(a)Copy CA Gobierno Code § 5852.1(a)
(1)Copy CA Gobierno Code § 5852.1(a)(1) Antes de la autorización de la emisión de bonos con un plazo superior a 13 meses conforme a este capítulo, el órgano de gobierno de un organismo público deberá obtener y divulgar toda la siguiente información en una reunión abierta al público:
(A)CA Gobierno Code § 5852.1(a)(1)(A) El costo de interés real de los bonos, que significa la tasa necesaria para descontar los montos pagaderos en las respectivas fechas de pago de capital e intereses al precio de compra recibido por la nueva emisión de bonos.
(B)CA Gobierno Code § 5852.1(a)(1)(B) El cargo financiero de los bonos, que significa la suma de todas las tarifas y cargos pagados a terceros.
(C)CA Gobierno Code § 5852.1(a)(1)(C) El monto de los ingresos recibidos por el organismo público por la venta de los bonos menos el cargo financiero de los bonos descrito en el subpárrafo (B) y cualquier reserva o interés capitalizado pagado o financiado con los ingresos de los bonos.
(D)CA Gobierno Code § 5852.1(a)(1)(D) El monto total del pago, que significa la suma total de todos los pagos que el prestatario realizará para pagar el servicio de la deuda de los bonos más el cargo financiero de los bonos descrito en el subpárrafo (B) no pagado con los ingresos de los bonos. El monto total del pago se calculará hasta el vencimiento final de los bonos.
(2)CA Gobierno Code § 5852.1(a)(2) La información del párrafo (1) se obtendrá de la siguiente manera:
(A)CA Gobierno Code § 5852.1(a)(2)(A) Como una estimación de buena fe de un suscriptor, asesor financiero o prestamista privado.
(B)CA Gobierno Code § 5852.1(a)(2)(B) De un prestatario tercero conforme a la subdivisión (b).
(b)Copy CA Gobierno Code § 5852.1(b)
(1)Copy CA Gobierno Code § 5852.1(b)(1) Si el organismo público que emite bonos es un proveedor de financiación conducto, según se define en la subdivisión (b) de la Sección 5870, que emite bonos en nombre de un prestatario tercero, la información del párrafo (1) de la subdivisión (a) se presentará al prestatario tercero como una estimación de buena fe de un suscriptor, asesor financiero o prestamista privado contratado por el prestatario tercero.
(2)CA Gobierno Code § 5852.1(b)(2) Si el prestatario tercero tiene una junta de gobierno, la información se presentará a la junta de gobierno o al funcionario o funcionarios o comité designado por la junta de gobierno para obligar al prestatario tercero en relación con la financiación. Si el prestatario tercero no tiene una junta de gobierno, la información se presentará al funcionario o funcionarios del prestatario tercero que tenga la autoridad para obligar al prestatario tercero en relación con la financiación.
(3)CA Gobierno Code § 5852.1(b)(3) El prestatario tercero proporcionará la información recibida conforme a esta subdivisión al organismo público antes de la divulgación de la información según lo requerido conforme a la subdivisión (a).
(c)CA Gobierno Code § 5852.1(c) Los requisitos de esta sección no se aplicarán a ningún organismo público que sea una entidad estatal. Para los fines de esta subdivisión, “entidad estatal” significa cualquier agencia, departamento, oficina, junta o comisión de cualquier tipo.
(d)CA Gobierno Code § 5852.1(d) Esta sección, incluido el incumplimiento de los requisitos de esta sección, no afectará la validez de los bonos ni la autorización de los bonos por parte del organismo público.
(Added by Stats. 2017, Ch. 625, Sec. 1. (SB 450) Effective January 1, 2018.)