Sello, Bandera y Emblemas del EstadoExhibición de Banderas
Section § 430
Esta ley exige que tanto la Bandera de los EE. UU. como la Bandera del Estado de California sean claramente colocadas, exhibidas y mantenidas en buen estado en lugares específicos. Estos lugares incluyen todas las salas de tribunales en California y cualquier sala donde se celebren sesiones de cualquier tribunal o de comisiones estatales, del condado o municipales.
Section § 431
Esta ley de California exige que tanto la Bandera de los Estados Unidos como la Bandera del Estado de California se exhiban de manera destacada durante las horas hábiles en varios lugares clave. Estos incluyen cualquier edificio público propiedad del estado, condados o municipios, las entradas y salidas de los parques estatales, todos los campus de la Universidad de California, todas las escuelas (públicas o privadas) desde universidades hasta escuelas primarias, las estaciones de inspección agrícola en las carreteras que ingresan a California, y las estaciones de mantenimiento de carreteras estatales con personal en el lugar.
Section § 432
Section § 433
Esta ley exige que, durante cualquier procesión o desfile, las banderas de los Estados Unidos y del estado de California deben ser exhibidas al frente si el evento involucra a la Guardia Nacional, la Guardia Estatal de California, cualquier otro grupo militar estatal, la partida del sheriff, o a los departamentos de policía o bomberos de la ciudad.
Section § 434
Si un lugar público en California debe exhibir las banderas de los Estados Unidos y de California, los funcionarios públicos responsables deben asegurar que estas banderas sean adquiridas y exhibidas y mantenidas adecuadamente.
Section § 434.5
Esta ley garantiza que las personas tienen el derecho de exhibir la bandera de EE. UU. en propiedad privada. Nadie, incluidas las agencias gubernamentales, puede crear reglas que impidan a alguien hacer esto, a menos que la bandera se use con fines publicitarios. Los gobiernos locales pueden imponer reglas razonables sobre cuándo y cómo se pueden exhibir las banderas para mantener el orden y la seguridad públicos. Sin embargo, estas reglas no pueden basarse únicamente en la apariencia (estética). Además, los empleados del gobierno local pueden exhibir la bandera de EE. UU. o un pin de la bandera en el trabajo o en vehículos gubernamentales, con restricciones razonables para mantener la disciplina en el lugar de trabajo.
Section § 434.7
A partir del 1 de enero de 2017, cualquier bandera estadounidense o de California comprada por el gobierno estatal o las agencias gubernamentales locales debe fabricarse en los Estados Unidos.
Las agencias gubernamentales locales incluyen entidades como condados, ciudades, pueblos y distritos escolares.
Section § 435
Esta ley establece que si una ciudad o un condado en California ha creado una bandera oficial, ninguna otra ciudad o condado puede crear una nueva bandera que se parezca tanto a la existente que pueda confundir a la gente sobre a qué ciudad o condado pertenece la bandera.
Section § 436
Esta ley exige que cuando la Bandera Nacional y la Bandera Estatal se exhiban juntas, deben ser del mismo tamaño. Si solo hay un mástil, la Bandera Nacional debe ir arriba, y la Bandera Estatal no debe tapar ninguna parte de ella. La Bandera Nacional siempre debe ocupar el lugar de mayor respeto.
Section § 437
Esta ley permite a cualquier ciudadano de un condado presentar una denuncia ante el tribunal superior con respecto a un delito, y el tribunal es entonces responsable de tramitarla y hacerla cumplir.
Section § 438
Esta ley permite que cualquier bandera de EE. UU. que ya posean o adquieran más adelante las diversas agencias gubernamentales en California sea utilizada hasta que ya no esté en condiciones de servicio. Esto se aplica a las banderas obtenidas mediante contratos realizados antes del 18 de marzo de 1959.
Section § 439
Esta ley asigna al Ayudante General la responsabilidad de establecer reglas sobre cuándo, dónde y cómo se puede exhibir la Bandera del Estado de California. El Ayudante General también debe recopilar todas las leyes y reglamentos pertinentes sobre la Bandera del Estado y ponerlos a disposición del público a un costo a través del Departamento de Servicios Generales.