Reforma PolíticaComisión de Prácticas Políticas Justas
Section § 83100
La Comisión de Prácticas Políticas Justas se establece dentro del gobierno estatal y consta de cinco miembros, incluido el presidente. Para mantener el equilibrio político, no más de tres miembros pueden pertenecer al mismo partido político.
Section § 83101
Esta ley establece que el Gobernador es responsable de nombrar al presidente y a otro miembro de una comisión. Sin embargo, estas dos personas designadas deben pertenecer a partidos políticos diferentes, lo que asegura la diversidad política.
Section § 83102
Esta sección explica cómo se nombran a los miembros de una determinada Comisión por parte del Fiscal General, el Secretario de Estado y el Contralor. Cada uno de estos funcionarios nombra a un miembro de la Comisión. Sin embargo, si los tres funcionarios pertenecen al mismo partido político, el presidente de otro partido político, con más de 500,000 miembros registrados, puede presentar una lista de posibles candidatos al Contralor. Esta lista debe contener al menos cinco candidatos cualificados y dispuestos. El Contralor debe entonces elegir a un miembro de una de estas listas si recibe alguna. Los plazos para presentar esta lista siguen directrices específicas relacionadas con el nombramiento inicial o cualquier nombramiento posterior.
Section § 83103
Esta sección explica la duración de los mandatos de los miembros y el presidente de la Comisión. Sus mandatos suelen ser de cuatro años, comenzando el 1 de febrero y terminando el 31 de enero, o hasta que sus sucesores estén listos. Sin embargo, los primeros designados tienen un mandato de seis años. Una vez que un miembro o presidente completa un mandato, no puede ser reelegido.
Section § 83104
Cuando un puesto en la Comisión queda vacante, debe cubrirse en un plazo de treinta días por el mismo funcionario que nombró a la persona anterior. Este proceso no sigue las reglas de la Sección 83102(b). El nuevo designado servirá por el resto del mandato original. Incluso si hay vacantes, los miembros restantes aún pueden tomar decisiones. La Comisión necesita al menos tres miembros presentes para tomar decisiones oficiales.
Section § 83105
Section § 83106
Section § 83107
Section § 83108
Section § 83109
Section § 83110
Section § 83111
Section § 83111.5
Esta ley asegura que ninguna acción tomada por la comisión pueda violar los derechos constitucionales básicos. Estos derechos incluyen la libertad de expresión, el derecho a la vida, la libertad o la propiedad sin un proceso legal justo (debido proceso), y el derecho a la igual protección bajo la ley.
Section § 83112
Section § 83113
Esta ley describe tareas específicas para la comisión relacionadas con los documentos de financiación de campañas en California. La comisión debe crear formularios para informes y otros documentos requeridos, proporcionar instrucciones de contabilidad y mantenimiento de registros, y ofrecer asistencia a agencias y funcionarios. También mantienen un archivo central de ordenanzas locales de financiación de campañas y publican anualmente un folleto que resume las leyes relevantes e información sobre su aplicación. El folleto se proporciona de forma gratuita a las agencias gubernamentales y puede venderse a otros por una tarifa.
Section § 83114
Section § 83115
Esta sección explica que si alguien presenta una denuncia jurada sobre posibles infracciones relacionadas con agencias, funcionarios, elecciones, cabilderos o acciones legislativas, la comisión debe investigar. Una vez recibida una denuncia, la comisión tiene 14 días para informar al denunciante sobre cualquier acción tomada o planeada, y explicar los motivos de esas acciones. Si no se llega a una decisión dentro de los 14 días, se debe informar al denunciante sobre la demora y posteriormente se le debe informar sobre el resultado.
Section § 83115.5
Antes de que la comisión pueda determinar que existe causa probable de que se ha infringido una ley, la persona acusada debe recibir una notificación con al menos 21 días de antelación. Esta notificación debe enviarse por correo certificado o mediante notificación personal, incluir un resumen de las pruebas e informar a la persona de su derecho a asistir a la audiencia y a tener un abogado. El proceso se considera completado una vez que se recibe el correo, o si el acuse de recibo se devuelve sin firmar. La audiencia será privada a menos que el acusado solicite una pública.
Section § 83116
Esta sección de la ley trata sobre el procedimiento que sigue la comisión cuando sospecha que se ha infringido una norma. Si hay causa probable, la comisión puede celebrar una audiencia para decidir si realmente ocurrió una violación, siguiendo procedimientos estatales específicos. Si se encuentra a alguien culpable, la comisión puede ordenarle que detenga la violación, presente los documentos requeridos o pague una multa de hasta $5,000 por cada violación. Si no se encuentra ninguna infracción, esto se anunciará públicamente.
Section § 83116.3
Si la comisión no está de acuerdo con una decisión tomada por un juez de derecho administrativo, debe explicar por escrito las razones de su desacuerdo.
Section § 83116.5
Si usted incumple las normas de esta ley, o si causa o ayuda a otra persona a incumplirlas, puede ser considerado responsable. Sin embargo, esto solo se aplica a las personas que tienen la obligación de presentar documentos o informar, o a quienes se les paga por planificar, organizar o dirigir actividades que esta ley supervisa. Incumplir esta norma no se considera una infracción adicional bajo otro capítulo específico de la ley.
Section § 83116.7
Esta ley permite a la Comisión ofrecer un programa educativo sobre reforma política como alternativa a un procedimiento administrativo para las personas que infrinjan ciertas normas políticas, siempre que cumplan criterios específicos. Para calificar, una persona debe tener poca experiencia con la ley que infringió, el daño causado debe ser mínimo, no debe haber recibido una sanción similar en los últimos cinco años y no debe haber pruebas de mala intención.
Si alguien completa el programa educativo, no enfrentará sanciones ni tendrá un registro de esta infracción. Sin embargo, no completar el programa puede resultar en una acción administrativa. La Comisión puede cobrar una tarifa por participar en el programa para cubrir sus costos, la cual se paga al Fondo General del estado. La ley enfatiza que la financiación para este programa no debe restar fondos a otras responsabilidades de la Comisión.
Section § 83117
Esta ley permite a la Comisión aceptar apoyo financiero, como subvenciones y contribuciones, y contratar servicios externos para tareas que sus empleados no pueden manejar. También pueden emplear su propia asesoría legal. Además, pueden solicitar asesoramiento legal y representación gratuitos al Fiscal General.
Section § 83117.5
Los miembros de la comisión no pueden aceptar regalos que valgan diez dólares o más cada mes. Aquí, «regalo» incluye cualquier cosa que entreguen directa o indirectamente funcionarios estatales, candidatos o cabilderos, entre otros.
Section § 83118
Esta ley otorga a la Comisión la facultad de exigir a las personas que comparezcan y testifiquen o presenten pruebas, incluyendo documentos y registros necesarios para su labor. La Comisión puede obligar a las personas a presentarse y declarar bajo juramento, garantizando así que pueda reunir toda la información indispensable para cumplir con sus responsabilidades.
Section § 83119
Esta ley establece que la Comisión puede obligar a una persona a testificar o a presentar pruebas, incluso si teme autoincriminarse. Si una persona invoca su derecho contra la autoincriminación y aun así es obligada a testificar, no puede ser procesada por lo que revele, a menos que mienta bajo juramento. Además, la Comisión no puede conceder inmunidad a un testigo a menos que haya informado al Fiscal General con 30 días de antelación, o que el Fiscal General renuncie a este aviso.
Section § 83120
Section § 83121
Section § 83122
Esta ley otorga $500,000 del Fondo General de California a la Comisión de Prácticas Políticas Justas para sus operaciones durante el año fiscal 1974-1975 y promete $1,000,000 (ajustados por cambios en el costo de vida) cada año subsiguiente. Estos fondos ayudan a apoyar el trabajo de la comisión bajo la Ley de Reforma Política de 1974. El dinero está sujeto a la misma revisión administrativa que otros fondos estatales. La legislatura puede proporcionar fondos adicionales si es necesario. El Departamento de Finanzas debe incluir partidas presupuestarias relevantes, mostrando las distribuciones para la comisión y otras agencias involucradas en la Ley, para apoyar su implementación continua. Además, la definición habitual de “gasto” no se aplica en este caso.
Section § 83123.5
Esta sección describe un proceso mediante el cual la Junta de Supervisores del Condado de San Bernardino y una comisión pueden acordar que la comisión supervise y haga cumplir las leyes locales de reforma del financiamiento de campañas. La comisión puede investigar infracciones y tomar medidas administrativas para hacer cumplir las normas. Las leyes locales deben cumplir con ciertos estándares, y la Junta debe consultar a la comisión antes de realizar cambios en estas leyes. También pueden celebrar acuerdos sobre el reembolso de los costos relacionados con la aplicación. Cualquiera de las partes puede decidir terminar estos acuerdos sin penalizaciones, excepto por los costos razonables relacionados con los servicios ya prestados.
Section § 83123.6
Esta ley permite a la Comisión de California gestionar las leyes locales de financiación de campañas o de ética gubernamental para una agencia local si ambas partes están de acuerdo. Una vez que se llega a un acuerdo, la Comisión puede encargarse de la aplicación de estas leyes, incluyendo la investigación de infracciones y el procesamiento de casos civiles, sin necesidad de permiso adicional de la agencia local.
Las leyes locales deben ajustarse a las regulaciones existentes, y cualquier cambio requiere consulta con la Comisión. Los acuerdos deben incluir arreglos de costos, sujetos a revisión y aprobación, y pueden cancelarse con un aviso de 90 días a menos que se acuerde lo contrario.
La Comisión publicará en su sitio web una lista de las agencias participantes y debe informar a la Legislatura sobre el desempeño de los acuerdos para 2025. La ley no se aplica a jurisdicciones grandes como el Condado de San Bernardino y expira en 2026, a menos que se prorrogue.
Section § 83124
Cada año impar, la comisión debe actualizar los límites de las contribuciones políticas y los gastos basándose en los cambios del Índice de Precios al Consumidor. Estos ajustes se redondean a los $100 más cercanos para las contribuciones y a los $1,000 para los límites de gastos.