Section § 8720

Explanation
Esta sección de la ley se conoce como la "Ley de Disculpa por el Programa de Repatriación Mexicana de la década de 1930". Reconoce y aborda acciones pasadas que implicaron el retorno forzado de mexicoamericanos a México durante esa época.

Section § 8721

Explanation

Esta sección destaca un capítulo oscuro en la historia de California cuando, a partir de 1929, tanto entidades gubernamentales como privadas forzaron injustamente a personas de ascendencia mexicana, incluyendo a los nacidos en EE. UU. y residentes legales, a salir del país. Aproximadamente 400,000 personas solo en California se vieron afectadas, con alrededor de 1.2 millones de individuos nacidos en Estados Unidos impactados a nivel nacional. Estos esfuerzos incluyeron redadas a gran escala y amenazas de violencia, coaccionando a muchos a irse. A menudo etiquetados como 'extranjeros ilegales', estos individuos afectados sufrieron la pérdida de propiedades y la separación de sus familias y derechos. Fueron privados de sus derechos políticos y constitucionales, soportando una denegación del debido proceso y la protección igualitaria.

La Legislatura encuentra y declara todo lo siguiente:
(a)CA Gobierno Code § 8721(a) A partir de 1929, las autoridades gubernamentales y ciertas entidades del sector privado en California y en todo Estados Unidos emprendieron un programa agresivo para expulsar por la fuerza a personas de ascendencia mexicana de Estados Unidos.
(b)CA Gobierno Code § 8721(b) Solo en California, aproximadamente 400,000 ciudadanos estadounidenses y residentes legales de ascendencia mexicana fueron obligados a ir a México.
(c)CA Gobierno Code § 8721(c) En total, se estima que dos millones de personas de ascendencia mexicana fueron reubicadas por la fuerza en México, aproximadamente 1.2 millones de las cuales habían nacido en Estados Unidos, incluido el Estado de California.
(d)CA Gobierno Code § 8721(d) En todo California, se llevaron a cabo redadas masivas en comunidades mexicoamericanas, lo que resultó en la expulsión clandestina de miles de personas, muchas de las cuales nunca pudieron regresar a Estados Unidos, su país de nacimiento.
(e)CA Gobierno Code § 8721(e) Estas redadas también tuvieron el efecto de coaccionar a miles de personas para que abandonaran el país ante amenazas y actos de violencia.
(f)CA Gobierno Code § 8721(f) Estas redadas tuvieron como objetivo a personas de ascendencia mexicana, y las autoridades y otros caracterizaron indiscriminadamente a estas personas como “extranjeros ilegales” incluso cuando eran ciudadanos de Estados Unidos o residentes legales permanentes.
(g)CA Gobierno Code § 8721(g) Las autoridades en California y otros estados instituyeron programas para expulsar injustamente a personas de ascendencia mexicana y asegurar arreglos de transporte con ferrocarriles, automóviles, barcos y aerolíneas para llevar a cabo la expulsión masiva de personas de Estados Unidos a México.
(h)CA Gobierno Code § 8721(h) Como resultado de estas actividades ilegales, las familias fueron obligadas a abandonar, o fueron defraudadas de, propiedades personales y bienes inmuebles, que a menudo eran vendidos por las autoridades locales como “pago” por los gastos de transporte incurridos en su expulsión de Estados Unidos a México.
(i)CA Gobierno Code § 8721(i) Como resultado adicional de estas actividades ilegales, ciudadanos estadounidenses y residentes legales fueron separados de sus familias y país y fueron privados de su sustento y de sus derechos constitucionales de Estados Unidos.
(j)CA Gobierno Code § 8721(j) Como resultado adicional de estas actividades ilegales, los ciudadanos estadounidenses fueron privados del derecho a participar en el proceso político garantizado a todos los ciudadanos, lo que resultó en la trágica denegación del debido proceso y la igual protección de las leyes.

Section § 8722

Explanation

Esta sección es una disculpa oficial del Estado de California. Reconoce que durante la década de 1930, el estado violó los derechos civiles y constitucionales de ciertas personas, como se menciona en una parte anterior, al deportarlas ilegalmente o forzarlas a abandonar el país. California lamenta el dolor y las dificultades que estas personas y sus familias enfrentaron debido a las acciones del gobierno durante el Programa de Repatriación.

El Estado de California se disculpa con aquellas personas descritas en la Sección 8721 por las violaciones fundamentales de sus libertades civiles básicas y derechos constitucionales cometidas durante el período de deportación ilegal y emigración forzada. El Estado de California lamenta el sufrimiento y las dificultades que esas personas y sus familias padecieron como resultado directo del Programa de Repatriación patrocinado por el gobierno de la década de 1930.

Section § 8723

Explanation

Esta ley exige que el Departamento de Parques y Recreación instale y mantenga una placa en Los Ángeles para conmemorar a ciertas personas mencionadas en la Sección 8721. Si no hay propiedad estatal adecuada, el departamento debe colaborar con las autoridades locales de Los Ángeles para encontrar un lugar propiedad de la Ciudad o el Condado para la placa.

Una placa que conmemore a las personas descritas en la Sección 8721 será instalada y mantenida por el Departamento de Parques y Recreación en un lugar público apropiado en Los Ángeles. Si la placa no se encuentra en propiedad estatal, el departamento consultará con la jurisdicción local apropiada para determinar un sitio propiedad de la Ciudad o el Condado de Los Ángeles para la ubicación de la placa.