ProcedimientoDesfusión de Parcelas
Section § 66451.30
Esta ley establece que los terrenos que no tenían un aviso de fusión registrado antes del 1 de enero de 1984, no se considerarán fusionados siempre y cuando cumplan ciertas condiciones. Primero, el terreno debe tener al menos 5,000 pies cuadrados, cumplir con las leyes vigentes cuando se creó y satisfacer los requisitos actuales de alcantarillado, agua y pendiente. También debe tener un acceso legal adecuado y no debe representar ningún riesgo para la salud o la seguridad. Además, el terreno debe ser compatible con los planes generales pertinentes, sin importar los estándares mínimos de tamaño de lote o densidad.
Asimismo, la ley especifica condiciones bajo las cuales los terrenos aún podrían considerarse fusionados, como ser parte de un espacio abierto restringido o terreno forestal a partir del 1 de julio de 1981. Los terrenos cercanos a sitios de extracción comercial de recursos minerales, ya sean activos o futuros, o aquellos designados como demasiado pequeños para uso residencial dentro de la zona costera, también podrían afectar el estado de fusión.
Las ciudades o condados pueden establecer estándares específicos para estos terrenos. La ley aclara qué incluye la extracción de recursos minerales, como la extracción de petróleo, gas y actividades mineras.
Section § 66451.31
Section § 66451.32
Esta sección de la ley describe los pasos que una agencia local debe seguir al determinar el estado de las parcelas de terreno, ya sea fusionadas o sin fusionar. Si las parcelas cumplen con ciertos estándares, la agencia notificará al propietario y las registrará oficialmente como sin fusionar. Por el contrario, si las parcelas se han fusionado y no cumplen con los criterios, la agencia emitirá un aviso de fusión al propietario y lo hará oficial registrándolo.
Section § 66451.33
Esta ley permite a las ciudades o condados cobrar una tarifa a los propietarios de propiedades. Esta tarifa cubre ciertos costos relacionados con la evaluación de si su parcela de terreno cumple con criterios específicos. Sin embargo, la tarifa no puede ser superior a lo permitido por otro conjunto de regulaciones que comienzan en la Sección 54990.
Section § 66451.301
Section § 66451.302
Esta sección exige que las ciudades y los condados, a más tardar el 1 de enero de 1987, notifiquen a los propietarios si sus terrenos podrían verse afectados por una ley destinada a 'desfusionar' ciertas parcelas. Esto se aplica si sus parcelas se fusionaron antes de 1984 pero no se registraron antes de 1988. Las parcelas afectadas son aquellas que se encuentran en áreas protegidas, cerca de sitios de extracción comercial de minerales, o son demasiado pequeñas para el desarrollo, especialmente en zonas costeras.
En general, el terreno se 'desfusionará' —lo que significa que pueden tratarse como lotes separados— a menos que cumplan condiciones específicas: ser contiguos, haberse combinado sin un mapa formal y que al menos una parcela no tenga una construcción sustancial.