ÉticaRegalos
Section § 89503
Esta ley restringe a los funcionarios estatales y locales electos, a los candidatos a cargos públicos y a ciertos empleados gubernamentales la aceptación de regalos valorados en más de $250 de una única fuente en un año calendario. Se considera que las personas son candidatas a cargos públicos hasta que ganan y asumen el cargo, pierden y cumplen con las obligaciones de presentación de informes, o se certifican los resultados de la elección. Existen excepciones, como para los candidatos judiciales antes de 1997, los jueces, ciertos miembros de juntas directivas, y pagos específicos relacionados con viajes o regalos para ocasiones habituales. El límite de regalos se ajusta cada dos años según el Índice de Precios al Consumidor.
Section § 89503.5
Esta ley establece que un funcionario público o un miembro de su familia inmediata se considera que ha "recibido" y "aceptado" un regalo si toma posesión de él, se beneficia de él o ejerce cualquier control sobre él.
Section § 89504
Esta ley aclara que cuando un Becario de Política Científica y Tecnológica de California colabora con una agencia o departamento estatal, sus servicios no se consideran un 'regalo' para los funcionarios estatales. Para que esto aplique, se deben cumplir dos condiciones: el Becario debe ser elegido según un memorando de entendimiento (MOU) entre el Consejo de Ciencia y Tecnología de California y una agencia estatal, y el Becario debe aceptar seguir reglas específicas de conducta y divulgación establecidas por el estado. Finalmente, esta ley simplemente explica las normas existentes y no modifica ninguna ley.
Section § 89504.8
Esta ley aclara que los servicios de un becario de políticas proporcionados por ciertas asociaciones no se consideran regalos para los funcionarios estatales. Una asociación, en este contexto, se refiere a organizaciones específicas como la Asociación Capitolina de Asiáticos e Isleños del Pacífico, la Asociación de Personal Legislativo Negro de California, la Asociación LGBTQ del Capitolio y la Fundación de la Asociación Capitolina Latina de California, todas las cuales están exentas de impuestos según la ley federal. Finalmente, esta sección de la ley no introduce nuevas reglas, sino que afirma lo que ya se ha establecido.