Section § 7285

Explanation

Esta ley establece que todas las personas en California, independientemente de su estatus migratorio, tienen los mismos derechos y protecciones bajo las leyes estatales relacionadas con el empleo, los derechos civiles, la protección al consumidor y la vivienda. Su estatus migratorio no debe afectar su derecho a estas protecciones ni la determinación de responsabilidad en procedimientos legales. La ley prohíbe las investigaciones sobre el estatus migratorio de una persona durante estos procedimientos, a menos que se demuestre claramente que es necesario para cumplir con las leyes federales.

La sección también confirma que refleja principios legales existentes e indica que si alguna parte de ella es invalidada, el resto seguirá siendo aplicable.

La Legislatura encuentra y declara lo siguiente:
(a)CA Gobierno Code § 7285(a) Todas las protecciones, derechos y recursos disponibles bajo la ley estatal, excepto cualquier recurso de reincorporación prohibido por la ley federal, están disponibles para todas las personas, independientemente de su estatus migratorio, que han solicitado empleo, o que están o han estado empleadas, en este estado.
(b)CA Gobierno Code § 7285(b) Para los fines de hacer cumplir las leyes estatales laborales, de empleo, de derechos civiles, de protección al consumidor y de vivienda, el estatus migratorio de una persona es irrelevante para la cuestión de la responsabilidad, y en los procedimientos o el descubrimiento realizados para hacer cumplir esas leyes estatales no se permitirá ninguna investigación sobre el estatus migratorio de una persona a menos que la persona que busca realizar la investigación haya demostrado con pruebas claras y convincentes que la investigación es necesaria para cumplir con la ley federal de inmigración.
(c)CA Gobierno Code § 7285(c) Las disposiciones de esta sección son declaratorias del derecho existente.
(d)CA Gobierno Code § 7285(d) Las disposiciones de esta sección son separables. Si alguna disposición de esta sección o su aplicación se declara inválida, dicha invalidez no afectará a otras disposiciones o aplicaciones que puedan surtir efecto sin la disposición o aplicación inválida.

Section § 7285.1

Explanation

Los empleadores en California no pueden permitir que los agentes de control de inmigración ingresen a áreas privadas en el trabajo a menos que haya una orden judicial, excepto cuando lo exija la ley federal. Si un empleador incumple esta norma, se enfrenta a multas que van desde los $2,000 hasta los $10,000 por infracciones repetidas. Sin embargo, si las autoridades ingresan sin el consentimiento del empleador, no se impondrán multas. Los empleadores pueden llevar a los agentes a áreas privadas sin trabajadores para verificar una orden, siempre y cuando no den su consentimiento para un registro. La aplicación de estas normas está a cargo del Comisionado Laboral o del Fiscal General a través de casos civiles. Esta ley cubre a todos los empleadores, tanto públicos como privados.

(a)CA Gobierno Code § 7285.1(a) Salvo que la ley federal exija lo contrario, un empleador, o una persona que actúe en nombre del empleador, no deberá otorgar consentimiento voluntario a un agente de control de inmigración para ingresar a cualquier área no pública de un lugar de trabajo. Esta sección no se aplica si el agente de control de inmigración presenta una orden judicial.
(b)CA Gobierno Code § 7285.1(b) Un empleador que infrinja el apartado (a) estará sujeto a una sanción civil de dos mil dólares ($2,000) hasta cinco mil dólares ($5,000) por una primera infracción y cinco mil dólares ($5,000) hasta diez mil dólares ($10,000) por cada infracción subsiguiente. Si un tribunal determina que se permitió a un agente de control de inmigración ingresar a un área no pública de un lugar de trabajo sin el consentimiento del empleador u otra persona a cargo del lugar de trabajo, la sanción civil no se aplicará. Por “infracción” se entiende cada incidente en el que se determine que se infringió el apartado (a) sin referencia al número de empleados, al número de agentes de control de inmigración involucrados en el incidente o al número de ubicaciones afectadas en un día.
(c)CA Gobierno Code § 7285.1(c) Esta sección no impedirá que un empleador o una persona que actúe en nombre de un empleador lleve al agente de control de inmigración a un área no pública, donde no haya empleados presentes, con el propósito de verificar si el agente de control de inmigración tiene una orden judicial, siempre que no se otorgue consentimiento para registrar áreas no públicas en el proceso.
(d)CA Gobierno Code § 7285.1(d) La autoridad exclusiva para hacer cumplir esta sección se otorga al Comisionado Laboral o al Fiscal General y la aplicación se realizará mediante una acción civil. Cualquier sanción recuperada se depositará en el Fondo de Cumplimiento y Aplicación Laboral.
(e)CA Gobierno Code § 7285.1(e) Esta sección se aplica a empleadores públicos y privados.

Section § 7285.2

Explanation

Esta ley establece que un empleador no puede dar acceso voluntariamente a los agentes de aplicación de la ley de inmigración a los registros de los empleados a menos que exista una citación judicial o una orden judicial, excepto para los formularios I-9 con un Aviso de Inspección. Los empleadores que infrinjan esta norma serán multados con entre $2,000 y $10,000, dependiendo de si es una primera infracción o una subsiguiente. Sin embargo, si un tribunal determina que el empleador no dio su consentimiento real para el acceso, no se aplica ninguna sanción. El Comisionado Laboral o el Fiscal General tienen la autoridad exclusiva para hacer cumplir esto, y cualquier multa recaudada se destina al Fondo de Cumplimiento y Aplicación Laboral. Esto se aplica tanto a empleadores públicos como privados.

(a)Copy CA Gobierno Code § 7285.2(a)
(1)Copy CA Gobierno Code § 7285.2(a)(1) Salvo que la ley federal exija lo contrario, y salvo lo dispuesto en el párrafo (2), un empleador, o una persona que actúe en nombre del empleador, no deberá proporcionar consentimiento voluntario a un agente de aplicación de la ley de inmigración para acceder, revisar u obtener los registros de empleados del empleador sin una citación judicial o una orden judicial. Esta sección no prohíbe que un empleador, o una persona que actúe en nombre de un empleador, impugne la validez de una citación judicial o una orden judicial en un tribunal de distrito federal.
(2)CA Gobierno Code § 7285.2(a)(2) Esta subdivisión no se aplicará a los formularios I-9 de Verificación de Elegibilidad de Empleo y otros documentos para los cuales se haya proporcionado un Aviso de Inspección al empleador.
(b)CA Gobierno Code § 7285.2(b) Un empleador que infrinja la subdivisión (a) estará sujeto a una sanción civil de dos mil dólares ($2,000) hasta cinco mil dólares ($5,000) por una primera infracción y de cinco mil dólares ($5,000) hasta diez mil dólares ($10,000) por cada infracción subsiguiente. Si un tribunal determina que se permitió a un agente de aplicación de la ley de inmigración acceder, revisar u obtener los registros de empleados del empleador sin el consentimiento del empleador o de otra persona que tenga el control del lugar de trabajo, no se aplicará la sanción civil. Por “infracción” se entiende cada incidente en el que se determine que se infringió la subdivisión (a) sin referencia al número de empleados, al número de agentes de aplicación de la ley de inmigración involucrados en el incidente o al número de registros de empleados a los que se accedió, se revisó o se obtuvieron.
(c)CA Gobierno Code § 7285.2(c) La autoridad exclusiva para hacer cumplir esta sección se otorga al Comisionado Laboral o al Fiscal General y la aplicación se realizará mediante acción civil. Cualquier sanción recuperada se depositará en el Fondo de Cumplimiento y Aplicación Laboral.
(d)CA Gobierno Code § 7285.2(d) Esta sección se aplica a empleadores públicos y privados.

Section § 7285.3

Explanation

Esta ley garantiza que nada en este capítulo impida o limite a un empleador de seguir los acuerdos sobre el uso del sistema federal E-Verify, de acuerdo con las leyes estatales y federales.

De conformidad con la ley estatal y federal, nada de lo dispuesto en este capítulo se interpretará, entenderá o aplicará para restringir o limitar el cumplimiento de un empleador con un memorando de entendimiento que rige el uso del sistema federal E-Verify.