Section § 6930

Explanation

Esta ley define términos relacionados con las actividades de inversión de ciertos funcionarios y entidades gubernamentales en California. En primer lugar, describe a un 'inversor gubernamental' como figuras clave que gestionan grandes fondos públicos, incluyendo al Tesorero estatal y a las juntas que administran los sistemas de jubilación. Explica los 'acuerdos de soft dollar y corretaje dirigido' como servicios específicos de corretaje e investigación. El 'costo de transacción' se refiere al costo total de una operación de valores, incluyendo varias tarifas. Finalmente, 'responsable' se define como la realización de verificaciones exhaustivas de las transacciones, asegurando que sean necesarias y que los costos sean razonables, con un enfoque en las capacidades y la calidad del servicio del corredor.

Según se utiliza en este capítulo:
(a)CA Gobierno Code § 6930(a) “Inversor gubernamental” significa el Tesorero, la Junta de Retiro de Maestros y la Junta de Administración del Sistema de Retiro de Empleados Públicos. “Inversor gubernamental” también significa cada tesorero del condado, cada tesorero de la ciudad, cada organismo público de gobierno o de inversión o funcionario público de inversión, que ejerza discreción de inversión sobre fondos públicos que excedan los diez millones de dólares ($10,000,000) o sobre fondos públicos de pensión o jubilación que excedan los diez millones de dólares ($10,000,000).
(b)CA Gobierno Code § 6930(b) “Acuerdos de 'soft dollar' y corretaje dirigido” significa los servicios de corretaje e investigación descritos en la Sección 28 (e) de la Ley del Mercado de Valores de 1934 (15 U.S.C. Sec. 78bb(e)).
(c)CA Gobierno Code § 6930(c) “Costo de transacción” significa el costo total de la transacción, incluyendo, entre otros, comisiones, servicios y el precio de los valores.
(d)CA Gobierno Code § 6930(d) “Responsable” significa con la diligencia debida exigida a un fiduciario para examinar una transacción presentada en cuanto a: la necesidad de los servicios de 'soft dollar' proporcionados y el costo de la comisión; la calidad de la operación; la calidad de la investigación del corredor de bolsa; las capacidades de ejecución del corredor de bolsa; y la calidad del servicio del corredor de bolsa.

Section § 6931

Explanation

Esta ley exige que cualquier transacción de valores o acuerdo de corretaje realizado para un inversor gubernamental utilizando un acuerdo de 'soft dollar' o corretaje dirigido debe ejecutarse al costo más bajo posible que aún se considere responsable.

Cada transacción de valores o acuerdo de corretaje realizado para un inversor gubernamental conforme a un acuerdo de 'soft dollar' y corretaje dirigido, según se define en el apartado (b) de la Sección 6930, deberá ejecutarse al costo de transacción responsable más bajo disponible.

Section § 6932

Explanation

Esta ley exige que cualquier acuerdo a partir de 1991 entre una entidad gubernamental y un gestor de inversiones para administrar activos de fondos públicos incluya estipulaciones específicas sobre los acuerdos de 'soft dollar' y corretaje dirigido. Estos acuerdos implican el uso de servicios de corretaje para obtener investigación y otros beneficios. El gestor de inversiones debe mantener registros exhaustivos de cualquier servicio facturado relacionado con estos acuerdos. Los servicios que un corredor de bolsa puede proporcionar bajo estos acuerdos deben estar claramente definidos.

El acuerdo debe revelar varias cosas al inversor gubernamental: todos los servicios facturados bajo estos acuerdos, las razones de cada servicio, el porcentaje máximo de inversiones utilizadas en estos acuerdos, un informe anual de todos los servicios facturados del año anterior, y si los servicios son exclusivos o compartidos con otros clientes.

Cualquier contrato escrito celebrado entre un inversor gubernamental y un gestor de inversiones a partir del 1 de enero de 1991, para la gestión de activos de un fondo público o un fondo público de pensiones o jubilación, que incluya un acuerdo de 'soft dollar' y corretaje dirigido, deberá contener los siguientes requisitos:
(a)CA Gobierno Code § 6932(a) El gestor de inversiones deberá mantener registros completos y detallados de todos los servicios facturados proporcionados conforme a los acuerdos de 'soft dollar' y corretaje dirigido.
(b)CA Gobierno Code § 6932(b) Los servicios que un corredor de bolsa pueda proporcionar conforme a los acuerdos de 'soft dollar' y corretaje dirigido deberán estar claramente definidos.
(c)CA Gobierno Code § 6932(c) El gestor de inversiones deberá, en las cartas de acuerdo con el cliente (inversores gubernamentales), revelar:
(1)CA Gobierno Code § 6932(c)(1) Una lista de todos los servicios facturados proporcionados conforme a los acuerdos de 'soft dollar' y corretaje dirigido con respecto a las transacciones de inversión para el inversor gubernamental.
(2)CA Gobierno Code § 6932(c)(2) La justificación para proporcionar cada uno de esos servicios.
(3)CA Gobierno Code § 6932(c)(3) El porcentaje máximo de las transacciones de inversión del inversor gubernamental previsto para su uso en acuerdos de 'soft dollar' y corretaje dirigido.
(4)CA Gobierno Code § 6932(c)(4) Un estado de cuenta anual de todos los servicios facturados proporcionados durante el año anterior bajo acuerdos de 'soft dollar' y corretaje dirigido con respecto a las transacciones de inversión para el inversor gubernamental.
(5)CA Gobierno Code § 6932(c)(5) Una determinación de si cada servicio proporcionado bajo acuerdos de 'soft dollar' y corretaje dirigido con respecto a las transacciones de inversión para el inversor gubernamental es propietario o está siendo compartido por otros clientes del gestor de inversiones.

Section § 6933

Explanation

Esta ley establece que los acuerdos de soft dollar y de corretaje dirigido no tienen que seguir ninguna regla de competencia de licitación. Aclara que esto no cambia la ley existente, sino que refuerza lo que ya está en vigor.

Los acuerdos de soft dollar y de corretaje dirigido no están sujetos a ningún requisito legal de licitación competitiva.
Esta sección no constituye un cambio en, sino que es declaratoria de, la ley existente.

Section § 6934

Explanation

Esta ley establece que todos los contratos celebrados, renovados o prorrogados a partir del 1 de enero de 1991 deben seguir las reglas descritas en este capítulo.

Este capítulo se aplicará a los contratos celebrados, renovados o prorrogados a partir del 1 de enero de 1991.