Section § 38730

Explanation

Una ciudad en California puede obtener recursos para suministrar agua a sus residentes. Esto se puede hacer a través de donaciones, compras o la adquisición de propiedades por medios legales (expropiación forzosa). Estos recursos incluyen agua, derechos para usar el agua, e infraestructura necesaria como embalses y tuberías u otros sistemas necesarios para transportar el agua.

Una ciudad puede adquirir por donación, compra o expropiación forzosa, agua, derechos de agua, sitios para embalses, servidumbres de paso para tuberías, acueductos, canales u otros conductos, y todas las demás propiedades e instalaciones adecuadas y apropiadas para suministrar agua para el uso de la ciudad y sus habitantes.

Section § 38731

Explanation
Esta ley permite que dos o más ciudades se unan para obtener y desarrollar una fuente de suministro de agua. También pueden colaborar para construir la infraestructura necesaria para sus necesidades de agua compartidas e individuales.

Section § 38732

Explanation

Si un ayuntamiento considera que podría ser beneficioso colaborar con otra ciudad para asegurar y gestionar un suministro de agua, debe aprobar una resolución para investigarlo. Después de eso, con la aprobación del ayuntamiento, el alcalde debería nombrar a tres comisionados. Estos comisionados se reunirán con comisionados de la otra ciudad para discutir las posibilidades.

Cuando un órgano legislativo municipal estime conveniente investigar la conveniencia de una acción conjunta con cualquier otra ciudad para adquirir y mantener un suministro de agua, dicho órgano legislativo aprobará una resolución en tal sentido. Con el consentimiento y asesoramiento del órgano legislativo, el alcalde nombrará a tres comisionados para conferenciar con comisionados homólogos de la otra ciudad.

Section § 38733

Explanation

Esta sección de la ley establece que los comisionados de diferentes ciudades deben reunirse para discutir si es beneficioso adquirir y desarrollar conjuntamente un suministro de agua. Deben considerar planes factibles y justos y luego informar estos planes a sus respectivos cuerpos legislativos si están de acuerdo.

Los comisionados de las diversas ciudades se reunirán y considerarán la conveniencia de la adquisición y el desarrollo conjuntos de un suministro de agua, así como los planes y términos que consideren factibles y equitativos. Si llegan a un acuerdo sobre los planes y términos, los informarán a sus cuerpos legislativos.

Section § 38734

Explanation

Esta sección explica que si los cuerpos legislativos están de acuerdo con los planes y términos propuestos por los comisionados, deben aprobarlos formalmente mediante una resolución. Luego, estos planes se someten a los votantes de sus ciudades para una decisión, ya sea durante la próxima elección municipal o en una elección especial organizada solo para este propósito.

Si los cuerpos legislativos aprueban los planes y términos informados por los comisionados, declararán su aprobación mediante resolución y los someterán a los votantes calificados de sus respectivas ciudades para su aprobación o rechazo en la próxima elección municipal o en una elección especial convocada para tal fin.

Section § 38735

Explanation

Esta sección de la ley establece que si más de la mitad de los votantes están de acuerdo con una propuesta de suministro de agua en una elección, entonces las ciudades involucradas pueden comenzar a trabajar en la obtención o el desarrollo del suministro de agua de acuerdo con los planes acordados.

Si los términos y planes son aprobados por la mayoría de los votantes que voten sobre la propuesta en la elección, las ciudades pueden comenzar a desarrollar o adquirir el suministro de agua de acuerdo con los planes y términos.

Section § 38736

Explanation

Esta ley permite a una ciudad unir fuerzas con otras ciudades para emitir bonos, recaudando los fondos necesarios para asegurar conjuntamente un suministro de agua. Establece que el proceso para emitir estos bonos debe seguir las leyes existentes relacionadas con la adquisición de bonos para el suministro de agua.

Cualquier ciudad puede emitir bonos para completar la adquisición de un suministro de agua conjuntamente con otras ciudades. Todos los procedimientos relacionados con la emisión de dichos bonos se llevarán a cabo de conformidad con la ley para la emisión de bonos para adquirir un suministro de agua.

Section § 38737

Explanation
Esta ley establece que si varias ciudades comparten fuentes de agua o infraestructura, serán propietarias conjuntas y pagarán solo por las partes que todas las ciudades utilizan en común. Sin embargo, cada ciudad es responsable de poseer, construir y operar cualquier parte de la infraestructura que sea únicamente para su propio uso.

Section § 38738

Explanation
Esta sección de la ley explica cómo deben dividirse los gastos de compra, construcción, funcionamiento y mantenimiento de los recursos hídricos compartidos entre varias ciudades. Normalmente, estos costos se dividen según la cantidad de agua que cada ciudad espera recibir. Sin embargo, si las ciudades involucradas acuerdan una forma diferente de compartir los costos, pueden optar por hacerlo.

Section § 38739

Explanation
Si un proyecto o servicio está diseñado para beneficiar solo a una ciudad, esa ciudad debe pagar todos los costos de ese proyecto o servicio por sí misma.

Section § 38740

Explanation

Esta ley permite a las ciudades realizar cambios en sus acuerdos de suministro de agua si sus órganos legislativos están de acuerdo con las modificaciones.

Los planes y términos u otro acuerdo para la adquisición del suministro de agua podrán ser modificados mediante acuerdo entre las ciudades, según lo declarado por los órganos legislativos.

Section § 38741

Explanation
Esta ley establece que si una ciudad quiere crear una norma o un acuerdo sobre cómo trabajar con otros para obtener un suministro de agua, el alcalde de la ciudad debe aprobarlo. Si el alcalde no lo aprueba, aún puede convertirse en ley si se aprueba mediante el proceso habitual de la ciudad para anular un veto del alcalde.

Section § 38742

Explanation

Esta ley permite a los gobiernos municipales tomar medidas importantes para gestionar y suministrar agua a sus residentes. Pueden celebrar contratos para el suministro de agua para las necesidades de la ciudad y construir o reparar la infraestructura hídrica necesaria, como bombas y embalses.

También pueden utilizar los ingresos de los servicios de agua o de los bonos, incluidos los de leyes anteriores, para pagar los bonos que ayudaron a financiar las instalaciones de agua. Además, las ciudades pueden colaborar con el gobierno federal y aceptar su ayuda para la infraestructura relacionada con los sistemas de agua.

El órgano legislativo de cualquier ciudad podrá:
(a)CA Gobierno Code § 38742(a) Contratar el suministro de agua a la ciudad para fines municipales.
(b)CA Gobierno Code § 38742(b) Adquirir, construir, reparar y gestionar bombas, acueductos, embalses u otras obras necesarias o adecuadas para el suministro de agua para el uso de la ciudad o sus habitantes o para fines de riego en la ciudad.
(c)CA Gobierno Code § 38742(c) Utilizar cualquier parte de los ingresos de cualquier obra hidráulica o instalaciones de suministro o distribución de agua, incluyendo, entre otras, obras hidráulicas o instalaciones de suministro o distribución de agua adquiridas o construidas con fondos de bonos emitidos en virtud de una ley titulada “Una ley para prever la formación de distritos dentro de los municipios para la adquisición o construcción de mejoras públicas, obras y servicios públicos; para la emisión, venta y pago de bonos de dichos distritos para cubrir el costo de dichas mejoras; y para la adquisición o construcción de dichas mejoras”, aprobada el 20 de abril de 1915, la Ley de Distritos de Mejora Municipal de 1927, una ley titulada “Una ley para prever la formación de distritos dentro de los municipios para la adquisición, construcción o extensión de obras hidráulicas, sistemas de agua o sistemas de distribución de agua; para la emisión, venta y pago de bonos de dichos distritos para cubrir el costo de dichas obras hidráulicas, sistemas de agua o sistemas de distribución de agua; y para la adquisición, construcción o extensión de dichas obras hidráulicas, sistemas de agua o sistemas de distribución de agua” aprobada el 26 de abril de 1935, o de bonos de obligación general de la ciudad, para el pago del capital e intereses de cualquiera de dichos bonos o de cualquier otro bono autorizado por voto de los electores y emitido para adquirir o construir cualquier obra hidráulica o instalaciones de suministro o distribución de agua dentro de la ciudad.
(d)CA Gobierno Code § 38742(d) Celebrar acuerdos con, y aceptar asistencia financiera o de otro tipo de, los Estados Unidos o un departamento o agencia federal, para la adquisición, construcción, mantenimiento y operación del sistema de agua de la ciudad y la venta y distribución de agua del sistema.

Section § 38743

Explanation

Esta ley permite a las ciudades de California cobrar una tarifa anual por la disponibilidad del servicio de agua, incluso si el servicio no se utiliza. Las ciudades deben seguir procedimientos específicos, incluyendo un aviso público y una audiencia, para establecer esta tarifa. Pueden mantener la misma tarifa año tras año, a menos que planeen aumentarla, lo que requeriría nuevos procedimientos. La tarifa se basa en el área o el frente del terreno, o una combinación, y puede variar según el uso del suelo y la disponibilidad de agua. Sin embargo, el cargo no puede exceder los $10 por acre o $5 por parcelas más pequeñas, a menos que se apliquen ciertas condiciones. Las ciudades pueden facturar mensual o anualmente (año fiscal), incluyendo la opción de añadirlo a la factura de impuestos del condado, asegurándose de que se liste por separado.

Una ciudad podrá, de conformidad con los procedimientos de notificación, protesta y audiencia establecidos en la Sección 53753, fijar, a más tardar el primer día de julio de cada año calendario, un cargo anual por servicio de agua en espera o de disponibilidad inmediata que se aplicará por área, frente o parcela, o una combinación de estos, dentro de la ciudad, a las áreas a las que la ciudad ponga a disposición el servicio de agua para cualquier propósito, se utilice o no realmente el servicio de agua. Si se siguieron los procedimientos establecidos en esta sección tal como se leía en el momento en que se estableció un cargo en espera, el concejo municipal podrá, mediante resolución, continuar el cargo de conformidad con esta sección en años sucesivos a la misma tarifa. Si se proponen nuevas evaluaciones, aumentadas o extendidas, el concejo municipal deberá cumplir con los procedimientos de notificación, protesta y audiencia establecidos en la Sección 53753. El concejo municipal de una ciudad que fije dicho cargo podrá establecer tarifas que varíen dicho cargo según los usos del suelo y el grado de disponibilidad o cantidad de uso de dicho servicio de agua para las tierras afectadas, y podrá restringir dicho cargo a las tierras ubicadas dentro de una o más zonas o áreas de beneficios establecidas dentro de dicha ciudad. Sin embargo, el concejo no podrá fijar un cargo mensual superior a diez dólares ($10) por acre, ya sea por área o por frente, o superior a cinco dólares ($5) por una parcela o frente de menos de un acre, a menos que el cargo en espera se imponga de conformidad con la Ley de Procedimientos Uniformes para Cargos en Espera (Capítulo 12.4 (que comienza con la Sección 54984) de la Parte 1 de la División 2 del Título 5).
Una ciudad podrá cobrar el cargo en espera o de disponibilidad facturando las tierras gravadas de forma mensual o anual (año fiscal).
Una ciudad podrá cobrar el cargo en espera o de disponibilidad como parte de la factura anual del impuesto general del condado, siempre que la ciudad proporcione, a más tardar el 10 de agosto, por escrito a la junta de supervisores y al auditor del condado la descripción de cada parcela para la cual se facturará un cargo junto con el monto del cargo aplicable a cada parcela. La descripción de la parcela podrá ser el número de parcela asignado por el tasador del condado a la parcela.
Si la ciudad cobra los cargos en espera a través de la factura del impuesto general del condado, el monto del cargo en espera y cualquier multa aplicable se indicarán en la factura de impuestos por separado de todos los demás impuestos, si es factible.

Section § 38744

Explanation

Si un cargo por servicio de agua no se paga antes de una fecha determinada, se añade una multa del 6%. El total del cargo impago más la multa se convierte en un gravamen sobre la propiedad y se cobra como los impuestos del condado no pagados. Esto aparece por separado en su factura de impuestos. Si la propiedad ha sido vendida a un nuevo propietario antes de que venzan los impuestos, el gravamen no se aplica, y los cargos impagos se trasladan a una lista diferente para su cobro. Para el 10 de agosto, el concejo municipal debe informar a los supervisores y al auditor del condado sobre todas las propiedades con cargos impagos, incluyendo detalles y montos de las multas.

Si cualquier cargo por disponibilidad de agua autorizado para ser cobrado conforme a la Sección 38743 permanece impago el primer día del mes anterior al mes en que la junta de supervisores del condado en el que se encuentra la ciudad está obligada por ley a recaudar impuestos generales del condado, se devengará una multa del 6 por ciento sobre el monto impago. El monto del cargo por disponibilidad impago, más la multa, constituirá un gravamen sobre el terreno por el cual el cargo por disponibilidad está impago y se cobrará de la misma forma y en el mismo momento que los impuestos generales del condado impagos o morosos. El monto del impuesto atribuible a los cargos impagos por disponibilidad de agua, y la multa correspondiente, se indicará en la factura de impuestos del condado por separado de todos los demás impuestos. Todas las leyes aplicables a la recaudación, cobro y ejecución de impuestos municipales ad valorem serán aplicables a los cargos que aparecen en la factura de impuestos, excepto que si cualquier bien inmueble al que se adjuntaría dicho gravamen ha sido transferido o transmitido a un comprador de buena fe por valor, o si se ha creado y adjuntado un gravamen de un acreedor hipotecario de buena fe por valor, antes de la fecha en que la primera cuota de dichos impuestos se volvería morosa, entonces el gravamen que de otro modo sería impuesto por esta sección no se adjuntará a dicho bien inmueble y los cargos impagos por disponibilidad de agua, y cualquier multa correspondiente, relacionados con dicha propiedad se transferirán al registro no garantizado para su cobro.
El 10 de agosto o antes, el concejo municipal proporcionará por escrito a la junta de supervisores y al auditor del condado, respectivamente, una descripción de cada una y todas las parcelas de terreno dentro de la ciudad sobre las cuales un cargo por disponibilidad permanece impago, junto con el monto del cargo impago, más la multa sobre cada parcela de terreno.

Section § 38745

Explanation

Esta ley permite a un concejo municipal crear zonas específicas donde se aplican cargos por servicio de agua basándose en los beneficios de la disponibilidad de agua, sin importar si el agua se usa realmente o no. El proceso comienza con una resolución que describe el área, le da un nombre y detalla los servicios que se prestarán. Se debe programar una audiencia pública entre 30 y 60 días después de que se adopte la resolución. El aviso de la audiencia debe publicarse al menos siete días antes de que se celebre.

Durante la audiencia, las personas pueden expresar su apoyo u objeciones a la zona, su tamaño o los servicios que se ofrecen. Las objeciones sobre el proceso deben presentarse por escrito antes de la audiencia, pero los errores menores pueden corregirse. Las protestas por escrito también pueden retirarse en cualquier momento antes de que finalice la audiencia.

No obstante cualquier otra disposición legal, el concejo municipal de una ciudad podrá, mediante resolución, establecer zonas o áreas de beneficio dentro de la ciudad con el fin de restringir la imposición de los cargos por servicio de agua en espera o por disponibilidad inmediata autorizados en la Sección 38743 a los terrenos dentro de dichas zonas, según el beneficio que dicho terreno derive de la disponibilidad inmediata de agua, se utilice o no dicha agua en realidad.
Los procedimientos para el establecimiento de dichas zonas o áreas de beneficio mediante resolución del concejo municipal se iniciarán, llevarán a cabo y completarán de la siguiente manera:
(a)CA Gobierno Code § 38745(a) Dicha resolución deberá:
(1)CA Gobierno Code § 38745(a)(1) Indicar que se propone establecer una zona o área de beneficio dentro de la ciudad para los fines enumerados en esta sección, y describir los límites del territorio propuesto para su inclusión en el área.
(2)CA Gobierno Code § 38745(a)(2) Indicar el nombre propuesto para el área en una forma sustancialmente la siguiente: “Zona de Servicio de Agua (o Área de Beneficio) N.º ____.”
(3)CA Gobierno Code § 38745(a)(3) Indicar el tipo o tipos de servicios ya prestados o que se propongan prestar dentro del área de conformidad con esta sección.
(4)CA Gobierno Code § 38745(a)(4) Fijar una hora y un lugar para una audiencia pública sobre el establecimiento del área, la cual no será antes de 30 ni después de 60 días a partir de la adopción de la resolución.
(b)CA Gobierno Code § 38745(b) El concejo municipal publicará un aviso de la audiencia en un periódico de circulación general publicado en la ciudad o, si no hay ningún periódico publicado en la ciudad, se publicará en un periódico de circulación general que circule en el área. La publicación deberá completarse al menos siete días antes de la fecha de la audiencia.
El aviso deberá:
(1)CA Gobierno Code § 38745(1) Contener el texto de la resolución.
(2)CA Gobierno Code § 38745(2) Indicar la hora y el lugar de la audiencia.
(3)CA Gobierno Code § 38745(3) Indicar que en la audiencia se escuchará el testimonio de todas las personas interesadas o contribuyentes a favor o en contra del establecimiento del área, la extensión del área o la prestación de tipos específicos de servicios ampliados.
(c)CA Gobierno Code § 38745(c) En la audiencia, las protestas contra el establecimiento del área, la extensión del área o la prestación de tipos específicos de servicios dentro del área podrán presentarse oralmente o por escrito por cualquier persona interesada o contribuyente. Cualquier protesta relativa a la regularidad o suficiencia de los procedimientos deberá presentarse por escrito y deberá exponer claramente las irregularidades y defectos a los que se objeta. Todas las protestas por escrito deberán presentarse en la oficina del concejo municipal en o antes de la hora fijada para la audiencia. El concejo municipal podrá renunciar a cualquier irregularidad en la forma o el contenido de cualquier protesta por escrito y en la audiencia podrá corregir defectos menores en los procedimientos.
Las protestas por escrito podrán retirarse por escrito en cualquier momento antes de la conclusión de la audiencia.