FondosFondos del Sheriff
Section § 29430
Section § 29434
Section § 29435
Este estatuto permite al alguacil usar fondos asignados para propósitos específicos. Estos incluyen cubrir costos relacionados con casos penales en el condado, mantener la paz y suprimir el delito. Esencialmente, le permite al alguacil manejar los gastos que surgen del desempeño de estas funciones.
Section § 29436
Section § 29437
Section § 29438
Section § 29439
Section § 29440
Section § 29441
Esta ley permite a la junta de supervisores de un condado crear un fondo especial para que el sheriff cubra los costos de transportar personas a instituciones estatales. El fondo debe ser lo suficientemente grande para cubrir siempre estos costos y puede superar los $1,000 si es necesario. Este fondo es específicamente para transportar a individuos cuyos costos de transporte son pagados por el estado. El fondo se repondrá mediante reembolsos estatales y sigue las reglas establecidas en el Artículo 2.