Part 7
Section § 995
Si trabajas para una organización pública y te demandan por algo que hiciste en el trabajo, puedes pedir ayuda legal a tu empleador. Esto se aplica tanto si sigues trabajando allí como si ya te has ido. Las demandas incluyen cualquier reclamación legal relacionada que se haga en tu contra.
Section § 995.2
Esta ley explica cuándo una entidad pública, como una agencia gubernamental, puede negarse a defender a un empleado en una demanda. Si el empleado actuó fuera de sus responsabilidades laborales, cometió fraude, corrupción o actuó con malicia, la entidad podría no proveer defensa legal. Además, si defender al empleado crea un conflicto de intereses para la entidad, esta puede negarse. Se debe informar al empleado de la decisión de la entidad dentro de los 20 días siguientes a una solicitud por escrito. Si se descubre un conflicto después de que la defensa haya comenzado, la entidad puede dejar de defenderlo, pero debe explicar el motivo.
Section § 995.3
Esta ley explica quién es responsable de pagar los costos de defensa legal en casos de presuntas violaciones de la Sección 8547.3 por parte de empleados estatales. Si un empleado estatal se defiende con éxito y demuestra que no hubo violación, la entidad pública puede reembolsarle los costos de su defensa. Por otro lado, si la entidad pública paga la defensa y se determina que el empleado es culpable de la violación, el empleado debe devolver todos esos costos de defensa a la entidad.
Section § 995.4
Esta ley establece que una entidad pública en California tiene la opción —pero no la obligación— de pagar la defensa legal de sus propios empleados en ciertas situaciones. Específicamente, no tiene que cubrir las defensas legales en acciones donde intenta disciplinar o sancionar a un empleado o exempleado, o si los lleva a juicio como individuos, y no en su rol laboral.
Section § 995.6
Esta ley establece que una agencia gubernamental no está obligada a defender a un empleado actual o anterior en un caso administrativo. Sin embargo, la agencia puede optar por defenderlos si el caso está relacionado con algo que hicieron o dejaron de hacer como parte de su trabajo, y si la agencia considera que defenderlos es en su mejor interés. El empleado debe haber actuado de buena fe, sin malicia real y teniendo en cuenta los intereses aparentes de la agencia.
Section § 995.8
Esta sección explica que una entidad pública en California no está obligada a defender un caso penal contra un empleado o exempleado, pero puede optar por hacerlo si la situación cumple con criterios específicos. Primero, el cargo penal debe estar relacionado con algo que el empleado hizo o dejó de hacer mientras estaba en el trabajo. Segundo, la entidad pública debe creer que defender al empleado sirve a sus propios mejores intereses y que el empleado actuó de buena fe, sin malicia y de acuerdo con los intereses de la entidad.
Section § 995.9
Esta ley permite a una entidad pública en California decidir si defiende o reembolsa a un testigo que ha testificado en su nombre en casos legales, basándose en varios factores, incluyendo si beneficia el interés público. Sin embargo, solo lo hará si la demanda contra el testigo se debe a sus acciones solicitadas por la entidad pública.
No se ofrecerá defensa ni indemnización si el testimonio del testigo fue a sabiendas falso o no se dio de buena fe. Además, la entidad pública no cubrirá los daños punitivos, y si la entidad cubrió los costos de defensa y el testigo es condenado a pagar daños punitivos, el testigo deberá reembolsar esos costos.
Section § 996
Esta ley permite que una entidad pública, como una agencia gubernamental, se defienda en casos legales utilizando su propio abogado, contratando a un abogado externo o mediante un seguro que cubra la defensa legal. Los costos de esta defensa legal son cubiertos por la entidad pública, y esta no puede exigir al empleado o exempleado que pague estos costos.
Section § 996.4
Si un empleador público se niega a defender a un empleado o exempleado en una demanda relacionada con sus funciones laborales, el empleado puede contratar a su propio abogado y obtener el reembolso de los honorarios legales, costas y gastos por parte del empleador público. Sin embargo, el reembolso no está permitido si las acciones del empleado implicaron fraude, corrupción, intención maliciosa, o si la demanda es una de las especificadas en otra ley.
La ley también permite a los empleados solicitar una orden judicial que obligue al empleador público a cumplir con sus obligaciones legales si es necesario.