendió, una vez que el barco llegue a su puerto de destino.
responsabilidad del propietario del buque reembolso de la carga compensación por valor de mercado reparaciones necesarias pago de suministros llegada del buque puerto de destino venta de carga derechos del propietario de la carga obligaciones marítimas autoridad del maestre del buque valor de mercado de la carga reparaciones del buque gastos de emergencia carga del buque
(Enacted by Stats. 1937, Ch. 368.)