Section § 82000

Explanation

Esta sección establece que, a menos que se indique claramente lo contrario, las definiciones de este capítulo deben utilizarse para comprender e interpretar este título.

A menos que se indique lo contrario o se desprenda claramente del contexto, las definiciones establecidas en este capítulo regirán la interpretación de este título.

Section § 82001

Explanation
Esta ley explica cómo se calculan los ajustes por costo de vida (COL) para pagos o cantidades relacionados con el estado. Cada año fiscal, el Director de Finanzas determina el ajuste basándose en la cantidad del año anterior y lo alinea con los aplicados a otras agencias estatales, según lo establecido en el presupuesto estatal.

Section § 82002

Explanation

Esta ley define "acción administrativa" como las actividades de las agencias estatales relacionadas con los procesos de elaboración de normas y toma de decisiones. Incluye la creación, modificación, promulgación o rechazo de normas y reglamentos, decisiones relacionadas con inversiones de sistemas de jubilación estatales, y ciertas decisiones de seguros y salud.

Menciona específicamente que las acciones administrativas incluyen "procedimientos de fijación de tarifas" donde se establecen las tarifas de servicios públicos, y "procedimientos cuasi-legislativos" donde se establecen políticas aplicables a grupos o industrias.

(a)CA Gobierno Code § 82002(a) “Acción administrativa” significa cualquiera de los siguientes:
(1)CA Gobierno Code § 82002(a)(1) La propuesta, redacción, desarrollo, consideración, enmienda, promulgación o rechazo por cualquier agencia estatal de cualquier norma, reglamento u otra acción en cualquier procedimiento de fijación de tarifas o cualquier procedimiento cuasi-legislativo, incluyendo cualquier procedimiento regido por Chapter 3.5 (commencing with Section 11340) of Part 1 of Division 3 of Title 2.
(2)CA Gobierno Code § 82002(a)(2) Con respecto únicamente a los agentes de colocación, la decisión de cualquier agencia estatal de celebrar un contrato para invertir activos del sistema público de jubilación estatal en nombre de un sistema público de jubilación estatal.
(3)CA Gobierno Code § 82002(a)(3) Cualquier decisión o aprobación conforme a Section 1215.2 of the Insurance Code o Section 1399.65 of the Health and Safety Code.
(b)CA Gobierno Code § 82002(b) “Procedimiento de fijación de tarifas” significa, para los fines de un procedimiento ante la Comisión de Servicios Públicos, cualquier procedimiento en el que sea razonablemente previsible que se establecerá una tarifa, incluyendo, entre otros, casos de tarifas generales, fijación de tarifas basada en el rendimiento y otros mecanismos de fijación de tarifas.
(c)CA Gobierno Code § 82002(c) “Procedimiento cuasi-legislativo” significa, para los fines de un procedimiento ante la Comisión de Servicios Públicos, cualquier procedimiento que implique la consideración del establecimiento de una política que se aplicará generalmente a un grupo o clase de personas, incluyendo, entre otros, la elaboración de normas e investigaciones que puedan establecer reglas que afecten a toda una industria.

Section § 82003

Explanation

Esta sección define 'Agencia' como cualquier organización que forma parte del gobierno estatal o de cualquier gobierno local.

“Agencia” significa cualquier agencia estatal o agencia de gobierno local.

Section § 82004

Explanation
Un 'funcionario de la agencia' se define como cualquier persona que trabaja con una agencia estatal, ya sea como miembro, funcionario, empleado o consultor. Siempre y cuando su trabajo implique participar en acciones administrativas que vayan más allá del trabajo administrativo o secretarial básico, se les considera un 'funcionario de la agencia'.

Section § 82004.5

Explanation

Un 'pago a instancias de' en esta sección se refiere a dinero entregado a petición de un comité, un funcionario electo o un miembro de la Comisión de Servicios Públicos bajo ciertas condiciones. Esto incluye si el comité o funcionario recibe una contraprestación completa, si el pago se destina a otro candidato o comité no controlado por el funcionario, o si el pago no está relacionado con las actividades electorales del funcionario.

Esta sección aclara que los pagos no están relacionados si son principalmente para fines personales, benéficos o gubernamentales, o si son realizados por una organización sin fines de lucro o una agencia gubernamental. Si es para necesidades personales, podría considerarse un regalo según otras normas.

“Pago a instancias de” significa un pago que se realiza a instancias de un comité, un funcionario electo, un miembro de la Comisión de Servicios Públicos o un agente del mismo, bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:
(a)CA Gobierno Code § 82004.5(a) Se recibe una contraprestación plena y adecuada del comité o del funcionario electo.
(b)CA Gobierno Code § 82004.5(b) El pago se realiza a un candidato diferente o a un comité no controlado por el candidato que solicita el pago.
(c)CA Gobierno Code § 82004.5(c) En cuanto a un funcionario electo, queda claro de las circunstancias circundantes que el pago se realizó con fines no relacionados con la búsqueda o el desempeño de un cargo electivo por parte del funcionario. Para los fines de esta subdivisión, un pago se realiza con fines relacionados con la búsqueda o el desempeño de un cargo electivo por parte de un funcionario electo si la totalidad o una parte del pago se utiliza para actividades relacionadas con las elecciones, según se define en la Sección 82022.5. Se presume que los siguientes tipos de pagos tienen fines no relacionados con la búsqueda o el desempeño de un cargo electivo por parte de un funcionario electo:
(1)CA Gobierno Code § 82004.5(c)(1) Un pago realizado principalmente para fines personales, en cuyo caso puede considerarse un regalo según las disposiciones de la Sección 82028. Se presume que los pagos que de otro modo están sujetos a los límites de la Sección 86203 son principalmente para fines personales.
(2)CA Gobierno Code § 82004.5(c)(2) Un pago realizado por una agencia gubernamental estatal, local o federal.
(3)CA Gobierno Code § 82004.5(c)(3) Un pago realizado por una organización sin fines de lucro que está exenta de impuestos según la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas.
(4)CA Gobierno Code § 82004.5(c)(4) Un pago realizado principalmente para fines benéficos.
(5)CA Gobierno Code § 82004.5(c)(5) Un pago realizado principalmente para fines legislativos o gubernamentales por una persona que no sea una agencia gubernamental estatal, local o federal.

Section § 82005

Explanation

Una "entidad comercial" se refiere a cualquier organización o empresa con fines de lucro. Esto puede incluir varias formas como una empresa unipersonal, sociedad, firma, fideicomiso mercantil, empresa conjunta, sindicato, corporación o asociación.

“Entidad comercial” significa cualquier organización o empresa operada con fines de lucro, incluyendo, entre otros, una empresa unipersonal, sociedad, firma, fideicomiso mercantil, empresa conjunta, sindicato, corporación o asociación.

Section § 82006

Explanation

Una "declaración de campaña" es un informe detallado que utiliza un formulario específico establecido por la Comisión. Incluye toda la información necesaria descrita en el Capítulo 4 del título.

“Declaración de campaña” significa un informe detallado que se prepara en un formulario prescrito por la Comisión y que proporciona la información requerida por el Capítulo 4 de este título.

Section § 82006

Explanation
Una "declaración de campaña" es un informe financiero detallado que debe completarse en un formulario o formato específico designado por la Comisión. Debe incluir toda la información requerida por los Capítulos 4 y 5 de este título.

Section § 82007

Explanation

Un "candidato" es alguien que se postula para un cargo de elección popular. Esto incluye a cualquier persona que figure en una boleta electoral, a aquellos elegibles para votos por escrito, y a cualquiera que acepte contribuciones o gaste dinero para postularse a un cargo, incluso si no ha declarado a qué cargo se postula. Un funcionario electo, incluso si enfrenta una revocación de mandato, también se considera un candidato. Este estatus dura hasta que se termina oficialmente. Sin embargo, no incluye a los candidatos para cargos federales en sus actividades relacionadas con elecciones federales.

(a)CA Gobierno Code § 82007(a) “Candidato” significa cualquiera de los siguientes:
(1)CA Gobierno Code § 82007(a)(1) Cualquier persona que figure en una boleta electoral o que esté calificada para que los funcionarios electorales cuenten los votos por escrito emitidos en su nombre para la nominación o elección a cualquier cargo de elección popular.
(2)CA Gobierno Code § 82007(a)(2) Cualquier persona que reciba una contribución, realice un gasto, o dé su consentimiento para que otra persona reciba una contribución o realice un gasto, para lograr la nominación o elección de la persona a un cargo de elección popular, incluso si se aplica cualquiera de los siguientes:
(A)CA Gobierno Code § 82007(a)(2)(A) El cargo de elección popular específico para el cual la persona buscará la nominación o elección es desconocido en el momento en que se recibe la contribución o se realiza el gasto.
(B)CA Gobierno Code § 82007(a)(2)(B) La persona no ha anunciado su candidatura o no ha presentado una declaración de candidatura.
(3)CA Gobierno Code § 82007(a)(3) Un funcionario electo, incluyendo cualquier funcionario electo que sea objeto de una revocación de mandato.
(b)CA Gobierno Code § 82007(b) Cualquier persona que se convierte en candidato conserva el estatus de candidato hasta que dicho estatus sea terminado conforme a la Sección 84214.
(c)CA Gobierno Code § 82007(c) “Candidato” no incluye a ningún candidato, según se define en la Sección 30101(2) del Título 52 del Código de los Estados Unidos, para un cargo federal, en cuanto a las actividades de la persona relacionadas con la búsqueda de nominación o elección para dicho cargo federal.

Section § 82008

Explanation
Esta ley define el término «Ciudad» para incluir tanto a las ciudades que operan bajo leyes generales como a las que tienen su propia carta constitutiva.

Section § 82009.5

Explanation

Esta sección define el término “Secretario” como el secretario municipal o del condado, pero podría referirse a otra agencia si el concejo municipal o la junta de supervisores ha designado a esa agencia para realizar las funciones del secretario.

“Secretario” se refiere al secretario municipal o del condado, a menos que el concejo municipal o la junta de supervisores haya designado a cualquier otra agencia para realizar la función especificada.

Section § 82010

Explanation

El término «fecha de cierre» se refiere al último día hasta el cual la información debe incluirse en cualquier informe o declaración que deba presentarse según lo exige esta ley.

«Fecha de cierre» significa la fecha hasta la cual cualquier informe o declaración presentado conforme a este título debe estar completo.

Section § 82011

Explanation

Este estatuto explica quién es responsable de supervisar los códigos de conflicto de intereses en diversas entidades gubernamentales de California. Un 'organismo revisor de códigos' es la entidad encargada de revisar dichos códigos. La comisión se encarga de las agencias estatales y los gobiernos locales que abarcan varios condados, excepto las agencias judiciales. La junta de supervisores supervisa las agencias del condado y las locales que se encuentran totalmente dentro de un condado. Los concejos municipales revisan los códigos de las agencias municipales, mientras que el Fiscal General se centra en el código de conflicto de intereses de la comisión. El Presidente del Tribunal Supremo de California o su designado revisa los códigos de los organismos judiciales de alto nivel, mientras que la Junta de Fideicomisarios del Colegio de Abogados del Estado supervisa su propio código. Los jueces presidentes de los tribunales manejan los códigos de las agencias judiciales bajo su supervisión, y el Consejo Judicial revisa los códigos de cualquier otra agencia judicial estatal no cubierta por categorías anteriores.

“Organismo revisor de códigos” significa todo lo siguiente:
(a)CA Gobierno Code § 82011(a) La comisión, con respecto al código de conflicto de intereses de una agencia estatal que no sea una agencia de la rama judicial del gobierno, o cualquier agencia de gobierno local con jurisdicción en más de un condado.
(b)CA Gobierno Code § 82011(b) La junta de supervisores, con respecto al código de conflicto de intereses de cualquier agencia del condado que no sea la junta de supervisores, o cualquier agencia de la rama judicial del gobierno, y de cualquier agencia de gobierno local, que no sea una agencia municipal, con jurisdicción totalmente dentro del condado.
(c)CA Gobierno Code § 82011(c) El concejo municipal, con respecto al código de conflicto de intereses de cualquier agencia municipal que no sea el concejo municipal.
(d)CA Gobierno Code § 82011(d) El Fiscal General, con respecto al código de conflicto de intereses de la comisión.
(e)CA Gobierno Code § 82011(e) El Presidente del Tribunal Supremo de California o su designado, con respecto al código de conflicto de intereses de los miembros del Consejo Judicial, la Comisión de Desempeño Judicial y la Junta de Fideicomisarios del Colegio de Abogados del Estado de California.
(f)CA Gobierno Code § 82011(f) La Junta de Fideicomisarios del Colegio de Abogados del Estado de California con respecto al código de conflicto de intereses del Colegio de Abogados del Estado de California.
(g)CA Gobierno Code § 82011(g) El Presidente del Tribunal Supremo de California, los jueces presidentes administrativos de los tribunales de apelación y los jueces presidentes de los tribunales superiores, o sus designados, con respecto al código de conflicto de intereses de cualquier agencia de la rama judicial del gobierno sujeta a la supervisión administrativa inmediata de dicho tribunal.
(h)CA Gobierno Code § 82011(h) El Consejo Judicial de California, con respecto al código de conflicto de intereses de cualquier agencia estatal dentro de la rama judicial del gobierno no incluida en los apartados (e), (f) y (g).

Section § 82012

Explanation

Esta sección de la ley aclara que cuando se menciona la «Comisión», se refiere específicamente a la Comisión de Prácticas Políticas Justas.

«Comisión» significa la Comisión de Prácticas Políticas Justas.

Section § 82013

Explanation

Esta ley define qué califica como un "comité" en el ámbito de la financiación de campañas. Cualquier persona o grupo se considera un comité si, en un año calendario, recibe contribuciones de $2,000 o más, realiza gastos independientes de $1,000 o más, o contribuye con $10,000 o más a candidatos u otros comités. Una vez que alguien es clasificado como comité, mantiene ese estatus hasta su terminación oficial según otra sección de la ley.

“Comité” significa cualquier persona o combinación de personas que directa o indirectamente realiza cualquiera de las siguientes acciones:
(a)CA Gobierno Code § 82013(a) Recibe contribuciones que suman dos mil dólares ($2,000) o más en un año calendario.
(b)CA Gobierno Code § 82013(b) Realiza gastos independientes que suman mil dólares ($1,000) o más en un año calendario; o
(c)CA Gobierno Code § 82013(c) Realiza contribuciones que suman diez mil dólares ($10,000) o más en un año calendario a, o a instancias de, candidatos o comités.
Una persona o combinación de personas que se convierte en un comité conservará su estatus de comité hasta el momento en que dicho estatus sea terminado conforme a la Sección 84214.

Section § 82014

Explanation

Esta sección define un 'Código de Conflicto de Intereses' como una colección de normas y directrices que una agencia adopta. Estos se crean para abordar y gestionar posibles conflictos de intereses de acuerdo con el Capítulo 7 del título gubernamental.

“Código de Conflicto de Intereses” significa un conjunto de normas y reglamentos adoptado por una agencia de conformidad con el Capítulo 7 de este título.

Section § 82015

Explanation

Esta ley explica qué se considera una 'contribución' en el contexto de las campañas políticas. Una contribución puede ser dinero, la condonación de un préstamo o cualquier cosa de valor entregada para apoyar a un candidato o una causa, a menos que sea para un propósito completamente diferente. Incluye la compra de entradas para eventos políticos, descuentos no ofrecidos generalmente, la transferencia de bienes entre comités, dinero público gastado en ciertas comunicaciones políticas y pagos relacionados con eventos de recaudación de fondos en el domicilio u oficina de un cabildero.

Por el contrario, no se considera una contribución si se trata de promesas exigibles anteriores ya reportadas, si los propietarios cubren pequeñas cantidades para eventos en su propiedad, si las personas ofrecen servicios voluntarios o cubren sus propios gastos de viaje, o ciertos tipos de pagos conocidos como 'pagos solicitados'.

(a)CA Gobierno Code § 82015(a) “Contribución” significa un pago, la condonación de un préstamo, el pago de un préstamo por un tercero, o una promesa exigible de realizar un pago, excepto en la medida en que se reciba una contraprestación total y adecuada o si de las circunstancias circundantes se desprende claramente que el pago no se realiza con fines políticos.
(b)CA Gobierno Code § 82015(b) “Contribución” incluye todo lo siguiente:
(1)CA Gobierno Code § 82015(b)(1) La compra de entradas para eventos como cenas, almuerzos, mítines y eventos similares de recaudación de fondos; el dinero o la propiedad del propio candidato utilizados en nombre de la candidatura del candidato, que no sean fondos personales del candidato utilizados para pagar una tasa de presentación para una declaración de candidatura o una declaración de candidato preparada de conformidad con la Sección 13307 del Código Electoral; la concesión de descuentos o rebajas no extendidos al público en general o la concesión de descuentos o rebajas por estaciones de televisión y radio y periódicos no extendidos en igualdad de condiciones a todos los candidatos para el mismo cargo; el pago de compensación por cualquier persona por los servicios personales o gastos de cualquier otra persona si los servicios se prestan o los gastos se incurren en nombre de un candidato o comité sin el pago de una contraprestación total y adecuada.
(2)CA Gobierno Code § 82015(b)(2) La transferencia de cualquier cosa de valor recibida por un comité de otro comité, a menos que se reciba una contraprestación total y adecuada.
(3)CA Gobierno Code § 82015(b)(3) El pago de fondos públicos por una agencia gubernamental estatal o local por una comunicación al público que cumpla con los dos requisitos siguientes:
(A)CA Gobierno Code § 82015(b)(3)(A) La comunicación aboga expresamente por la elección o la derrota de un candidato claramente identificado o la calificación, aprobación o derrota de una medida claramente identificada, o, tomada en su conjunto y en contexto, insta inequívocamente a un resultado particular en una elección.
(B)CA Gobierno Code § 82015(b)(3)(B) La comunicación se realiza a instancias del candidato o comité afectado.
(4)CA Gobierno Code § 82015(b)(4) Un pago realizado por una persona a una organización multipropósito según se define y describe en la Sección 84222.
(5)Copy CA Gobierno Code § 82015(b)(5)
(A)Copy CA Gobierno Code § 82015(b)(5)(A)   Un pago realizado por un cabildero o un conviviente de un cabildero por costos relacionados con un evento de recaudación de fondos celebrado en el domicilio del cabildero, incluido el valor del uso del domicilio como lugar para el evento de recaudación de fondos. Un pago descrito en este párrafo es atribuible al cabildero a los efectos de la Sección 85702.
(B)CA Gobierno Code § 82015(b)(5)(A)(B) Un pago realizado por una firma de cabildeo por costos relacionados con un evento de recaudación de fondos celebrado en la oficina de la firma de cabildeo, incluido el valor del uso de la oficina como lugar para el evento de recaudación de fondos.
(c)CA Gobierno Code § 82015(c) “Contribución” no incluye ninguno de los siguientes:
(1)CA Gobierno Code § 82015(c)(1) Cantidades recibidas en virtud de una promesa exigible en la medida en que dichas cantidades hayan sido previamente reportadas como una contribución. Sin embargo, el hecho de que dichas cantidades hayan sido recibidas deberá indicarse en la declaración de campaña correspondiente.
(2)CA Gobierno Code § 82015(c)(2) Excepto según lo dispuesto en el párrafo (5) de la subdivisión (b), un pago realizado por un ocupante de un domicilio u oficina por costos relacionados con cualquier reunión o evento de recaudación de fondos celebrado en el domicilio u oficina del ocupante si los costos de la reunión o evento de recaudación de fondos son quinientos dólares ($500) o menos.
(3)CA Gobierno Code § 82015(c)(3) Servicios personales voluntarios o pagos realizados por cualquier individuo para sus propios gastos de viaje si los pagos se realizan voluntariamente sin ningún entendimiento o acuerdo de que serán, directa o indirectamente, reembolsados al individuo.
(4)CA Gobierno Code § 82015(c)(4) Un pago solicitado, según se define en la Sección 82004.5, pero solo en cuanto al comité solicitante, funcionario electo o miembro de la Comisión de Servicios Públicos.

Section § 82015.5

Explanation

Esta ley explica cómo determinar cuándo las aportaciones de dinero de grupos u organizaciones se juntan o 'agregan' para fines de informes. Una 'entidad' aquí significa cualquier grupo u organización que no es una sola persona, y 'propiedad mayoritaria' significa que alguien posee más de la mitad de ella.

Si una persona dirige o controla las aportaciones de una entidad, esas aportaciones se cuentan junto con las aportaciones de otras entidades o individuos que la misma persona también controla.

Además, si las aportaciones de varias entidades son gestionadas por el mismo grupo de personas, estas aportaciones se consideran como una sola. Asimismo, si una persona posee más de la mitad de varias entidades, todas las aportaciones de estas entidades se agrupan, a menos que operen de forma independiente en sus decisiones de donación.

(a)CA Gobierno Code § 82015.5(a) Para determinar cuándo se agregan las contribuciones conforme a este título, "entidad" significa cualquier persona que no sea un individuo, y "de propiedad mayoritaria" significa la propiedad de más del 50 por ciento.
(b)CA Gobierno Code § 82015.5(b) Si un individuo dirige o controla las contribuciones de una entidad, las contribuciones de la entidad se agregarán con las contribuciones realizadas por ambos de los siguientes:
(1)CA Gobierno Code § 82015.5(b)(1) Dicho individuo.
(2)CA Gobierno Code § 82015.5(b)(2) Cualquier otra entidad cuyas contribuciones dicho individuo dirija o controle.
(c)CA Gobierno Code § 82015.5(c) Si dos o más entidades realizan contribuciones que son dirigidas o controladas por la mayoría de las mismas personas, las contribuciones de esas entidades se agregarán.
(d)CA Gobierno Code § 82015.5(d) Las contribuciones realizadas por entidades que son de propiedad mayoritaria de una persona se agregarán con las contribuciones del propietario mayoritario y de todas las demás entidades de propiedad mayoritaria de esa persona, a menos que dichas entidades actúen de forma independiente en sus decisiones de realizar contribuciones.

Section § 82016

Explanation

Esta sección define un “comité controlado” como un grupo que un candidato o un partidario de una medida estatal influye directa o indirectamente, o con el que trabaja conjuntamente, para gastar dinero en su nombre. Si el candidato, su agente, o cualquier otro comité que controlen, tiene un fuerte impacto en las decisiones del comité, este se incluye en esta categoría.

Sin embargo, los comités de partidos políticos están específicamente excluidos de ser categorizados como comités controlados.

(a)CA Gobierno Code § 82016(a) “Comité controlado” significa un comité que es controlado directa o indirectamente por un candidato o un proponente de medida estatal o que actúa conjuntamente con un candidato, un comité controlado o un proponente de medida estatal en relación con la realización de gastos. Un candidato o un proponente de medida estatal controla un comité si el candidato o el proponente de medida estatal, el agente del candidato o del proponente de medida estatal, o cualquier otro comité que el candidato o el proponente de medida estatal controle, tiene una influencia significativa en las acciones o decisiones del comité.
(b)CA Gobierno Code § 82016(b) No obstante lo dispuesto en la subdivisión (a), un comité de partido político, según se define en la Sección 85205, no es un comité controlado.

Section § 82017

Explanation

En esta sección legal, el término "condado" se define para incluir también las áreas que se clasifican como una ciudad y un condado.

“Condado” incluye una ciudad y condado.

Section § 82018

Explanation

Esta sección define la "cantidad acumulada" como el total de contribuciones recibidas o gastos realizados en un año, a menos que se especifique lo contrario. Si usted presenta una declaración de campaña o un informe de gastos en un año para una elección que se realizará al año siguiente, el período de cálculo termina con la primera declaración semestral presentada después de la elección. Para la calificación de una medida que dura dos años, termina el 31 de diciembre del segundo año. Para períodos modificados, el nuevo período de cálculo comienza el día después de la fecha de cierre de la declaración.

(a)CA Gobierno Code § 82018(a) Salvo lo dispuesto en las subdivisiones (b), (c) y (d), “cantidad acumulada” significa el monto de las contribuciones recibidas o los gastos realizados en el año calendario.
(b)CA Gobierno Code § 82018(b) Para un declarante que deba presentar una declaración de campaña o un informe de gastos independientes en un año en relación con una elección que se celebrará en otro año, el período sobre el cual se calcula la cantidad acumulada finalizará en la fecha de cierre de la primera declaración semestral presentada después de la elección.
(c)CA Gobierno Code § 82018(c) Para un declarante que deba presentar una declaración de campaña en relación con la calificación de una medida que se extienda a dos años calendario, el período sobre el cual se calcula la cantidad acumulada finalizará el 31 de diciembre del segundo año calendario.
(d)CA Gobierno Code § 82018(d) Para una persona que presente una declaración de campaña con un período modificado por las disposiciones de esta sección, el siguiente período sobre el cual se calcula la cantidad acumulada comenzará el día siguiente a la fecha de cierre de la declaración.

Section § 82019

Explanation

El término “empleado designado” se refiere a ciertas personas que trabajan en o con una agencia gubernamental y que ocupan puestos exentos de las reglas estándar del servicio civil. Incluye roles que tienen el poder de afectar intereses financieros, como aquellos involucrados en la toma de decisiones, la negociación de contratos o la licitación competitiva.

Sin embargo, no incluye a funcionarios estatales electos, miembros no remunerados de juntas asesoras, ciertos funcionarios públicos o funcionarios federales que trabajan con agencias estatales o locales. Los funcionarios federales deben tener sus informes de divulgación financiera archivados por la agencia.

(a)CA Gobierno Code § 82019(a) “Empleado designado” significa cualquier funcionario, empleado, miembro o consultor de cualquier agencia cuya posición en la agencia:
(1)CA Gobierno Code § 82019(a)(1) Está exenta del sistema de servicio civil estatal en virtud de la subdivisión (a), (c), (d), (e), (f), (g) o (m) de la Sección 4 del Artículo VII de la Constitución, a menos que el puesto sea electivo o únicamente secretarial, administrativo o manual.
(2)CA Gobierno Code § 82019(a)(2) Es electiva, que no sea un cargo estatal electivo.
(3)CA Gobierno Code § 82019(a)(3) Está designada en un Código de Conflicto de Intereses porque el puesto implica la toma o participación en la toma de decisiones que previsiblemente puedan tener un efecto material en cualquier interés financiero.
(4)CA Gobierno Code § 82019(a)(4) Está involucrada como empleado estatal en un nivel que no sea administrativo o ministerial en las funciones de negociar o firmar cualquier contrato adjudicado mediante licitación competitiva, en la toma de decisiones en conjunto con el proceso de licitación competitiva, o en la negociación, firma o toma de decisiones sobre contratos ejecutados de conformidad con la Sección 10122 del Código de Contratos Públicos.
(b)Copy CA Gobierno Code § 82019(b)
(1)Copy CA Gobierno Code § 82019(b)(1) “Empleado designado” no incluye a un funcionario estatal electo, a ningún miembro no remunerado de cualquier junta o comisión que desempeñe una función meramente consultiva, a ningún funcionario público especificado en la Sección 87200, y tampoco incluye a ningún miembro no remunerado de un comité, sección, comisión u otra entidad no reguladora del Colegio de Abogados del Estado de California.
(2)CA Gobierno Code § 82019(b)(2) “Empleado designado” no incluye a un funcionario o empleado federal que preste servicios en calidad oficial federal en una agencia gubernamental estatal o local. La agencia gubernamental estatal o local deberá obtener anualmente y mantener en sus archivos para inspección pública una copia de cualquier informe de divulgación financiera pública presentado por el funcionario o empleado federal de conformidad con la ley federal.

Section § 82020

Explanation
Esta ley define a un 'funcionario electo' como alguien que actualmente ocupa un cargo de elección popular o que ha ganado una elección para dicho cargo pero aún no ha comenzado oficialmente sus funciones. También incluye a cualquier persona nombrada para ocupar un puesto de elección popular vacante.

Section § 82021

Explanation

Un 'funcionario estatal electo' en California es cualquier persona que ocupa un cargo estatal después de una elección o fue elegida para un cargo estatal pero aún no ha comenzado a ejercer. Esto también incluye a alguien que es nombrado para ocupar un puesto estatal electivo vacante.

“Funcionario estatal electo” significa cualquier persona que ocupa un cargo estatal electivo o ha sido elegida para un cargo estatal electivo pero aún no ha asumido el cargo. Una persona que es nombrada para ocupar un cargo estatal electivo vacante es un funcionario estatal electo.

Section § 82022

Explanation
Esta ley define lo que se considera una "elección" en California. Incluye elecciones primarias, generales, especiales o de destitución. Además, las elecciones primarias y generales o especiales se consideran eventos separados para fines legales.

Section § 82022.5

Explanation

Esta sección describe qué actividades se consideran "relacionadas con las elecciones" para las elecciones de candidatos. Incluye acciones como abogar a favor o en contra de un candidato, discutir la campaña o las cualificaciones de un candidato, pedir donaciones para la campaña y organizar comunicaciones que apoyen u opongan a un candidato.

Otras actividades incluyen coordinar voluntarios de campaña, gestionar presupuestos de campaña, presentar declaraciones de divulgación financiera y cualquier comunicación a los votantes que abogue a favor o en contra de un candidato.

Las “actividades relacionadas con las elecciones” incluyen, entre otras, las siguientes con respecto a las elecciones basadas en candidatos:
(a)CA Gobierno Code § 82022.5(a) Comunicaciones que contienen promoción expresa de la nominación o elección de un candidato o la derrota del oponente de un candidato.
(b)CA Gobierno Code § 82022.5(b) Comunicaciones que contienen referencia a la candidatura de un candidato a un cargo electivo, la campaña electoral del candidato, o las cualificaciones del candidato o del oponente del candidato para un cargo electivo.
(c)CA Gobierno Code § 82022.5(c) Solicitud de contribuciones al candidato o a terceras personas para su uso en apoyo del candidato o en oposición al oponente del candidato.
(d)CA Gobierno Code § 82022.5(d) Organizar, coordinar, desarrollar, redactar, distribuir, preparar o planificar cualquier comunicación o actividad descrita en las subdivisiones (a) a (c), ambas inclusive.
(e)CA Gobierno Code § 82022.5(e) Reclutar o coordinar actividades de campaña de voluntarios de campaña en nombre del candidato.
(f)CA Gobierno Code § 82022.5(f) Preparar presupuestos de campaña.
(g)CA Gobierno Code § 82022.5(g) Preparar declaraciones de divulgación de finanzas de campaña.
(h)CA Gobierno Code § 82022.5(h) Comunicaciones dirigidas a votantes o votantes potenciales como parte de actividades que fomentan o asisten a las personas a votar si la comunicación contiene promoción expresa de la nominación o elección del candidato o la derrota del oponente del candidato.

Section § 82023

Explanation

En este contexto, un “cargo de elección” se refiere a cualquier puesto oficial en varios niveles de gobierno, como estatal o municipal, que se decide mediante votación. También abarca puestos en el comité de liderazgo de un partido político reconocido en un condado y roles electos en las juntas que administran el Sistema de Retiro de Empleados Públicos o la Junta de Retiro de Maestros.

“Cargo de elección” significa cualquier cargo estatal, regional, del condado, municipal, de distrito o judicial que se cubre mediante una elección. “Cargo de elección” también incluye la membresía en un comité central del condado de un partido político calificado, y la membresía mediante elección en la Junta de Administración del Sistema de Retiro de Empleados Públicos o la Junta de Retiro de Maestros.

Section § 82024

Explanation

Esta ley define lo que se considera un 'cargo estatal electivo' en California. Incluye puestos gubernamentales de alto nivel como el Gobernador, el Vicegobernador y el Fiscal General, entre otros. También abarca roles en juntas estatales importantes como el Sistema de Retiro de Empleados Públicos y la Junta de Retiro de Maestros.

"Cargo estatal electivo" significa el cargo de Gobernador, Vicegobernador, Fiscal General, Comisionado de Seguros, Contralor, Secretario de Estado, Tesorero, Superintendente de Instrucción Pública, Miembro de la Legislatura, miembro elegido para la Junta de Administración del Sistema de Retiro de Empleados Públicos, miembro elegido para la Junta de Retiro de Maestros, y miembro de la Junta Estatal de Ecualización.

Section § 82025

Explanation

Esta ley define "gasto" en el contexto de las actividades políticas. Incluye pagos, condonación de préstamos o promesas de pago, realizados con fines políticos. Los gastos no cubren los fondos personales de un candidato utilizados para pagar tarifas de presentación o declaraciones de candidato. Los pagos realizados para influir en las acciones de los votantes o por comités políticos se consideran gastos.

Un gasto también incluye pagos por comunicaciones que apoyan o se oponen claramente a un candidato o medida electoral. Si una comunicación insta explícitamente a las personas a votar de cierta manera y hace referencia a un candidato o medida, es un gasto. Los costos directamente vinculados a estas comunicaciones, como la producción o distribución, forman parte del gasto. Sin embargo, la actividad no remunerada en internet por parte de individuos, o la cobertura de noticias regular, no se consideran gastos políticos a menos que incurran en costos adicionales inusuales.

El propósito es identificar claramente los tipos de gasto político y distinguir entre lo que debe reportarse como actividad política y lo que no.

(a)CA Gobierno Code § 82025(a) "Gasto" significa un pago, la condonación de un préstamo, el pago de un préstamo por un tercero, o una promesa exigible de realizar un pago, a menos que de las circunstancias circundantes quede claro que no se realiza con fines políticos. "Gasto" no incluye el uso que hace un candidato de su propio dinero para pagar una tarifa de presentación para una declaración de candidatura o una declaración de candidato preparada conforme a la Sección 13307 del Código Electoral. Un gasto se realiza en la fecha en que se efectúa el pago o en la fecha en que se recibe la contraprestación, si la hubiere, lo que ocurra primero.
(b)CA Gobierno Code § 82025(b) Un pago se realiza con fines políticos si es cualquiera de los siguientes:
(1)CA Gobierno Code § 82025(b)(1) Con el propósito de influir o intentar influir en la acción de los votantes a favor o en contra de la nominación o elección de un candidato o candidatos, o la calificación o aprobación de cualquier medida.
(2)CA Gobierno Code § 82025(b)(2) Realizado por cualquiera de los siguientes:
(A)CA Gobierno Code § 82025(b)(2)(A) Un candidato, a menos que de las circunstancias circundantes quede claro que el pago se realizó con fines personales no relacionados con la candidatura del candidato o su condición de titular de un cargo.
(B)CA Gobierno Code § 82025(b)(2)(B) Un comité controlado.
(C)CA Gobierno Code § 82025(b)(2)(C) Un comité oficial de un partido político, incluyendo un comité central estatal, un comité central de condado, un comité de distrito de asamblea, o cualquier subcomité de dicho comité.
(D)CA Gobierno Code § 82025(b)(2)(D) Una organización formada o existente principalmente con fines políticos, según se describe en el párrafo (1), incluyendo, entre otros, un comité de acción política establecido por cualquier organización de membresía, sindicato o corporación.
(c)CA Gobierno Code § 82025(c) "Gasto" incluye cualquier pago monetario o no monetario realizado por cualquier persona, que no sean las personas u organizaciones descritas en la subdivisión (b), que se utilice para comunicaciones que abogan expresamente por la nominación, elección o derrota de un candidato o candidatos claramente identificados, o la calificación, aprobación o derrota de una medida electoral claramente identificada.
(1)CA Gobierno Code § 82025(c)(1) "Claramente identificado" se define de la siguiente manera:
(A)CA Gobierno Code § 82025(c)(1)(A) Un candidato está claramente identificado si la comunicación menciona el nombre del candidato, hace referencia inequívoca al cargo del candidato o a su condición de candidato, o describe inequívocamente al candidato de cualquier manera.
(B)CA Gobierno Code § 82025(c)(1)(B) Un grupo de candidatos está claramente identificado si la comunicación hace referencia inequívoca a alguna característica bien definida del grupo, incluso si la comunicación no nombra a cada candidato. Una comunicación que identifica claramente a un grupo de candidatos y aboga expresamente por su elección o derrota es reportable como un gasto, pero el gasto no necesita ser asignado entre todos los miembros de la clase o grupo en la declaración de campaña que informa el gasto.
(C)CA Gobierno Code § 82025(c)(1)(C) Una medida que ha calificado para ser incluida en la boleta electoral está claramente identificada si la comunicación indica un número de proposición, título oficial o nombre popular asociado con la medida. Además, la medida está claramente identificada si la comunicación se refiere al tema de la medida y declara que la medida está ante el pueblo para una votación o, tomada en su conjunto y en contexto, se refiere inequívocamente a la medida.
(D)CA Gobierno Code § 82025(c)(1)(D) Una medida que no ha calificado para ser incluida en la boleta electoral está claramente identificada si la comunicación se refiere al tema de la medida y a la campaña de calificación.
(2)CA Gobierno Code § 82025(c)(2) Una comunicación "aboga expresamente" por la nominación, elección o derrota de un candidato o la calificación, aprobación o derrota de una medida si contiene palabras expresas de defensa como "vote por", "elija", "apoye", "emita su voto", "vote en contra", "derrote", "rechace", "firme peticiones para", o, dentro de los 60 días anteriores a una elección en la que el candidato o la medida aparezca en la boleta electoral, la comunicación se refiere de otra manera a un candidato o medida claramente identificado de modo que la comunicación, tomada en su conjunto, insta inequívocamente a un resultado particular en una elección.
(A)CA Gobierno Code § 82025(c)(2)(A) Excepto por aquellas comunicaciones pagadas con fondos públicos por una agencia gubernamental estatal o local, una comunicación, tomada en su conjunto, insta inequívocamente a un resultado particular en una elección si no es susceptible de ninguna interpretación razonable que no sea como un llamado a votar a favor o en contra de un candidato o medida específicos. Una comunicación no es susceptible de ninguna interpretación razonable que no sea como un llamado a votar a favor o en contra de un candidato o medida específicos cuando, tomada en su conjunto, solo podría ser interpretada por una persona razonable como que contiene un llamado a votar a favor o en contra de un candidato o medida específicos debido a ambos de los siguientes:
(i)CA Gobierno Code § 82025(c)(2)(A)(i) La parte electoral de la comunicación es inconfundible, inequívoca y sugiere un solo significado.
(ii)CA Gobierno Code § 82025(c)(2)(A)(ii) Las mentes razonables no podrían diferir en cuanto a si fomenta un voto a favor o en contra de un candidato o medida claramente identificados, o fomenta algún otro tipo de acción sobre un asunto o cuestión legislativa, ejecutiva o judicial.
(B)CA Gobierno Code § 82025(c)(2)(B) Los siguientes ejemplos no exhaustivos, que se refieren a candidatos o medidas en la boleta electoral en una próxima elección, ilustran declaraciones que en la mayoría de los contextos no serían susceptibles de ninguna interpretación razonable que no sea como un llamado a votar a favor o en contra de un candidato o medida específicos: "Smith es el indicado"; "No a la Medida A"; "Apoyemos a O'Malley"; "Crear empleos con la Medida X"; "Solo Nancy Brown puede limpiar el Ayuntamiento"; "Proposición 123 - tu última oportunidad para salvar California"; "Joe Green se ganará tu confianza"; "Bob Boone no está calificado para el cargo y es un títere de intereses especiales"; "Shirley Hall - mala para California, mala para ti."
(C)CA Gobierno Code § 82025(c)(2)(C) Los siguientes ejemplos no exhaustivos, que se refieren a candidatos o medidas en la boleta electoral en una próxima elección, ilustran declaraciones que serían susceptibles de una interpretación razonable que no sea como un llamado a votar a favor o en contra de un candidato o medida específicos: "La Asambleísta Nancy Brown debe ser dura con los criminales. Llámenla y díganle que se mantenga firme en la AB 100"; "Los niños pobres también necesitan un hogar. Apoyen la postura del Alcalde contra más recortes presupuestarios"; "Gracias, Supervisor Smith, por seguir apoyando a nuestros agricultores."
(D)CA Gobierno Code § 82025(c)(2)(D) Puerto Seguro. Una comunicación no aboga expresamente por la nominación, elección o derrota de un candidato, o la calificación, aprobación o derrota de una medida, en el sentido de esta sección, si se aplican ambos de los siguientes:
(i)CA Gobierno Code § 82025(c)(2)(D)(i) La comunicación no menciona una elección, candidatura, partido político a menos que lo exija la ley, candidato opositor, o votación por parte del público en general, y no toma una posición sobre el carácter, las calificaciones o la idoneidad para el cargo de un candidato o titular de un cargo, o los méritos de una medida electoral.
(ii)CA Gobierno Code § 82025(c)(2)(D)(ii) La comunicación se centra en un asunto o cuestión legislativa, ejecutiva o judicial, ya sea instando a un candidato a tomar una posición o acción particular con respecto al asunto o cuestión, o instando al público a adoptar una posición particular y a contactar al candidato con respecto al asunto o cuestión.
(E)CA Gobierno Code § 82025(c)(2)(E) Reglas de Interpretación. Si una comunicación no califica para el puerto seguro descrito en el subpárrafo (D), la comisión considerará si la comunicación tiene una interpretación distinta a la de un llamado a votar a favor o en contra de un candidato o medida claramente identificados, para determinar si, en general, la comunicación no es susceptible de ninguna interpretación razonable que no sea como un llamado a votar a favor o en contra de un candidato o medida claramente identificados.
(3)CA Gobierno Code § 82025(c)(3) Reporte de Gastos.
(A)CA Gobierno Code § 82025(c)(3)(A) El monto de un gasto reportable conforme a esta subdivisión incluirá todos los costos directamente atribuibles a la comunicación, incluyendo, entre otros, salarios, producción, franqueo, espacio o tiempo comprado, honorarios de agencia, impresión, y cualquier costo administrativo o de gastos generales adicional atribuible a la comunicación. El gasto no incluye ninguno de los gastos generales operativos regulares del negocio que se incurrirían en cantidades similares independientemente de la comunicación.
(B)CA Gobierno Code § 82025(c)(3)(B) Cuando una comunicación impresa o transmitida circula fuera del estado, el gasto puede calcularse sobre la base de la fracción del costo total atribuible a la circulación dentro del estado.
(C)CA Gobierno Code § 82025(c)(3)(C) Los costos directamente rastreables a la comunicación son reportables cuando se realiza la comunicación, o cuando se efectúan pagos en relación con el desarrollo, producción o difusión de la comunicación, lo que ocurra primero.
(D)CA Gobierno Code § 82025(c)(3)(D) Los costos de impresión y distribución de peticiones, reclutamiento, capacitación y pago de gastos de los recolectores de firmas para peticiones, y otros costos incurridos en relación con la calificación de una medida son gastos reportables.
(4)CA Gobierno Code § 82025(c)(4) Excepto por aquellas comunicaciones pagadas con fondos públicos por una agencia gubernamental estatal o local, no obstante esta subdivisión, "gasto" no incluye los costos incurridos por comunicaciones que abogan expresamente por la nominación, elección o derrota de un candidato o candidatos claramente identificados, o la calificación, aprobación o derrota de una medida o medidas claramente identificadas por cualquiera de los siguientes:
(A)CA Gobierno Code § 82025(c)(4)(A) Una estación de radiodifusión, incluyendo una operación de televisión por cable o satélite, programador o productor, sitio web de internet, o un periódico, revista u otra publicación periódica de circulación general publicada regularmente, incluyendo una publicación de internet o electrónica, que habitualmente difunde noticias y comentarios de interés general, por el costo de cubrir o difundir una noticia, comentario o editorial.
(B)CA Gobierno Code § 82025(c)(4)(B) Un boletín informativo publicado regularmente o una publicación periódica publicada regularmente, distinta de las especificadas en el subpárrafo (A), cuya circulación se limita a los miembros, empleados, accionistas, otros individuos afiliados de una organización, y aquellos que solicitan o compran la publicación. Este subpárrafo se aplica solo a los costos incurridos regularmente en la publicación del boletín informativo o periódico. Si se incurren costos adicionales porque el boletín informativo o periódico se emite fuera de su horario regular, se expande en circulación o se altera sustancialmente en estilo, tamaño o formato, los costos adicionales son gastos.
(5)CA Gobierno Code § 82025(c)(5) El término "gasto" tampoco incluye la actividad no remunerada en internet por parte de un individuo que apoya u opone a un candidato o medida, según lo establecido en la Sección 18215.2 del Título 2 del Código de Regulaciones de California.
(d)CA Gobierno Code § 82025(d) Un pago utilizado para realizar contribuciones, según se define en la Sección 82015, es un gasto.

Section § 82025.3

Explanation

Esta sección define a un "gerente externo" como alguien que busca o es contratado para administrar una cartera de activos para un sistema público de jubilación estatal de California, o como un individuo que administra un fondo de inversión y que ha vendido o está vendiendo participaciones de propiedad a dichos sistemas. Los términos "fondo de inversión" y "vehículo de inversión" se refieren a sus definiciones respectivas que se encuentran en dos secciones separadas de la ley de California.

(a)CA Gobierno Code § 82025.3(a) “Gerente externo” significa cualquiera de los siguientes:
(1)CA Gobierno Code § 82025.3(a)(1) Una persona que busca ser, o es, contratada por un sistema público de jubilación estatal en California o un vehículo de inversión para administrar una cartera de valores u otros activos a cambio de una compensación.
(2)CA Gobierno Code § 82025.3(a)(2) Una persona que administra un fondo de inversión y que ofrece o vende, o ha ofrecido o vendido, una participación de propiedad en el fondo de inversión a un sistema público de jubilación estatal en California o a un vehículo de inversión.
(b)CA Gobierno Code § 82025.3(b) Para los fines de esta sección, “fondo de inversión” tiene el mismo significado que se establece en la Sección 7513.8.
(c)CA Gobierno Code § 82025.3(c) Para los fines de esta sección, “vehículo de inversión” tiene el mismo significado que se establece en la Sección 82047.3.

Section § 82025.5

Explanation
Esta ley explica que, al informar el valor de bienes, servicios, instalaciones o cualquier cosa de valor que no sea dinero, debe utilizar el valor justo de mercado estimado. Esto significa que, básicamente, debe informar lo que cualquier otra persona esperaría que valieran esos artículos en el mercado abierto. Si necesita incluir estos elementos como parte de un informe, incluya tanto su valor como una descripción. "Contraprestación plena y adecuada" en este contexto es simplemente otra forma de referirse al valor justo de mercado.

Section § 82026

Explanation

Esta ley define a un "declarante" como cualquier persona que presenta o está obligada a presentar una declaración o un informe según lo especificado en este título.

“Declarante” significa la persona que presenta o a quien se le exige presentar cualquier declaración o informe conforme a este título.

Section § 82027

Explanation

Esta ley define a un "funcionario de presentación" como la persona u oficina donde debe entregar cualquier declaración o informe requerido. Si estos deben enviarse a varios lugares, la primera persona u oficina mencionada es el funcionario de presentación principal, y la copia que se les entregue debe ser la versión original y firmada.

“Funcionario de presentación” significa la oficina o el funcionario ante quien se debe presentar cualquier declaración o informe conforme a este título. Si se requiere presentar copias de una declaración o informe ante más de una oficina o funcionario, el primero nombrado es el funcionario de presentación, y la copia presentada ante ese funcionario deberá estar firmada en original y se considerará la copia original.

Section § 82027.5

Explanation

Esta sección de la ley define qué es un 'comité de propósito general' en un contexto político. Incluye comités destinados a apoyar u oponerse a múltiples candidatos o medidas electorales. Especifica diferentes tipos de comités de propósito general según su área de enfoque: Los comités de propósito general estatales operan a nivel estatal o en varios condados, los comités de propósito general de condado se centran en un solo condado, y los comités de propósito general de ciudad se centran en una sola ciudad.

(a)CA Gobierno Code § 82027.5(a) "Comité de propósito general" significa todos los comités conforme a la subdivisión (b) o (c) de la Sección 82013, y cualquier comité conforme a la subdivisión (a) de la Sección 82013 que se forma o existe principalmente para apoyar u oponerse a más de un candidato o medida electoral, salvo lo dispuesto en la Sección 82047.5.
(b)CA Gobierno Code § 82027.5(b) Un "comité de propósito general estatal" es un comité de partido político, según se define en la Sección 85205, o un comité para apoyar u oponerse a candidatos o medidas votadas en una elección estatal, o en más de un condado.
(c)CA Gobierno Code § 82027.5(c) Un "comité de propósito general de condado" es un comité para apoyar u oponerse a candidatos o medidas votadas en un solo condado, o en más de una jurisdicción dentro de un condado.
(d)CA Gobierno Code § 82027.5(d) Un "comité de propósito general de ciudad" es un comité para apoyar u oponerse a candidatos o medidas votadas en una sola ciudad.

Section § 82028

Explanation

Esta ley define un “regalo” como cualquier pago que proporciona un beneficio personal sin una compensación igual o mayor, excepto por algunas excepciones. Estas excepciones incluyen materiales informativos como libros e informes, regalos devueltos o entregados a una organización benéfica dentro de los 30 días, regalos familiares a menos que se actúe como intermediario, contribuciones de campaña que se informan, herencias y pequeños trofeos o placas personalizadas valoradas en menos de $250.

(a)CA Gobierno Code § 82028(a) “Regalo” significa, excepto según lo dispuesto en la subdivisión (b), cualquier pago que confiera un beneficio personal al destinatario, en la medida en que no se reciba una contraprestación de igual o mayor valor e incluye un reembolso o descuento en el precio de cualquier cosa de valor a menos que el reembolso o descuento se realice en el curso ordinario de los negocios a miembros del público sin tener en cuenta el estatus oficial. Cualquier persona, que no sea un acusado en una acción penal, que afirme que un pago no es un regalo por razón de la recepción de una contraprestación tiene la carga de probar que la contraprestación recibida es de igual o mayor valor.
(b)CA Gobierno Code § 82028(b) El término “regalo” no incluye:
(1)CA Gobierno Code § 82028(b)(1) Material informativo como libros, informes, folletos, calendarios o publicaciones periódicas. Ningún pago por viaje o reembolso de gastos se considerará “material informativo”.
(2)CA Gobierno Code § 82028(b)(2) Regalos que no se utilizan y que, dentro de los 30 días posteriores a su recepción, se devuelven al donante o se entregan a una entidad sin fines de lucro exenta de impuestos según la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas sin ser reclamados como una contribución caritativa para fines fiscales.
(3)CA Gobierno Code § 82028(b)(3) Regalos de un cónyuge, hijo, padre, abuelo, nieto, hermano, hermana, suegro, cuñado, cuñada, sobrino, sobrina, tía, tío o primo hermano de un individuo o del cónyuge de cualquiera de dichas personas; siempre que un regalo de cualquiera de dichas personas se considerará un regalo si el donante actúa como agente o intermediario de cualquier persona no cubierta por este párrafo.
(4)CA Gobierno Code § 82028(b)(4) Contribuciones de campaña que deben ser reportadas bajo el Capítulo 4 de este título.
(5)CA Gobierno Code § 82028(b)(5) Cualquier legado o herencia.
(6)CA Gobierno Code § 82028(b)(6) Placas y trofeos personalizados con un valor individual inferior a doscientos cincuenta dólares ($250).

Section § 82029

Explanation

Esta ley define qué significa 'familia inmediata', refiriéndose específicamente al cónyuge de una persona y a cualquier hijo dependiente.

«Familia inmediata» significa el cónyuge y los hijos dependientes.

Section § 82030

Explanation

Esta ley define lo que se considera 'ingreso' para fines de declaración, incluyendo salarios, sueldos, préstamos, donaciones y una parte de cualquier ingreso de negocios o fideicomisos si alguien posee una participación significativa. Especifica excepciones donde el 'ingreso' no aplica, como contribuciones de campaña, beneficios gubernamentales, herencias, intereses de cuentas bancarias, dividendos de acciones, pensión alimenticia, ciertos préstamos familiares y pagos de planes de jubilación.

Los pagos de organizaciones sin fines de lucro y los préstamos estándar que están disponibles para el público tampoco se consideran ingresos bajo esta norma. Las excepciones incluyen las ganancias de la venta de valores o productos básicos si no se conocen los detalles del comprador.

(a)CA Gobierno Code § 82030(a) “Ingreso” significa, salvo lo dispuesto en la subdivisión (b), un pago recibido, incluyendo, pero no limitado a, cualquier salario, sueldo, anticipo, dividendo, interés, alquiler, ganancias de cualquier venta, donación, incluyendo cualquier donación de alimentos o bebidas, préstamo, condonación o pago de una deuda recibida por el declarante, reembolso de gastos, viáticos, o contribución a un programa de seguro o pensión pagada por cualquier persona que no sea un empleador, e incluyendo cualquier interés de propiedad comunitaria en los ingresos de un cónyuge. El ingreso también incluye un préstamo pendiente. El ingreso de un individuo también incluye una parte proporcional de cualquier ingreso de cualquier entidad comercial o fideicomiso en el que el individuo o cónyuge posea, directa, indirecta o beneficiariamente, una participación del 10 por ciento o más. “Ingreso,” que no sea una donación, no incluye los ingresos recibidos de cualquier fuente fuera de la jurisdicción y que no realice negocios dentro de la jurisdicción, no planee realizar negocios dentro de la jurisdicción, o no haya realizado negocios dentro de la jurisdicción durante los dos años anteriores al momento en que se requiera cualquier declaración u otra acción bajo este título.
(b)CA Gobierno Code § 82030(b) “Ingreso” tampoco incluye:
(1)CA Gobierno Code § 82030(b)(1) Contribuciones de campaña que deben ser reportadas bajo el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 84100).
(2)CA Gobierno Code § 82030(b)(2) Salario y reembolso de gastos o viáticos, y pagos de beneficios de seguridad social, discapacidad u otros beneficios similares recibidos de una agencia gubernamental estatal, local o federal, y reembolso de gastos de viaje y viáticos recibidos de una entidad sin fines de lucro de buena fe exenta de impuestos bajo la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas.
(3)CA Gobierno Code § 82030(b)(3) Cualquier legado o herencia.
(4)CA Gobierno Code § 82030(b)(4) Intereses, dividendos o primas sobre un depósito a plazo o a la vista en una institución financiera, acciones en una cooperativa de crédito o cualquier póliza de seguro, pagos recibidos bajo cualquier póliza de seguro, o cualquier bono u otro instrumento de deuda emitido por cualquier gobierno o agencia gubernamental.
(5)CA Gobierno Code § 82030(b)(5) Dividendos, intereses o cualquier otro rendimiento de un valor registrado en la Comisión de Bolsa y Valores del gobierno de los Estados Unidos o un futuro de productos básicos registrado en la Comisión de Negociación de Futuros de Productos Básicos del gobierno de los Estados Unidos, excepto las ganancias de la venta de estos valores y futuros de productos básicos.
(6)CA Gobierno Code § 82030(b)(6) Rescate de un fondo mutuo.
(7)CA Gobierno Code § 82030(b)(7) Pagos de pensión alimenticia o manutención de menores.
(8)CA Gobierno Code § 82030(b)(8) Cualquier préstamo o préstamos de una institución de crédito comercial que se realicen en el curso normal de los negocios del prestamista en términos disponibles para el público en general sin distinción de estatus oficial.
(9)CA Gobierno Code § 82030(b)(9) Cualquier préstamo de o pagos recibidos sobre un préstamo hecho al cónyuge, hijo, padre, abuelo, nieto, hermano, hermana, suegro, cuñado, cuñada, sobrino, sobrina, tío, tía o primo hermano de un individuo, o al cónyuge de cualquiera de dichas personas, siempre que un préstamo o pago de préstamo recibido de cualquiera de dichas personas se considerará ingreso si esa persona actúa como agente o intermediario para cualquier persona no cubierta por este párrafo.
(10)CA Gobierno Code § 82030(b)(10) Cualquier deuda creada como parte de una transacción de venta a plazos o de tarjeta de crédito si se realiza en el curso normal de los negocios del prestamista en términos disponibles para el público en general sin distinción de estatus oficial.
(11)CA Gobierno Code § 82030(b)(11) Pagos recibidos bajo un plan de pensión de beneficios definidos calificado bajo la Sección 401(a) del Código de Rentas Internas.
(12)CA Gobierno Code § 82030(b)(12) Ganancias de la venta de valores registrados en la Comisión de Bolsa y Valores del gobierno de los Estados Unidos o de la venta de futuros de productos básicos registrados en la Comisión de Negociación de Futuros de Productos Básicos del gobierno de los Estados Unidos si el declarante vende los valores o los futuros de productos básicos en una bolsa de valores o de productos básicos y no conoce o no tiene motivos para conocer la identidad del comprador.

Section § 82030.5

Explanation

Esta ley define qué se considera 'ingreso devengado' para ciertos fines legales. Básicamente, incluye el dinero que obtienes por tu trabajo, como sueldos, salarios y honorarios profesionales.

Pero no cuenta el dinero que ganas de inversiones o ventas, los pagos a ciertos planes de jubilación para funcionarios estatales, o la parte de los ingresos de un cónyuge que se considera propiedad comunitaria.

(a)CA Gobierno Code § 82030.5(a) Para los fines de este título, «ingresos devengados» significa, salvo lo dispuesto en el inciso (b), ingresos procedentes de salarios, sueldos, honorarios profesionales y otras cantidades recibidas o prometidas a recibir como compensación por servicios personales prestados.
(b)CA Gobierno Code § 82030.5(b) Los ingresos que no son «ingresos devengados» incluyen, entre otros, los siguientes:
(1)CA Gobierno Code § 82030.5(b)(1) Cualquier ingreso derivado de acciones, bonos, bienes u otras inversiones, o de ventas al por menor o al por mayor.
(2)CA Gobierno Code § 82030.5(b)(2) Cualquier cantidad pagada por, o en nombre de, un funcionario estatal electo a un plan de pensiones, de participación en beneficios o de bonificación de acciones calificado fiscalmente y recibida por el funcionario estatal electo del plan.
(3)CA Gobierno Code § 82030.5(b)(3) El interés de propiedad comunitaria en los ingresos de un cónyuge.

Section § 82031

Explanation

Un "gasto independiente" es cualquier dinero que una persona o agencia del gobierno gasta en mensajes que claramente apoyan o se oponen a un candidato o una propuesta específica en una elección. Pero este gasto no puede hacerse con la participación o bajo la dirección del candidato o del comité.

“Gasto independiente” significa un gasto realizado por cualquier persona, incluyendo un pago de fondos públicos por una agencia gubernamental estatal o local, en relación con una comunicación que aboga expresamente por la elección o derrota de un candidato claramente identificado o la calificación, aprobación o derrota de una medida claramente identificada, o que, tomado en su conjunto y en contexto, insta inequívocamente un resultado particular en una elección, pero que no se realiza a o por encargo del candidato o comité afectado.

Section § 82032

Explanation

Esta sección define lo que significa influir en las acciones legislativas o administrativas. Incluye tomar medidas para promover, apoyar, cambiar, oponerse o retrasar dichas acciones a través de diversos métodos, como la provisión de información, estadísticas, estudios o análisis.

«Influir en la acción legislativa o administrativa» significa promover, apoyar, influir, modificar, oponerse o retrasar cualquier acción legislativa o administrativa por cualquier medio, incluyendo, entre otros, la provisión o el uso de información, estadísticas, estudios o análisis.

Section § 82033

Explanation

Esta ley define qué se considera un "interés en bienes inmuebles" para funcionarios públicos y otras personas específicas. Incluye elementos como arrendamientos, propiedad u opciones para poseer bienes raíces dentro de su jurisdicción. Estos intereses pueden ser poseídos directamente o a través de miembros de la familia u otras entidades comerciales. El valor justo de mercado de dicho interés debe ser de al menos $2,000. Si un individuo o su familia posee el 10% o más de una empresa o fideicomiso, su parte de los bienes raíces de esa entidad se considera parte de su interés.

“Interés en bienes inmuebles” incluye cualquier interés de arrendamiento, beneficiario o de propiedad, o una opción para adquirir dicho interés en bienes inmuebles ubicados en la jurisdicción poseídos directa, indirecta o beneficiariamente por el funcionario público, u otro declarante, o la familia inmediata de esa persona si el valor justo de mercado del interés es de dos mil dólares ($2,000) o más. Los intereses en bienes inmuebles de un individuo incluyen una parte proporcional de los intereses en bienes inmuebles de cualquier entidad comercial o fideicomiso en la que el individuo o la familia inmediata posee, directa, indirecta o beneficiariamente, un interés del 10 por ciento o superior.

Section § 82034

Explanation

Esta ley define qué se considera una 'inversión' para los funcionarios públicos y otras personas que presentan declaraciones. Incluye intereses financieros como acciones, bonos y otros valores si pertenecen al individuo, a su familia inmediata, o si la empresa tiene propiedades o hace negocios en la jurisdicción. La inversión debe tener un valor de al menos 2.000 $ para ser contada. Las excepciones incluyen algunos depósitos bancarios, pólizas de seguro, bonos del gobierno y planes de pensiones. Si alguien posee el 10% o más de una empresa, se considera que tiene una parte proporcional de sus inversiones. Los detalles sobre lo que constituye una 'entidad comercial relacionada' son establecidos por las reglas de la comisión.

“Inversión” significa cualquier interés financiero o valor emitido por una entidad comercial, incluyendo, pero no limitado a, acciones comunes, acciones preferentes, derechos, warrants, opciones, instrumentos de deuda, y cualquier participación en sociedad u otro interés de propiedad poseído directa, indirecta o beneficiariamente por el funcionario público, u otro declarante, o la familia inmediata de esa persona, si la entidad comercial o cualquier entidad comercial matriz, subsidiaria o de otro modo relacionada tiene un interés en bienes inmuebles en la jurisdicción, o realiza negocios o planea realizar negocios en la jurisdicción, o ha realizado negocios dentro de la jurisdicción en cualquier momento durante los dos años anteriores al momento en que se requiera una declaración u otra acción bajo este título. Un activo no se considerará una inversión a menos que su valor justo de mercado sea igual o superior a dos mil dólares ($2,000). El término “inversión” no incluye un depósito a plazo o a la vista en una institución financiera, acciones en una cooperativa de crédito, cualquier póliza de seguro, interés en un fondo mutuo diversificado registrado ante la Comisión de Bolsa y Valores bajo la Ley de Sociedades de Inversión de 1940 o en un fondo fiduciario común creado de conformidad con la Sección 1564 del Código Financiero, interés en un plan de pensiones de beneficio definido del gobierno, o cualquier bono u otro instrumento de deuda emitido por cualquier gobierno o agencia gubernamental. Las inversiones de un individuo incluyen una parte proporcional de las inversiones de cualquier entidad comercial, fondo mutuo o fideicomiso en el que el individuo o la familia inmediata posea, directa, indirecta o beneficiariamente, un interés del 10 por ciento o mayor. El término “entidad comercial matriz, subsidiaria o de otro modo relacionada” será definido específicamente por las regulaciones de la comisión.

Section § 82035

Explanation

Esta ley define lo que significa "jurisdicción" en el contexto de las agencias de gobierno estatales y locales. Para una agencia estatal, se refiere a todo el estado. Para una agencia de gobierno local, se refiere al área geográfica específica, como una región, condado, ciudad o distrito, donde opera la agencia. Además, los bienes inmuebles se consideran dentro de la jurisdicción de una agencia local si se encuentran dentro o hasta dos millas fuera de los límites de la agencia, o dentro de dos millas de terrenos propiedad o utilizados por la agencia.

“Jurisdicción” significa el estado con respecto a una agencia estatal y, con respecto a una agencia de gobierno local, la región, condado, ciudad, distrito u otra área geográfica en la que tiene jurisdicción. Se considerará que los bienes inmuebles están “dentro de la jurisdicción” con respecto a una agencia de gobierno local si la propiedad o cualquier parte de ella se encuentra dentro o no más de dos millas fuera de los límites de la jurisdicción o dentro de dos millas de cualquier terreno propiedad o utilizado por la agencia de gobierno local.

Section § 82035.5

Explanation

Esta sección de la ley define una 'propuesta de LAFCO' como una propuesta y un procedimiento según secciones específicas de la ley relacionadas con la formación de agencias locales. Remite a otras secciones (56069 y 56067) para definiciones más detalladas.

“propuesta de LAFCO” significa una propuesta, tal como se define en la Sección 56069, incluyendo un procedimiento, tal como se define en la Sección 56067.

Section § 82036

Explanation

"Contribución tardía" se refiere a cualquier donación o préstamo de $1,000 o más entregado o recibido por un candidato, comité político o partido político dentro de los 90 días anteriores a una elección o el mismo día de la elección. Para entidades como el Sistema de Retiro de Empleados Públicos y la Junta de Retiro de Maestros, el día de la elección es cuando vencen las boletas. La regla se aplica tanto a candidatos individuales como a comités de partidos políticos involucrados en elecciones estatales.

“Contribución tardía” significa cualquiera de los siguientes:
(a)CA Gobierno Code § 82036(a) Una contribución, incluyendo un préstamo, que suma en total mil dólares ($1,000) o más y que es realizada o recibida por un candidato, un comité controlado, o un comité formado o existente principalmente para apoyar u oponerse a un candidato o una medida durante el período de 90 días que precede a la fecha de la elección, o en la fecha de la elección, en la que se votará por el candidato o la medida. Para los fines de la Junta de Administración del Sistema de Retiro de Empleados Públicos y la Junta de Retiro de Maestros, “la fecha de la elección” es la fecha límite para devolver las boletas.
(b)CA Gobierno Code § 82036(b) Una contribución, incluyendo un préstamo, que suma en total mil dólares ($1,000) o más y que es realizada o recibida por un comité de partido político, según se define en la Sección 85205, dentro de los 90 días anteriores a la fecha de una elección estatal o en la fecha de la elección.

Section § 82036.5

Explanation
Un 'gasto independiente tardío' ocurre cuando alguien gasta $1,000 o más, ya sea apoyando u oponiéndose a un candidato o una medida, dentro de los 90 días previos a una elección o el mismo día de la elección. Para ciertas juntas de jubilación, el 'día de la elección' se refiere a la fecha límite para entregar las boletas.

Section § 82037

Explanation

La acción legislativa abarca todos los pasos en el proceso de crear o rechazar una ley. Esto incluye presentar, debatir, modificar, aprobar o rechazar proyectos de ley, resoluciones, enmiendas y otros asuntos legislativos. Tanto las decisiones de la legislatura como las del gobernador de aprobar o vetar proyectos de ley se consideran acciones legislativas.

“Acción legislativa” significa la redacción, presentación, consideración, modificación, promulgación o rechazo de cualquier proyecto de ley, resolución, enmienda, informe, nombramiento u otro asunto por parte de la Legislatura o por cualquiera de las cámaras o cualquier comité, subcomité, comité conjunto o especial de la misma, o por un Miembro o empleado de la Legislatura actuando en su capacidad oficial. “Acción legislativa” también significa la acción del Gobernador al aprobar o vetar cualquier proyecto de ley.

Section § 82038

Explanation

Esta sección define a un "funcionario legislativo" como cualquier persona que trabaje para la Legislatura y que tenga responsabilidades más allá de las tareas de oficina básicas, como el trabajo secretarial, administrativo o manual.

“Funcionario legislativo” significa cualquier empleado o consultor de la Legislatura cuyas funciones no son exclusivamente secretariales, administrativas o manuales.

Section § 82038.3

Explanation

En California, una 'coalición de cabildeo' es un grupo de al menos 10 personas formado principalmente para influir en leyes o decisiones administrativas. Pagan al grupo para cubrir los costos de contratar a un cabildero o una firma de cabildeo. Estos grupos deben presentar declaraciones e informes similares a los de las organizaciones que emplean cabilderos.

Sin embargo, organizaciones como los sindicatos o los grupos de membresía no se consideran coaliciones de cabildeo si hacen más que solo cabildear. Además, el simple hecho de pagar a una coalición de cabildeo no convierte a alguien en una firma de cabildeo o en un empleador de cabilderos.

(a)CA Gobierno Code § 82038.3(a) “Coalición de cabildeo” significa un grupo de 10 o más personas formado principalmente para influir en la acción legislativa o administrativa, cuyos miembros realizan pagos a la coalición para compartir los gastos de emplear a un cabildero o contratar los servicios de una firma de cabildeo.
(b)CA Gobierno Code § 82038.3(b) Para los fines de las Secciones 86115 y 86116, una coalición de cabildeo deberá presentar las mismas declaraciones e informes que un empleador de cabilderos.
(c)CA Gobierno Code § 82038.3(c) Una federación, confederación u organización comercial, laboral o de membresía de buena fe no es una coalición de cabildeo si es de naturaleza continua y sus servicios de membresía no se limitan a influir en la acción legislativa o administrativa.
(d)CA Gobierno Code § 82038.3(d) Una persona que realiza pagos a una coalición de cabildeo no califica como firma de cabildeo o empleador de cabilderos como resultado de dichos pagos.

Section § 82038.5

Explanation

Una 'empresa de cabildeo' en California es cualquier negocio, incluyendo cabilderos individuales, que recibe pago para influir en las decisiones gubernamentales. Pueden convertirse en una empresa de cabildeo si se les paga para influir en acciones legislativas o administrativas en nombre de otra persona, y tienen al menos un cabildero en su personal. Alternativamente, si a la empresa se le paga para comunicarse regularmente con funcionarios públicos con el fin de influir en decisiones, también se considera. Sin embargo, ciertas actividades cubiertas por otra sección (Sección 86300) no convierten a un negocio en una empresa de cabildeo.

(a)CA Gobierno Code § 82038.5(a) "Empresa de cabildeo" significa cualquier entidad comercial, incluyendo un cabildero contratado individual, que cumple con cualquiera de los siguientes criterios:
(1)CA Gobierno Code § 82038.5(a)(1) La entidad comercial recibe o tiene derecho a recibir cualquier compensación, que no sea el reembolso de gastos de viaje razonables, con el propósito de influir en la acción legislativa o administrativa en nombre de cualquier otra persona, y cualquier socio, propietario, funcionario o empleado de la entidad comercial es un cabildero.
(2)CA Gobierno Code § 82038.5(a)(2) La entidad comercial recibe o tiene derecho a recibir cualquier compensación, que no sea el reembolso de gastos de viaje razonables, para comunicarse directamente con cualquier funcionario estatal electo, funcionario de agencia o funcionario legislativo con el propósito de influir en la acción legislativa o administrativa en nombre de cualquier otra persona, si una parte sustancial o regular de las actividades por las cuales la entidad comercial recibe compensación tiene como propósito influir en la acción legislativa o administrativa.
(b)CA Gobierno Code § 82038.5(b) Ninguna entidad comercial es una empresa de cabildeo en razón de las actividades descritas en la Sección 86300.

Section § 82039

Explanation

En California, un "cabildero" es alguien a quien se le paga $2,000 o más al mes para comunicarse directamente con funcionarios estatales, o cuyo trabajo principal es influir en las decisiones tomadas por funcionarios estatales. También incluye a ciertas personas conocidas como agentes de colocación.

Sin embargo, una persona no se considera cabildero si realiza actividades descritas en una sección específica (Sección 86300). Además, influir en las acciones ante la Comisión de Servicios Públicos es un tipo de acción administrativa, a menos que se haga en un entorno público o se registre oficialmente como parte del procedimiento.

(a)CA Gobierno Code § 82039(a) Por “cabildero” se entiende cualquiera de los siguientes:
(1)CA Gobierno Code § 82039(a)(1) Cualquier persona que reciba dos mil dólares ($2,000) o más en contraprestación económica en un mes calendario, que no sea el reembolso de gastos de viaje razonables, o cuyas funciones principales como empleado sean comunicarse directamente o a través de los agentes de dicha persona con cualquier funcionario estatal electo, funcionario de agencia o funcionario legislativo con el propósito de influir en una acción legislativa o administrativa.
(2)CA Gobierno Code § 82039(a)(2) Un agente de colocación, según se define en la Sección 82047.3.
(b)CA Gobierno Code § 82039(b) Una persona no es un cabildero en razón de las actividades descritas en la Sección 86300.
(c)CA Gobierno Code § 82039(c) Para los fines de la subdivisión (a), un procedimiento ante la Comisión de Servicios Públicos constituye una ‚cción administrativa” si cumple con cualquiera de las definiciones establecidas en la subdivisión (b) o (c) de la Sección 82002. Sin embargo, una comunicación realizada con el propósito de influir en este tipo de procedimiento de la Comisión de Servicios Públicos no se incluye en la subdivisión (a) si la comunicación se realiza en una audiencia pública, taller público u otro foro público que forme parte del procedimiento, o si la comunicación se incluye en el registro oficial del procedimiento.

Section § 82039.5

Explanation

Esta sección define a un 'empleador de lobistas' como cualquier persona que contrata lobistas o los servicios de firmas de cabildeo a cambio de un pago, excluyendo los gastos de viaje, con el objetivo de influir en leyes o decisiones gubernamentales.

“Empleador de lobistas” significa cualquier persona, distinta de una firma de cabildeo, que:
(a)CA Gobierno Code § 82039.5(a) Emplea a uno o más lobistas a cambio de una contraprestación económica, que no sea el reembolso de gastos de viaje razonables, con el propósito de influir en la acción legislativa o administrativa, o
(b)CA Gobierno Code § 82039.5(b) Contrata los servicios de una firma de cabildeo a cambio de una contraprestación económica, que no sea el reembolso de gastos de viaje razonables, con el propósito de influir en la acción legislativa o administrativa.

Section § 82041

Explanation

Esta sección define lo que se considera una "agencia gubernamental local" en California. Incluye entidades como condados, ciudades, distritos y distritos escolares, así como cualquier otra subdivisión política local o regional. También abarca varias divisiones dentro de estas entidades, como departamentos, oficinas o juntas.

“Agencia gubernamental local” significa un condado, ciudad o distrito de cualquier tipo, incluyendo un distrito escolar, o cualquier otra subdivisión política local o regional, o cualquier departamento, división, negociado, oficina, junta, comisión u otra agencia de los anteriores.

Section § 82041.3

Explanation
Esta sección de la ley define la frase «hecho a instancias de» como cualquier cosa realizada bajo el control o la dirección de alguien, o en colaboración con ellos. También incluye acciones tomadas a petición o sugerencia de alguien, o con su aprobación clara y previa.

Section § 82041.5

Explanation

Esta ley define un 'envío masivo' como el envío de más de 200 piezas de correo casi idéntico. Sin embargo, excluye el correo enviado como respuesta a una solicitud o consulta no solicitada.

“Envío masivo” significa más de doscientas piezas de correo sustancialmente similares, pero no incluye una carta modelo u otro correo que se envía en respuesta a una solicitud no solicitada, carta u otra consulta.

Section § 82042

Explanation

Esta ley establece que el término "Alcalde" no solo se refiere al alcalde de una ciudad individual, sino que también incluye al alcalde de una entidad combinada de ciudad y condado.

“Alcalde” de una ciudad incluye al alcalde de una ciudad y condado.

Section § 82043

Explanation

El término «medida» se refiere a cualquier propuesta, como una enmienda constitucional u otra proposición, que se presenta para una votación pública. Esto puede ocurrir a través de acciones tomadas por un cuerpo legislativo, o mediante procesos de iniciativa, referéndum o revocatoria, independientemente de si termina en la boleta electoral oficial.

«Medida» significa cualquier enmienda constitucional u otra proposición que se somete a votación popular en una elección por acción de un cuerpo legislativo, o que se somete o se pretende someter a votación popular en una elección mediante procedimiento de iniciativa, referéndum o revocatoria, califique o no para la boleta electoral.

Section § 82044

Explanation

Esta ley define el término "pago" de manera amplia. Incluye no solo dinero, sino también cualquier cosa de valor como donaciones, bienes, servicios o préstamos, ya sean tangibles (físicos) o intangibles.

“Pago” significa un pago, distribución, transferencia, préstamo, anticipo, depósito, donación u otra entrega de dinero, bienes, servicios o cualquier otra cosa de valor, ya sea tangible o intangible.

Section § 82045

Explanation

Esta ley define lo que se considera un "pago para influir en la acción legislativa o administrativa". Incluye cualquier pago realizado a un cabildero por su trabajo, apoyo o gastos. También cubre los pagos que ayudan o benefician a funcionarios gubernamentales o a sus familias, o los pagos relacionados con el contacto con funcionarios gubernamentales. Además, también se incluyen los pagos que fomentan que otras personas se comuniquen con los funcionarios.

“Pago para influir en la acción legislativa o administrativa” significa cualquiera de los siguientes tipos de pago:
(a)CA Gobierno Code § 82045(a) Pago directo o indirecto a un cabildero, ya sea por salario, honorarios, compensación por gastos o cualquier otro propósito, realizado por una persona que emplea o contrata los servicios del cabildero de forma individual o conjunta con otras personas;
(b)CA Gobierno Code § 82045(b) Pago en apoyo o asistencia de un cabildero o de las actividades del cabildero, incluyendo, pero sin limitarse a, el pago directo de gastos incurridos a solicitud o sugerencia del cabildero;
(c)CA Gobierno Code § 82045(c) Pago que directa o indirectamente beneficia a cualquier funcionario estatal electo, funcionario legislativo o funcionario de agencia, o a un miembro de la familia inmediata de dicho funcionario;
(d)CA Gobierno Code § 82045(d) Pago, incluyendo compensación, pago o reembolso por los servicios, tiempo o gastos de un empleado, para o en conexión con la comunicación directa con cualquier funcionario estatal electo, funcionario legislativo o funcionario de agencia;
(e)CA Gobierno Code § 82045(e) Pago para o en conexión con la solicitud o el fomento a otras personas para que entablen comunicación directa con cualquier funcionario estatal electo, funcionario legislativo o funcionario de agencia.

Section § 82046

Explanation

Esta sección explica qué significa el 'período cubierto' para los informes o declaraciones que deben presentarse, excepto las declaraciones de campaña. Para la mayoría de los informes, abarca el tiempo desde el día siguiente a la fecha de finalización del último informe requerido hasta la fecha de finalización del informe actual. Si es la primera vez que se presenta ese tipo de informe, comienza cuando ocurrió la primera transacción que debe ser informada. Todo lo anterior a la versión actual de esta ley aún debe seguir las reglas anteriores.

Para las declaraciones de campaña, el 'período cubierto' comienza el día siguiente a la fecha de finalización de la última declaración de campaña requerida y se extiende hasta la fecha de finalización de la declaración actual. Si no ha presentado una declaración de campaña antes, comienza el 1 de enero.

(a)CA Gobierno Code § 82046(a) “Período cubierto” por una declaración o informe que deba presentarse conforme a este título, que no sea una declaración de campaña, significa, a menos que se especifique un período diferente, el período que comienza el día siguiente a la fecha de cierre de la declaración o informe más reciente que se exigió presentar, y que termina con la fecha de cierre de la declaración o informe en cuestión. Si la persona que presenta la declaración o informe no ha presentado previamente una declaración o informe del mismo tipo, el período cubierto comienza el día en que ocurrió la primera transacción sujeta a informe. Nada de lo dispuesto en este capítulo se interpretará en el sentido de eximir a persona alguna de la obligación de divulgar transacciones que ocurrieron antes de la fecha de entrada en vigor de este título de conformidad con las leyes entonces vigentes.
(b)CA Gobierno Code § 82046(b) “Período cubierto” por una declaración de campaña que deba presentarse conforme a este título significa, a menos que se especifique un período diferente, el período que comienza el día siguiente a la fecha de cierre de la declaración de campaña más reciente que se exigió presentar y que termina con la fecha de cierre de la declaración en cuestión. Si una persona no ha presentado previamente una declaración de campaña, el período cubierto comienza el 1 de enero.

Section § 82047

Explanation

Esta ley aclara que el término "Persona" puede referirse a muchos tipos diferentes de entidades. Incluye no solo a personas individuales, sino también a negocios como compañías, sociedades, corporaciones y cualquier grupo u organización que trabaje en conjunto.

“Persona” significa un individuo, empresa unipersonal, firma, sociedad, empresa conjunta, sindicato, fideicomiso mercantil, compañía, corporación, sociedad de responsabilidad limitada, asociación, comité y cualquier otra organización o grupo de personas que actúen de consuno.

Section § 82047.3

Explanation

Esta ley define a un 'agente de colocación' como alguien a quien se le paga por ayudar a encontrar inversores para un gestor externo o un fondo de inversión que trabaja con los sistemas públicos de jubilación de California. Sin embargo, si una persona dedica un tercio o más de su tiempo a gestionar inversiones directamente, no se considera un agente de colocación.

Si un empleado, funcionario o director de un gestor externo cumple ciertos requisitos, tampoco se le considera un agente de colocación. Estos requisitos incluyen que el gestor externo esté registrado como asesor de inversiones o corredor de bolsa, que participe en un proceso de licitación competitiva y que acepte seguir estándares fiduciarios al gestionar los activos de jubilación.

(a)CA Gobierno Code § 82047.3(a) “Agente de colocación” significa una persona física contratada, comprometida o retenida directa o indirectamente por, o que sirve en beneficio o en nombre de, un gestor externo o un fondo de inversión gestionado por un gestor externo, y que actúa o ha actuado a cambio de una compensación como buscador, promotor, comercializador, consultor, corredor u otro intermediario en relación con la oferta o venta a un sistema público de jubilación estatal en California o un vehículo de inversión de cualquiera de los siguientes:
(1)CA Gobierno Code § 82047.3(a)(1) En el caso de un gestor externo en el sentido del párrafo (1) de la subdivisión (a) de la Sección 82025.3, los servicios de gestión de inversiones del gestor externo.
(2)CA Gobierno Code § 82047.3(a)(2) En el caso de un gestor externo en el sentido del párrafo (2) de la subdivisión (a) de la Sección 82025.3, una participación en la propiedad de un fondo de inversión gestionado por el gestor externo.
(b)CA Gobierno Code § 82047.3(b) No obstante la subdivisión (a), una persona física que sea empleado, funcionario, director, accionista, socio, miembro o fiduciario de un gestor externo y que dedique un tercio o más de su tiempo, durante un año natural, a gestionar los valores o activos poseídos, controlados, invertidos o mantenidos por el gestor externo no es un agente de colocación.
(c)CA Gobierno Code § 82047.3(c) No obstante la subdivisión (a), un empleado, funcionario o director de un gestor externo, o de una afiliada de un gestor externo, no es un agente de colocación con respecto a una oferta o venta de servicios de gestión de inversiones descritos en la subdivisión (a) si se cumplen todos los siguientes requisitos:
(1)CA Gobierno Code § 82047.3(c)(1) El gestor externo está registrado como asesor de inversiones o corredor de bolsa ante la Comisión de Bolsa y Valores o, si está exento o no sujeto a registro ante la Comisión de Bolsa y Valores, ante cualquier regulador de valores estatal apropiado.
(2)CA Gobierno Code § 82047.3(c)(2) El gestor externo está participando en un proceso de licitación competitiva, como una solicitud de propuestas, sujeto a la subdivisión (a) de la Sección 22364 del Código de Educación o la subdivisión (a) de la Sección 20153 de este código, según corresponda, o ha sido seleccionado a través de ese proceso, y está prestando servicios conforme a un contrato ejecutado como resultado de ese proceso de licitación competitiva.
(3)CA Gobierno Code § 82047.3(c)(3) El gestor externo, si es seleccionado a través de un proceso de licitación competitiva descrito en el párrafo (2), ha aceptado un estándar fiduciario de diligencia, según lo definido por los estándares de conducta aplicables a la junta de jubilación de un sistema público de pensiones o jubilación y establecido en la Sección 17 del Artículo XVI de la Constitución de California, al gestionar una cartera de activos de un sistema público de jubilación estatal en California.
(d)CA Gobierno Code § 82047.3(d) A los efectos de esta sección, “fondo de inversión” tiene el mismo significado que se establece en la Sección 7513.8.
(e)CA Gobierno Code § 82047.3(e) A los efectos de esta sección, “vehículo de inversión” significa una corporación, sociedad, sociedad limitada, sociedad de responsabilidad limitada, asociación u otra entidad, ya sea nacional o extranjera, gestionada por un gestor externo en la que un sistema público de jubilación estatal en California es el inversor mayoritario y que está organizada para invertir con, o retener los servicios de gestión de inversiones de, otros gestores externos.

Section § 82047.5

Explanation

Un "comité formado principalmente" es un grupo establecido principalmente para apoyar u oponerse a un solo candidato, una sola medida, un grupo de candidatos específicos en la misma área electoral, o a varias medidas en la misma área electoral.

“Comité formado principalmente” significa un comité conforme a la subdivisión (a) de la Sección 82013 que se forma o existe principalmente para apoyar u oponerse a cualquiera de los siguientes:
(a)CA Gobierno Code § 82047.5(a) Un solo candidato.
(b)CA Gobierno Code § 82047.5(b) Una sola medida.
(c)CA Gobierno Code § 82047.5(c) Un grupo de candidatos específicos que se votan en la misma elección de ciudad, condado o de varios condados.
(d)CA Gobierno Code § 82047.5(d) Dos o más medidas que se votan en la misma elección de ciudad, condado, de varios condados o estatal.

Section § 82047.6

Explanation

Esta ley explica qué es un "oficial principal" de un comité político. Es la persona principalmente responsable de tomar decisiones clave sobre las actividades políticas del comité. Esto incluye aprobar mensajes, autorizar gastos y dar forma a las estrategias de campaña. Si más de una persona comparte estas responsabilidades, todas se consideran oficiales principales.

(a)CA Gobierno Code § 82047.6(a) "Oficial principal" significa la persona principalmente responsable de aprobar las actividades políticas de un comité, incluyendo, entre otras, las siguientes actividades:
(1)CA Gobierno Code § 82047.6(a)(1) Autorizar el contenido de las comunicaciones realizadas por el comité.
(2)CA Gobierno Code § 82047.6(a)(2) Autorizar gastos, incluidas las contribuciones, en nombre del comité.
(3)CA Gobierno Code § 82047.6(a)(3) Determinar la estrategia de campaña del comité.
(b)CA Gobierno Code § 82047.6(b) Si dos o más personas comparten la responsabilidad principal de aprobar las actividades políticas de un comité, cada persona es un oficial principal.

Section § 82047.7

Explanation

Esta sección define "proponente de una medida electoral estatal" con el mismo significado que "proponente" en otra parte de la ley, específicamente la Sección 9001 del Código Electoral. En esencia, te remite a consultar la definición proporcionada en esa otra sección para mayor claridad.

"Proponente de una medida electoral estatal" significa "proponente" según se define en la Sección 9001 del Código Electoral.

Section § 82048

Explanation

Esta ley define quién califica como 'funcionario público' dentro de las agencias gubernamentales estatales o locales en California. Este término incluye a los miembros, funcionarios, empleados y consultores de estas agencias, y también a los empleados designados y a los Miembros de la Junta de Fideicomisarios del Colegio de Abogados del Estado de California. Sin embargo, excluye específicamente a los jueces, comisionados judiciales, miembros del Consejo Judicial, ciertos miembros de la Comisión de Desempeño Judicial, y a los funcionarios o empleados federales que presten servicios en agencias estatales o locales en calidad oficial federal.

(a)Copy CA Gobierno Code § 82048(a)
(1)Copy CA Gobierno Code § 82048(a)(1) “Funcionario público” significa todo miembro, funcionario, empleado o consultor de una agencia gubernamental estatal o local.
(2)CA Gobierno Code § 82048(a)(2) No obstante lo dispuesto en el apartado (e) de la Sección 6001 del Código de Negocios y Profesiones, “funcionario público” incluye a un empleado designado de, y a un Miembro de la Junta de Fideicomisarios de, el Colegio de Abogados del Estado de California.
(b)CA Gobierno Code § 82048(b) No obstante lo dispuesto en el apartado (a), “funcionario público” no incluye lo siguiente:
(1)CA Gobierno Code § 82048(b)(1) Un juez o comisionado judicial en la rama judicial del gobierno.
(2)CA Gobierno Code § 82048(b)(2) Un miembro del Consejo Judicial.
(3)CA Gobierno Code § 82048(b)(3) Un miembro de la Comisión de Desempeño Judicial, siempre que dicho miembro esté sujeto a las disposiciones del Artículo 2.5 (que comienza con la Sección 6035) del Capítulo 4 de la División 3 del Código de Negocios y Profesiones, según lo dispuesto en la Sección 6038 de dicho artículo.
(4)CA Gobierno Code § 82048(b)(4) Un funcionario o empleado federal que preste servicios en calidad oficial federal en una agencia gubernamental estatal o local.

Section § 82048.3

Explanation

Un "correo de lista" es un tipo de envío masivo que apoya o se opone a al menos cuatro candidatos o medidas electorales diferentes.

“Correo de lista” significa un envío masivo que apoya o se opone a un total de cuatro o más candidatos o medidas electorales.

Section § 82048.4

Explanation

Una "organización de correo de lista" es un grupo o persona que participa en la creación de correos de lista, los cuales promueven u oponen a candidatos o medidas, y recibe al menos $500 anualmente por esta actividad.

Sin embargo, este término excluye a los candidatos, los comités políticos controlados por candidatos, los comités oficiales de partidos políticos, los comités de caucus legislativos o los comités formados principalmente para apoyar u oponerse a un candidato o medida específica.

La producción de correos de lista no se considera la realización de contribuciones o gastos políticos, lo que significa que estas organizaciones no están obligadas a presentar ciertos informes de campaña a menos que realicen actividades financieras políticas adicionales más allá de la distribución de correos de lista.

(a)CA Gobierno Code § 82048.4(a) “Organización de correo de lista” significa, salvo lo dispuesto en la subdivisión (b), cualquier persona que, directa o indirectamente, realice todo lo siguiente:
(1)CA Gobierno Code § 82048.4(a)(1) Esté involucrada en la producción de uno o más correos de lista y ejerza control sobre la selección de los candidatos y las medidas a apoyar u oponerse en los correos de lista.
(2)CA Gobierno Code § 82048.4(a)(2) Reciba o se le prometan pagos que sumen quinientos dólares ($500) o más en un año calendario por la producción de uno o más correos de lista.
(b)CA Gobierno Code § 82048.4(b) No obstante lo dispuesto en la subdivisión (a), una organización de correo de lista no incluirá ninguno de los siguientes:
(1)CA Gobierno Code § 82048.4(b)(1) Un candidato o titular de cargo o un comité controlado de un candidato o titular de cargo.
(2)CA Gobierno Code § 82048.4(b)(2) Un comité oficial de cualquier partido político.
(3)CA Gobierno Code § 82048.4(b)(3) Un comité de caucus legislativo.
(4)CA Gobierno Code § 82048.4(b)(4) Un comité formado principalmente para apoyar u oponerse a un candidato, titular de cargo o medida electoral.
(c)CA Gobierno Code § 82048.4(c) La producción y distribución de correos de lista por una organización de correo de lista no se considerará la realización de contribuciones o gastos a los efectos de la subdivisión (b) o (c) de la Sección 82013. Si una organización de correo de lista realiza contribuciones o gastos que no sean la producción o distribución de correos de lista, y reporta esas contribuciones y gastos de conformidad con las Secciones 84218 y 84219, no se le exigirán informes de campaña adicionales a la organización de correo de lista de conformidad con la Sección 84200 o 84200.5.

Section § 82048.5

Explanation

Un "distrito especial" es una agencia estatal local establecida para realizar funciones gubernamentales o comerciales específicas en un área definida. Esto incluye elementos como áreas de servicio del condado, distritos de mantenimiento y distritos de control de la contaminación del aire. No incluye ciudades, condados o distritos escolares.

“Distrito especial” significa cualquier agencia del estado establecida para el desempeño local de funciones gubernamentales o propietarias dentro de límites limitados. “Distrito especial” incluye un área de servicio del condado, un distrito o área de mantenimiento, un distrito o zona de mejora, un distrito de control de la contaminación del aire o una agencia de reurbanización. “Distrito especial” no incluirá una ciudad, un condado, una ciudad y condado, o un distrito escolar.

Section § 82048.7

Explanation

Esta ley define qué es un 'comité patrocinado' en el ámbito de las finanzas políticas. Un comité patrocinado es un grupo político que no está controlado por un candidato, pero que cuenta con uno o más patrocinadores. Un patrocinador es alguien que contribuye significativamente o administra el comité.

Si la mayoría de las contribuciones del comité provienen de una sola persona o si esta maneja sus finanzas y operaciones, esa persona se considera un patrocinador. Específicamente, si una persona financia el 80% o más de las contribuciones del comité, recauda donaciones mediante deducciones de nómina, gestiona las operaciones diarias del comité o establece sus políticas financieras, es un patrocinador.

Además, si el patrocinador es una organización multipropósito que utiliza sus fondos principales para contribuciones políticas, debe seguir regulaciones específicas detalladas en otra sección (Sección 84222).

(a)CA Gobierno Code § 82048.7(a) “Comité patrocinado” significa un comité, que no sea un comité controlado por un candidato, que tiene uno o más patrocinadores. Cualquier persona, excepto un candidato u otro individuo, puede patrocinar un comité.
(b)CA Gobierno Code § 82048.7(b) Una persona patrocina un comité si se aplica cualquiera de los siguientes:
(1)CA Gobierno Code § 82048.7(b)(1) El comité recibe el 80 por ciento o más de sus contribuciones de la persona o de sus miembros, funcionarios, empleados o accionistas.
(2)CA Gobierno Code § 82048.7(b)(2) La persona recauda contribuciones para el comité mediante deducciones de nómina o cuotas de sus miembros, funcionarios o empleados.
(3)CA Gobierno Code § 82048.7(b)(3) La persona, sola o en combinación con otras organizaciones, proporciona todos o casi todos los servicios administrativos para el comité.
(4)CA Gobierno Code § 82048.7(b)(4) La persona, sola o en combinación con otras organizaciones, establece las políticas para solicitar contribuciones o realizar gastos de los fondos del comité.
(c)CA Gobierno Code § 82048.7(c) Un patrocinador que sea una organización multipropósito, según se define en la subdivisión (a) de la Sección 84222, y que realice contribuciones o gastos de sus fondos generales de tesorería, deberá cumplir con la Sección 84222.

Section § 82048.8

Explanation

En este contexto, el término 'cónyuge' también abarca a las parejas de hecho registradas que son reconocidas por la ley estatal.

“Cónyuge” incluye a las parejas de hecho registradas reconocidas por la ley estatal.

Section § 82049

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Esta ley define lo que se entiende por el término 'agencia estatal' en California. Incluye todas las oficinas estatales, departamentos, divisiones, oficinas, juntas, comisiones, así como la Legislatura.

“Agencia estatal” significa toda oficina estatal, departamento, división, oficina, junta y comisión, y la Legislatura.

Section § 82050

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Esta ley define a un 'candidato estatal' como alguien que se postula para una nominación o elección para cualquier cargo a nivel estatal.

“Candidato estatal” significa un candidato que busca nominación o elección para cualquier cargo estatal electivo.

Section § 82051

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En esta sección, una "medida estatal" se define como cualquier propuesta o iniciativa que se planea presentar a los votantes para una decisión en todo el estado.

Section § 82052

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Esta ley define a un 'candidato a nivel estatal' como alguien que se postula para un cargo público a nivel estatal.

Section § 82053

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Esta ley define lo que se considera un 'cargo electivo estatal' en California. Incluye cargos como el de Gobernador, Vicegobernador y otros altos funcionarios estatales.

“Cargo electivo estatal” significa el cargo de Gobernador, Vicegobernador, Fiscal General, Comisionado de Seguros, Contralor, Secretario de Estado, Tesorero, Superintendente de Instrucción Pública y miembro de la Junta Estatal de Ecualización.

Section § 82054

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Una 'petición a nivel estatal' es una solicitud formal para incluir una ley o medida propuesta en la boleta electoral estatal para la aprobación de los votantes en una elección.

“Petición a nivel estatal” significa una petición para calificar una medida estatal propuesta.