Section § 6310

Explanation

Esta ley crea la Comisión Internacional para el Memorial del Genocidio dentro del gobierno del estado de California. Está compuesta por nueve miembros designados por diferentes ramas del gobierno: dos por el Presidente de la Asamblea, dos por el Comité de Reglas del Senado y cinco por el Gobernador. Algunos de estos miembros deben ser sobrevivientes de genocidio o sus descendientes. La comisión elige a un presidente de entre sus miembros, y los miembros legislativos participan sin derecho a voto. Si un miembro de la comisión no puede asistir, puede enviar a un representante en su lugar. Los miembros no reciben un salario, pero pueden recibir un reembolso por sus gastos, excepto los miembros legislativos.

(a)CA Gobierno Code § 6310(a) Existe en el gobierno estatal la Comisión Internacional para el Memorial del Genocidio, compuesta por nueve miembros, de la siguiente manera:
(1)CA Gobierno Code § 6310(a)(1) Dos miembros nombrados por el Presidente de la Asamblea, al menos uno de los cuales será Miembro de la Asamblea. El miembro no legislativo será un sobreviviente de genocidio o un descendiente de un sobreviviente de genocidio.
(2)CA Gobierno Code § 6310(a)(2) Dos miembros nombrados por el Comité de Reglas del Senado, al menos uno de los cuales será Miembro del Senado. El miembro no legislativo será un sobreviviente de genocidio o un descendiente de un sobreviviente de genocidio.
(3)CA Gobierno Code § 6310(a)(3) Cinco miembros nombrados por el Gobernador, uno de los cuales será miembro del personal del Gobernador o un designado del Gobernador en la rama ejecutiva del gobierno estatal y al menos cuatro de los cuales serán sobrevivientes de genocidio o descendientes de sobrevivientes de genocidio.
(b)CA Gobierno Code § 6310(b) Los miembros elegirán a uno de ellos para que sirva como presidente.
(c)CA Gobierno Code § 6310(c) Los miembros de la Legislatura servirán en la comisión como miembros ex officio sin derecho a voto y participarán en las actividades de la comisión en la medida en que dicha participación no sea incompatible con sus deberes legislativos.
(d)CA Gobierno Code § 6310(d) Los miembros de la comisión podrán seleccionar representantes para asistir a las actividades de la comisión si ellos mismos no pueden asistir.
(e)CA Gobierno Code § 6310(e) Los miembros de la comisión no recibirán compensación alguna pero, a excepción de los miembros legislativos, recibirán dietas y gastos mientras participen en las actividades de la comisión.

Section § 6311

Explanation

Esta ley permite la construcción de un monumento para los sobrevivientes del genocidio de California en la Región Histórica del Capitolio, pero necesita la aprobación tanto del Departamento de Servicios Generales como del Grupo del Plan Maestro del Parque del Capitolio antes de comenzar. El proyecto no puede empezar hasta que el plan maestro del Parque del Capitolio Estatal sea aprobado por el Comité Conjunto de Normas, pero si no se aprueba antes del 1 de enero de 2021, se puede solicitar una exención. Los fondos para el monumento deben provenir de contribuciones privadas, y la comisión puede aceptar estas donaciones.

Además, el departamento debe trabajar con la Comisión Internacional del Monumento al Genocidio para asegurar que el proyecto cumpla con los estándares de diseño, mantenimiento, seguridad y accesibilidad, incluyendo el cumplimiento de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA). También deben asegurarse de que todos los documentos ambientales cumplan con la normativa y revisar a fondo todos los documentos y planos de construcción. El paso final implica preparar un permiso detallado de derecho de entrada que especifique los detalles del trabajo y las responsabilidades.

(a)CA Gobierno Code § 6311(a) Por la presente se autoriza la construcción de un monumento a los sobrevivientes del genocidio de California en la Región Histórica del Capitolio. La construcción real del monumento no podrá proceder sin la aprobación previa del Departamento de Servicios Generales y del Grupo del Plan Maestro del Parque del Capitolio.
(b)CA Gobierno Code § 6311(b) El departamento no comenzará la construcción del monumento hasta que el plan maestro del Parque del Capitolio Estatal sea aprobado y adoptado por el Comité Conjunto de Normas. Sin embargo, si el plan maestro del Parque del Capitolio Estatal no es aprobado o adoptado por el Comité Conjunto de Normas en o antes del 1 de enero de 2021, el departamento podrá solicitar al Comité Conjunto de Normas una exención para permitir la ubicación y construcción.
(c)CA Gobierno Code § 6311(c) Los fondos para la construcción del monumento se proporcionarán a través de contribuciones privadas. La comisión podrá recibir contribuciones para este fin.
(d)CA Gobierno Code § 6311(d) El departamento, en consulta con la Comisión Internacional del Monumento al Genocidio, procurará lograr los siguientes objetivos:
(1)CA Gobierno Code § 6311(d)(1) Revisar los planes de diseño preliminares para identificar posibles preocupaciones de mantenimiento.
(2)CA Gobierno Code § 6311(d)(2) Cumplimiento de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades y otras preocupaciones de seguridad.
(3)CA Gobierno Code § 6311(d)(3) Revisión y aprobación de los documentos adecuados de la Ley de Calidad Ambiental de California preparados para el trabajo en la propiedad histórica designada.
(4)CA Gobierno Code § 6311(d)(4) Revisión de los documentos finales de construcción para asegurar que se cumplan todos los requisitos.
(5)CA Gobierno Code § 6311(d)(5) Preparación del permiso de derecho de entrada que describa el área final de trabajo, los documentos finales de construcción, los planes de construcción, el contratista contratado para realizar el trabajo, el seguro, las fianzas, las disposiciones por daños a la propiedad estatal y los requisitos de inspección.

Section § 6312

Explanation

Esta ley otorga a una comisión la autoridad para supervisar todo el proceso de diseño y construcción de un monumento conmemorativo. Especifica que la comisión puede establecer plazos para el proyecto, crear un método para elegir un diseño y seleccionar quién ayudará a recaudar fondos y a construir el monumento. Además, deben supervisar el proyecto y organizar su ceremonia de dedicación. Asimismo, se les exige informar a la Legislatura sobre el progreso del proyecto cada seis meses.

Con respecto al diseño y la construcción del monumento conmemorativo, la comisión podrá hacer todo lo siguiente:
(a)CA Gobierno Code § 6312(a) Establecer un cronograma para el diseño, la construcción y la dedicación del monumento conmemorativo.
(b)CA Gobierno Code § 6312(b) Implementar procedimientos para solicitar diseños para el monumento conmemorativo y elaborar un proceso de selección para la elección del diseño.
(c)CA Gobierno Code § 6312(c) Seleccionar a individuos u organizaciones para que presten servicios de recaudación de fondos y para que construyan el monumento conmemorativo.
(d)CA Gobierno Code § 6312(d) Revisar y supervisar el diseño y la construcción del monumento conmemorativo y establecer un programa para la dedicación del monumento conmemorativo.
(e)CA Gobierno Code § 6312(e) Informar a la Legislatura semestralmente a través del Comité Conjunto de Normas sobre el progreso del monumento conmemorativo, no obstante la Sección 7550.5.

Section § 6313

Explanation

Esta ley establece que no se puede usar dinero del estado para financiar la construcción de un monumento conmemorativo descrito en este capítulo. En su lugar, el dinero debe provenir completamente de donaciones privadas.

Además, si se construye el monumento conmemorativo, la comisión es responsable de mantenerlo y debe asegurar que se proporcionen todos los fondos y recursos necesarios para su mantenimiento.

(a)CA Gobierno Code § 6313(a) Ningún fondo estatal se destinará a ninguno de los fines especificados en este capítulo. Los fondos para la construcción del monumento conmemorativo se proporcionarán exclusivamente a través de contribuciones privadas para este fin.
(b)CA Gobierno Code § 6313(b) Si se construye el monumento conmemorativo, la comisión lo mantendrá proporcionando todos los fondos y recursos necesarios.