Chapter 2.6
Section § 6160
Esta ley explica que, si bien hay costos asociados a cada método de pago como efectivo o cheques, permitir que las agencias estatales acepten tarjetas de crédito y otros dispositivos de pago puede ayudarles a utilizar nuevas tecnologías. Esto no solo hace su trabajo más eficiente, sino que también ofrece a los consumidores opciones de pago más convenientes.
Section § 6161
Esta sección define términos clave utilizados en relación con los pagos realizados a agencias estatales con tarjetas de crédito o dispositivos de pago. Aclara quién se considera un 'titular de tarjeta', qué se entiende por 'tarjeta de crédito' y 'dispositivo de pago', y el papel del 'Director', que es el Director de Servicios Generales. Las transacciones 'en persona' se describen como pagos realizados directamente entre individuos. La ley también especifica qué constituye una 'persona' y define una 'agencia estatal' basándose en el código existente.
Section § 6162
Esta sección de la ley permite al Director de Servicios Generales negociar contratos para que las agencias estatales acepten tarjetas de crédito y otros métodos de pago. El director puede decidir los términos, incluyendo tarifas y requisitos operativos, para adaptarse a las necesidades de cada agencia.
El director también puede establecer contratos marco para que la aceptación de tarjetas de crédito sea más rentable y debe intentar minimizar cualquier carga financiera para las agencias, los contribuyentes y los usuarios de los servicios.
Además, el director, junto con el Director de Gobierno Electrónico, promoverá procedimientos de pago estándar en todas las agencias estatales. Las agencias estatales pueden colaborar a través de acuerdos interinstitucionales para crear políticas uniformes y obtener el equipo de pago necesario.
Section § 6163
Esta ley exige que todas las agencias estatales de California acepten pagos con tarjetas de crédito o dispositivos similares, a menos que existan razones importantes para no hacerlo, como costos elevados o posibles pérdidas de ingresos. Las agencias estatales pueden solicitar una exención si aceptar estos pagos no es asequible o podría afectar negativamente sus finanzas. Cualquier excepción debe estar bien justificada y ser aprobada en un plazo de 60 días. Las agencias deben considerar los costos y beneficios a largo plazo, incluyendo las ventajas para el servicio al cliente. Si una agencia no puede obtener términos contractuales favorables para aceptar estos pagos, queda exenta. El director puede delegar la autoridad a otras agencias para gestionar estos contratos, y existen procedimientos específicos para las entidades judiciales. Las agencias que planeen aceptar estos pagos deben informar al director mediante una carta de intención.
Section § 6164
Esta ley establece que ningún empleado de una agencia estatal o cualquier persona que tenga acceso a información de tarjetas de crédito o pagos proporcionada a la agencia puede compartir o usar indebidamente esa información. Si alguien incumple esta norma, se considera un delito menor, que es un tipo de delito.
Section § 6165
Section § 6166
Esta ley exige que las agencias estatales en California que aceptan pagos con tarjeta de crédito informen a los individuos sobre su opción de pagar con tarjeta de crédito cada vez que envían un estado de cuenta. La agencia debe incluir un espacio en el formulario de facturación para los detalles de la tarjeta de crédito o proporcionar instrucciones claras sobre cómo realizar un pago con tarjeta de crédito, por ejemplo, por teléfono.