Section § 37681

Explanation
Esta ley permite a un gobierno municipal comprar y mantener cementerios, ya sea que estén ubicados dentro de los límites de la ciudad o fuera de ellos.

Section § 37682

Explanation

Esta ley permite a los gobiernos municipales aceptar donaciones de al menos $50, que se mantendrán en fideicomiso para el cuidado indefinido de parcelas específicas en cementerios. Los ingresos de estas donaciones se destinan a un 'fondo para cementerios' especial dentro de la tesorería de la ciudad.

El órgano legislativo puede aceptar contribuciones de al menos cincuenta dólares ($50) para ser mantenidas en fideicomiso y cuyos ingresos se utilicen para el cuidado perpetuo de parcelas designadas en el cementerio local de la ciudad o de la comunidad. Las contribuciones se depositarán en la tesorería municipal en un “fondo para cementerios.”

Section § 37683

Explanation

La ciudad debe nombrar a alguien, ya sea al secretario municipal o a un residente local cualificado, para gestionar un fondo específico. La persona asignada debe presentar una fianza, una garantía similar a un seguro establecida por la ciudad, para asegurar una gestión responsable. Ganan un dólar al año por cada parcela que mantienen, pero este pago solo proviene de las ganancias del fondo.

El órgano legislativo nombrará al secretario municipal o a un residente competente de la ciudad para administrar el fondo. La persona designada otorgará una fianza oficial por el monto prescrito por el órgano legislativo y recibirá un dólar ($1) anualmente por cada parcela cuidada, a pagarse únicamente de los ingresos del fondo.

Section § 37684

Explanation

Después de gastar dinero en el cuidado de las tumbas y pagar al administrador del fondo, cualquier dinero sobrante debería usarse para mantener los caminos, senderos y otras áreas del cementerio.

El dinero restante en el fondo, después de los gastos para el cuidado de las parcelas y el pago a la persona que administra el fondo, se utilizará para el cuidado de los caminos, senderos u otras partes del cementerio.

Section § 37685

Explanation
Si una ciudad se disuelve, cualquier fondo fiduciario que administre para un cementerio se entregará a la junta de supervisores del condado donde se encuentre ese cementerio. La junta administrará el fondo hasta que encuentre una organización adecuada para encargarse de él.