Chapter 3
Section § 130
Section § 131
Si alguien bloquea o interfiere con el movimiento en aguas navegables sin permiso, está cometiendo un delito menor. Si es condenado, puede ser multado con hasta $1,000, encarcelado por hasta seis meses, o ambas cosas.
Section § 132
Section § 133
Esta ley prohíbe la descarga de petróleo en las aguas navegables de California desde cualquier embarcación, a menos que sea una emergencia o esté específicamente permitido por la ley. Una emergencia incluye situaciones como accidentes o colisiones que no se pueden evitar. Si incumple esta ley, podría enfrentar una multa de hasta $1,000, hasta seis meses en la cárcel del condado, o ambas. «Petróleo» se refiere a cualquier tipo de petróleo, incluyendo combustible o aceite residual, y «aguas navegables» significa cualquier mar y áreas de marea dentro del control del estado.
Section § 134
Section § 135
Esta ley prohíbe la transferencia de petróleo, productos químicos u otras sustancias peligrosas entre una embarcación y una instalación en tierra, o entre otra embarcación, sin una supervisión adecuada para prevenir derrames. El sistema debe alertar a los operadores si existe riesgo de desbordamiento o si alguna persona involucrada se distrae o se vuelve incapaz de realizar sus tareas. Si estos mecanismos están correctamente instalados y mantenidos, se puede presentar una defensa contra una acusación de violación.
Las embarcaciones e instalaciones en tierra que cumplen con regulaciones federales específicas pueden satisfacer estos requisitos estableciendo procedimientos que aseguren la comunicación durante las transferencias. La ley no se aplica al suministro de combustible a embarcaciones pequeñas con boquillas de cierre automático ni a los tanques en tierra que cuentan con estructuras para evitar que los desbordamientos lleguen a las aguas del estado.
La regulación se aplica a las embarcaciones tanque después de plazos de inspección específicos, excepto para algunas instalaciones exentas. También define 'embarcación' de manera amplia y especifica qué se considera una 'sustancia peligrosa'.