Chapter 3.1
Section § 6205
Esta ley trata de proteger a las personas que intentan escapar de situaciones peligrosas como la violencia doméstica, la agresión sexual o el acoso. Reconoce que estas personas a menudo necesitan cambiar sus nombres o direcciones para mantenerse a salvo. La ley tiene como objetivo ayudar a las agencias estatales y locales a mantener en privado estas nuevas identidades o ubicaciones cuando responden a solicitudes de registros públicos. También apoya el uso de una dirección postal sustituta, proporcionada por el Secretario de Estado, para mantener confidenciales las direcciones reales de las víctimas. Es importante destacar que esta ley entra en vigor el 1 de julio de 2024.
Section § 6205.5
Esta ley establece las definiciones de términos importantes utilizados a lo largo del capítulo, como 'dirección', 'secuestro de menores', 'cohabitante', 'violencia doméstica' y otros, relacionados con los participantes de un programa de protección. Cada término tiene un significado específico extraído de códigos legales relacionados, como el Código Penal para delitos o el Código de Familia para la violencia doméstica. Esta sección aclara estas definiciones para asegurar una comprensión consistente en todas las leyes relacionadas y entrará en vigor el 1 de julio de 2024.
Section § 6206
Esta ley permite que ciertos adultos, padres o tutores en California soliciten una dirección confidencial proporcionada por el Secretario de Estado, diseñada para proteger a las víctimas de violencia doméstica, agresión sexual, acoso, trata de personas, secuestro de menores o abuso de personas mayores.
La solicitud debe completarse en persona en un programa de asistencia comunitaria e incluir una declaración jurada sobre las preocupaciones de seguridad y el temor del solicitante, junto con pruebas que respalden su reclamo, si están disponibles.
El Secretario de Estado actuará como agente para recibir documentos legales en nombre del solicitante. La solicitud aprobada certifica al individuo en el programa por cuatro años, con opciones de renovación. Además, la ley exige notificaciones a otros padres legales a menos que exista una orden judicial.
A partir del 1 de enero de 2023, la solicitud y la información sobre este programa deberán estar disponibles en varios idiomas. Las declaraciones falsas en el proceso de solicitud resultan en un cargo por delito menor. La ley entrará en vigor el 1 de julio de 2024.
Section § 6206.1
Section § 6206.4
Section § 6206.5
Esta ley describe cómo debe manejar el Secretario de Estado los registros cuando alguien deja de formar parte de un programa determinado. Si la certificación del participante del programa finaliza, los registros sobre ellos se mantienen confidenciales durante tres años antes de ser destruidos. Sin embargo, los registros relativos a un cambio de nombre deben conservarse para siempre y solo pueden revelarse según lo especificado por otras leyes.
El objetivo es garantizar la privacidad al tiempo que se cumplen las obligaciones legales de conservación de registros.
Section § 6206.7
Esta ley explica cómo una persona puede salir o ser eliminada de un programa específico administrado por el Secretario de Estado. Un participante puede retirarse notificando al Secretario y devolviendo su tarjeta de identificación. El Secretario también puede eliminar a alguien por varias razones, como si dio información falsa, se mudó sin actualizar su dirección o no renovó su certificación.
Si un participante está a punto de ser eliminado, recibirá una notificación escrita y tendrá 30 días para apelar. El Secretario informará a las oficinas electorales y del condado pertinentes sobre cualquier cambio en el programa. Si alguien es eliminado por mentir, el Secretario puede divulgar información de su solicitud.
Section § 6207
Esta ley permite que las personas en un programa especial, llamadas 'participantes del programa', utilicen una dirección sustituta proporcionada por el Secretario de Estado en lugar de su dirección real al tratar con agencias estatales y locales. Las agencias deben usar esta dirección sustituta a menos que tengan una necesidad legal válida para la dirección real, e incluso entonces, no pueden hacerla pública. Los participantes también pueden usar esta dirección para asuntos relacionados con el trabajo.
La oficina del Secretario de Estado se encarga de reenviar cierto correo a los participantes, aunque pueden optar por no reenviar paquetes. Además, los participantes deben seguir reglas específicas al tratar con el Departamento de Vehículos Motorizados, incluyendo proporcionar su dirección actual al DMV según lo exige la ley.
Section § 6207.5
Esta sección de la ley permite que alguien que forma parte de un programa determinado y es elegible para votar se registre y vote de forma privada bajo reglas específicas de confidencialidad de voto.
Section § 6208
Section § 6208.1
Esta ley prohíbe que cualquier persona publique o exhiba intencionalmente la dirección particular, el número de teléfono o la imagen de alguien en línea o en público con intención dañina. Específicamente, busca evitar incitar a otros a causar daño físico o hacer amenazas que infundan temor por la seguridad personal. Si la información de alguien se divulga en contra de su voluntad, puede emprender acciones legales para obtener una medida cautelar o una indemnización por daños y perjuicios, con una compensación potencial de hasta tres veces los daños reales o un mínimo de $4,000.
Las personas pueden solicitar que su información no se comparta durante cuatro años, incluso si ciertas protecciones expiran. También prohíbe vender o intercambiar esta información con intención dañina. Los proveedores de servicios de internet no son responsables a menos que faciliten intencionalmente el daño. Varias definiciones aclaran términos como 'imagen' y 'publicar públicamente'. Se pueden seguir otras acciones legales además de lo establecido aquí.
Section § 6208.2
Esta ley prohíbe compartir información personal, como una dirección particular o un número de teléfono, de alguien que participa en un programa de protección (y su familia) en línea o en espacios públicos, con la intención de que se use para fomentar la violencia o la intimidación contra ellos. Violar esta ley es un delito menor, que conlleva una multa de hasta $2,500 o hasta seis meses de cárcel, o ambas. Si la publicación ilegal resulta en daño corporal, la pena aumenta a una multa de hasta $5,000 o hasta un año de cárcel, o ambas. Además, infringir esta ley no impide que alguien enfrente otros cargos legales.
Section § 6208.5
El Secretario de Estado de California seleccionará agencias estatales, locales y sin fines de lucro que ofrecen servicios de asesoramiento y refugio a víctimas de violencia doméstica, agresión sexual, acoso, secuestro de menores, trata de personas y abuso de personas mayores o adultos dependientes. Estas agencias ayudarán a las víctimas a solicitar su participación en ciertos programas de protección. Aunque estas agencias pueden ofrecer apoyo y asesoramiento, esto no debe considerarse asesoramiento legal. Esta ley entra en vigor el 1 de julio de 2024.
Section § 6209
Section § 6209.5
Esta ley exige que el Secretario de Estado proporcione a los participantes del programa un aviso en texto fácil de leer. Este aviso les informa que pueden usar una dirección especial para las escrituras de propiedad para mantener su dirección de domicilio privada. También explica que pueden establecer un tipo de acuerdo legal llamado fideicomiso en vida revocable para mantener su dirección oculta en las transacciones de propiedad. Pueden cambiar su nombre legal para mayor confidencialidad. Los participantes recibirán información de contacto para obtener apoyo de organizaciones de servicios legales y de protección relacionadas con la creación de fideicomisos o el cambio de nombres. A partir del 1 de enero de 2023, este aviso estará disponible en varios idiomas y entrará en vigor el 1 de julio de 2024.
Section § 6209.6
Section § 6209.7
Esta ley establece que unirse a un programa específico no modifica las órdenes de custodia o de visita ya existentes. Si alguien miente sobre su ubicación para evadir estas órdenes, puede ser expulsado del programa y acusado de un delito menor.
Mientras esté inscrito, se asume que compartir la información de ubicación de un participante podría revelar su dirección real y poner en peligro su seguridad, por lo que esta información está generalmente protegida. Sin embargo, esta protección puede ser impugnada si hay pruebas sólidas que demuestren que la divulgación no conduciría al descubrimiento de la dirección ni pondría en peligro al participante. El simple deseo de conocer la dirección no es razón suficiente para la divulgación. Si un tribunal dictamina que se levanta esta protección, debe explicar el motivo.
Para los procesos legales que solicitan información, una persona no tiene que compartir su dirección a menos que un tribunal lo ordene después de que la presunción sea impugnada con éxito. Por último, estar en este programa no es prueba de ningún abuso o delito al tratar con la custodia o las visitas.
Esta ley entra en vigor el 1 de julio de 2024.