Section § 84100

Explanation

Esta ley exige que todo comité receptor, que participa en contribuciones y gastos políticos, debe tener un tesorero. No se puede gastar ni recibir dinero en nombre del comité sin la aprobación del tesorero, y el puesto siempre debe estar ocupado.

El comité también puede nombrar un tesorero asistente. El tesorero asistente puede firmar y verificar las declaraciones de campaña si las prepara y revisa cuidadosamente y firma bajo pena de perjurio, según lo exige otra sección específica.

(a)CA Gobierno Code § 84100(a) Todo comité receptor, según lo definido por la subdivisión (a) de la Sección 82013, deberá tener un tesorero. No se realizará ningún gasto por o en nombre de un comité sin la autorización del tesorero o de los agentes designados por el tesorero. No se aceptará ni se realizará ninguna contribución o gasto por o en nombre de un comité cuando el cargo de tesorero esté vacante.
(b)CA Gobierno Code § 84100(b) Un comité receptor, según lo definido por la subdivisión (a) de la Sección 82013, podrá designar un tesorero asistente en la declaración de organización del comité. El tesorero asistente podrá firmar y verificar una declaración de campaña en nombre del comité si el asistente utiliza la diligencia razonable para preparar y revisar la declaración y firma a tal efecto bajo pena de perjurio según lo requerido por la Sección 81004.

Section § 84101

Explanation

Esta ley exige que los comités políticos en California presenten una declaración de organización ante el Secretario de Estado y un funcionario de presentación local, si corresponde. Los comités deben presentar esta declaración dentro de los 10 días siguientes a su constitución como comité. Si un comité se forma justo antes de una elección y después de la fecha límite de la última declaración de campaña preelectoral, debe informar su información de formación dentro de las 24 horas a través de diversos medios como fax o en línea. Los comités de gastos independientes, que gastan $1,000 o más, tienen requisitos de informe similares de 24 horas.

Ciertos pagos, como las tarifas de presentación de fondos personales, no se cuentan para los umbrales de contribución para la presentación de informes. Los comités pueden eliminar los números de cuenta bancaria de las presentaciones locales, y el Secretario de Estado redactará estos números antes del acceso público.

(a)CA Gobierno Code § 84101(a) Un comité que es un comité en virtud de la subdivisión (a) de la Sección 82013 deberá presentar una declaración de organización. El comité deberá presentar el original de la declaración de organización ante el Secretario de Estado y también deberá presentar una copia de la declaración de organización ante el funcionario de presentación local, si lo hubiere, con quien el comité deba presentar una declaración de campaña original de conformidad con la Sección 84215. El original y la copia de la declaración de organización deberán presentarse dentro de los 10 días siguientes a la calificación del comité como tal. El Secretario de Estado asignará un número a cada comité que presente una declaración de organización y notificará al comité dicho número. El Secretario de Estado enviará una copia de las declaraciones presentadas de conformidad con esta sección, con la información especificada en el párrafo (2) de la subdivisión (e) redactada, al funcionario electoral del condado de cada condado que el Secretario de Estado considere apropiado. Un funcionario electoral del condado que reciba una copia de una declaración de organización del Secretario de Estado de conformidad con esta sección enviará una copia de la declaración al secretario de cada ciudad del condado que el funcionario electoral del condado considere apropiado.
(b)CA Gobierno Code § 84101(b) Además de presentar la declaración de organización según lo exige la subdivisión (a), si un comité califica como comité bajo la subdivisión (a) de la Sección 82013 antes de la fecha de una elección en relación con la cual el comité debe presentar declaraciones preelectorales, pero después de la fecha de cierre de la última declaración de campaña que debe presentarse antes de la elección de conformidad con la Sección 84200.8 o 84200.9, el comité deberá presentar, por transmisión facsímil, transmisión en línea, entrega garantizada al día siguiente o entrega personal dentro de las 24 horas siguientes a su calificación como comité, la información que debe informarse en la declaración de organización. La información requerida por esta subdivisión deberá presentarse ante el funcionario de presentación con quien el comité deba presentar una declaración de campaña original de conformidad con la Sección 84215.
(c)CA Gobierno Code § 84101(c) Si un comité de gastos independientes califica como comité de conformidad con la subdivisión (a) de la Sección 82013 durante el período de tiempo descrito en la Sección 82036.5 y realiza gastos independientes de mil dólares ($1,000) o más para apoyar u oponerse a un candidato o candidatos a un cargo, el comité deberá presentar, por transmisión facsímil, transmisión en línea, entrega garantizada al día siguiente o entrega personal dentro de las 24 horas siguientes a su calificación como comité, la información que debe informarse en la declaración de organización. La información requerida por esta sección deberá presentarse ante el funcionario de presentación con quien el comité deba presentar una declaración de campaña original de conformidad con la Sección 84215, y deberá presentarse en todos los lugares requeridos para el candidato o candidatos apoyados u opuestos por los gastos independientes. Las presentaciones requeridas por esta sección son adicionales a las presentaciones que puedan ser requeridas por la Sección 84204.
(d)CA Gobierno Code § 84101(d) Para los fines de esta sección, al calcular si se han recibido dos mil dólares ($2,000) en contribuciones, no se incluirán los pagos por una tarifa de presentación o por una declaración de calificaciones para aparecer en una boleta de muestra si estos pagos se han realizado con fondos personales del candidato.
(e)Copy CA Gobierno Code § 84101(e)
(1)Copy CA Gobierno Code § 84101(e)(1) Un comité puede redactar, u omitir de otra manera, un número de cuenta bancaria incluido en la copia de la declaración de organización presentada ante el funcionario de presentación local de conformidad con la subdivisión (a). Un funcionario de presentación local no deberá exigir a un comité que revele un número de cuenta bancaria en la copia de la declaración de organización presentada ante el funcionario de presentación local como condición para aceptar dicha presentación.
(2)CA Gobierno Code § 84101(e)(2) No obstante la Sección 81008 o la Ley de Registros Públicos de California (División 10 (que comienza con la Sección 7920.000) del Título 1 del Código de Gobierno), el Secretario de Estado deberá redactar el número de cuenta bancaria en una declaración de organización presentada ante el Secretario de Estado antes de poner la declaración a disposición del público en cualquier forma.

Section § 84101

Explanation

Esta ley exige que los comités políticos presenten una declaración oficial de organización cuando califican como comité. Esta declaración debe presentarse en línea ante el Secretario de Estado y, posiblemente, ante un funcionario local. Si el comité califica cerca de una elección, debe presentarla en un plazo de 24 horas. Los comités de gastos independientes que gasten $1,000 o más también deben presentarla. Las contribuciones superiores a $2,000 excluyen ciertos pagos personales. Los comités pueden proteger la información bancaria sensible al presentarla, y el Secretario de Estado debe asegurarse de que esta información no se divulgue públicamente.

(a)CA Gobierno Code § 84101(a) Un comité que es un comité en virtud de la subdivisión (a) de la Sección 82013 deberá presentar una declaración de organización. El comité deberá presentar el original de la declaración de organización en línea o electrónicamente ante el Secretario de Estado y también deberá presentar una copia de la declaración de organización ante el funcionario de presentación local, si lo hubiere, con quien el comité deba presentar una declaración de campaña original de conformidad con la Sección 84215. El original y la copia de la declaración de organización deberán presentarse dentro de los 10 días siguientes a la calificación del comité como tal. El Secretario de Estado asignará un número a cada comité que presente una declaración de organización y notificará al comité dicho número. El Secretario de Estado deberá enviar por correo electrónico o por correo postal una copia de las declaraciones presentadas de conformidad con esta sección, con la información especificada en el párrafo (3) de la subdivisión (e) redactada, al funcionario electoral del condado de cada condado que el Secretario de Estado considere apropiado. Un funcionario electoral del condado que reciba una copia de una declaración de organización del Secretario de Estado de conformidad con esta sección deberá enviar por correo electrónico o por correo postal una copia de la declaración al secretario de cada ciudad del condado que el funcionario electoral del condado considere apropiado.
(b)CA Gobierno Code § 84101(b) Además de presentar la declaración de organización según lo exige la subdivisión (a), si un comité califica como comité bajo la subdivisión (a) de la Sección 82013 dentro de los 16 días anteriores a la fecha de una elección en relación con la cual el comité debe presentar declaraciones preelectorales, el comité deberá presentar, dentro de las 24 horas siguientes a su calificación como comité, una declaración de organización original en línea o electrónicamente ante el Secretario de Estado, y una copia ante el funcionario de presentación local, si lo hubiere, con quien el comité deba presentar una declaración de campaña original de conformidad con la Sección 84215 por correo electrónico, fax, transmisión en línea, entrega garantizada al día siguiente o entrega personal.
(c)CA Gobierno Code § 84101(c) Si un comité de gastos independientes califica como comité de conformidad con la subdivisión (a) de la Sección 82013 durante el período de tiempo descrito en la Sección 82036.5 y realiza gastos independientes de mil dólares ($1,000) o más para apoyar u oponerse a un candidato o candidatos a un cargo, el comité deberá presentar, dentro de las 24 horas siguientes a su calificación como comité, el original de su declaración de organización en línea o electrónicamente ante el Secretario de Estado. El comité también deberá presentar una copia de la declaración de organización ante el funcionario de presentación local con quien el comité deba presentar una declaración de campaña original de conformidad con la Sección 84215, y en todos los lugares requeridos para el candidato o candidatos apoyados u opuestos por los gastos independientes, por correo electrónico, transmisión por facsímil, entrega garantizada al día siguiente o entrega personal. Las presentaciones requeridas por esta sección son adicionales a las presentaciones que puedan ser requeridas por la Sección 84204.
(d)CA Gobierno Code § 84101(d) A los efectos de esta sección, al calcular si se han recibido dos mil dólares ($2,000) en contribuciones, no se incluirán los pagos por una tarifa de presentación o por una declaración de calificaciones para aparecer en una boleta de muestra si estos pagos se han realizado con fondos personales del candidato.
(e)Copy CA Gobierno Code § 84101(e)
(1)Copy CA Gobierno Code § 84101(e)(1) A los efectos de esta subdivisión, “persona autorizada” significa una persona, distinta del tesorero, que está autorizada para obtener los registros bancarios del comité de la institución financiera donde se mantiene la cuenta bancaria de campaña.
(2)CA Gobierno Code § 84101(e)(2) Un comité puede redactar, u omitir de otro modo, un número de cuenta bancaria y el nombre de una persona autorizada incluidos en la copia de la declaración de organización presentada ante el funcionario de presentación local de conformidad con la subdivisión (a). Un funcionario de presentación local no deberá exigir a un comité que revele un número de cuenta bancaria o el nombre de una persona autorizada en la copia de la declaración de organización presentada ante el funcionario de presentación local como condición para aceptar dicha presentación.
(3)CA Gobierno Code § 84101(e)(3) No obstante la Sección 81008 o la Ley de Registros Públicos de California (División 10 (que comienza con la Sección 7920.000) del Título 1 del Código de Gobierno), el Secretario de Estado deberá redactar el número de cuenta bancaria y el nombre de una persona autorizada en una declaración de organización presentada ante el Secretario de Estado antes de poner la declaración a disposición del público en cualquier forma.

Section § 84101.5

Explanation

La ley exige que los comités paguen una tarifa anual de $50 al Secretario de Estado después de presentar su declaración de organización, y que continúen pagándola cada año hasta que el comité se disuelva. Esta tarifa debe pagarse dentro de los 15 días siguientes a la presentación del formulario inicial y antes del 15 de enero de cada año. Si un comité se crea en los últimos tres meses del año y paga la tarifa inicial en ese momento, no tendrá que pagar la tarifa el año siguiente. No pagar a tiempo conlleva una multa de $150. El Secretario de Estado es el encargado de hacer cumplir estos requisitos de pago.

(a)CA Gobierno Code § 84101.5(a) No obstante la Sección 81006, el Secretario de Estado cobrará a cada comité que deba presentar una declaración de organización conforme al subapartado (a) de la Sección 84101 una tarifa anual de cincuenta dólares ($50) hasta que el comité sea disuelto conforme a la Sección 84214.
(b)Copy CA Gobierno Code § 84101.5(b)
(1)Copy CA Gobierno Code § 84101.5(b)(1) Un comité sujeto a la tarifa anual conforme al subapartado (a) pagará la tarifa a más tardar 15 días después de presentar su declaración de organización y a más tardar el 15 de enero de cada año subsiguiente, salvo lo dispuesto en el párrafo (2).
(2)CA Gobierno Code § 84101.5(b)(2) Un comité que se cree y pague la tarifa inicial conforme al párrafo (1) en octubre, noviembre o diciembre de un año calendario no estará sujeto a la tarifa anual para el año calendario siguiente.
(c)Copy CA Gobierno Code § 84101.5(c)
(1)Copy CA Gobierno Code § 84101.5(c)(1) Un comité que no pague a tiempo la tarifa anual exigida por esta sección estará sujeto a una multa administrativa de ciento cincuenta dólares ($150).
(2)CA Gobierno Code § 84101.5(c)(2) El Secretario de Estado hará cumplir los requisitos de esta sección.

Section § 84101.5

Explanation

Esta ley establece que los comités políticos en California deben pagar una tarifa anual de $50 al presentar sus documentos de organización y anualmente antes del 30 de abril hasta que se disuelvan. Si un comité se forma entre octubre y diciembre y paga la tarifa en ese período, no tendrá que pagarla de nuevo para el año siguiente. Si un comité no paga la tarifa a tiempo, se le aplicará una multa de $150. El Secretario de Estado es el encargado de hacer cumplir esta norma.

(a)CA Gobierno Code § 84101.5(a) No obstante la Sección 81006, el Secretario de Estado cobrará a cada comité que deba presentar una declaración de organización conforme al subapartado (a) de la Sección 84101 una tarifa anual de cincuenta dólares ($50) hasta que el comité sea disuelto conforme a la Sección 84214.
(b)Copy CA Gobierno Code § 84101.5(b)
(1)Copy CA Gobierno Code § 84101.5(b)(1) Un comité sujeto a la tarifa anual conforme al subapartado (a) pagará la tarifa a más tardar 15 días después de presentar su declaración de organización y a más tardar el 30 de abril de cada año subsiguiente, salvo lo dispuesto en el párrafo (2).
(2)CA Gobierno Code § 84101.5(b)(2) Un comité que se cree y pague la tarifa inicial conforme al párrafo (1), en octubre, noviembre o diciembre de un año natural, no estará sujeto a la tarifa anual para el año natural siguiente.
(c)Copy CA Gobierno Code § 84101.5(c)
(1)Copy CA Gobierno Code § 84101.5(c)(1) Un comité que no pague a tiempo la tarifa anual exigida por esta sección estará sujeto a una sanción administrativa de ciento cincuenta dólares ($150).
(2)CA Gobierno Code § 84101.5(c)(2) El Secretario de Estado hará cumplir los requisitos de esta sección.

Section § 84102

Explanation

Esta sección describe lo que debe incluirse en la declaración de organización de los comités políticos. Los detalles requeridos son el nombre, la dirección, el correo electrónico y el número de teléfono del comité, y, si es patrocinado, la información del patrocinador. Si hay varios patrocinadores, el nombre del comité debe reflejar el grupo o la industria representada.

También deben proporcionarse los datos de contacto del tesorero y los nombres de los funcionarios principales. Si hay más de tres funcionarios principales, solo es necesario nombrar a tres. El tesorero debe reconocer que comprende las responsabilidades y las posibles sanciones relacionadas con su función, y la declaración no puede aceptarse sin este reconocimiento.

Los comités deben indicar el nombre completo y el cargo al que aspiran los candidatos o las medidas que apoyan u oponen, y describir las actividades políticas si no apoyan principalmente a candidatos o medidas. Los comités también deben declarar si son independientes o controlados y proporcionar información sobre las instituciones financieras donde tienen cuentas, junto con cualquier otro detalle requerido por las regulaciones.

La declaración de organización requerida por la Sección 84101 deberá incluir todo lo siguiente:
(a)CA Gobierno Code § 84102(a) El nombre, la dirección postal, la dirección de correo electrónico y el número de teléfono, si los hubiere, del comité. En el caso de un comité patrocinado, el nombre del comité deberá incluir el nombre de su patrocinador. Si un comité tiene más de un patrocinador, y los patrocinadores son miembros de una industria u otro grupo identificable, se deberá incluir un término que identifique esa industria o grupo en el nombre del comité.
(b)CA Gobierno Code § 84102(b) En el caso de un comité patrocinado, el nombre, la dirección postal y el número de teléfono de cada patrocinador.
(c)CA Gobierno Code § 84102(c) El nombre completo, la dirección postal, la dirección de correo electrónico y el número de teléfono del tesorero y de cualquier otro funcionario principal.
(1)CA Gobierno Code § 84102(c)(1) Un comité con más de un funcionario principal deberá identificar a sus funcionarios principales de la siguiente manera:
(A)CA Gobierno Code § 84102(c)(1)(A) Un comité con tres o menos funcionarios principales deberá identificar a todos los funcionarios principales.
(B)CA Gobierno Code § 84102(c)(1)(B) Un comité con más de tres funcionarios principales deberá identificar no menos de tres funcionarios principales.
(2)CA Gobierno Code § 84102(c)(2) Si ningún individuo que no sea el tesorero es un funcionario principal, el tesorero deberá ser identificado como tesorero y como funcionario principal.
(d)Copy CA Gobierno Code § 84102(d)
(1)Copy CA Gobierno Code § 84102(d)(1) Un reconocimiento por parte de cualquier persona identificada como tesorero o tesorero adjunto en la declaración de organización de lo siguiente:
(A)CA Gobierno Code § 84102(d)(1)(A) Al servir como tesorero o tesorero adjunto, la persona debe cumplir con todos los deberes aplicables establecidos en este título y en las regulaciones de la Comisión.
(B)CA Gobierno Code § 84102(d)(1)(B) Una violación de estos deberes podría resultar en sanciones penales, civiles o administrativas.
(2)CA Gobierno Code § 84102(d)(2) La falta de completar el reconocimiento de conformidad con el párrafo (1) no constituye una violación de este título. Sin embargo, el Secretario de Estado no aceptará una declaración de organización a menos que el reconocimiento haya sido completado.
(3)CA Gobierno Code § 84102(d)(3) Esta subdivisión no entrará en vigor hasta que el Secretario de Estado certifique un sistema de presentación y divulgación en línea de conformidad con el párrafo (7) de la subdivisión (b) de la Sección 84602.
(e)CA Gobierno Code § 84102(e) El nombre completo y el cargo al que aspira un candidato, y el título y número de boleta, si los hubiere, de cualquier medida que el comité apoye u oponga como su actividad principal. Un comité que no apoye u oponga a uno o más candidatos o medidas de boleta como su actividad principal deberá proporcionar una breve descripción de sus actividades políticas, incluyendo si apoya u opone a candidatos o medidas y si dichos candidatos o medidas tienen características comunes, como una preferencia de partido político.
(f)CA Gobierno Code § 84102(f) Una declaración de si el comité es independiente o controlado y, si es controlado, el nombre de cada candidato o proponente de medida estatal por el cual es controlado, o el nombre de cualquier comité controlado con el que actúe conjuntamente. Si un comité es controlado por un candidato para un cargo partidista o nominado por los votantes, el comité controlado deberá indicar el partido político, si lo hubiere, para el cual el candidato ha revelado una preferencia.
(g)CA Gobierno Code § 84102(g) Para un comité que es un comité en virtud de la subdivisión (a) o (b) de la Sección 82013, el nombre y la dirección de la institución financiera en la que el comité ha establecido una cuenta y el número de cuenta.
(h)CA Gobierno Code § 84102(h) Otra información que sea requerida por las reglas o regulaciones de la Comisión de conformidad con los propósitos y disposiciones de este capítulo.

Section § 84103

Explanation

Cuando hay un cambio en los detalles de organización de un comité, se debe presentar una actualización dentro de los 10 días en línea ante el Secretario de Estado y a nivel local. Es crucial que, si este cambio ocurre dentro de los 16 días previos a una elección, los detalles clave como el nombre del comité o sus funcionarios deben actualizarse en un plazo de 24 horas. Esto garantiza la transparencia relacionada con las elecciones y el acceso público oportuno a la información correcta.

Además, si hay nuevos funcionarios involucrados, deben completar los reconocimientos requeridos en línea, aunque no completar este paso no es legalmente punible. Sin embargo, el Secretario de Estado no aceptará los detalles actualizados sin estos reconocimientos. Estas reglas entrarán en vigor una vez que se certifique un sistema de presentación en línea.

(a)CA Gobierno Code § 84103(a) Si hay un cambio en cualquiera de la información contenida en una declaración de organización, se deberá presentar una enmienda dentro de los 10 días para reflejar el cambio. El comité deberá presentar el original de la enmienda en línea o electrónicamente ante el Secretario de Estado y también deberá presentar una copia de la enmienda ante el funcionario de presentación local, si lo hubiere, con quien el comité esté obligado a presentar los originales de sus informes de campaña conforme a la Sección 84215.
(b)CA Gobierno Code § 84103(b) Además de presentar una enmienda a una declaración de organización según lo requerido por la subdivisión (a), un comité, tal como se define en la subdivisión (a) de la Sección 82013, deberá presentar una enmienda a su declaración de organización dentro de las 24 horas si el cambio que requiere la enmienda ocurre dentro de los 16 días anteriores a la fecha de la elección en relación con la cual el comité está obligado a presentar una declaración preelectoral, y si se cambia cualquiera de la siguiente información:
(1)CA Gobierno Code § 84103(b)(1) El nombre del comité.
(2)CA Gobierno Code § 84103(b)(2) El nombre del tesorero u otros funcionarios principales.
(3)CA Gobierno Code § 84103(b)(3) El nombre de cualquier candidato o comité por el cual el comité es controlado o con el cual actúa conjuntamente.
La enmienda deberá incluir la información modificada, la fecha del cambio, y el nombre y número de identificación del comité.
El comité deberá presentar el original de la enmienda en línea o electrónicamente ante el Secretario de Estado y una copia ante el funcionario de presentación local, si lo hubiere, con quien el comité esté obligado a presentar el original de sus informes de campaña, por correo electrónico, fax, transmisión en línea, entrega garantizada al día siguiente o entrega personal.
(c)Copy CA Gobierno Code § 84103(c)
(1)Copy CA Gobierno Code § 84103(c)(1) Si una enmienda a una declaración de organización identifica a un nuevo tesorero o tesorero auxiliar, esa persona deberá completar el reconocimiento requerido por la subdivisión (d) de la Sección 84102.
(2)CA Gobierno Code § 84103(c)(2) La falta de completar el reconocimiento conforme al párrafo (1) no constituye una violación de este título. Sin embargo, el Secretario de Estado no aceptará una enmienda a una declaración de organización que identifique a un nuevo tesorero o tesorero auxiliar a menos que se haya completado el reconocimiento.
(3)CA Gobierno Code § 84103(c)(3) Esta subdivisión no entrará en vigor hasta que el Secretario de Estado certifique un sistema de presentación y divulgación en línea conforme al párrafo (7) de la subdivisión (b) de la Sección 84602.

Section § 84104

Explanation

Si eres candidato o responsable de las finanzas de una campaña electoral, debes guardar registros detallados como facturas y recibos para demostrar que tus informes de campaña son precisos y se presentaron correctamente. Tienes que conservar estos registros por un tiempo determinado, pero no más allá del plazo establecido por la prescripción o dos años después de que se finalice un informe de auditoría, lo que sea más corto.

Será deber de cada candidato, tesorero, funcionario principal y funcionario electo mantener cuentas detalladas, registros, facturas y recibos necesarios para preparar las declaraciones de campaña, para establecer que las declaraciones de campaña fueron debidamente presentadas y para cumplir de otro modo con las disposiciones de este capítulo. Las cuentas detalladas, registros, facturas y recibos deberán ser conservados por el declarante por un período especificado por la Comisión. Sin embargo, la Comisión no exigirá la conservación de los registros por un período superior al plazo de prescripción especificado en la Sección 91000.5 o dos años después de la adopción de un informe de auditoría conforme al Capítulo 10 (que comienza con la Sección 90000), lo que sea menor.

Section § 84105

Explanation

Si un candidato o comité recibe $5,000 o más de alguien en un año, debe informar a esa persona en un plazo de dos semanas que podría tener que presentar informes de campaña, indicándoles las reglas de presentación específicas. Si una contribución es de $10,000 o más durante ciertos períodos, el aviso debe enviarse en una semana. Sin embargo, esto no se aplica si el contribuyente ya tiene un número de identificación del Secretario de Estado.

(a)CA Gobierno Code § 84105(a) Un candidato o comité que reciba contribuciones por un total de cinco mil dólares ($5,000) o más de una persona en un año calendario deberá informar a dicho contribuyente, dentro de las dos semanas siguientes a la recepción, que podría estar obligado a presentar informes de campaña. El aviso deberá incluir una referencia a los requisitos de presentación para organizaciones multipropósito conforme a la Sección 84222.
(b)CA Gobierno Code § 84105(b) Un candidato o comité que reciba una contribución de diez mil dólares ($10,000) o más de una persona durante un período en el que se exija la presentación de informes de contribuciones tardías conforme a la Sección 84203 deberá proporcionar la información del inciso (a) de dicha sección al contribuyente en el plazo de una semana.
(c)CA Gobierno Code § 84105(c) Las notificaciones exigidas por esta sección no necesitan ser enviadas a un contribuyente que tenga un número de identificación asignado por el Secretario de Estado emitido conforme a la Sección 84101.

Section § 84106

Explanation

Esta ley establece que cuando un comité patrocinado necesite identificarse, debe usar el nombre exacto que figura en su declaración de organización oficial. Cualquier comité patrocinado está obligado a tener solo un nombre oficial, tal como se muestra en sus documentos presentados.

(a)CA Gobierno Code § 84106(a) Siempre que se requiera la identificación de un comité patrocinado por este título, la identificación deberá incluir el nombre completo del comité según lo requerido en su declaración de organización.
(b)CA Gobierno Code § 84106(b) Un comité patrocinado deberá usar solo un nombre en su declaración de organización.

Section § 84107

Explanation

Esta ley exige que cualquier comité creado principalmente para apoyar u oponerse a una medida electoral indique claramente su postura en su nombre. Dentro de los 30 días posteriores a la numeración de las proposiciones electorales, los comités de apoyo deben incluir “Un comité a favor de la Proposición ____,” mientras que los comités de oposición deben indicar “Un comité en contra de la Proposición ____.” Esto debe hacerse en cualquier referencia legal al comité.

Dentro de los 30 días siguientes a la designación del orden numérico de las proposiciones que aparecen en la boleta electoral, cualquier comité que se forme principalmente para apoyar u oponerse a una medida electoral deberá, si apoya la medida, incluir la declaración, “Un comité a favor de la Proposición ____,” o, si se opone a la medida, incluir la declaración, “Un comité en contra de la Proposición ____,” en cualquier referencia al comité exigida por la ley.

Section § 84108

Explanation

Esta ley establece que cualquier organización de correo masivo de listas de candidatos, que envía correspondencia a los votantes sobre candidatos o medidas, debe seguir reglas específicas. Deben incluir su nombre, dirección, número de teléfono y, si son un individuo o una entidad comercial, el nombre que utilizan legalmente. También deben detallar información sobre su tesorero, funcionarios principales y cualquier persona que decida qué candidatos o medidas apoyarán u opondrán los correos. Esta información debe presentarse ante el Secretario de Estado en un plazo de 10 días si reciben o se les promete $500 o más por producir estos correos. Si se convierten en una organización de correo masivo de listas de candidatos poco antes de una elección, deben presentar la información necesaria en un plazo de 24 horas por fax, entrega al día siguiente o en persona, si esto ocurre después de la fecha límite para la última declaración preelectoral requerida.

(a)CA Gobierno Code § 84108(a) Toda organización de correo masivo de listas de candidatos deberá cumplir con los requisitos de las Secciones 84100, 84101, 84103 y 84104.
(b)CA Gobierno Code § 84108(b) La declaración de organización de una organización de correo masivo de listas de candidatos deberá incluir:
(1)CA Gobierno Code § 84108(b)(1) El nombre, la dirección postal y el número de teléfono de la organización. En el caso de un individuo o entidad comercial que califique como una organización de correo masivo de listas de candidatos, el nombre de la organización de correo masivo de listas de candidatos deberá incluir el nombre por el cual el individuo o la entidad es identificado para fines legales. Siempre que se requiera la identificación de una organización de correo masivo de listas de candidatos por este título, la identificación deberá incluir el nombre completo de la organización de correo masivo de listas de candidatos tal como figura en su declaración de organización.
(2)CA Gobierno Code § 84108(b)(2) El nombre completo, la dirección postal y el número de teléfono del tesorero y de otros funcionarios principales.
(3)CA Gobierno Code § 84108(b)(3) El nombre completo, la dirección postal y el número de teléfono de cada persona con autoridad de decisión final sobre qué candidatos o medidas serán apoyados u opuestos en los correos masivos de listas de candidatos de la organización.
(c)CA Gobierno Code § 84108(c) La declaración de organización deberá presentarse ante el Secretario de Estado dentro de los 10 días posteriores a que la organización de correo masivo de listas de candidatos reciba o se le prometa quinientos dólares ($500) o más por producir uno o más correos masivos de listas de candidatos. Sin embargo, si una entidad califica como una organización de correo masivo de listas de candidatos antes de la fecha de una elección en la que se le exige presentar declaraciones preelectorales, pero después de la fecha de cierre de la última declaración de campaña que debe presentarse antes de la elección de conformidad con la Sección 84218, la organización de correo masivo de listas de candidatos deberá presentar ante el Secretario de Estado, mediante transmisión por facsímil, entrega garantizada al día siguiente o entrega personal, dentro de las 24 horas de calificar como una organización de correo masivo de listas de candidatos, la información que debe reportarse en la declaración de organización.

Section § 84108

Explanation

Si usted dirige una organización de correo masivo, debe seguir ciertas reglas y completar una declaración de organización detallada. Esta declaración debe incluir el nombre, la dirección, el correo electrónico y el número de teléfono de la organización, así como información sobre el tesorero y las personas clave en la toma de decisiones.

Debe presentar esta declaración en línea ante el Secretario de Estado cuando reciba o se le prometan $500 o más por distribuir estos correos. Normalmente, la presenta dentro de los 10 días, pero si está cerca de una elección, tiene solo 24 horas para presentarla después de calificar como una organización de correo masivo.

(a)CA Gobierno Code § 84108(a) Toda organización de correo masivo deberá cumplir con los requisitos de las Secciones 84100, 84101, 84103 y 84104.
(b)CA Gobierno Code § 84108(b) La declaración de organización de una organización de correo masivo deberá incluir:
(1)CA Gobierno Code § 84108(b)(1) El nombre, la dirección postal, la dirección de correo electrónico y el número de teléfono de la organización. En el caso de un individuo o entidad comercial que califique como una organización de correo masivo, el nombre de la organización de correo masivo deberá incluir el nombre por el cual el individuo o la entidad es identificado para fines legales. Siempre que se requiera la identificación de una organización de correo masivo por este título, la identificación deberá incluir el nombre completo de la organización de correo masivo tal como figura en su declaración de organización.
(2)CA Gobierno Code § 84108(b)(2) El nombre completo, la dirección postal, la dirección de correo electrónico y el número de teléfono del tesorero y de otros funcionarios principales.
(3)CA Gobierno Code § 84108(b)(3) El nombre completo, la dirección postal, la dirección de correo electrónico y el número de teléfono de cada persona con autoridad de toma de decisiones final sobre qué candidatos o medidas serán apoyados u opuestos en los correos masivos de la organización.
(c)CA Gobierno Code § 84108(c) La declaración de organización deberá presentarse en línea o electrónicamente ante el Secretario de Estado dentro de los 10 días posteriores a que la organización de correo masivo reciba o se le prometan quinientos dólares ($500) o más por producir uno o más correos masivos. Sin embargo, si una entidad califica como una organización de correo masivo dentro de los 16 días anteriores a la fecha de una elección en la que se le exige presentar declaraciones preelectorales, la organización de correo masivo deberá presentar la declaración de organización en línea o electrónicamente ante el Secretario de Estado dentro de las 24 horas de calificar como una organización de correo masivo.

Section § 84109

Explanation

Esta ley exige que las compañías de responsabilidad limitada (SRL) que actúan como comités políticos o patrocinadores revelen a sus miembros clave al Secretario de Estado. Deben presentar una 'declaración de miembros', que enumere a las personas que poseen el 10% o más de la compañía o que han contribuido al menos $10,000. La divulgación incluye nombres, detalles de las contribuciones y porcentajes de propiedad. Esta declaración generalmente debe presentarse dentro de los 10 días, pero debe enviarse dentro de las 24 horas si ocurre cerca de una elección e implica contribuciones políticas. Se requieren declaraciones enmendadas si se reciben contribuciones grandes adicionales. Las contribuciones destinadas a fines políticos deben tratarse como contribuciones políticas. La declaración debe presentarse electrónicamente y estará disponible públicamente en línea.

(a)CA Gobierno Code § 84109(a) Una compañía de responsabilidad limitada que califique como comité conforme a la Sección 82013, o que califique como patrocinador de un comité conforme a la Sección 82048.7, deberá presentar una declaración de miembros ante el Secretario de Estado.
(b)CA Gobierno Code § 84109(b) La declaración de miembros deberá incluir una lista de todas las personas que, o bien:
(1)CA Gobierno Code § 84109(b)(1) Tengan una participación de miembro en la compañía de responsabilidad limitada igual o superior al 10 por ciento del total de participaciones de miembro en circulación.
(2)CA Gobierno Code § 84109(b)(2) Realizaron una contribución de capital acumulada de diez mil dólares ($10,000) o más a la compañía de responsabilidad limitada después de que calificó como comité o patrocinador de un comité, o dentro de los 12 meses anteriores a su calificación.
(c)CA Gobierno Code § 84109(c) La declaración de miembros deberá incluir todo lo siguiente:
(1)CA Gobierno Code § 84109(c)(1) El nombre de la compañía de responsabilidad limitada y la información de contacto de su funcionario responsable o funcionario principal.
(2)CA Gobierno Code § 84109(c)(2) El nombre de cada miembro que deba ser identificado por el inciso (b).
(3)CA Gobierno Code § 84109(c)(3) El monto en dólares de las contribuciones de capital acumuladas realizadas por cada miembro identificado en la declaración de miembros.
(4)CA Gobierno Code § 84109(c)(4) La fecha de cada contribución de capital realizada por un miembro identificado conforme al párrafo (2) del inciso (b).
(5)CA Gobierno Code § 84109(c)(5) El porcentaje de participación en la propiedad de la compañía de responsabilidad limitada de cada miembro identificado en la declaración de miembros.
(d)Copy CA Gobierno Code § 84109(d)
(1)Copy CA Gobierno Code § 84109(d)(1) (A) Salvo lo dispuesto en el subpárrafo (B), una declaración de miembros debe presentarse dentro de los 10 días de que la compañía de responsabilidad limitada califique como comité o patrocinador de un comité.
(B)CA Gobierno Code § 84109(d)(1)(B) Una declaración de miembros debe presentarse dentro de las 24 horas de que la compañía de responsabilidad limitada califique como comité o patrocinador de un comité si la compañía de responsabilidad limitada califica dentro de los 30 días de una elección y la compañía de responsabilidad limitada ha realizado una contribución a, o un gasto independiente en apoyo u oposición a, un candidato o medida electoral en la boleta electoral de esa elección, o ha realizado una contribución a un comité que realizó una contribución a, o un gasto independiente en apoyo u oposición a, un candidato o medida electoral en la boleta electoral de esa elección.
(2)Copy CA Gobierno Code § 84109(d)(2)
(A)Copy CA Gobierno Code § 84109(d)(2)(A) Una compañía de responsabilidad limitada que deba presentar una declaración de miembros conforme al inciso (a) deberá presentar una declaración enmendada si recibe una contribución de capital de diez mil dólares ($10,000) o más después de calificar como comité o patrocinador de un comité.
(B)Copy CA Gobierno Code § 84109(d)(2)(A)(B)
(i)Copy CA Gobierno Code § 84109(d)(2)(A)(B)(i) Salvo lo dispuesto en la cláusula (ii), una compañía de responsabilidad limitada que deba presentar una declaración de miembros enmendada deberá presentar la declaración enmendada dentro de los 10 días de recibir la contribución de capital adicional.
(ii)CA Gobierno Code § 84109(d)(2)(A)(B)(i)(ii) Una compañía de responsabilidad limitada que deba presentar una declaración de miembros enmendada deberá presentar la declaración enmendada dentro de las 24 horas de recibir la contribución de capital adicional si la compañía de responsabilidad limitada recibe la contribución dentro de los 90 días de una elección y la compañía de responsabilidad limitada ha realizado una contribución a, o un gasto independiente en apoyo u oposición a, un candidato o medida electoral en la boleta electoral de esa elección.
(C)CA Gobierno Code § 84109(d)(2)(A)(C) Una contribución de capital u otro pago realizado a una compañía de responsabilidad limitada que calificó como comité o patrocinador de un comité y que esté destinada, en su totalidad o en parte, a fines políticos se considerará una contribución al comité.
(e)CA Gobierno Code § 84109(e) Si un miembro incluido en una declaración de miembros es una compañía de responsabilidad limitada, la declaración deberá incluir a todos los miembros de esa compañía de responsabilidad limitada que serían incluidos en una declaración de miembros conforme al inciso (b) si la compañía de responsabilidad limitada miembro calificara como comité o patrocinador de un comité.
(f)CA Gobierno Code § 84109(f) Las contribuciones de un miembro de una compañía de responsabilidad limitada identificado en una declaración de miembros se agregarán con las contribuciones de la compañía de responsabilidad limitada conforme a la Sección 82015.5.
(g)Copy CA Gobierno Code § 84109(g)
(1)Copy CA Gobierno Code § 84109(g)(1) Una declaración de miembros deberá presentarse por correo electrónico ante el Secretario de Estado y deberá firmarse mediante una firma electrónica segura. El Secretario de Estado publicará todas las declaraciones recibidas conforme a este inciso en su sitio web de internet dentro de los cinco días hábiles, o si el Secretario de Estado recibe la declaración durante los 16 días previos a la elección, dentro de las 48 horas.
(2)CA Gobierno Code § 84109(g)(2) Este inciso quedará inoperante en la fecha en que el Secretario de Estado ponga a disposición la declaración de miembros para su presentación utilizando el sistema de presentación y divulgación en línea del Secretario de Estado descrito en la Sección 84602.
(h)Copy CA Gobierno Code § 84109(h)
(1)Copy CA Gobierno Code § 84109(h)(1) A más tardar un año después de que el Secretario de Estado certifique el sistema de presentación y divulgación en línea conforme al párrafo (7) del inciso (b) de la Sección 84602, el Secretario de Estado pondrá a disposición la declaración de miembros para su presentación utilizando ese sistema de presentación y divulgación en línea.
(2)Copy CA Gobierno Code § 84109(h)(2)
(A)Copy CA Gobierno Code § 84109(h)(2)(A) Una declaración de miembros deberá presentarse en línea o electrónicamente ante el Secretario de Estado. El Secretario de Estado pondrá a disposición del público una declaración de miembros presentada conforme a este inciso en el sistema de presentación y divulgación en línea descrito en la Sección 84602.
(B)CA Gobierno Code § 84109(h)(2)(A)(B) Este párrafo entrará en vigor en la fecha en que el Secretario de Estado ponga a disposición la declaración de miembros para su presentación utilizando el sistema de presentación y divulgación en línea del Secretario de Estado descrito en la Sección 84602.
(i)CA Gobierno Code § 84109(i) Para los fines de esta sección, los siguientes términos tienen los siguientes significados:
(1)CA Gobierno Code § 84109(i)(1) “Contribución de capital” significa dinero, o el valor justo de mercado de cualquier otra propiedad, aportado a una compañía de responsabilidad limitada a cambio de una participación de miembro en la compañía de responsabilidad limitada.
(2)CA Gobierno Code § 84109(i)(2) “Compañía de responsabilidad limitada” significa una entidad definida en el inciso (j) o (k) de la Sección 17701.02 del Código de Corporaciones.
(3)CA Gobierno Code § 84109(i)(3) “Miembro” tiene el mismo significado que se define en el inciso (p) de la Sección 17701.02 del Código de Corporaciones.