AgenciasFacultades
Section § 12850
Esta ley establece que el titular, o secretario, de cada agencia gubernamental está a cargo de supervisar las actividades de la agencia y rinde cuentas al Gobernador por el desempeño y las operaciones de la agencia.
Section § 12850.2
El director de cada agencia ayuda al Gobernador proporcionando asesoramiento y asistiendo con las políticas y programas principales para cada parte de la agencia. También actúan como el canal principal para comunicar los problemas y decisiones de política entre el Gobernador y los departamentos y oficinas de la agencia.
Section § 12850.4
Esta ley otorga a cada secretario de agencia la facultad de actuar en nombre del Gobernador. El secretario puede tomar decisiones dentro de su agencia, resolver conflictos entre las distintas partes de la agencia y asegurar que las actividades de su agencia estén coordinadas con las de otras agencias gubernamentales a nivel federal, estatal o local.
Section § 12850.6
La tarea principal del secretario de una agencia es asegurar una buena gestión financiera en todos los departamentos y oficinas. Deben revisar y aprobar el presupuesto de cada departamento y hacer que los jefes de departamento rindan cuentas por su desempeño. También son responsables de revisar y evaluar regularmente cómo funciona cada departamento, con el objetivo de mejorar su estructura, políticas y sistemas de información.
Section § 12850.7
Esta ley exige que el Secretario de la Agencia de Salud y Bienestar examine qué tan bien la agencia distribuye beneficios, seguros y otros apoyos financieros. La revisión analiza la eficacia de estos sistemas de pago, su consistencia y compatibilidad, y verifica si existe una rendición de cuentas financiera adecuada.
Section § 12851
Cada secretario de una agencia gubernamental en California es responsable de crear e informar al Gobernador sobre planes y políticas. Estos planes deben cubrir los asuntos de interés público de la agencia de manera organizada y a largo plazo. El secretario puede celebrar audiencias públicas, trabajar con otras agencias estatales, contratar personal y consultores, y establecer comités asesores y técnicos para ayudar con esta tarea.
Section § 12852
Esta ley exige que el secretario de cada agencia gubernamental examine cómo está organizada su agencia. Luego, debe informar al Gobernador sobre cualquier cambio que considere que debe hacerse para mejorar cómo opera la agencia y organiza su trabajo.
Section § 12853
Esta ley establece que el secretario de cada agencia, junto con cualquier otro funcionario o empleado a quien el secretario designe por escrito, tiene la misma autoridad que el jefe de un departamento. Esta autoridad se rige por una parte específica de un código gubernamental.
Section § 12854
Section § 12855
Esta ley define 'agencia' para incluir varias agencias estatales específicas de California, como las relacionadas con negocios, protección ambiental, salud, recursos naturales, trabajo, operaciones gubernamentales, transporte y correcciones. También aclara que 'secretario' se refiere al secretario de cualquiera de estas agencias.
Section § 12856
Esta sección de la ley permite al Gobernador de California nombrar hasta tres subsecretarios para el Secretario de Servicios Empresariales, al Consumidor y de Vivienda, basándose en la recomendación del secretario. Además, el Secretario puede nombrar un asistente que no está sujeto a las reglas del servicio civil. El Secretario decide las funciones y el salario del asistente, pero el salario necesita la aprobación del Director de Finanzas. El asistente permanece en el cargo mientras el Secretario lo desee.