Part 7.5
Section § 15490
La Junta de Asignación Estatal es un organismo dentro del gobierno de California. Está compuesta por varios funcionarios de alto rango, incluyendo al Director de Finanzas, el Director de Servicios Generales, una persona designada por el gobernador y el Superintendente de Instrucción Pública. Además, incluye a miembros del Senado y de la Asamblea designados por los líderes legislativos, asegurando una representación mixta de los partidos mayoritario y minoritario.
Aunque los miembros de la junta y los legisladores no reciben pago por sus servicios, se les reembolsan los gastos necesarios. El Director de Servicios Generales asiste a la junta, y esta, por mayoría de votos, puede nombrar a un subdirector ejecutivo, fijar su salario y contratar personal de apoyo para ayudar con sus funciones.
Section § 15491
Esta ley exige que la Junta de Asignación Estatal transmita en vivo, con video y audio, todas las reuniones públicas de la junta. Las transmisiones pueden ser accedidas a través de tecnologías como televisión, satélite o transmisiones por internet para llegar a una audiencia amplia. También deben asegurar que las transmisiones por internet puedan ser accedidas a través de la Red de Alta Velocidad K-12. Además, la junta debe colaborar con el Director de Información del Estado para implementar estos requisitos.
Section § 15492
Esta ley exige que el Departamento de Servicios Generales de California dedique un puesto de tiempo completo dentro de la Oficina de Construcción de Escuelas Públicas para ayudar a los distritos escolares con la compra de terrenos para proyectos financiados por la Junta de Asignación Estatal. Esta persona también sugerirá mejoras en la forma en que se adquieren los terrenos escolares. Además, el departamento debe establecer un sistema para gestionar rápidamente las consultas sobre las solicitudes de financiación de proyectos. Sin embargo, esto debe hacerse sin aumentar los niveles de personal actuales de la oficina.