Chapter 4.1
Section § 6310
Esta ley crea la Comisión Internacional para el Memorial del Genocidio dentro del gobierno del estado de California. Está compuesta por nueve miembros designados por diferentes ramas del gobierno: dos por el Presidente de la Asamblea, dos por el Comité de Reglas del Senado y cinco por el Gobernador. Algunos de estos miembros deben ser sobrevivientes de genocidio o sus descendientes. La comisión elige a un presidente de entre sus miembros, y los miembros legislativos participan sin derecho a voto. Si un miembro de la comisión no puede asistir, puede enviar a un representante en su lugar. Los miembros no reciben un salario, pero pueden recibir un reembolso por sus gastos, excepto los miembros legislativos.
Section § 6311
Esta ley permite la construcción de un monumento para los sobrevivientes del genocidio de California en la Región Histórica del Capitolio, pero necesita la aprobación tanto del Departamento de Servicios Generales como del Grupo del Plan Maestro del Parque del Capitolio antes de comenzar. El proyecto no puede empezar hasta que el plan maestro del Parque del Capitolio Estatal sea aprobado por el Comité Conjunto de Normas, pero si no se aprueba antes del 1 de enero de 2021, se puede solicitar una exención. Los fondos para el monumento deben provenir de contribuciones privadas, y la comisión puede aceptar estas donaciones.
Además, el departamento debe trabajar con la Comisión Internacional del Monumento al Genocidio para asegurar que el proyecto cumpla con los estándares de diseño, mantenimiento, seguridad y accesibilidad, incluyendo el cumplimiento de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA). También deben asegurarse de que todos los documentos ambientales cumplan con la normativa y revisar a fondo todos los documentos y planos de construcción. El paso final implica preparar un permiso detallado de derecho de entrada que especifique los detalles del trabajo y las responsabilidades.
Section § 6312
Esta ley otorga a una comisión la autoridad para supervisar todo el proceso de diseño y construcción de un monumento conmemorativo. Especifica que la comisión puede establecer plazos para el proyecto, crear un método para elegir un diseño y seleccionar quién ayudará a recaudar fondos y a construir el monumento. Además, deben supervisar el proyecto y organizar su ceremonia de dedicación. Asimismo, se les exige informar a la Legislatura sobre el progreso del proyecto cada seis meses.
Section § 6313
Esta ley establece que no se puede usar dinero del estado para financiar la construcción de un monumento conmemorativo descrito en este capítulo. En su lugar, el dinero debe provenir completamente de donaciones privadas.
Además, si se construye el monumento conmemorativo, la comisión es responsable de mantenerlo y debe asegurar que se proporcionen todos los fondos y recursos necesarios para su mantenimiento.