ProcedimientoMapas de Parcelas
Section § 66463
Esta ley explica cómo los gobiernos locales en California pueden gestionar el procesamiento y la aprobación de los mapas parcelarios. Las reglas y procedimientos se determinan principalmente por ordenanzas locales, pero hay una referencia a secciones específicas para las dedicaciones en los mapas. Las agencias locales tienen la opción de permitir que funcionarios designados, como el ingeniero o agrimensor del condado, aprueben o rechacen estas dedicaciones. Si un órgano legislativo es responsable de la aprobación, se aplica el procedimiento para los mapas finales. También existen plazos estrictos para la aprobación de mapas parcelarios provisionales y no provisionales, según se especifica en otras secciones.
Section § 66463.1
Esta ley establece que si usted tiene un mapa provisional aprobado o aprobado condicionalmente, puede presentar múltiples mapas de parcelas para el mismo antes de que el mapa provisional expire. Puede hacerlo de dos maneras: informando por escrito a la agencia asesora o local, al momento de presentar el mapa provisional, que planea presentar múltiples mapas de parcelas, o llegando a un acuerdo con la agencia local después de presentar el mapa provisional para entregar múltiples mapas de parcelas.
No necesita especificar de antemano el número o la disposición de estos mapas de parcelas. Presentar un mapa de parcelas para una parte del mapa provisional no invalida el resto. La agencia local aún tiene la facultad de aplicar condiciones razonables cuando usted presenta múltiples mapas de parcelas.
Section § 66463.5
Esta ley establece las reglas sobre la caducidad y prórroga de los mapas provisionales necesarios para dividir terrenos en parcelas. Inicialmente, un mapa provisional caduca 24 meses después de su aprobación, pero las leyes locales pueden extender este plazo hasta 12 meses adicionales. Si caduca, todos los procedimientos se detienen a menos que se tramite un nuevo mapa. Los urbanizadores pueden solicitar una prórroga antes de que caduque, lo que puede prolongar la validez del mapa hasta un total de seis años, con una prórroga automática de 60 días mientras se revisa su solicitud. Si una agencia asesora deniega una prórroga, el propietario del terreno puede apelar ante un órgano legislativo en un plazo de 15 días.
Si surge una moratoria de desarrollo (por ejemplo, problemas de agua o alcantarillado) después de la aprobación, la caducidad normal se pausa durante la moratoria, sin exceder los cinco años. Una vez que termina la moratoria, el mapa es válido por el período restante o por al menos 120 días. El período de caducidad también se pausa durante los litigios si una agencia local aprueba una suspensión del plazo, que puede durar hasta cinco años.