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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 29600

Explanation
Esta ley establece que cualquier gasto o cargo que el condado deba pagar conforme a este título se considera un cargo del propio condado.
Los cargos incurridos contra el condado conforme a este título son cargos del condado.

Section § 29601

Explanation

Esta sección explica que ciertos gastos incurridos por el fiscal del distrito y el sheriff son cubiertos por el condado. Cubre sus gastos de viaje y personales relacionados con casos penales y civiles de interés para el condado.

También se incluyen los gastos para la detección de delitos, aunque las infracciones de tráfico menores están excluidas según la sección 23152 del Código de Vehículos. Además, cubre los costos de enjuiciar casos y cualquier acción legal que involucre a empleados del condado que actúen de buena fe durante el desempeño de sus funciones.

Los siguientes gastos del fiscal del distrito y del sheriff son cargos del condado:
(a)CA Gobierno Code § 29601(a) Gastos de viaje y otros gastos personales incurridos en casos penales surgidos en el condado y en acciones y procedimientos civiles en los que el condado tenga interés.
(b)CA Gobierno Code § 29601(b) Todos los demás gastos necesariamente incurridos por cualquiera de ellos:
(1)CA Gobierno Code § 29601(b)(1) En la detección de delitos. Excepto en lo que respecta a las infracciones de la Sección 23152 del Código de Vehículos, esta sección no se aplica a la detección de aquellos delitos declarados como delitos menores por el Código de Vehículos.
(2)CA Gobierno Code § 29601(b)(2) En el enjuiciamiento de casos penales, y en acciones y procedimientos civiles y todos los demás asuntos en los que el condado tenga interés, o en los que cualquier funcionario o empleado, o exfuncionario o exempleado, del condado sea demandado en una acción por daños y perjuicios interpuesta por cualquier acto realizado por él o ella de buena fe en el cumplimiento de su deber mientras estaba al servicio del condado y en los que el fiscal del distrito esté autorizado a representarlo o representarla.

Section § 29601.5

Explanation
Si un condado tiene que gastar dinero para traer de vuelta a un fugitivo o prisionero evadido para un juicio o para ser detenido en una instalación de otro condado, el costo debe ser cubierto por el condado donde se llevará a cabo el juicio o la detención.
Los gastos incurridos por un condado al regresar a un fugitivo o prisionero evadido a otro condado para juicio o detención en una instalación del condado serán pagados por el condado de juicio o detención al condado que incurrió en los gastos de regresar al fugitivo.

Section § 29602

Explanation

Esta ley establece que el condado es responsable de pagar los costos necesarios para mantener a las personas acusadas o condenadas por un delito en la cárcel del condado. Esto incluye programas de rehabilitación como capacitación, empleo, recreación y actividades previas a la liberación. También cubre otros servicios relacionados con procedimientos penales que no están compensados en otro lugar. Sin embargo, si un preso tiene seguro médico privado, el condado puede recibir un reembolso por cualquier servicio médico prestado.

Los gastos necesariamente incurridos en el sustento de personas acusadas o condenadas por un delito y recluidas en la cárcel del condado, y el mantenimiento en ella y en otras instalaciones de detención de adultos del condado de un programa de servicios de rehabilitación en los campos de capacitación, empleo, recreación y actividades previas a la liberación, y por otros servicios relacionados con procedimientos penales para los cuales la ley no prescribe una compensación específica, son cargos del condado. Sin embargo, nada en esta sección impedirá o prohibirá que el condado reciba un reembolso de un proveedor de cobertura de seguro médico por la prestación de servicios médicos a un preso o detenido recibido o retenido en la cárcel del condado u otras instalaciones de detención, en aquellos casos en que el preso o detenido tenga cobertura de seguro médico privado.

Section § 29603

Explanation
Esta ley establece que el condado es responsable de pagar las tarifas requeridas para los grandes jurados y los testigos en casos penales que se llevan a cabo en un tribunal superior. Sin embargo, esto no incluye las tarifas para los peritos, las cuales están cubiertas por una ley diferente.
Las sumas exigidas por ley que deben pagarse a los grandes jurados y a los testigos en casos penales juzgados en un tribunal superior, que no sean los peritos designados por el tribunal para las necesidades del tribunal conforme al Artículo 730 del Código de Pruebas, son gastos del condado.

Section § 29604

Explanation
Los gastos del forense por ciertos servicios, cuando no se especifica otra financiación, deben ser pagados por el condado.
Las cuentas del forense por aquellos servicios para los que no se ha provisto de otra manera son cargos del condado.

Section § 29606

Explanation

Esta sección de la ley establece que el condado es responsable de pagar los gastos necesarios para mantener los hospitales del condado, los asilos (que son residencias para personas pobres) y para cuidar a los enfermos indigentes y a las personas pobres que dependen del condado para su sustento.

Los gastos necesarios incurridos en el sostenimiento de los hospitales del condado, los asilos y los enfermos indigentes y los pobres de otra manera dependientes, cuyo sostenimiento es imputable al condado, son cargos del condado.

Section § 29607

Explanation
Esta ley establece que si la junta de supervisores del condado lo aprueba, cualquier costo que el condado deba pagar por pacientes indigentes (pobres) que necesiten atención temporal, de emergencia o a largo plazo en hospitales locales o cualquier instalación financiada por impuestos o exenta de impuestos, se consideran gastos del condado. Esto incluye la atención proporcionada por instalaciones administradas por el Estado o universidades públicas.
Cuando lo autorice la junta de supervisores, los gastos incurridos por las autoridades del condado conforme a la Sección (1451.5) del Código de Salud y Seguridad o para la atención o el tratamiento temporal, de emergencia o prolongado de pacientes indigentes del condado por hospitales locales o cualquier hospital mantenido y operado por cualquier condado, el Estado, cualquier colegio estatal, universidad u otra institución financiada total o parcialmente por impuestos o exenta total o parcialmente de impuestos, son cargos del condado.

Section § 29608

Explanation

Los gastos que son necesarios para el funcionamiento y beneficio de un condado se consideran responsabilidades del condado.

Los gastos contingentes incurridos necesariamente para el uso y beneficio del condado son cargos del condado.

Section § 29609

Explanation
Esta ley establece que los costos de las fianzas de seguro que se exige a los funcionarios del condado tener son pagados por el condado.
Las primas de las fianzas oficiales de los funcionarios del condado son gastos del condado.

Section § 29610

Explanation
Si un funcionario electo del condado en California asiste a la convención anual de su asociación, sus gastos de viaje son cubiertos automáticamente por el condado sin necesidad de aprobación de la junta de supervisores. Para cualquier otro funcionario o empleado del condado, la junta de supervisores puede requerir que estos gastos de viaje sean aprobados antes de que sean cubiertos por el condado.
Los gastos de cualquier funcionario electo del condado incurridos al viajar a y desde y al asistir a la convención anual de su respectiva asociación, son cargos del condado que no requieren aprobación previa de la junta de supervisores. La junta de supervisores puede requerir aprobación previa por parte de la junta de supervisores para que cualquier otro funcionario o empleado incurra en esos gastos como cargos del condado.

Section § 29611

Explanation
Esta ley establece que si el auditor y el tesorero del condado tienen que gastar dinero en acciones legales para impugnar o defender la validez o constitucionalidad de leyes u órdenes relacionadas con los fondos del condado, estos costos se cargan al condado.
Los gastos necesarios, incurridos por el auditor y el tesorero en la defensa y el enjuiciamiento de cualquier acción interpuesta por o contra ellos para impugnar la validez o constitucionalidad de cualquier ley de la Legislatura o de la junta de supervisores o de cualquier orden que disponga el pago de fondos depositados en la tesorería del condado, son cargos del condado.

Section § 29612

Explanation
Si alguien se pierde o está en peligro y se necesitan esfuerzos de rescate, los costos de estas actividades son responsabilidad del condado.
Los gastos necesariamente incurridos en la búsqueda y rescate de personas que están perdidas o en peligro de sus vidas son cargos del condado.

Section § 29613

Explanation
Si ocurre un desastre como una inundación, incendio, terremoto u otro evento natural, y se necesitan preparar planes para manejar la emergencia, cualquier gasto involucrado es responsabilidad financiera del condado.
Los gastos necesariamente incurridos en la preparación de planes para hacer frente a cualquier emergencia causada por una inundación, incendio, terremoto, peste, tornado u otro acto de Dios que pueda causar una pérdida extraordinaria de vidas o la destrucción de propiedades son cargos del condado.

Section § 29617

Explanation
Cualquier dinero que la ley exija recaudar para actividades del condado, supervisado por la junta de supervisores, se considera un gasto del condado.
Toda suma que la ley ordene recaudar para cualquier fin del condado bajo la dirección de la junta de supervisores o que se declare como tal es un cargo del condado.

Section § 29618

Explanation
Esta ley establece que si una junta de propietarios libres incurre en costos esenciales al crear una carta constitutiva del condado, y la junta de supervisores del condado aprueba estos gastos, entonces estos costos se consideran gastos del condado.
Los gastos reales y necesarios incurridos en la redacción de una carta constitutiva del condado por una junta de propietarios libres, cuando dichos gastos son autorizados por la junta de supervisores, son cargos del condado.