Section § 65919

Explanation

Esta sección de la ley define términos clave utilizados en un capítulo que trata sobre la planificación de ciudades y condados. Una "ciudad afectada" es aquella donde se están considerando cambios de planificación en sus cercanías. Un "territorio afectado" es un terreno fuera de los límites de la ciudad que forma parte de acciones de planificación propuestas. Una "acción propuesta" significa cambiar planes o reglas de zonificación, pero no incluye cambios inmediatos realizados por ordenanzas específicas. Un "área de revisión de planificación" es el terreno cubierto por el plan general o específico de una ciudad o condado, limitado por la esfera de influencia de la ciudad, un radio de una milla fuera de los límites de la ciudad, o un área acordada por la ciudad y el condado.

Según se utiliza en este capítulo, los siguientes términos tienen los siguientes significados:
(a)CA Gobierno Code § 65919(a) “Ciudad afectada” significa una ciudad dentro de cuya área de revisión de planificación se encuentra un territorio afectado.
(b)CA Gobierno Code § 65919(b) “Territorio afectado" significa un área de terreno ubicada en la porción no incorporada de un condado que es objeto de una o más acciones propuestas.
(c)CA Gobierno Code § 65919(c) “Acción propuesta" significa una propuesta para adoptar o modificar la totalidad o parte de un plan general o específico o para adoptar o modificar una ordenanza de zonificación, pero no incluye las acciones tomadas por una ordenanza que entró en vigor inmediatamente de conformidad con la subdivisión (b) o (d) de la Sección 25123 o de conformidad con la Sección 65858.
(d)CA Gobierno Code § 65919(d) “Área de revisión de planificación" significa el territorio incluido en un plan general o en cualquier plan específico de una ciudad o condado. Un área de revisión de planificación, en el caso de una ciudad, no se extenderá más allá de cualquiera de los siguientes que incluya la mayor área y, en el caso de un condado, no se extenderá más allá del territorio descrito en el párrafo (2) o (3), el que incluya la mayor área:
(1)CA Gobierno Code § 65919(d)(1) El área incluida dentro de la esfera de influencia de la ciudad.
(2)CA Gobierno Code § 65919(d)(2) Un radio de una milla fuera del límite de la ciudad, cuya área no incluirá ningún territorio dentro de la esfera de influencia de otra ciudad.
(3)CA Gobierno Code § 65919(d)(3) Un área acordada y designada por un condado y una ciudad dentro del condado.

Section § 65919.1

Explanation

Esta sección de la ley permite que un condado y una ciudad en California establezcan su propio proceso para compartir y comentar sobre acciones propuestas. Si no llegan a su propio acuerdo, deben usar los procesos descritos en este capítulo.

Un condado y una ciudad pueden acordar un procedimiento para la remisión por parte del condado a la ciudad o por parte de la ciudad al condado de acciones propuestas y para comentar sobre esas propuestas. A falta de dicho acuerdo, se seguirán los procedimientos prescritos por este capítulo.

Section § 65919.2

Explanation

Si una ciudad desea obtener la opinión de un condado, o un condado desea obtener la opinión de una ciudad en relación con asuntos de planificación, deben proporcionar un mapa o un documento similar. Este documento debe mostrar el área específica dentro del condado o la ciudad en la que se están centrando para la revisión de planificación.

Una ciudad que desee referencias de un condado o un condado que desee referencias de una ciudad de conformidad con este capítulo deberá presentar ante el condado o la ciudad, según sea el caso, un mapa u otro documento apropiado que indique la porción del condado o la ciudad, según sea el caso, en su área de revisión de planificación.

Section § 65919.3

Explanation
Esta ley establece que, antes de tomar una decisión sobre una acción propuesta, un condado debe informar a cada ciudad que se verá afectada. De manera similar, antes de que un concejo municipal tome una decisión, debe informar al condado. Esto se realiza siguiendo procedimientos específicos descritos en otras secciones de la ley.

Section § 65919.4

Explanation

Esta sección de la ley exige que los condados y las ciudades se notifiquen mutuamente cuando estén planificando una audiencia pública sobre una acción propuesta. La notificación debe incluir todos los detalles que se encuentran en el aviso de audiencia pública y debe entregarse por correo de primera clase o en persona. Además, debe indicar la fecha más temprana en que la junta de supervisores o el concejo municipal pueden tomar decisiones sobre la propuesta.

(a)CA Gobierno Code § 65919.4(a) A más tardar en la fecha en que el condado notifique la audiencia pública sobre una acción propuesta ante la comisión de planificación del condado, el condado deberá notificar a una ciudad afectada sobre la naturaleza de la acción propuesta.
(b)CA Gobierno Code § 65919.4(b) A más tardar en la fecha en que la ciudad notifique la audiencia pública sobre una acción propuesta ante la comisión de planificación de la ciudad, la ciudad deberá notificar al condado sobre la naturaleza de la acción propuesta.
(c)CA Gobierno Code § 65919.4(c) La información en la notificación no será menor que la información contenida en el aviso de audiencia pública. La notificación requerida por esta sección y por la Sección 65919.8 se entregará por correo de primera clase o en persona. El aviso también deberá indicar la fecha más temprana en que la junta de supervisores o el concejo municipal, según sea el caso, puede actuar sobre la acción propuesta o la modificación a la acción propuesta.

Section § 65919.5

Explanation
Esta ley establece que cuando un condado o una ciudad desea llevar a cabo una acción específica, debe otorgar a una ciudad o condado relacionado 45 días (o un período más largo, si se acuerda) para revisar la acción y proporcionar comentarios o recomendaciones sobre si esta se ajusta a sus normas de zonificación y planes. Si los comentarios no se entregan a tiempo, el condado o la ciudad pueden proceder sin ellos. Si se presentan comentarios antes de que la comisión de planificación tome una decisión, la comisión debe considerarlos.

Section § 65919.6

Explanation

Antes de tomar una decisión sobre una acción propuesta, el condado debe revisar la retroalimentación y las sugerencias de las ciudades afectadas. De manera similar, las ciudades deben considerar la opinión del condado.

Antes de actuar sobre una acción propuesta, el condado deberá considerar los comentarios y recomendaciones recibidos de cada ciudad afectada y la ciudad deberá considerar los comentarios y recomendaciones recibidos del condado.

Section § 65919.7

Explanation

Cuando una junta de supervisores o un concejo municipal cambia un plan propuesto y lo envía de vuelta a la comisión de planificación para una revisión adicional, también deben informar a cualquier ciudad o condado que se verá afectado por estos cambios. Esto se hace para asegurar que cada autoridad local relevante esté al tanto de las modificaciones, según se describe en las secciones relacionadas.

Si la junta de supervisores o el concejo municipal modifica y remite una acción propuesta de vuelta a la comisión de planificación conforme a la Sección 65356 o 65857, la junta de supervisores o el concejo municipal, según sea el caso, deberá al mismo tiempo remitir la modificación a la acción propuesta a cada ciudad o condado afectado de conformidad con las Secciones 65919.8 y 65919.9.

Section § 65919.8

Explanation

Esta sección de la ley explica cómo se manejan las modificaciones a una acción propuesta en cuanto a las remisiones a ciudades o condados. Cuando se remite una modificación propuesta, las ciudades o condados tienen 25 días, o más si se permite, para revisarla y proporcionar comentarios sobre su alineación con los planes locales y las leyes de zonificación. Si no responden a tiempo, la junta o el concejo pueden proceder sin su opinión.

Si se reciben respuestas antes de la decisión de una comisión de planificación, la comisión debe considerarlas. Si la comisión de planificación no toma una decisión, la modificación podría seguir adelante sin considerar los comentarios, según lo permitido por otras disposiciones legales.

La remisión deberá describir razonablemente la modificación a la acción propuesta. Cualquier ciudad o condado al que se remita la modificación tendrá 25 días a partir de la fecha de la remisión, o un plazo mayor que el condado o ciudad remitente especifique o permita a solicitud de la ciudad o condado afectado, para revisar, comentar y hacer recomendaciones sobre la coherencia de la acción propuesta con los planes generales y específicos y las ordenanzas de zonificación aplicables de la ciudad o condado afectado. Si la ciudad o condado afectado no proporciona los comentarios y recomendaciones al condado o ciudad remitente dentro del período de 25 días, o el plazo mayor que el condado o ciudad remitente haya especificado o permitido a solicitud de la ciudad o condado afectado, la junta de supervisores o el concejo municipal podrán actuar sin considerar dichos comentarios.
Si la ciudad o condado afectado proporciona los comentarios y recomendaciones antes del momento en que la comisión de planificación actúe sobre la acción propuesta, la comisión de planificación también deberá considerar los comentarios y recomendaciones.
Si la comisión de planificación no actúa, la modificación podrá entrar en vigor de conformidad con la Sección 65356 o 65857, sin consideración de los comentarios y recomendaciones.

Section § 65919.9

Explanation

Antes de realizar cambios, la junta de supervisores debe revisar la opinión de cada ciudad involucrada, y el concejo municipal debería considerar la opinión del condado.

Antes de actuar sobre la modificación, la junta de supervisores deberá considerar los comentarios y recomendaciones recibidos de cada ciudad afectada y el concejo municipal deberá considerar los comentarios y recomendaciones del condado.

Section § 65919.10

Explanation
Si un condado o una ciudad quiere cambiar una norma de zonificación, no tienen que consultar con las ciudades o condados vecinos, siempre y cuando el cambio coincida con el plan general a largo plazo que ya fue compartido y aprobado.

Section § 65919.11

Explanation

Esta ley establece que si no se siguen los pasos o trámites descritos en este capítulo, esto no invalida ninguna acción que se haya propuesto. En otras palabras, no seguir las reglas al pie de la letra no impedirá que algo avance legalmente.

El incumplimiento de los requisitos de procedimiento de este capítulo no afectará la validez de ninguna acción propuesta.