Section § 61040

Explanation

Esta ley explica cómo un distrito es gobernado por una junta directiva compuesta por cinco miembros. La junta establece las políticas y el gerente general del distrito se asegura de que estas políticas se pongan en práctica. Para postularse a la junta, una persona debe ser votante en el distrito o la división que desea representar.

Se espera que los miembros de la junta velen por los intereses de todo el distrito, no solo por divisiones específicas. Servir en un consejo asesor municipal o en una comisión de planificación de área no entra en conflicto con ser miembro de la junta. Los miembros de la junta no pueden ser empleados del distrito, como el gerente general o el tesorero, pero sí pueden ser bomberos voluntarios. Esta norma estará vigente hasta el 1 de enero de 2035.

(a)CA Gobierno Code § 61040(a) Salvo lo dispuesto en la Sección 61040.1, un cuerpo legislativo de cinco miembros conocido como la junta directiva regirá cada distrito. La junta directiva establecerá políticas para el funcionamiento del distrito. La junta directiva dispondrá la implementación de aquellas políticas que son responsabilidad del gerente general del distrito.
(b)CA Gobierno Code § 61040(b) Ninguna persona podrá ser candidata a la junta directiva a menos que sea votante del distrito o del distrito propuesto. Ninguna persona podrá ser candidata a la junta directiva que sea elegida por divisiones o de divisiones a menos que sea votante de esa división o división propuesta.
(c)CA Gobierno Code § 61040(c) Todos los miembros de la junta directiva ejercerán su juicio independiente en nombre de los intereses de todo el distrito, incluyendo a los residentes, propietarios y al público en general, para promover los propósitos e intención de esta división. Cuando los miembros de la junta directiva hayan sido elegidos por divisiones o de divisiones, representarán los intereses de todo el distrito y no únicamente los intereses de los residentes y propietarios en sus divisiones.
(d)CA Gobierno Code § 61040(d) El servicio en un consejo asesor municipal establecido conforme a la Sección 31010 o el servicio en una comisión de planificación de área establecida conforme a la Sección 65101 no se considerará un cargo incompatible con el servicio como miembro de una junta directiva.
(e)CA Gobierno Code § 61040(e) Un miembro de la junta directiva no podrá ser el gerente general, el tesorero del distrito, ni ningún otro empleado remunerado del distrito, excepto los bomberos voluntarios según lo dispuesto por la Sección 53227.
(f)CA Gobierno Code § 61040(f) Esta sección será derogada el 1 de enero de 2035.

Section § 61040

Explanation

Esta sección describe cómo se gobiernan los distritos mediante una junta directiva compuesta por cinco miembros. Estos directores establecen las políticas para la gestión del distrito, las cuales son implementadas por el gerente general. Para postularse a la junta, los candidatos deben ser votantes dentro del distrito, o de divisiones específicas si las elecciones se organizan de esa manera. Los miembros de la junta deben actuar en el mejor interés de todo el distrito, y no solo en el de su propia división.

Además, el servicio en ciertos consejos municipales o comisiones de planificación no entra en conflicto con la membresía de la junta. Los miembros de la junta no pueden ocupar puestos asalariados dentro del distrito, excepto los bomberos voluntarios. Las reglas de esta sección entran en vigor a partir del 1 de enero de 2035.

(a)CA Gobierno Code § 61040(a) Un cuerpo legislativo de cinco miembros conocido como la junta directiva regirá cada distrito. La junta directiva establecerá políticas para el funcionamiento del distrito. La junta directiva proveerá para la implementación de esas políticas, lo cual es responsabilidad del gerente general del distrito.
(b)CA Gobierno Code § 61040(b) Ninguna persona podrá ser candidata a la junta directiva a menos que sea votante del distrito o del distrito propuesto. Ninguna persona podrá ser candidata a la junta directiva que sea elegida por divisiones o de divisiones a menos que sea votante de esa división o división propuesta.
(c)CA Gobierno Code § 61040(c) Todos los miembros de la junta directiva ejercerán su juicio independiente en nombre de los intereses de todo el distrito, incluyendo a los residentes, propietarios y al público en general, para promover los propósitos e intención de esta división. Cuando los miembros de la junta directiva hayan sido elegidos por divisiones o de divisiones, representarán los intereses de todo el distrito y no únicamente los intereses de los residentes y propietarios en sus divisiones.
(d)CA Gobierno Code § 61040(d) El servicio en un consejo asesor municipal establecido de conformidad con la Sección 31010 o el servicio en una comisión de planificación de área establecida de conformidad con la Sección 65101 no se considerará un cargo incompatible con el servicio como miembro de una junta directiva.
(e)CA Gobierno Code § 61040(e) Un miembro de la junta directiva no será el gerente general, el tesorero del distrito, ni ningún otro empleado remunerado del distrito, excepto los bomberos voluntarios según lo dispuesto por la Sección 53227.
(f)CA Gobierno Code § 61040(f) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2035.

Section § 61040.1

Explanation

La junta directiva del Distrito de Servicios Comunitarios de Santa Rita Hills puede reducirse a tres miembros si la mayoría de los votantes lo solicita mediante una petición. Después de dicha petición, la junta debe votar por mayoría y celebrar una audiencia pública para discutir el cambio. La audiencia debe anunciarse en un periódico local y los propietarios de tierras deben ser notificados por correo, con los detalles enviados al menos 45 días antes de la audiencia. Durante la audiencia, la junta escucha los comentarios del público y luego decide por votación mayoritaria si rechaza la propuesta o aprueba la reducción. El cambio no afecta los mandatos de los directores actuales, y esta opción está disponible hasta el 1 de enero de 2035.

(a)CA Gobierno Code § 61040.1(a) La junta directiva del Distrito de Servicios Comunitarios de Santa Rita Hills podrá estar compuesta por tres miembros.
(b)Copy CA Gobierno Code § 61040.1(b)
(1)Copy CA Gobierno Code § 61040.1(b)(1) Antes de reducir la junta directiva a tres miembros de conformidad con el subapartado (a), la junta directiva, después de recibir una petición firmada por la mayoría de los votantes solicitando una reducción en el número de miembros de la junta, adoptará, mediante votación mayoritaria registrada de la totalidad de la junta directiva, una resolución que proponga reducir el número de directores a tres miembros.
(2)CA Gobierno Code § 61040.1(b)(2) El distrito celebrará una audiencia pública con respecto a la propuesta de reducir el número de directores.
(3)CA Gobierno Code § 61040.1(b)(3) Se dará aviso de la audiencia pública mediante la publicación de un anuncio destacado de al menos un octavo de página en un periódico de circulación general durante tres semanas, de conformidad con la Sección 6063, y por correo de primera clase de los Estados Unidos a cada votante propietario de tierras en el distrito, con franqueo pagado, y se considerará que el aviso ha sido dado cuando se deposite en el correo. El sobre o la cubierta del envío postal deberá incluir el nombre de la agencia local y la dirección de remitente, y el aviso enviado por correo deberá estar en una tipografía de al menos 10 puntos.
(4)CA Gobierno Code § 61040.1(b)(4) La audiencia pública se celebrará al menos 45 días después de enviar el aviso por correo de conformidad con el párrafo (3).
(5)CA Gobierno Code § 61040.1(b)(5) En la audiencia, la junta recibirá y considerará cualquier comentario escrito u oral con respecto a la reducción propuesta en el número de directores. Después de recibir y considerar los comentarios, la junta, mediante votación mayoritaria registrada de la totalidad de la junta directiva, hará una de las siguientes cosas:
(A)CA Gobierno Code § 61040.1(b)(5)(A) Desaprobar la propuesta.
(B)CA Gobierno Code § 61040.1(b)(5)(B) Adoptar una resolución que ordene la reducción del número de miembros de la junta a tres miembros.
(c)CA Gobierno Code § 61040.1(c) Una reducción en el número de directores de conformidad con esta sección no afectará el mandato de ningún director. Un director que actualmente ocupe el cargo a partir de la fecha de entrada en vigor de la reducción en el número de miembros de la junta directiva continuará siendo director hasta que el cargo quede vacante por vencimiento del mandato o por cualquier otra causa.
(d)CA Gobierno Code § 61040.1(d) Esta sección será derogada el 1 de enero de 2035.

Section § 61042

Explanation

Esta sección explica cómo funcionan los mandatos de los miembros de una junta directiva. Cada mandato dura cuatro años, o hasta que un sucesor esté listo. Los directores asumen oficialmente sus funciones en diciembre después de las elecciones. Si los miembros de la junta de un distrito, cuyos mandatos comenzaron antes de 2006, no tienen mandatos escalonados, deben dividirse al azar en dos grupos en su primera reunión después de 2006. Un grupo tendrá tres miembros con mandatos de cuatro años que comenzarán después de la próxima elección, y el otro grupo cumplirá un mandato inicial de dos años, después del cual todos los mandatos también serán de cuatro años. Si un puesto en la junta queda vacante, la Sección 1780 establece el proceso para cubrirlo.

(a)CA Gobierno Code § 61042(a) El mandato de cada miembro de una junta directiva es de cuatro años o hasta que su sucesor califique y asuma el cargo. Los directores asumirán el cargo al mediodía del primer viernes de diciembre siguiente a su elección.
(b)CA Gobierno Code § 61042(b) Para los distritos formados antes del 1 de enero de 2006, donde los miembros de la junta directiva no estén sirviendo mandatos escalonados, en la primera reunión posterior al 1 de enero de 2006, los miembros se clasificarán por sorteo en dos clases. Una clase tendrá tres miembros y la otra clase tendrá dos miembros. Para la clase que tiene tres miembros, los mandatos de los cargos que comiencen después de la siguiente elección general del distrito serán de cuatro años. Para la clase que tiene dos miembros, los mandatos iniciales de los cargos que comiencen después de la siguiente elección general del distrito serán de dos años. A partir de entonces, los mandatos de todos los miembros serán de cuatro años.
(c)CA Gobierno Code § 61042(c) Cualquier vacante en el cargo de un miembro elegido para una junta directiva se cubrirá de conformidad con la Sección 1780.

Section § 61043

Explanation

Dentro de los 45 días siguientes a la formación de un distrito, la junta directiva debe reunirse para elegir a sus funcionarios. También deben hacerlo dentro de los 45 días siguientes a cualquier elección general del distrito o elección sin oposición, y tienen la opción de hacerlo anualmente. Los funcionarios principales son un presidente y un vicepresidente. El presidente dirige las reuniones, y el vicepresidente asume el cargo si el presidente no puede. La junta puede crear otros puestos, pero los miembros no pueden ocupar más de un cargo a la vez.

(a)CA Gobierno Code § 61043(a) Dentro de los 45 días siguientes a la fecha de entrada en vigor de la constitución de un distrito, la junta directiva se reunirá y elegirá a sus funcionarios. Posteriormente, dentro de los 45 días siguientes a cada elección general del distrito o elección sin oposición, la junta directiva se reunirá y elegirá a los funcionarios de la junta directiva. Una junta directiva podrá elegir a los funcionarios de la junta directiva anualmente.
(b)CA Gobierno Code § 61043(b) Los funcionarios de una junta directiva son un presidente y un vicepresidente. El presidente presidirá las reuniones de la junta directiva y el vicepresidente actuará en ausencia o incapacidad del presidente.
(c)CA Gobierno Code § 61043(c) Una junta directiva podrá crear cargos adicionales y elegir a sus miembros para ocupar dichos cargos, siempre que ningún miembro de una junta directiva ocupe más de un cargo.

Section § 61044

Explanation

Esta ley exige que una junta directiva celebre una reunión ordinaria al menos cada tres meses. Estas reuniones deben seguir las reglas establecidas por la Ley Ralph M. Brown, que es una ley de California que garantiza reuniones abiertas y públicas.

Una junta directiva celebrará una reunión ordinaria al menos una vez cada tres meses. Las reuniones de la junta directiva están sujetas a la Ley Ralph M. Brown, Capítulo 9 (que comienza con la Sección 54950) de la Parte 1 de la División 2 del Título 5.

Section § 61045

Explanation

Esta sección de la ley describe los procedimientos sobre cómo una junta directiva debe llevar a cabo sus reuniones y tomar decisiones. Una mayoría de los miembros de la junta debe estar presente para llevar a cabo los asuntos, y cualquier decisión requiere el voto de la mayoría de toda la junta. La junta debe registrar sus votos en las actas de las reuniones y mantener un registro detallado de sus acciones, incluyendo las transacciones financieras. También se les exige crear reglas o estatutos para guiar sus reuniones y desarrollar políticas operativas para el distrito, que cubren áreas como la administración, las finanzas, el personal y las compras.

(a)CA Gobierno Code § 61045(a) Una mayoría del número total de miembros de la junta directiva constituirá un quorum para la realización de negocios.
(b)CA Gobierno Code § 61045(b) La junta directiva actuará únicamente mediante ordenanza, resolución o moción.
(c)CA Gobierno Code § 61045(c) Salvo que la ley disponga específicamente lo contrario, se requiere el voto de la mayoría del número total de miembros de la junta directiva para que esta tome medidas.
(d)CA Gobierno Code § 61045(d) Las actas de la junta directiva registrarán los votos a favor y en contra emitidos por los miembros de la junta directiva para la aprobación de todas las ordenanzas, resoluciones o mociones.
(e)CA Gobierno Code § 61045(e) La junta directiva llevará un registro de todas sus acciones, incluyendo las transacciones financieras.
(f)CA Gobierno Code § 61045(f) La junta directiva adoptará reglas o estatutos para sus procedimientos.
(g)CA Gobierno Code § 61045(g) La junta directiva adoptará políticas para el funcionamiento del distrito, incluyendo, entre otras, políticas administrativas, políticas fiscales, políticas de personal y las políticas de adquisición requeridas por esta división.

Section § 61046

Explanation

Esta ley explica cómo los votantes en California pueden influir directamente en las decisiones del gobierno local. Los votantes pueden crear nuevas ordenanzas mediante un proceso de iniciativa, votar para rechazar actos legislativos existentes a través de un referéndum, e incluso revocar (o destituir) a los miembros de la junta directiva. Estos procesos están detallados en secciones específicas del Código Electoral.

(a)CA Gobierno Code § 61046(a) Las ordenanzas pueden ser aprobadas por los votantes mediante iniciativa de conformidad con el Artículo 1 (que comienza con la Sección 9300) del Capítulo 4 de la División 9 del Código Electoral.
(b)CA Gobierno Code § 61046(b) Los actos legislativos pueden ser desaprobados por los votantes mediante referéndum de conformidad con el Artículo 2 (que comienza con la Sección 9340) del Capítulo 4 de la División 9 del Código Electoral.
(c)CA Gobierno Code § 61046(c) Los miembros de la junta directiva pueden ser revocados por los votantes de conformidad con el Capítulo 1 (que comienza con la Sección 11000) de la División 11 del Código Electoral.

Section § 61047

Explanation

Esta ley permite que la junta directiva pague a sus miembros hasta $100 por cada día de servicio, con un máximo de seis días pagados al mes. Además, la junta puede decidir cubrir los gastos de viaje y otros gastos relacionados, que sean reales y necesarios, cuando los miembros estén en asuntos oficiales. Estos pagos pueden ajustarse mediante una ordenanza, siguiendo lo establecido en el código del agua. Los miembros de la junta pueden renunciar a recibir cualquiera de estos pagos. Un 'día de servicio' incluye asistir a reuniones, representar al distrito en eventos públicos aprobados, reuniones con otras agencias públicas, reuniones de organizaciones sin fines de lucro de beneficio público, o participar en programas de capacitación relevantes, siempre y cuando se obtenga aprobación previa y se presente un informe a la junta.

(a)CA Gobierno Code § 61047(a) La junta directiva podrá establecer, mediante ordenanza o resolución, que cada uno de sus miembros reciba una compensación por un monto que no exceda de cien dólares ($100) por cada día de servicio. Un miembro de la junta directiva no recibirá compensación por más de seis días de servicio al mes.
(b)CA Gobierno Code § 61047(b) La junta directiva, mediante ordenanza adoptada conforme al Capítulo 2 (que comienza con la Sección 20200) de la División 10 del Código del Agua, podrá aumentar el monto de la compensación que podrán recibir los miembros de la junta directiva.
(c)CA Gobierno Code § 61047(c) La junta directiva podrá establecer, mediante ordenanza o resolución, que sus miembros reciban sus gastos de viaje e incidentales reales y necesarios incurridos en el desempeño de sus funciones oficiales. El reembolso de estos gastos está sujeto a las Secciones 53232.2 y 53232.3.
(d)CA Gobierno Code § 61047(d) Un miembro de la junta directiva podrá renunciar a cualquiera o a todos los pagos permitidos por esta sección.
(e)CA Gobierno Code § 61047(e) Para los fines de esta sección, un “día de servicio” significa cualquiera de los siguientes:
(1)CA Gobierno Code § 61047(e)(1) Una reunión llevada a cabo conforme a la Ley Ralph M. Brown, Capítulo 9 (que comienza con la Sección 54950) de la Parte 1 de la División 2 del Título 5.
(2)CA Gobierno Code § 61047(e)(2) Representación del distrito en un evento público, siempre que la junta directiva haya aprobado previamente la representación del miembro en una reunión de la junta directiva y que el miembro entregue un informe escrito a la junta directiva con respecto a su representación en la siguiente reunión de la junta directiva después del evento público.
(3)CA Gobierno Code § 61047(e)(3) Representación del distrito en una reunión pública o una audiencia pública llevada a cabo por otra agencia pública, siempre que la junta directiva haya aprobado previamente la representación del miembro en una reunión de la junta directiva y que el miembro entregue un informe escrito a la junta directiva con respecto a su representación en la siguiente reunión de la junta directiva después de la reunión pública o audiencia pública.
(4)CA Gobierno Code § 61047(e)(4) Representación del distrito en una reunión de una corporación sin fines de lucro de beneficio público en cuyo consejo el distrito tiene membresía, siempre que la junta directiva haya aprobado previamente la representación del miembro en una reunión de la junta directiva y el miembro entregue un informe escrito a la junta directiva con respecto a su representación en la siguiente reunión de la junta directiva después de la reunión de la corporación.
(5)CA Gobierno Code § 61047(e)(5) Participación en un programa de capacitación sobre un tema directamente relacionado con el distrito, siempre que la junta directiva haya aprobado previamente la participación del miembro en una reunión de la junta directiva, y que el miembro entregue un informe escrito a la junta directiva con respecto a su participación en la siguiente reunión de la junta directiva después del programa de capacitación.

Section § 61048

Explanation

Esta ley permite a una junta directiva establecer comités asesores. Estos comités pueden ofrecer recomendaciones sobre las finanzas, políticas, operaciones o programas de un distrito.

Una junta directiva podrá nombrar uno o más comités asesores para asesorar a la junta directiva sobre las finanzas, políticas, programas u operaciones del distrito.