Section § 66500

Explanation

Esta sección de la ley simplemente nombra el acto como la Ley de la Comisión Metropolitana de Transporte.

Este título se conocerá como la Ley de la Comisión Metropolitana de Transporte.

Section § 66502

Explanation

La Comisión Metropolitana de Transporte (MTC) se establece como una agencia de planificación local, separada del gobierno estatal, encargada de supervisar la planificación del transporte para una región específica en California. Esta región incluye San Francisco y varios condados circundantes, que son Alameda, Contra Costa, Marin, Napa, San Mateo, Santa Clara, Solano y Sonoma.

Por la presente se crea, como una agencia de planificación de área local y no como parte del poder ejecutivo del gobierno estatal, la Comisión Metropolitana de Transporte para proporcionar una planificación integral del transporte regional para la región compuesta por la Ciudad y el Condado de San Francisco y los Condados de Alameda, Contra Costa, Marin, Napa, San Mateo, Santa Clara, Solano y Sonoma.
Tal como se utiliza en este título, "región" significa la región descrita en esta sección.

Section § 66503

Explanation

Esta sección describe la estructura y el nombramiento de una comisión de 21 miembros de varios condados y entidades del Área de la Bahía.

(a) La comisión incluye miembros de la Ciudad y Condado de San Francisco, y de los Condados de Alameda, Contra Costa, San Mateo y Santa Clara, con nombramientos realizados por alcaldes o comités de selección de ciudades.

(b) Los miembros de Marin, Napa, Solano y Sonoma son nombrados por su Junta de Supervisores de una lista de candidatos.

(c) Los miembros adicionales incluyen representantes de la Asociación de Gobiernos del Área de la Bahía y la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco.

(d y e) Hay representantes sin derecho a voto del Departamento de Transporte de EE. UU. y del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano.

(f) Los funcionarios públicos pueden ser nombrados para la comisión durante sus mandatos de servicio.

(g) Se establece una restricción para que no más de tres miembros puedan provenir del mismo condado.

La comisión estará compuesta por 21 miembros de la siguiente manera:
(a)CA Gobierno Code § 66503(a) Dos miembros de la Ciudad y Condado de San Francisco y de los Condados de Contra Costa y San Mateo, respectivamente, y tres miembros de los Condados de Alameda y Santa Clara, respectivamente. Con respecto a los miembros de la Ciudad y Condado de San Francisco, el alcalde nombrará a un miembro y la junta de supervisores nombrará a un miembro. Con respecto a los miembros de los Condados de Alameda, Contra Costa, San Mateo y Santa Clara, el comité de selección de ciudades organizado en cada condado conforme al Artículo 11 (commencing with Section 50270) del Capítulo 1 de la Parte 1 de la División 1 del Título 5, nombrará a un miembro y la junta de supervisores nombrará a un miembro. El Alcalde de la Ciudad de Oakland se auto-nombrará o nombrará a un miembro del Concejo Municipal de Oakland para servir como el tercer miembro del Condado de Alameda. El Alcalde de la Ciudad de San Jose se auto-nombrará o nombrará a un miembro del Concejo Municipal de San Jose para servir como el tercer miembro del Condado de Santa Clara.
(b)CA Gobierno Code § 66503(b) Un miembro de cada uno de los Condados de Marin, Napa, Solano y Sonoma. El comité de selección de ciudades de estos condados proporcionará a la junta de supervisores los nombres de tres nominados y la junta de supervisores nombrará a uno de los nominados para representar al condado.
(c)CA Gobierno Code § 66503(c) Un representante nombrado por la Asociación de Gobiernos del Área de la Bahía y otro por la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco. El representante nombrado por la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco deberá ser miembro de la comisión y residente de la Ciudad y Condado de San Francisco, y deberá ser aprobado por el Alcalde de San Francisco.
(d)CA Gobierno Code § 66503(d) Un representante, que será un miembro sin derecho a voto, nombrado por el Secretario de Transporte.
(e)CA Gobierno Code § 66503(e) Un representante nombrado por el Departamento de Transporte de los Estados Unidos y otro por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano. Sin embargo, estos representantes solo servirán si las agencias que representan están de acuerdo con estos nombramientos. Estos representantes serán miembros sin derecho a voto.
(f)CA Gobierno Code § 66503(f) Los funcionarios públicos, ya sean electos o designados, podrán ser nombrados y servir como miembros de la comisión durante sus mandatos de cargo público.
(g)CA Gobierno Code § 66503(g) No más de tres miembros nombrados conforme a los incisos (a), (b) y (c) serán residentes del mismo condado.

Section § 66504

Explanation

Esta ley describe los mandatos de los comisionados de transporte en California. Cada comisionado sirve por cuatro años, pero los comisionados designados por los Alcaldes de Oakland y San José tienen mandatos iniciales que terminan en febrero de 2015. Si un funcionario público que sirve como comisionado deja su cargo público, también pierde su puesto de comisionado, a menos que su autoridad nominadora les permita terminar el mandato. Los comisionados deben ser seleccionados basándose en su comprensión de los problemas de transporte.

El mandato de cada comisionado es de cuatro años; no obstante, los comisionados designados por el Alcalde de la Ciudad de Oakland y el Alcalde de la Ciudad de San José tendrán un mandato inicial que finalizará en febrero de 2015. Un comisionado designado como funcionario público desocupa su puesto en la comisión al dejar de ocupar dicho cargo público, a menos que la autoridad nominadora consienta la finalización del mandato. Los comisionados serán seleccionados por su especial familiaridad con los problemas y cuestiones en el ámbito del transporte.

Section § 66504.1

Explanation

Esta ley establece que los miembros no reciben un salario, pero pueden recibir el reembolso de los gastos al desempeñar sus funciones. En lugar del reembolso por los gastos de las reuniones, los miembros pueden optar por recibir $100 por cada reunión a la que asistan, hasta un máximo de cinco reuniones al mes. También pueden recibir la cobertura de los gastos de viaje, si la comisión lo aprueba. La comisión es responsable de todos estos costos.

Los miembros servirán sin compensación, pero recibirán reembolso por los gastos reales y necesarios incurridos en relación con el desempeño de sus funciones. Sin embargo, en lugar de este reembolso por la asistencia a reuniones de la comisión o del comité, cada miembro de la comisión podrá recibir un viático de cien dólares ($100), pero sin exceder un total combinado de cinco reuniones en cualquier mes calendario, más los gastos de viaje necesarios que la comisión autorice. La comisión pagará todos los costos conforme a esta sección.

Section § 66505

Explanation
La comisión debe nombrar a un director ejecutivo que gestiona las actividades de la comisión, siguiendo la orientación y las políticas de esta. El director ejecutivo puede contratar al personal necesario para ayudar a cumplir los objetivos de la comisión, pero estos nombramientos requieren la aprobación de la comisión.

Section § 66506

Explanation

Esta sección de la ley permite a la comisión tomar diversas acciones para apoyar su trabajo. Puede recibir apoyo financiero de agencias públicas, fundaciones privadas o individuos. La comisión puede establecer comités con sus miembros y otros grupos asesores. También se le permite contratar profesionales o servicios para tareas que su propio equipo u otros organismos gubernamentales no puedan manejar bien. En última instancia, la comisión puede hacer todo lo necesario para cumplir con sus deberes.

La comisión podrá:
(a)CA Gobierno Code § 66506(a) Aceptar subvenciones, contribuciones y asignaciones de cualquier agencia pública, fundación privada o individuo.
(b)CA Gobierno Code § 66506(b) Nombrar comités de entre sus miembros y nombrar comités asesores de otros grupos públicos y privados interesados.
(c)CA Gobierno Code § 66506(c) Contratar o emplear cualquier servicio profesional requerido por la comisión o para la realización de trabajos y servicios que, en su opinión, no puedan ser realizados satisfactoriamente por sus funcionarios y empleados o por otras agencias gubernamentales federales, estatales o locales.
(d)CA Gobierno Code § 66506(d) Realizar todas y cada una de las demás acciones necesarias para cumplir los propósitos de este título.

Section § 66507

Explanation

Esta ley establece que una nueva comisión asumirá las funciones de planificación de la Comisión de Estudio del Transporte del Área de la Bahía y del Comité Regional de Planificación del Transporte. Todos los archivos y datos de planificación de estas organizaciones anteriores se entregarán a la nueva comisión.

La comisión asumirá las responsabilidades de planificación y relacionadas de la Comisión de Estudio del Transporte del Área de la Bahía y su sucesor interino, el Comité Regional de Planificación del Transporte. Los archivos y los datos de planificación de las dos organizaciones se transferirán a la comisión.

Section § 66508

Explanation
Esta ley exige que la comisión elabore un plan regional de transporte antes del 30 de junio de 1973. Hasta que se adopte este plan, los proyectos de transporte pueden seguir adelante sin necesitar la aprobación de la comisión.

Section § 66509

Explanation

Esta sección de la ley establece que, al desarrollar el plan regional de transporte, la comisión debe considerar varios factores. Estos incluyen las recomendaciones de la Comisión de Estudio del Transporte del Área de la Bahía, ajustadas por el Comité Regional de Planificación del Transporte.

También deben evaluar los impactos ecológicos, económicos y sociales de los sistemas de transporte en aspectos como la vivienda, el empleo, la recreación y el medio ambiente, especialmente para las comunidades desfavorecidas.

Además, deben considerar los planes regionales de otras organizaciones centradas en satisfacer las necesidades de planificación de la región, incluyendo las aportaciones de la Asociación de Gobiernos del Área de la Bahía y otras entidades mencionadas.

Al desarrollar el plan regional de transporte, la comisión deberá considerar:
(a)CA Gobierno Code § 66509(a) El plan recomendado por la Comisión de Estudio del Transporte del Área de la Bahía, con las modificaciones recomendadas por el Comité Regional de Planificación del Transporte.
(b)CA Gobierno Code § 66509(b) El impacto ecológico, económico y social de los sistemas de transporte regional existentes y futuros sobre diversas facetas de la región, incluyendo, entre otros, la vivienda, el empleo, la recreación, el medio ambiente, las políticas de uso del suelo y las personas económicamente desfavorecidas.
(c)CA Gobierno Code § 66509(c) Los planes regionales preparados y adoptados por organizaciones interesadas en políticas y programas diseñados para satisfacer las necesidades de planificación a corto y largo plazo de la región. Dicha consideración por parte de la comisión incluirá, entre otros, los planes preparados y adoptados por la Asociación de Gobiernos del Área de la Bahía, la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco y la Oficina Estatal de Planificación.

Section § 66510

Explanation

Esta ley establece que el plan regional de transporte debe cubrir varios componentes clave del sistema de transporte. Estos incluyen las autopistas interestatales y de defensa, el sistema de autopistas de California, otras carreteras estatales, los puentes transbahía y los sistemas de transporte público masivo. El plan debe centrarse en cómo estos diversos modos de transporte se conectan y funcionan juntos.

El plan regional de transporte incluirá, pero no se limitará a, los siguientes segmentos del sistema regional de transporte:
(a)CA Gobierno Code § 66510(a) El sistema nacional de autopistas interestatales y de defensa, el sistema de autopistas y vías rápidas de California, y otras carreteras dentro del sistema estatal de carreteras.
(b)CA Gobierno Code § 66510(b) Los puentes transbahía.
(c)CA Gobierno Code § 66510(c) Los sistemas de transporte público masivo.
La comisión prestará especial atención a la interconexión de los diversos modos de transporte.

Section § 66511

Explanation

Esta ley exige que un plan regional de transporte describa lo que se necesita para el transporte en la zona durante los próximos 10 años. También debe clasificar los proyectos según su urgencia, especificando qué partes del sistema de transporte necesitan ser construidas, modificadas o mantenidas para satisfacer estas necesidades.

El plan regional de transporte también deberá incluir una estimación de las necesidades regionales de transporte durante los próximos 10 años y un cronograma de prioridades para la construcción, modificación y mantenimiento de varios segmentos del sistema regional de transporte por proyecto para satisfacer dichas necesidades.

Section § 66512

Explanation

Esta sección de la ley exige que se incluya un plan financiero en el plan regional de transporte. El plan financiero debe detallar la financiación para cada parte del sistema de transporte, incluyendo cuánto dinero se necesita y de dónde provendrá.

La comisión debe revisar diversas fuentes de ingresos, incluso si existen límites legales actuales sobre cómo se pueden gastar estos fondos, para asegurar que el sistema de transporte esté financiado adecuadamente. También pueden sugerir nuevas leyes a la Legislatura si es necesario para asegurar esta financiación.

Además, el plan regional de transporte deberá incluir un plan financiero para el sistema regional de transporte. El plan financiero deberá incluir una propuesta para cada segmento del sistema, incluyendo la cantidad y las fuentes de ingresos necesarias para construir y operar dicho segmento.
Al desarrollar el plan financiero, la comisión deberá considerar diversas fuentes de ingresos, sin tener en cuenta las restricciones impuestas por la ley sobre los gastos de dichas fuentes, necesarias para asegurar una financiación adecuada del sistema y, si es necesario, recomendar legislación apropiada a la Legislatura para asegurar dicha financiación.

Section § 66513

Explanation

Esta ley exige que la comisión revise regularmente el plan regional de transporte y realice actualizaciones cuando sea necesario. Cualquier cambio debe ajustarse a las regulaciones establecidas en la Sección 65080.

El plan regional de transporte será objeto de revisión continua por parte de la comisión, con las revisiones que sean necesarias. La comisión adoptará revisiones al plan, de conformidad con la Sección 65080.

Section § 66514

Explanation
Antes de iniciar la construcción de cualquier puente nuevo que cruce la Bahía de San Francisco, el proyecto necesita la aprobación de la comisión. Esta regla no se aplica a los cambios en puentes actuales, a menos que se estén añadiendo nuevos carriles de tráfico o sistemas de tránsito rápido.

Section § 66515

Explanation

Si alguien quiere construir u operar un sistema de tránsito especial en varios condados que tenga su propia vía dedicada, necesita obtener primero la aprobación de la comisión.

Ningún sistema de tránsito público multicondado que utilice un derecho de vía exclusivo, y cuya construcción se proponga dentro de la región, podrá ser construido u operado sin la aprobación de la comisión.

Section § 66515.5

Explanation
Esta ley exige que cualquier sistema de tránsito público en la región que utilice exclusivamente sus propios carriles de viaje designados debe coincidir con las características físicas del sistema de Tránsito Rápido del Área de la Bahía de San Francisco (BART). Además, debe haber un plan para la gestión y operación de cualquier instalación que conecte diferentes sistemas de tránsito entre sí.

Section § 66516

Explanation
Esta ley exige que la comisión, junto con un consejo de tránsito regional, cree normas para asegurar que todos los sistemas de transporte público en su área trabajen juntos en horarios y tarifas. También deben asegurar que los diferentes sistemas de tránsito tengan acuerdos establecidos para compartir el dinero que ganan de las tarifas cuando se conectan entre sí.

Section § 66516.5

Explanation

Esta ley permite a una comisión trabajar con un consejo de tránsito regional para identificar partes de los sistemas de tránsito público que podrían combinarse para una mayor eficiencia. Pueden recomendar la combinación o la subcontratación de estas funciones para mejorar el servicio. Además, la comisión puede sugerir formas de mejorar la coordinación del servicio en corredores de tránsito clave, reduciendo los servicios superpuestos y asegurando operaciones de tránsito fluidas entre diferentes sistemas de tránsito.

La comisión podrá hacer lo siguiente:
(a)CA Gobierno Code § 66516.5(a) En consulta con el consejo coordinador de tránsito regional, identificar aquellas funciones realizadas por sistemas de tránsito público individuales que podrían consolidarse para mejorar la eficiencia del servicio de tránsito regional, y recomendar que esas funciones se consoliden y se realicen mediante acuerdos entre operadores o como servicios contratados a una única entidad.
(b)CA Gobierno Code § 66516.5(b) Mejorar la coordinación y la eficacia del servicio en aquellos corredores de tránsito identificados como corredores de tránsito de importancia regional por la comisión en consulta con el consejo coordinador de tránsito regional, recomendando mejoras en esos corredores, incluyendo, entre otras, la reducción del servicio duplicado y la institución de un servicio coordinado a través de los límites de los sistemas de tránsito público.

Section § 66517

Explanation
Esta ley exige que la comisión apoye y asista a los sistemas de tránsito locales de ciudades o agencias públicas. El objetivo es asegurar que estos sistemas proporcionen suficientes servicios de enlace, que son conexiones de transporte locales, para conectar con redes de tránsito regionales más grandes.

Section § 66517.5

Explanation

Esta ley exige que la comisión establezca metas y medidas para los servicios de tránsito público regional, asegurando que sean eficientes y efectivos. También deben crear requisitos de datos consistentes para evaluar los beneficios y costos de estos servicios. Además, la comisión es responsable de establecer procedimientos para priorizar la financiación del transporte regional.

La ley también exige la creación de estándares para un sistema uniforme de informes y contabilidad, de modo que los operadores de tránsito público informen sus finanzas trimestralmente y presenten sus presupuestos para revisión. Otros estándares incluyen mantener el apoyo local para el tránsito público y asegurar operaciones rentables.

La comisión desarrollará objetivos de servicio de tránsito regional, desarrollará medidas de rendimiento de eficiencia y eficacia, especificará requisitos uniformes de datos para evaluar los beneficios y costos del servicio de tránsito público, y formulará procedimientos para establecer prioridades de transporte regional en la asignación de fondos para fines de transporte.
La comisión también establecerá y mantendrá estándares relacionados con:
(a)CA Gobierno Code § 66517.5(a) Un sistema estandarizado de informes y contabilidad bajo el cual los operadores de tránsito público presentarán informes trimestrales a la comisión sobre sus ingresos y gastos y someterán sus presupuestos anuales propuestos y adoptados para comentarios y evaluación. El sistema será consistente con el sistema uniforme de cuentas y registros adoptado por el Contralor del Estado de conformidad con la Sección 99243 del Código de Servicios Públicos.
(b)CA Gobierno Code § 66517.5(b) Mantenimiento de los niveles establecidos de apoyo local para las operaciones del sistema de tránsito público.
(c)CA Gobierno Code § 66517.5(c) Eficiencia operativa y control de costos.

Section § 66518

Explanation
Esta sección de la ley exige que la Comisión de Transporte de California siga el plan regional de transporte y las prioridades al distribuir fondos para la construcción de carreteras estatales. Sin embargo, la Comisión puede hacer excepciones si existe un interés más importante que afecte a todo el estado.

Section § 66520

Explanation

Si un condado, ciudad o distrito de transporte en la región quiere solicitar una subvención federal o estatal que incluya un componente de transporte, primero debe enviar su solicitud a la comisión. La comisión revisa si la solicitud coincide con el plan regional de transporte. Solo las solicitudes que concuerden con el plan serán aprobadas y enviadas.

Pero, si el dinero proviene del Impuesto sobre la Licencia de Combustible para Vehículos Motorizados y se entrega a los gobiernos locales según lo que dice la ley, entonces no se necesita esta revisión de la comisión.

Cualquier solicitud al gobierno federal o estatal para cualquier subvención de dinero, ya sea una subvención directa o una subvención de contrapartida, por parte de cualquier condado, ciudad y condado, ciudad o distrito de transporte dentro de la región deberá, si contiene un elemento de transporte, ser presentada primero a la comisión para su revisión en cuanto a su compatibilidad con el plan regional de transporte. La comisión aprobará y remitirá únicamente aquellas solicitudes que sean compatibles con el plan.
Sin embargo, la revisión por parte de la comisión no es necesaria cuando los ingresos derivados de la Ley del Impuesto sobre la Licencia de Combustible para Vehículos Motorizados sean subvencionados a entidades gubernamentales locales de conformidad con las disposiciones legales.

Section § 66521

Explanation

Esta sección de la ley describe cómo el gobierno federal, el estado y las agencias locales deben apoyar a una comisión en particular. La idea es que las actividades de la comisión, especialmente en transporte y planificación, recibirán respaldo financiero de estos niveles de gobierno. Para lograr esto, la comisión y la Agencia de Transporte organizarán contratos para usar fondos federales para carreteras y fondos estatales para la planificación de autopistas, carreteras y calles en la región.

Además, la comisión debe trabajar con agencias federales, como el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano, para obtener subvenciones para sus estudios y actividades de planificación. También debe establecer acuerdos equitativos con entidades locales, como la Ciudad y el Condado de San Francisco, y varios distritos y grupos de transporte, para contribuir con fondos o servicios para apoyar sus iniciativas. Estas entidades locales pueden usar fondos de las tarifas de vehículos motorizados para ayudar con este apoyo.

(a)CA Gobierno Code § 66521(a) Es la intención de la Legislatura que el gobierno federal, el estado y las agencias locales de la región participen en el apoyo de la comisión. La Legislatura además tiene la intención de que el apoyo financiero de las actividades de la comisión esté disponible de fuentes federales, estatales y locales normalmente disponibles para fines de transporte y planificación general en la región.
(b)CA Gobierno Code § 66521(b) La comisión y la Agencia de Transporte negociarán contratos o acuerdos mediante los cuales los fondos federales para carreteras disponibles para planificación, y los fondos estatales de contrapartida necesarios de la Cuenta de Carreteras Estatales en el Fondo Estatal de Transporte, puedan ponerse a disposición para el apoyo de las actividades de la comisión en la medida en que se relacionen con la planificación de autopistas, carreteras y calles para la región.
(c)CA Gobierno Code § 66521(c) La comisión también negociará, ya sea directamente o a través de la Oficina de Planificación e Investigación u otra agencia apropiada, con el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos para subvenciones o contribuciones de fondos federales que puedan estar disponibles para apoyar las actividades de estudio y planificación de la comisión.
(d)CA Gobierno Code § 66521(d) La comisión negociará acuerdos equitativos con la Ciudad y el Condado de San Francisco, y otros condados y ciudades dentro de la región, la Asociación de Gobiernos del Área de la Bahía, el Distrito de Tránsito Rápido del Área de la Bahía de San Francisco, el Distrito de Tránsito de Alameda-Contra Costa, y el Distrito de Puentes, Carreteras y Transporte Golden Gate para la contribución de fondos o servicios para el apoyo general de las actividades de la comisión y para la contrapartida requerida de fondos federales que puedan estar disponibles. Cualquier condado, ciudad y condado, o ciudad puede usar sus asignaciones de la Cuenta de Tasas de Licencias de Vehículos Motorizados en el Fondo de Impuestos de Transporte para estos fines.

Section § 66522

Explanation

Esta ley establece que si se crea una nueva organización gubernamental regional con deberes relacionados con la planificación del transporte, la comisión debe integrarse o colaborar con ella en el plazo de un año.

La comisión se fusionará o se unirá de otra manera a cualquier organización gubernamental regional multifuncional, si esta tiene responsabilidades de planificación del transporte, dentro de un año de la creación de dicha organización.

Section § 66525

Explanation
Esta sección de la ley establece que la comisión es responsable de gestionar el plan de gastos de transporte de un condado si este incluye normas para implementar un impuesto sobre las ventas minoristas con este fin.

Section § 66530

Explanation

La comisión es responsable de trabajar activamente para encontrar formas de financiar proyectos de transporte importantes para toda la región.

La comisión continuará activamente, en nombre de toda la región, buscando asistir en el desarrollo de fuentes de financiación adecuadas para desarrollar, construir y apoyar proyectos de transporte que determine esenciales.

Section § 66531

Explanation

Cada dos años, los condados del área de la Bahía de San Francisco, junto con sus ciudades y operadores de tránsito, pueden crear y actualizar un plan de transporte. Este plan debe presentarse a la agencia designada responsable de la gestión de la congestión, a menos que se asigne esta tarea a otra agencia. Los planes de transporte del condado deben estar alineados con los programas de gestión de la congestión y considerar los factores federales de planificación del transporte.

La comisión desarrollará directrices para estos planes, asegurando que se alineen con los planes regionales. Las directrices deben abordar las inversiones para gestionar la congestión, considerar estrategias del sistema de transporte, gestionar los impactos del transporte relacionados con el uso del suelo y tener en cuenta los ingresos esperados. Además, deben recomendar mejoras para los próximos 10 y 20 años y contribuir al plan de transporte regional. Si es necesario, la comisión puede resolver conflictos entre los diferentes planes de los condados. Los condados también pueden hacer que la comisión prepare sus planes, siempre que ambas partes estén de acuerdo. Finalmente, las estrategias de financiación para estos planes deben desarrollarse conjuntamente con la comisión.

(a)CA Gobierno Code § 66531(a) Cada condado dentro de la jurisdicción de la comisión, junto con las ciudades y operadores de tránsito dentro del condado, podrá, cada dos años, desarrollar y actualizar un plan de transporte para el condado y las ciudades dentro del condado. El plan de transporte del condado deberá ser presentado a la comisión por la agencia que haya sido designada como la agencia responsable de desarrollar, adoptar y actualizar el programa de gestión de congestión del condado de conformidad con la Sección 65089, a menos que, a más tardar el 1 de enero de 1995, otra agencia pública sea designada mediante resoluciones adoptadas por la junta de supervisores del condado y los concejos municipales de la mayoría de las ciudades que representen la mayoría de la población en el área incorporada del condado. Nada en esta sección requiere una acción adicional por parte de las ciudades y el condado, si un acuerdo de poderes conjuntos delega la responsabilidad del plan de transporte del condado a la agencia responsable de desarrollar, adoptar y actualizar el programa de gestión de congestión del condado de conformidad con la Sección 65089.
(b)CA Gobierno Code § 66531(b) Los planes de transporte del condado deberán ser consistentes con, y proporcionar una visión a largo plazo para, los programas de gestión de congestión en el área de la Bahía de San Francisco preparados de conformidad con la Sección 65089. Los planes de transporte del condado también deberán responder a los factores de planificación incluidos en la Sección 134 de la Ley Federal de Eficiencia del Transporte Intermodal de Superficie de 1991 (Ley Pública 102-240).
(c)CA Gobierno Code § 66531(c) La comisión, en consulta con las agencias locales, desarrollará directrices para ser utilizadas en la preparación de los planes de transporte del condado. Estas directrices deberán ser consistentes con la preparación por parte de la comisión del plan de transporte regional de conformidad con la Sección 65081. Estos planes deberán incluir recomendaciones de inversión necesarias para mitigar el impacto de la congestión causada por un aeropuerto que sea propiedad del condado, o de la ciudad y el condado, y que esté ubicado en otro condado. Los planes podrán incluir, entre otros, lo siguiente:
(1)CA Gobierno Code § 66531(c)(1) Recomendaciones de inversiones necesarias para mantener la eficacia y eficiencia de la porción del condado del sistema de transporte metropolitano, según lo definido cooperativamente por la comisión y la agencia designada de conformidad con la Sección 65089.
(2)CA Gobierno Code § 66531(c)(2) Consideración de estrategias de gestión del sistema de transporte y de la demanda que refuercen los requisitos contenidos en la Sección 65089.
(3)CA Gobierno Code § 66531(c)(3) Consideración de los impactos del transporte asociados con las designaciones de uso del suelo incorporadas en los planes generales del condado y las ciudades dentro del condado y proyecciones de crecimiento económico y demográfico disponibles de la Asociación de Gobiernos del Área de la Bahía.
(4)CA Gobierno Code § 66531(c)(4) Consideración de estrategias que conserven la capacidad existente del sistema de transporte, tales como políticas de precios o políticas de integración a largo plazo del uso del suelo y el transporte desarrolladas conjuntamente por la comisión y las agencias designadas de conformidad con la Sección 65089.
(5)CA Gobierno Code § 66531(c)(5) Consideración de los ingresos de transporte esperados según lo estimado por la comisión, el impacto de estos ingresos estimados en las recomendaciones de inversión, y opciones para mejorar los ingresos de transporte.
(d)CA Gobierno Code § 66531(d) La comisión adoptará directrices revisadas a más tardar el 1 de enero de 1995.
(e)CA Gobierno Code § 66531(e) El plan de transporte del condado deberá incluir mejoras de transporte recomendadas para los períodos sucesivos de 10 y 20 años.
(f)CA Gobierno Code § 66531(f) Los planes de transporte del condado serán la base principal para el plan de transporte regional de la comisión y se considerarán en la preparación del programa regional de mejora del transporte. Para proporcionar coherencia regional, los planes de transporte del condado deberán considerar el plan de transporte regional más reciente adoptado por la comisión. Cuando los planes de transporte de los condados entren en conflicto, la comisión podrá resolver las diferencias como parte del plan de transporte regional. La comisión añadirá propuestas y políticas de importancia regional al plan de transporte regional.
(g)CA Gobierno Code § 66531(g) Con el consentimiento de la comisión, un condado podrá hacer que la comisión prepare su plan de transporte del condado.
(h)CA Gobierno Code § 66531(h) Los condados, junto con la comisión, desarrollarán conjuntamente una estrategia de financiación para la preparación del plan de transporte de cada condado.

Section § 66532

Explanation

Esta ley exige que una comisión cree un plan para gestionar emergencias de transporte cuando las carreteras son dañadas por terremotos. El plan se centrará en los servicios necesarios durante la reconstrucción de carreteras específicas en el Condado de Alameda y San Francisco. La financiación para estos servicios está destinada a provenir de futuras acciones legislativas.

La comisión desarrollará un plan de gestión del sistema de transporte de emergencia que defina los servicios de emergencia continuos requeridos durante la reconstrucción de las instalaciones de carreteras que hayan quedado inoperables por el terremoto.
El plan estará en vigor durante el período de tiempo necesario para restaurar las secciones dañadas de la Ruta Estatal 880 en el Condado de Alameda y la Ruta Estatal 280 y la Autopista Embarcadero en la Ciudad y Condado de San Francisco.
Es la intención de la Legislatura que se proporcionen fondos para esos servicios mediante acciones posteriores de la Legislatura.

Section § 66535

Explanation

Para el 1 de julio de 2003, la comisión debe crear criterios de desempeño para evaluar nuevos proyectos de transporte que aún no están identificados en el plan de 2002. Esto implica evaluar cómo los proyectos afectarán sus corredores y priorizar inversiones para el plan de 2004 basándose en las metas para cada corredor.

La comisión también necesita establecer metas para la planificación de corredores que coincidan con los criterios de desempeño para el plan regional de 2004.

Los costos de este proceso deben ser cubiertos por fondos específicos. Si estos fondos son insuficientes, la comisión no está obligada a realizar estas tareas.

(a)CA Gobierno Code § 66535(a) A más tardar el 1 de julio de 2003, la comisión establecerá criterios de medición del desempeño tanto a nivel de proyecto como de corredor para evaluar todos los nuevos proyectos y programas de transporte (inversiones) que aún no han sido identificados como “Inversiones de Primera Vía” en el plan regional de transporte de 2002. Estas medidas de desempeño se aplicarán a los proyectos propuestos y al impacto que esos proyectos tendrán en sus respectivos corredores. La comisión utilizará estas mediciones de desempeño para evaluar y priorizar inversiones de transporte alternativas a fin de cumplir con las metas y objetivos para cada corredor para su inclusión en el plan regional de transporte de 2004.
(b)CA Gobierno Code § 66535(b) La comisión adoptará metas y objetivos medibles para corredores y subcorredores de planificación delimitados por la comisión. Estas metas y objetivos serán compatibles y consistentes con los requisitos de los criterios de medición del desempeño establecidos por la comisión conforme a la subdivisión (a) para su inclusión en el plan regional de transporte de 2004.
(c)CA Gobierno Code § 66535(c) Cualquier costo asociado con esta sección incurrido por la comisión se pagará únicamente con fondos proporcionados conforme a la Sección 99233.2 del Código de Servicios Públicos. Si los fondos de esta fuente son insuficientes, la comisión no estará obligada a realizar las funciones descritas en esta sección.

Section § 66536

Explanation

Esta ley trata sobre la colaboración entre la Asociación de Gobiernos del Área de la Bahía (ABAG) y la Comisión Metropolitana de Transporte (MTC) para una mejor planificación regional. En 2003, formaron el Grupo de Trabajo ABAG-MTC para discutir cómo mejorar la planificación regional, incluyendo cambios organizacionales.

En lugar de fusionarse, el grupo de trabajo decidió crear un comité de política conjunto para manejar las tareas de planificación y abordar los problemas de transporte regional.

Además, el Distrito de Gestión de la Calidad del Aire del Área de la Bahía fue históricamente parte de este esfuerzo cooperativo, trabajando en planes de calidad del aire. Para el 30 de junio de 2005, se requería que este distrito fuera parte del comité conjunto, enfatizando la conexión entre el uso del suelo, el transporte y la calidad del aire.

La Legislatura encuentra y declara lo siguiente:
(a)CA Gobierno Code § 66536(a) La Asociación de Gobiernos del Área de la Bahía, conocida como ABAG para los fines de esta sección y la Sección 66536.1, y la Comisión Metropolitana de Transporte han colaborado en la coordinación regional.
(b)CA Gobierno Code § 66536(b) ABAG y MTC formaron el “Grupo de Trabajo ABAG-MTC” en 2003 para revisar métodos para mejorar la planificación regional integral, incluyendo posibles cambios organizacionales y estructurales a ABAG y MTC.
(c)CA Gobierno Code § 66536(c) El Grupo de Trabajo ABAG-MTC acordó dejar de lado el tema de una fusión entre ABAG y MTC y desarrollar una mejor estructura para la planificación regional coordinada.
(d)CA Gobierno Code § 66536(d) El Grupo de Trabajo ABAG-MTC acordó crear un comité de política conjunto para desarrollar apoyo de personal para dicho comité y trabajar en objetivos a corto y largo plazo. La formación del comité de política conjunto puede resultar en un progreso real sustancial en la resolución de problemas de transporte regional.
(e)CA Gobierno Code § 66536(e) Los miembros del Grupo de Trabajo ABAG-MTC acordaron que se requerían cambios estructurales en la relación de trabajo entre ABAG y MTC, y que el comité de política conjunto debería tener un papel sustancial en la facilitación del progreso en asuntos de transporte regional.
(f)CA Gobierno Code § 66536(f) Existe un historial de cooperación y coordinación entre el Distrito de Gestión de la Calidad del Aire del Área de la Bahía, ABAG y MTC.
(g)CA Gobierno Code § 66536(g) Las tres agencias son colectivamente responsables de desarrollar y adoptar planes de calidad del aire para los estándares nacionales de calidad del aire ambiente.
(h)CA Gobierno Code § 66536(h) Basado en este historial y participación colectiva, y la interrelación entre el uso del suelo, el transporte y la calidad del aire, el Distrito de Gestión de la Calidad del Aire del Área de la Bahía debería ser incluido como una agencia representada en el comité de política conjunto antes del 30 de junio de 2005. Si el Distrito de Gestión de la Calidad del Aire del Área de la Bahía no ha sido incluido antes del 3 de junio de 2005, el Distrito de Gestión de la Calidad del Aire del Área de la Bahía será incluido como una agencia representada con un número igual de miembros del comité.

Section § 66536.1

Explanation

Esta sección de la ley describe las responsabilidades de un comité de política conjunta compuesto por miembros de varias entidades regionales en el Área de la Bahía de San Francisco. Primero, el comité debe crear un informe sobre la viabilidad de fusionar ciertas funciones de dos organizaciones (ABAG y MTC) y presentarlo a la Legislatura antes de 2006. Segundo, el comité debe incluir representantes de nueve condados del Área de la Bahía, y la mayoría de los designados de una agencia específica deben ser funcionarios electos localmente para 2011. Finalmente, el comité tiene la tarea de coordinar y revisar los principales documentos de planificación de ABAG, MTC, el Distrito de Gestión de la Calidad del Aire del Área de la Bahía y la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco. Estos planes incluyen transporte regional, necesidades de vivienda, calidad del aire y el Plan de la Bahía de San Francisco.

(a)CA Gobierno Code § 66536.1(a)  El comité de política conjunta preparará un informe que analice la viabilidad de consolidar funciones realizadas por separado por ABAG y MTC. El informe será revisado y aprobado por MTC y la junta ejecutiva de ABAG y presentado a la Legislatura a más tardar el 1 de enero de 2006.
(b)CA Gobierno Code § 66536.1(b)  La membresía combinada del comité de política conjunta incluirá al menos un representante de cada uno de los nueve condados regionales: Alameda, Contra Costa, Marin, Napa, Sonoma, San Mateo, San Francisco, Santa Clara y Solano. A partir del 1 de enero de 2011, la mayoría de los representantes designados para el comité de política conjunta por la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco serán funcionarios electos localmente.
(c)CA Gobierno Code § 66536.1(c)  El comité de política conjunta coordinará el desarrollo y la redacción de los principales documentos de planificación preparados por ABAG, MTC, el Distrito de Gestión de la Calidad del Aire del Área de la Bahía y la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco, incluyendo la revisión y el comentario sobre los principales productos de trabajo provisionales y los comentarios del borrador final antes de la acción por parte de ABAG, MTC, el Distrito de Gestión de la Calidad del Aire del Área de la Bahía y la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco. Estos documentos incluyen, entre otros, los siguientes:
(1)CA Gobierno Code § 66536.1(c)(1) Comenzando con la próxima actualización del plan programada para ser adoptada en 2008, el plan regional de transporte preparado por MTC y descrito en la Sección 66508 del Código de Gobierno.
(2)CA Gobierno Code § 66536.1(c)(2) El proceso de planificación del Elemento de Vivienda de ABAG para las necesidades regionales de vivienda conforme al Artículo 10.6 (que comienza con la Sección 65580) del Capítulo 3 de la División 1 del Título 7.
(3)CA Gobierno Code § 66536.1(c)(3) El Plan de Logro de Ozono y el Plan de Aire Limpio del Distrito de Gestión de la Calidad del Aire del Área de la Bahía.
(4)CA Gobierno Code § 66536.1(c)(4) El Plan de la Bahía de San Francisco y documentos relacionados.

Section § 66536.2

Explanation

Esta ley trata sobre los esfuerzos para mejorar la planificación en el Área de la Bahía, específicamente en torno al uso del suelo, el transporte y la calidad del aire. Tres agencias han estado trabajando juntas en esto: la Asociación de Gobiernos del Área de la Bahía, el Distrito de Gestión de la Calidad del Aire del Área de la Bahía y la Comisión Metropolitana de Transporte.

La Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco (BCDC) también es importante, ya que supervisa la planificación y la regulación en varias áreas clave, como la Bahía de San Francisco y el Pantano de Suisun.

La ley señala que la BCDC ha mostrado interés en unirse a estos esfuerzos de planificación, y el comité de política conjunta apoya esta incorporación. Para el 1 de enero de 2009, la BCDC debería convertirse en miembro del comité de política conjunta con igual representación que las otras agencias.

(a)CA Gobierno Code § 66536.2(a) La Legislatura encuentra y declara:
(1)CA Gobierno Code § 66536.2(a)(1) La Asociación de Gobiernos del Área de la Bahía, el Distrito de Gestión de la Calidad del Aire del Área de la Bahía y la Comisión Metropolitana de Transporte han estado trabajando juntos a través de un comité de política conjunta para coordinar y mejorar la calidad de la planificación del uso del suelo, el transporte y la calidad del aire en el Área de la Bahía.
(2)CA Gobierno Code § 66536.2(a)(2) La Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco tiene autoridad integral de planificación y regulación en los nueve condados del Área de la Bahía para la Bahía de San Francisco, el Pantano de Suisun, sus respectivas costas, ciertas vías fluviales, estanques de sal y humedales gestionados, y a través de esa autoridad desempeña un papel fundamental en el futuro del uso del suelo y el transporte del Área de la Bahía.
(3)CA Gobierno Code § 66536.2(a)(3) La Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco tiene un interés activo en la planificación regional, ya que ha expresado su deseo de unirse al comité de política conjunta, y el comité de política conjunta ha determinado que se beneficiaría al añadir a la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco como miembro.
(b)CA Gobierno Code § 66536.2(b) El comité de política conjunta deberá incluir a la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco como una agencia representada con un número igual de miembros del comité que otras agencias representadas antes del 1 de enero de 2009.