Chapter 12.8
Section § 7070
Esta sección define los términos utilizados para supervisar a las agencias de aplicación de la ley y su uso de equipo militar. Aclara que un 'órgano rector' es el organismo electo o designado responsable de supervisar una agencia de aplicación de la ley, como una junta de supervisores del condado para los sheriffs y fiscales de distrito.
Una 'agencia de aplicación de la ley' incluye departamentos de policía, departamentos del sheriff, oficinas del fiscal de distrito y departamentos de libertad condicional. El 'equipo militar' se refiere a equipo táctico y potente específico utilizado por las fuerzas del orden, como drones, vehículos blindados, vehículos armados y armas de fuego avanzadas, pero excluye los artículos de dotación estándar.
Una 'política de uso de equipo militar' es un documento de acceso público que describe cómo se puede utilizar el equipo militar, incluyendo su tipo, propósitos, costos, reglas, requisitos de capacitación y procedimientos para que el público presente quejas. 'Agencia estatal' incluye las divisiones estatales de aplicación de la ley, mientras que 'tipo' indica los artículos con el mismo número de modelo.
Section § 7071
Esta ley exige que las agencias de aplicación de la ley en California obtengan la aprobación de sus órganos de gobierno locales antes de poder adquirir o utilizar equipo militar. Para ello, la agencia debe crear una política de uso de equipo militar y hacerla pública antes de cualquier reunión o decisión. La participación pública es una parte clave del proceso, y deben cumplirse varias condiciones, como demostrar la necesidad y la rentabilidad del equipo, y asegurar que no vulnere los derechos del público.
Si una agencia de aplicación de la ley ya posee equipo militar, debe obtener aprobación para seguir utilizándolo, siguiendo el mismo proceso. El órgano de gobierno examina estas políticas anualmente para asegurar el cumplimiento y puede exigir cambios si no se cumplen los estándares.
Incluso si una ciudad contrata servicios de aplicación de la ley externos, aún puede crear su propia política basada en las necesidades de la comunidad.
Section § 7072
Las agencias de aplicación de la ley en California que utilizan equipo militar deben presentar un informe anual a su órgano de gobierno. Este informe debe detallar cómo se utilizó el equipo, cualquier queja o preocupación recibida, los resultados de auditorías internas y el costo total del uso y mantenimiento del equipo. También debe describir las necesidades y costos futuros del equipo. El informe debe estar disponible públicamente en el sitio web de la agencia. Además, la agencia debe celebrar una reunión pública dentro de los 30 días posteriores a la publicación del informe, permitiendo a los miembros de la comunidad discutir y hacer preguntas sobre el uso y la financiación del equipo militar.
Section § 7073
Esta ley exige que las agencias estatales de California creen una política sobre cómo usar el equipo militar antes de realizar acciones como solicitar o adquirir dicho equipo, buscar fondos para él, o usarlo de maneras nuevas o con nuevos colaboradores. Si una agencia ya tiene equipo militar y desea seguir usándolo después de 2021, también debe crear una política antes del 1 de mayo de 2022. Dentro de los 180 días siguientes a la finalización de su política, las agencias deben publicarla en línea y enviar una copia al Gobernador.
Section § 7074
Esta ley afirma que supervisar cómo se adquiere y utiliza el equipo militar es importante para todo el estado de California, no solo para las ciudades individuales. Se aplica a todas las ciudades, incluidas aquellas con estatutos especiales, y anula cualquier ley local o carta constitutiva municipal que entre en conflicto.
Section § 7075
Esta ley permite a los condados o municipios locales establecer reglas y estándares adicionales sobre cómo las agencias locales de aplicación de la ley compran, usan y reportan sobre el equipo militar.