Conflictos de InteresesProhibición General
Section § 87100
Section § 87100.1
Esta sección de la ley de California aclara cuándo un ingeniero profesional o un agrimensor, que trabaja como consultor para gobiernos estatales o locales, se considera que tiene un interés financiero en una decisión gubernamental. Si el consultor trabaja de forma independiente, sin el control o la autoridad de toma de decisiones de la agencia pública, no tiene un interés financiero. Sin embargo, esta excepción no se aplica si el consultor está involucrado en la recomendación de la fórmula para distribuir los costos en un distrito de evaluación donde previamente ha ganado $250 o más por trabajo relacionado en las parcelas del distrito dentro de un año antes de la creación del distrito. Esta exclusión solo cubre las recomendaciones de fórmulas y no se extiende a estudios de sitio, planes de ingeniería o recopilación de datos.
Section § 87101
Section § 87102
Section § 87102.5
Esta sección de la ley prohíbe a los legisladores de California usar su cargo para influir en decisiones del gobierno si tienen un interés financiero. Describe diversas situaciones en las que puede surgir un conflicto de intereses, como la participación en decisiones gubernamentales estatales, acciones legislativas que afectan contratos y cualquier voto o acción sobre legislación 'no general', es decir, legislación que no afecta al público en general, sino que tiene un impacto financiero en individuos o entidades específicas conectadas con el legislador.
La ley detalla qué constituye un interés financiero y legislación no general, y define las acciones ante la Legislatura. Además, establece excepciones para ciertos tipos de votaciones, como el Proyecto de Ley de Presupuesto, y explica que los legisladores pueden confiar en el asesoramiento por escrito del Asesor Legislativo bajo ciertas condiciones.
Section § 87102.6
Esta ley explica qué significa la 'legislación no general' en el contexto del gobierno de California. Dicha legislación se identifica por tener un impacto financiero claro en individuos o propiedades específicas, en lugar de afectar generalmente al público en general. Además, aclara que un 'segmento significativo del público' puede ser una industria, un comercio, una profesión, un distrito o un área geográfica. Si una ley afecta de manera única a más de un pequeño número de personas o propiedades, se considera no general. La sección también aclara que el proyecto de ley de presupuesto en su totalidad no se considera legislación no general, pero si una ley contiene alguna disposición que califique como no general, toda la ley se considera como tal. Las legislaciones que tienen un impacto similar en un grupo o en un segmento completo, incluso si los efectos individuales difieren, no se consideran no generales.
Section § 87102.8
Si eres un funcionario estatal electo en California, no puedes participar ni intentar influir en una decisión del gobierno si sabes que te beneficiarás económicamente. Esto también significa que debes mantenerte al margen de las decisiones que tendrán un impacto financiero importante en alguien que te pagó por servicios relacionados con el trabajo gubernamental en el último año.
Esto se aplica incluso si la decisión afecta a un empleador de cabildero que te ha pagado algún salario o sueldo en el último año, siempre y cuando el impacto no sea en el público en general. Y, aunque tu relación no sea con un empleador de cabildero, sino con cualquier persona que te pagó para abogar por ellos, debes evitar influir en acciones que los afecten a ellos más que al público en general.
Los términos "público en general" y "segmento significativo del público" tienen significados específicos, explicados en otra parte de la ley, y existen sanciones específicas por incumplir estas reglas.
Section § 87103
Esta ley establece que un funcionario público tiene un interés financiero en una decisión si es probable que esta afecte económicamente al funcionario, a su familia inmediata o a entidades relacionadas específicas. Un punto clave es que este impacto debe ser diferente de cómo afecta al público en general.
Se considera que un funcionario tiene un interés financiero si posee inversiones de $2,000 o más en un negocio o bienes raíces, recibe ingresos de $500 o más de una fuente que no sea un préstamo, ocupa un puesto directivo en un negocio, o si ha recibido obsequios valorados en $250 o más en el último año. También se tienen en cuenta los intereses indirectos a través de la familia o entidades asociadas.
Section § 87103.5
Esta ley explica cuándo un cliente minorista no se considerará una fuente de ingresos para un funcionario que tenga una participación significativa en un negocio minorista. Específicamente, si los clientes minoristas constituyen una parte importante del público y sus transacciones no se pueden distinguir de las de otros, entonces no se cuentan como ingresos.
En jurisdicciones pequeñas con poblaciones de menos de 10,000 habitantes y pocos negocios minoristas, un cliente minorista no es una fuente de ingresos si sus pagos no superan el uno por ciento de las ventas del negocio del año anterior. La población y el número de negocios minoristas se determinan mediante informes gubernamentales específicos.
Section § 87103.6
Esta ley aclara que si alguien paga a una agencia estatal o de gobierno local para cubrir los costos relacionados con el procesamiento de solicitudes u otras acciones —como la celebración de audiencias públicas o la preparación de documentos—, ese pago no se considera ingreso para las personas que trabajan en la agencia.
Section § 87104
Esta ley establece que un funcionario público que trabaja para una agencia estatal no puede, a cambio de un pago, actuar como abogado o representante de otra persona en un intento de influir en las decisiones de esa agencia sobre asuntos como contratos, subvenciones o permisos.
Abarca a cualquier funcionario público, incluidos los miembros y asesores de una agencia, a menos que estén representando a su propia agencia gubernamental.
Section § 87105
Si un funcionario público tiene un interés financiero que podría afectar sus decisiones, debe seguir ciertos pasos antes de discutir el asunto. Primero, debe explicar claramente al público cuál es ese interés financiero, sin revelar la dirección exacta de su casa. Luego, no debe participar en la discusión ni en la votación del tema, y debe abandonar la sala mientras se discute, a menos que el tema no sea controvertido. Se les permite hablar durante el período de comentarios del público. Esta regla no se aplica a los legisladores estatales.