Divulgación de CampañaDivulgación en Anuncios
Section § 84501
Esta sección define qué se considera un 'anuncio' en las campañas políticas. Es cualquier mensaje público pagado por un comité para promover u oponerse a un candidato o a una medida electoral, pero excluye ciertas comunicaciones como correos electrónicos personales, pequeños artículos promocionales y ropa.
Los 'principales contribuyentes' son aquellos que aportan las mayores cantidades (más de $50,000) a estos comités, y existen reglas específicas sobre cómo identificarlos y divulgarlos. Si los fondos están específicamente designados (destinados) para ciertos fines políticos, requieren divulgaciones específicas cuando se transfieren entre comités.
Las organizaciones sin fines de lucro que no participan en actividades políticas y las personas que optan por que sus contribuciones no se utilicen políticamente son excepciones a estos requisitos de divulgación.
Section § 84501.1
Esta ley establece que la Comisión no puede crear ni hacer cumplir ninguna norma, política u opinión que establezca límites de cantidades o montos, a menos que esos límites ya estén especificados en ciertas secciones de la ley. En esencia, estas secciones de la ley se aplican a todo, sin importar cuán pequeña sea la cantidad o el monto, a menos que se indique lo contrario en la ley.
Section § 84502
Esta sección describe las reglas para los anuncios pagados por diferentes tipos de comités. Requiere que los anuncios incluyan 'Anuncio pagado por' seguido del nombre del comité, tal como aparece en su Declaración de Organización más reciente. Esto se aplica a diversas formas de anuncios, incluyendo radio, televisión y mensajes de texto. Los comités de partidos políticos o los comités controlados por candidatos deben seguir esta regla si el anuncio apoya/se opone a una medida electoral o es un gasto independiente.
Existen excepciones que permiten el texto 'Pagado por' para cartas impresas, sitios web, correos electrónicos y mensajes de texto. Para anuncios de video en internet o anuncios impresos grandes, el nombre del comité puede acortarse, siempre que los identifique de manera única. Los comités patrocinados deben incluir partes del nombre que identifiquen al patrocinador, a menos que todos los patrocinadores figuren como principales contribuyentes. Si corresponde, el comité puede usar 'ID del Comité' y el número de identificación en su lugar.
Section § 84503
Esta ley exige que ciertos anuncios políticos revelen a los principales contribuyentes financieros del comité que pagó el anuncio. Si solo hay un principal contribuyente, se utiliza el término "Principal Financiador" en lugar de "Principales Financiadores". Solo se necesitan los nombres de los principales contribuyentes, sin términos como "incorporado" o "comité". Si el principal contribuyente es un comité patrocinado con un único patrocinador, solo se requiere el nombre del patrocinador. Ciertos comités están exentos de este requisito. La ley también permite ligeras variaciones en la redacción para diferentes tipos de anuncios, como cartas impresas o correos electrónicos.
Section § 84504
Esta ley exige que ciertos anuncios políticos transmitidos por radio o por teléfono incluyan divulgaciones específicas. Estos anuncios deben mencionar quién los pagó y declarar claramente a los principales contribuyentes que aportaron $50,000 o más. La divulgación debe coincidir con el tono y el timbre del anuncio y durar al menos tres segundos. Si el anuncio es muy corto (15 segundos o menos) o si la divulgación duraría más de ocho segundos, puede mencionar solo al principal contribuyente.
Section § 84504.1
Esta ley establece las reglas para los anuncios de video pagados por ciertos comités, como los comités políticos, que no están vinculados a un candidato o partido político. Estos anuncios deben incluir divulgaciones específicas al principio o al final. Para anuncios de hasta 30 segundos, la divulgación debe aparecer durante al menos cinco segundos; para anuncios más largos, debe aparecer durante diez segundos. Estas divulgaciones deben seguir un formato y estilo específicos, incluyendo requisitos de fuente, tamaño y color.
Las divulgaciones deben ocupar la parte inferior de la pantalla, con texto blanco sobre un fondo negro, y tener especificaciones sobre el espacio y los contribuyentes. Si hay principales contribuyentes, se aplican reglas adicionales, incluyendo el orden y la presentación de sus nombres. Los anuncios de gastos independientes deben incluir una declaración adicional según otra sección.
El área de divulgación del anuncio no puede incluir texto o imágenes no autorizados, manteniendo el enfoque estrictamente en la información requerida, a menos que otras leyes indiquen lo contrario.
Section § 84504.2
Esta ley exige que ciertos anuncios impresos, pagados por comités que no sean de partidos políticos o controlados por candidatos, incluyan divulgaciones específicas. Las divulgaciones deben tener un fondo blanco sólido, estar en un recuadro y usar una fuente fácil de leer, como Arial, con un tamaño mínimo basado en el tipo de anuncio. Para anuncios más pequeños, solo se necesita divulgar al contribuyente principal que haya aportado al menos $50,000. Si el anuncio es más grande, como un cartel de jardín, el tamaño del texto debe ser al menos el 5% de la altura del anuncio. Los contribuyentes principales deben aparecer en líneas separadas, a menos que en anuncios grandes, donde pueden separarse por comas. El texto de divulgación adicional incluye información que dirige a los espectadores a más detalles de financiación en el sitio web de la Comisión.
Section § 84504.2
Esta ley detalla cómo los anuncios políticos impresos deben divulgar cierta información. Si un anuncio es pagado por un comité que no está afiliado a un partido político o a un candidato para un cargo electivo, debe incluir divulgaciones específicas.
Estas divulgaciones deben aparecer en un recuadro blanco y claro en la parte inferior de al menos una página del anuncio, utilizando una fuente Arial de 10 puntos.
Para anuncios impresos más grandes, como vallas publicitarias, el texto debe tener al menos el 5% de la altura del anuncio. Los contribuyentes clave que donaron la mayor cantidad de dinero deben aparecer en orden descendente, sin subrayar sus nombres. Los anuncios que apoyan u oponen a candidatos utilizando fondos independientes también deben mostrar divulgaciones separadas. Para anuncios de tamaño pequeño, como los de periódicos, solo es necesario divulgar al contribuyente más grande si donó más de $50,000.
Section § 84504.3
Esta sección de la ley trata sobre las reglas para las divulgaciones en anuncios de medios electrónicos relacionados con elecciones. Se aplica si el anuncio es pagado por ciertos tipos de comités políticos. La ley establece los requisitos sobre cómo deben mostrarse las divulgaciones en los anuncios, especialmente si el anuncio incluye imágenes o gráficos. Por ejemplo, debe haber divulgaciones claras, como quién financió el anuncio, en un formato legible, y a veces estas pueden ser un enlace clicable a más información. Existen reglas específicas según el tamaño y tipo del anuncio, incluyendo las para anuncios de audio y video, y redes sociales. La ley tiene como objetivo garantizar la transparencia sobre el patrocinio de anuncios en campañas políticas.
Section § 84504.4
Esta ley de California exige que los anuncios políticos en radio, televisión y redes sociales, patrocinados por un partido político o un comité de candidato y que no se relacionan con medidas electorales, incluyan divulgaciones específicas. Los anuncios de radio requieren una divulgación hablada al principio o al final, y debe coincidir con el tono del anuncio. Los anuncios de televisión exigen una divulgación escrita durante al menos cuatro segundos con un tamaño de fuente acorde al tamaño de la pantalla. Los anuncios en redes sociales requieren una divulgación siguiendo pautas similares.
Section § 84504.5
Esta ley exige que los anuncios políticos que son gastos independientes, financiados por partidos políticos o comités controlados por candidatos, incluyan información específica. Esta información debe seguir ciertas reglas según el tipo de anuncio: de radio, teléfono, video, impreso o en medios electrónicos.
Para los anuncios de radio y teléfono, la información debe darse al principio o al final, ser hablada claramente, con un tono similar al del anuncio, y durar al menos tres segundos. Los anuncios de video deben mostrar la información por escrito al principio o al final, ser legible durante al menos cuatro segundos, y también debe ser hablada si aparece por menos tiempo. Los anuncios impresos deben usar una letra de al menos 10 puntos con buen contraste, y en anuncios impresos más grandes, la información debe ocupar el 5% de la altura del anuncio. Los anuncios en medios electrónicos deben seguir las reglas de divulgación de la Sección 84504.3.
Section § 84504.6
Esta sección de la ley de California describe las reglas sobre cómo las plataformas en línea deben manejar los anuncios políticos. Define qué es una 'plataforma en línea' y especifica que las plataformas que venden anuncios directamente deben exigir a los comités que divulguen cierta información sobre el anuncio, como quién lo pagó y cualquier candidato o medida electoral relacionada. Si el anuncio cambia debido a nuevos contribuyentes principales o nombres de comités, las actualizaciones deben realizarse dentro de los cinco días.
Las plataformas deben dejar claro a los espectadores quién financió el anuncio, ya sea mostrando mensajes como 'Pagado por' o utilizando hipervínculos que permitan a los espectadores encontrar más información sobre el comité. También deben mantener un registro público de los anuncios comprados por $500 o más durante al menos cuatro años, incluyendo detalles como copias de anuncios, vistas y gastos.
Finalmente, las plataformas pueden confiar en la información proporcionada por el comité, siempre que creen un sistema para recibir y verificar esta información, para cumplir con sus obligaciones legales bajo esta sección.
Section § 84504.7
Esta ley establece reglas para los anuncios políticos enviados a través de mensajes de texto. Si un candidato o comité político envía un mensaje de texto que apoya u opone a un candidato o una medida electoral, debe incluir divulgaciones específicas.
El texto debe decir “Pagado por” o “Con” seguido del nombre del comité o candidato, o un enlace a un sitio web con divulgaciones completas. Si un comité tiene donantes importantes, los nombres de los principales contribuyentes deben incluirse, a menos que se apliquen ciertas excepciones.
Para los voluntarios no remunerados, se aplican algunas excepciones a las reglas de divulgación, y esos textos deben indicar que son de un voluntario. Los enlaces en los mensajes deben permanecer activos hasta 30 días después de la elección. Si se envía una secuencia de textos, la información requerida debe estar en el primer mensaje.
Section § 84504.8
Section § 84505
Esta ley establece que ningún comité, o las personas que trabajen con él, puede crear o utilizar ciertos tipos de comités para ocultar la identidad de los principales contribuyentes a un anuncio. El objetivo es garantizar la transparencia sobre quién financia el anuncio.
Además, las divulgaciones escritas en los anuncios generalmente deben evitar las letras mayúsculas, con excepciones para la gramática adecuada, los nombres o el uso común de ciertos términos, manteniendo la claridad para los lectores.
Section § 84506.5
Cualquier anuncio que apoye u oponga a un candidato y que sea financiado de forma independiente debe indicar claramente que no está aprobado por el candidato o su comité de campaña. Si el anuncio es autorizado o financiado por un candidato para un cargo diferente, debe aclarar que no fue autorizado ni financiado por ningún candidato o comité del cargo al que se refiere.
Section § 84509
Esta ley exige que los anuncios políticos actualicen su lista de principales contribuyentes financieros cuando la lista cambie o aparezca un nuevo contribuyente principal. Para los anuncios electrónicos —como los de televisión, radio o vallas publicitarias digitales— las actualizaciones deben realizarse en un plazo de cinco días hábiles. Siempre que un comité envíe el anuncio revisado con instrucciones a las estaciones de radiodifusión para que lo actualicen antes del quinto día hábil, cumplen con la norma. Para los medios impresos, incluidas las vallas publicitarias impresas, los anuncios deben actualizarse antes de que se soliciten nuevas impresiones.
Section § 84510
Esta ley establece que si alguien infringe ciertas secciones relacionadas con la divulgación adecuada en la publicidad, puede ser demandado y multado con hasta tres veces el costo del anuncio. Esto incluye costos como los de colocación del anuncio. Si una persona rompe intencionalmente estas reglas para ocultar información requerida, puede enfrentar las mismas sanciones.
Además, si alguien ayuda a otra persona a cometer estas infracciones, también puede ser considerado responsable y multado de manera similar. Si el caso resulta en una sanción económica, la mitad de ese dinero se destina a la persona que inició la demanda y la otra mitad al Fondo General del estado. Si un fiscal local lleva el caso, la agencia recibe la mitad y el Fondo General recibe la otra mitad.
Section § 84511
Esta ley se aplica a los comités que gastan $5,000 o más en la aparición de una persona en anuncios sobre medidas electorales, o cualquier cantidad si el anuncio sugiere que la persona tiene un trabajo con licencia o certificación. Estos comités deben informar los detalles del gasto dentro de los 10 días, incluyendo la medida, la fecha, el monto, el nombre del beneficiario y la ocupación si corresponde.
Los anuncios deben indicar claramente si las personas son portavoces pagados. Si el anuncio implica que la persona tiene un trabajo con licencia, también debe aclarar que son actores pagados, a menos que su ocupación real coincida con lo que se representa, y se mantenga y esté disponible la documentación adecuada previa solicitud.
Section § 84512
Esta ley exige que las empresas informen al Secretario de Estado si alteran los resultados de búsqueda en línea o dirigen anuncios en línea con fines políticos. Deben presentar el informe si sus productos o servicios enfatizan o desfatizan materiales de promoción o dirigen anuncios a usuarios sin una contraprestación completa. El informe requerido debe incluir los nombres de los candidatos o medidas afectados, si estas acciones los apoyaron u opusieron, los responsables de la toma de decisiones involucrados y la fecha de dichas actividades. Los informes deben presentarse antes del 31 de enero para el año anterior y deben estar disponibles públicamente. Las empresas deben conservar los registros relacionados durante cuatro años. Estas reglas no se aplican a las actividades comerciales regulares ni a las comunicaciones internas. La ley entra en vigor el 1 de enero de 2024.
Section § 84513
Esta sección de la ley de California establece que si un comité paga a alguien para publicar contenido en línea que apoya u opone a un candidato o una medida electoral, esa persona debe declarar claramente que fue pagada por el comité. La exención de responsabilidad debe ser fácil de leer o escuchar e incluir el nombre y el número de identificación del comité.
Este requisito no se aplica al contenido que necesita divulgaciones bajo secciones específicas, al contenido en las propias páginas del comité, o a las publicaciones de empleados remunerados de un comité en sus propias redes sociales, a menos que publicar sea su trabajo principal.
El comité debe informar a la persona sobre la regla de la exención de responsabilidad. Violar esta regla no conlleva multas ni cargos penales, pero la Comisión puede emprender acciones legales para hacer cumplir la norma si es necesario.
Section § 84514
Esta ley exige que los anuncios políticos creados o modificados usando inteligencia artificial (IA) declaren claramente: "Anuncio generado o sustancialmente alterado usando inteligencia artificial". La presentación del anuncio debe seguir las directrices existentes para los anuncios políticos. Es importante destacar que esta ley no altera ningún derecho o protección legal para los proveedores de servicios en línea. Si un comité no cumple con estas normas, la Comisión puede exigir legalmente su cumplimiento, pero no puede acusarlos de un delito menor. La IA se define como un sistema que crea o modifica medios, como imágenes o videos, de maneras que podrían engañar a una persona razonable haciéndole creer que son auténticos. Las ediciones menores, como los cambios de color, no se consideran alteraciones sustanciales de IA. Por último, un "anuncio político calificado" es aquel que incluye contenido generado o alterado por IA.