Section § 12850

Explanation

Esta ley establece que el titular, o secretario, de cada agencia gubernamental está a cargo de supervisar las actividades de la agencia y rinde cuentas al Gobernador por el desempeño y las operaciones de la agencia.

El secretario de cada agencia tiene el poder de supervisión general sobre, y es directamente responsable ante el Gobernador por, las operaciones de cada departamento, oficina y unidad dentro de la agencia.

Section § 12850.2

Explanation

El director de cada agencia ayuda al Gobernador proporcionando asesoramiento y asistiendo con las políticas y programas principales para cada parte de la agencia. También actúan como el canal principal para comunicar los problemas y decisiones de política entre el Gobernador y los departamentos y oficinas de la agencia.

El secretario de cada agencia asesorará al Gobernador sobre, y le asistirá en el establecimiento de, asuntos importantes de política y programas que afecten a cada departamento, oficina u otra unidad dentro de la agencia, y servirá como el principal enlace de comunicación para la transmisión efectiva de problemas y decisiones de política entre el Gobernador y cada uno de dichos departamentos, oficinas u otras unidades.

Section § 12850.4

Explanation

Esta ley otorga a cada secretario de agencia la facultad de actuar en nombre del Gobernador. El secretario puede tomar decisiones dentro de su agencia, resolver conflictos entre las distintas partes de la agencia y asegurar que las actividades de su agencia estén coordinadas con las de otras agencias gubernamentales a nivel federal, estatal o local.

El secretario de cada agencia ejercerá la autoridad conferida al Gobernador con respecto a las funciones de cada departamento, oficina u otra unidad dentro de la agencia, incluyendo la resolución de conflictos entre o entre los departamentos, oficinas u otras unidades; y representará al Gobernador en la coordinación de las actividades de cada uno de dichos departamentos, oficinas u otras unidades con las de otras agencias, federales, estatales o locales.

Section § 12850.6

Explanation

La tarea principal del secretario de una agencia es asegurar una buena gestión financiera en todos los departamentos y oficinas. Deben revisar y aprobar el presupuesto de cada departamento y hacer que los jefes de departamento rindan cuentas por su desempeño. También son responsables de revisar y evaluar regularmente cómo funciona cada departamento, con el objetivo de mejorar su estructura, políticas y sistemas de información.

El secretario de cada agencia será generalmente responsable de la buena gestión fiscal de cada departamento, oficina u otra unidad dentro de su agencia. Revisará y aprobará el presupuesto propuesto de cada uno de dichos departamentos, oficinas u otras unidades. Hará responsable al titular de cada uno de dichos departamentos, oficinas u otras unidades del control de gestión sobre el desempeño administrativo, fiscal y programático de su departamento, oficina u otra unidad. Revisará las operaciones y evaluará el desempeño a intervalos apropiados de cada uno de dichos departamentos, oficinas u otras unidades. Buscará continuamente mejorar la estructura organizativa, las políticas operativas y los sistemas de información de gestión de cada uno de dichos departamentos, oficinas u otras unidades.

Section § 12850.7

Explanation

Esta ley exige que el Secretario de la Agencia de Salud y Bienestar examine qué tan bien la agencia distribuye beneficios, seguros y otros apoyos financieros. La revisión analiza la eficacia de estos sistemas de pago, su consistencia y compatibilidad, y verifica si existe una rendición de cuentas financiera adecuada.

El Secretario de la Agencia de Salud y Bienestar revisará y evaluará los sistemas dentro de la agencia para el pago y cálculo de beneficios, seguros y fondos de subvención. El secretario determinará la idoneidad y eficacia de los sistemas de pago, si los sistemas de pago son consistentes y compatibles, y si existe una rendición de cuentas fiscal adecuada.

Section § 12851

Explanation

Cada secretario de una agencia gubernamental en California es responsable de crear e informar al Gobernador sobre planes y políticas. Estos planes deben cubrir los asuntos de interés público de la agencia de manera organizada y a largo plazo. El secretario puede celebrar audiencias públicas, trabajar con otras agencias estatales, contratar personal y consultores, y establecer comités asesores y técnicos para ayudar con esta tarea.

Cada secretario desarrollará e informará al Gobernador sobre programas legislativos, presupuestarios y administrativos para lograr una planificación y formulación de políticas integral, a largo plazo y coordinada en los asuntos de interés público relacionados con su agencia. Para lograr este fin, el secretario podrá celebrar audiencias públicas, consultar y utilizar los servicios y la cooperación de otras agencias estatales, emplear personal y consultores, y nombrar comités asesores y técnicos para ayudar en el trabajo.

Section § 12852

Explanation

Esta ley exige que el secretario de cada agencia gubernamental examine cómo está organizada su agencia. Luego, debe informar al Gobernador sobre cualquier cambio que considere que debe hacerse para mejorar cómo opera la agencia y organiza su trabajo.

Para fines administrativos, el secretario de cada agencia revisará la organización de la agencia e informará al Gobernador sobre los cambios que considere necesarios para segregar y llevar a cabo adecuadamente el trabajo de la agencia.

Section § 12853

Explanation

Esta ley establece que el secretario de cada agencia, junto con cualquier otro funcionario o empleado a quien el secretario designe por escrito, tiene la misma autoridad que el jefe de un departamento. Esta autoridad se rige por una parte específica de un código gubernamental.

El secretario de cada agencia y cualquier otro funcionario o empleado dentro de la agencia designado por escrito por el secretario tendrán la facultad de un jefe de departamento conforme al Artículo 2 (que comienza con la Sección 11180) del Capítulo 2 de la Parte 1.

Section § 12854

Explanation
Si el secretario de una agencia tiene una facultad, puede permitir que otro funcionario o empleado dentro de la misma agencia ejerza esa facultad, pero solo si designa a esta persona por escrito.

Section § 12855

Explanation

Esta ley define 'agencia' para incluir varias agencias estatales específicas de California, como las relacionadas con negocios, protección ambiental, salud, recursos naturales, trabajo, operaciones gubernamentales, transporte y correcciones. También aclara que 'secretario' se refiere al secretario de cualquiera de estas agencias.

Para los fines de este capítulo, "agencia" significa la Agencia de Servicios Empresariales, al Consumidor y de Vivienda, la Agencia de Protección Ambiental de California, la Agencia de Salud y Servicios Humanos de California, la Agencia de Recursos Naturales, la Agencia de Desarrollo Laboral y de la Fuerza Laboral, la Agencia de Operaciones Gubernamentales, la Agencia de Transporte, o la Agencia de Correcciones y Rehabilitación, y "secretario" significa el secretario de cualquiera de dichas agencias.

Section § 12856

Explanation

Esta sección de la ley permite al Gobernador de California nombrar hasta tres subsecretarios para el Secretario de Servicios Empresariales, al Consumidor y de Vivienda, basándose en la recomendación del secretario. Además, el Secretario puede nombrar un asistente que no está sujeto a las reglas del servicio civil. El Secretario decide las funciones y el salario del asistente, pero el salario necesita la aprobación del Director de Finanzas. El asistente permanece en el cargo mientras el Secretario lo desee.

(a)CA Gobierno Code § 12856(a) El Gobernador, previa recomendación del Secretario de Servicios Empresariales, al Consumidor y de Vivienda, podrá nombrar hasta tres subsecretarios para el secretario.
(b)CA Gobierno Code § 12856(b) Además de cualquier otra disposición legal, el Secretario de Servicios Empresariales, al Consumidor y de Vivienda podrá nombrar un asistente, quien estará exento de las leyes de la función pública. El secretario determinará las funciones del asistente nombrado y fijará el salario de dicho asistente, sujeto a la aprobación del Director de Finanzas. El asistente nombrado servirá a voluntad del secretario.