Section § 7551

Explanation

Esta ley exige que el Departamento de Servicios Generales cree una serie de medallones conmemorativos de oro, también conocidos como piezas de oro. Estos medallones se presentarán en cuatro tamaños específicos, que van desde 0.1 hasta 1 onza troy, y están hechos de oro de .999 de pureza.

El Departamento de Servicios Generales encargará el diseño de una serie de medallones conmemorativos de oro en tamaños no inferiores a 1 onza troy, 0.5 onzas troy, 0.25 onzas troy y 0.1 onzas troy de oro de .999 de pureza. Para los fines de este capítulo, un “medallón” también se conocerá, y podrá denominarse, como una “pieza de oro”.

Section § 7552

Explanation

Esta ley describe cómo debe diseñarse y producirse un medallón asociado con el Estado de California. La cara frontal debe mostrar el Gran Sello de California, y el reverso debe incluir las palabras 'California Gold', un emblema estatal, la fecha, una marca de ceca, el tamaño del medallón, '.999 fino', y 31 estrellas pequeñas. Debe tener bordes estriados con medidas específicas y no debe parecerse a ninguna moneda estadounidense o extranjera en diseño y tamaño. La casa de moneda que produce estos medallones necesita la aprobación del Departamento de Servicios Generales para cualquier diseño nuevo. Si el departamento no responde en un plazo de 14 días a una solicitud de nuevo diseño, esta se considera automáticamente aprobada.

Cada medallón deberá llevar:
(a)CA Gobierno Code § 7552(a) En una cara, el Gran Sello del Estado de California.
(b)CA Gobierno Code § 7552(b) En el reverso; (1) en la parte superior, el término “California Gold;” (2) en el centro, cualquier emblema del Estado de California; (3) en la parte inferior central derecha, la fecha; (4) en la parte inferior central izquierda, la marca de ceca de la casa de moneda registrada y certificada con la que el Departamento de Servicios Generales haya contratado; (5) en la parte inferior izquierda, el tamaño del medallón; (6) a lo largo de la parte inferior derecha, el término “.999 fino;” y (7) a lo largo de todo el borde exterior, treinta y una (31) estrellas pequeñas.
El medallón deberá tener bordes estriados o dentados con no menos de 10 por cuarto de pulgada.
Los medallones no deberán ser similares en diseño o tamaño, incluyendo diámetro y grosor, a ninguna moneda de los Estados Unidos o extranjera.
La casa de moneda con la que el Departamento de Servicios Generales haya contratado no deberá iniciar la producción de un nuevo diseño sin la aprobación del Departamento de Servicios Generales. Cualquier solicitud de aprobación de un nuevo diseño que no haya sido aprobada o rechazada por el departamento dentro de los 14 días naturales siguientes a la recepción de la solicitud se considerará aprobada.

Section § 7553

Explanation

Si los productores de oro muestran suficiente interés, el departamento hará arreglos con una casa de moneda certificada para crear medallones de oro. Los productores de oro deben suministrar el oro necesario y pagar por adelantado todos los costos asociados, incluyendo la fabricación de los medallones, el uso del sello y el reembolso al departamento por el trabajo de diseño.

Una vez que los productores de oro demuestren interés suficiente, el departamento deberá contratar con una casa de moneda registrada y certificada para la acuñación de medallones de oro en la cantidad y en los tamaños que se consideren apropiados. Los productores de oro deberán proporcionar todo el lingote de oro necesario para la acuñación y deberán entregarlo a la casa de moneda para su procesamiento. Deberán pagar por adelantado al departamento una tarifa suficiente para cubrir todos los costos de acuñación y manejo; las tarifas de regalías por el uso del sello; y los costos de reembolso al departamento por el diseño de los medallones.

Section § 7554

Explanation

Esta ley establece las tarifas por usar el Gran Sello del Estado de California en medallones de diferentes tamaños.

Un medallón de 1 onza troy tiene una tarifa de $4, un medallón de 0.5 onzas troy cuesta $2, un medallón de 0.25 onzas troy es de $1, y un medallón de 0.1 onzas troy tiene una tarifa de $0.50.

El Departamento de Servicios Generales cobrará, por el uso del Gran Sello del Estado de California, las siguientes regalías:
(a)CA Gobierno Code § 7554(a) Por cada medallón de 1 onza troy, cuatro dólares ($4).
(b)CA Gobierno Code § 7554(b) Por cada medallón de 0.5 onzas troy, dos dólares ($2).
(c)CA Gobierno Code § 7554(c) Por cada medallón de 0.25 onzas troy, un dólar ($1).
(d)CA Gobierno Code § 7554(d) Por cada medallón de 0.1 onzas troy, cincuenta centavos ($0.50).

Section § 7555

Explanation
Una vez creados los medallones, estos vuelven a los productores, quienes se encargan de distribuirlos, comercializarlos y venderlos. Esto es una excepción a otra norma de la Sección 402.

Section § 7556

Explanation

Esta ley establece que solo las casas de moneda que estén oficialmente registradas y certificadas, y que tengan un contrato con el departamento, tienen permitido fabricar medallones. Si cualquier otra casa de moneda intenta producir estos medallones, es ilegal y puede resultar en cargos por delito menor.

Solo las casas de moneda registradas y certificadas que hayan contratado con el departamento podrán producir los medallones, según lo ordenado conforme a las disposiciones de este capítulo. Cualquier otra producción de los medallones es ilegal y punible como delito menor.