Condados en GeneralGeneral
Section § 23000
Section § 23001
Section § 23002
Esta ley establece que todos los condados actuales de California, así como cualquier condado futuro que pueda crearse, son reconocidos oficialmente como partes del estado.
Section § 23003
Un condado es un tipo de organización que tiene la autoridad y las responsabilidades establecidas en esta sección específica de la ley, así como facultades adicionales que se sugieren indirectamente por lo que se establece explícitamente.
Section § 23004
Esta ley describe varias capacidades clave que tiene un condado en California. Puede presentar demandas o ser demandado por otros. Los condados pueden comprar, recibir como donación y poseer tierras y bienes personales, siempre que sean necesarios para las funciones del condado. También pueden celebrar contratos y administrar o vender sus propiedades según las necesidades de la comunidad local. Por último, los condados tienen la autoridad para imponer y recaudar impuestos que estén permitidos por la ley.
Section § 23004.1
Esta ley permite que un condado, cuando proporciona atención médica a alguien lesionado por culpa de otra persona (como en accidentes), recupere el costo de esa atención de la persona responsable de la lesión. El condado puede demandar a la parte responsable directamente o como parte de la propia demanda de la persona lesionada contra ellos.
Si una persona lesionada inicia una acción legal contra la persona responsable de su lesión, el derecho del condado a demandar se suspende, pero se convierte en un reclamo prioritario contra cualquier indemnización que la persona lesionada gane. El condado debe informar a cualquier aseguradora de la parte responsable sobre este reclamo, pero no hacerlo no afectará el derecho de la persona lesionada a buscar indemnización.
Section § 23004.2
Esta ley permite a un condado en California resolver o condonar reclamos relacionados con la compensación de costos por lesiones o enfermedades, basándose en ciertos derechos. El condado puede transigir, resolver o renunciar a estos reclamos si se considera conveniente o si el cobro del reclamo causaría una dificultad excesiva a la persona lesionada. Es importante destacar que resolver o renunciar a un reclamo no impide que la persona lesionada o sus representantes tomen acciones legales contra los responsables de la lesión o enfermedad. Además, no restringe a la persona lesionada de buscar daños y perjuicios no cubiertos por el reclamo del condado.
Section § 23004.3
Section § 23004.4
Section § 23004.5
Section § 23005
Esta ley establece que un condado solo puede ejercer sus facultades a través de su junta de supervisores o a través de personas a quienes se les ha otorgado autoridad por la junta o por ley.
Section § 23006
Section § 23007
Esta ley establece que los condados de California no pueden apoyar o respaldar financieramente a individuos o corporaciones a menos que sean bancos públicos según lo define la ley. Si un condado lo hace, cualquier deuda o responsabilidad creada se considera inválida e inaplicable.
Section § 23007.5
Esta ley establece que los condados de California no pueden otorgar ni pagar crédito por servicio a funcionarios electos, como los miembros de la junta de supervisores, por trabajo que no han realizado. Incluso si estos funcionarios desean pagar ellos mismos por crédito de servicio adicional, el condado no tiene permitido pagarlo a menos que el servicio se haya completado.
Sin embargo, si el sistema de jubilación tiene reglas que permiten a los funcionarios comprar crédito de servicio adicional pagando de su propio bolsillo, aún pueden optar por hacerlo.
Section § 23008
Esta ley permite a los condados arrendar equipo, realizar trabajos o suministrar bienes a un distrito local o ciudad dentro del condado, siempre que sea económico y satisfactorio. Antes de comenzar el trabajo o de pedir los bienes, el distrito o la ciudad debe reservar dinero equivalente al costo, o un 10% más del costo estimado, para pagar al condado una vez que el trabajo esté hecho o los bienes sean entregados.
Section § 23009
Esta ley explica cómo se pueden realizar los pagos por trabajos o bienes proporcionados a un distrito o corporación municipal. En lugar de usar las reclamaciones y órdenes de pago tradicionales, los pagos pueden procesarse mediante facturas aprobadas en un formato dirigido por el auditor. Luego, los fondos pueden transferirse entre cuentas en los libros del auditor y tesorero por orden de la junta de supervisores, simplificando el proceso de pago sin requerir reclamaciones y órdenes de pago formales.
Section § 23010
Esta ley permite a los condados de California prestar sus fondos disponibles a distritos locales, como los de protección contra incendios o de obras hidráulicas, para ayudarles a cumplir con sus responsabilidades y obligaciones financieras. Los préstamos no pueden exceder el 85% de los ingresos esperados del distrito para el año fiscal y deben ser reembolsados antes que otras deudas. La junta de supervisores del condado debe aprobar estos préstamos mediante una resolución.
La ley también se aplica a los distritos especiales que abarcan varios condados y a los distritos de eliminación de basura, permitiéndoles tomar fondos prestados. Los distritos de eliminación de basura también pueden solicitar préstamos a bancos si esto les beneficia.
Todos los préstamos deben ser reembolsados con prioridad y los intereses de los préstamos se cobrarán a la misma tasa que el condado aplica a los fondos del distrito depositados en el condado.
Section § 23010.1
Esta ley permite a un condado, a través de una resolución de su junta de supervisores, prestar dinero a un distrito de protección contra incendios dentro del condado. El propósito del préstamo es para comprar propiedades y construir estructuras que el distrito necesita. La junta de supervisores del condado debe especificar cómo y cuándo se reembolsará el préstamo, lo que podría incluir pagos anuales. El préstamo completo debe ser devuelto en un plazo de 10 años.
Section § 23010.2
Section § 23010.3
Esta ley permite a un condado en California gastar fondos adicionales en proyectos de alcantarillado o drenaje para satisfacer las necesidades futuras de áreas fuera del proyecto actual. La junta de supervisores del condado debe determinar y declarar que la extensión del proyecto es necesaria para el uso futuro por parte del área exterior. El condado puede usar futuras tarifas de conexión para reembolsar a quienes contribuyan a la construcción adicional. Esta ley se aplica a proyectos realizados por un condado, distrito, ciudad o persona en nombre del condado, con la junta de supervisores teniendo derechos sobre el uso de las obras. Pueden cobrar una tarifa de conexión a quienes se encuentren en el área exterior que se beneficie de la construcción extendida, incluyendo costos administrativos y de intereses.
La ley asegura que los condados tienen la autoridad para incluir áreas futuras en sus planes de proyecto, al mismo tiempo que mantienen intactas sus facultades existentes.
Section § 23010.4
Esta ley establece que si un distrito escolar en un condado desea pedir dinero prestado específicamente para remover o reemplazar amianto en sus escuelas, puede solicitar esos fondos al condado. La presencia de amianto se considera perjudicial para la salud de las personas que utilizan la escuela. El condado puede acordar prestar el dinero al distrito escolar, y decidirán juntos los términos del préstamo. Sin embargo, el distrito escolar debe reembolsar el préstamo de su fondo de mantenimiento diferido.
Section § 23011
Esta ley establece que el nombre asignado a un condado en este capítulo es su nombre corporativo oficial. Este nombre debe ser utilizado en cualquier acción legal o proceso que involucre los derechos, la propiedad o las responsabilidades del condado.
Section § 23012
Esta sección enumera todos los condados del Estado de California. Es esencialmente un directorio completo que va desde Alameda hasta Yuba. El nombre de cada condado se menciona con fines de identificación y referencia.
Section § 23013
Esta ley permite a la junta de supervisores de un condado crear un departamento de correcciones. Este departamento se encargaría de todas las tareas relacionadas con el castigo, el cuidado y la rehabilitación de los presos, incluyendo la gestión de la cárcel del condado y otras instalaciones como granjas industriales y campamentos viales.
Además, esta ley permite que varios condados colaboren formando un departamento conjunto de correcciones, el cual serviría a todos los condados involucrados y sería dirigido por un líder que las juntas de supervisores nombrarían conjuntamente.
Section § 23014
Esta sección de la ley permite a la junta de supervisores de un condado, con un voto de mayoría de cuatro quintas partes, reservar hasta $500,000 en un fondo rotatorio. Este fondo ayuda a los distritos de saneamiento, control de inundaciones o mantenimiento del condado dentro del mismo. El dinero puede usarse para la compra de propiedades, estudios, análisis o construcción para las necesidades del distrito.
Los distritos deben reembolsar este fondo en un plazo de 10 años, utilizando tarifas, impuestos u otros fondos disponibles. Cualquier reembolso proveniente de ingresos fiscales no puede exceder los $25,000 o los ingresos de una tasa impositiva de $0.01 por año, lo que sea menor. El reembolso incluirá intereses a la tasa de inversión actual del condado.
Section § 23015
Section § 23025
Esta ley sugiere que los condados en California, independientemente de su estructura de gobierno específica, deberían tener equipo de teletipo especial disponible para ayudar a las personas sordas a acceder a los servicios de emergencia, con el fin de cumplir con los requisitos de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades y las leyes federales relacionadas.
Section § 23026
Si un condado en California tiene un sistema de jubilación para sus empleados, la junta de supervisores debe anunciar públicamente cualquier aumento de salario o beneficios que afecte a todos los empleados en una reunión regular de la junta. Este anuncio debe estar incluido en la agenda de la reunión y debe explicar cómo los cambios afectarán la financiación del sistema de jubilación.
Además, una junta de jubilación o de inversiones puede pedir a un actuario que estime el impacto financiero de estos cambios y lo informe a los supervisores. Esta ley no modifica el requisito existente de que los costos de cualquier aumento en los beneficios de jubilación públicos deben ser calculados por un actuario y compartidos con el público dos semanas antes de que se apruebe el cambio.