Agencias LocalesBancos Públicos
Section § 57600
Esta sección define qué constituye una 'institución financiera local' y un 'banco público' en California. Una 'institución financiera local' puede ser una institución financiera de desarrollo comunitario, ciertas cooperativas de crédito o bancos pequeños. Un 'banco público' es una corporación sin fines de lucro establecida para fines bancarios y propiedad de gobiernos locales o de una autoridad de poderes conjuntos. Los condados con poblaciones inferiores a 250,000 habitantes solo pueden crear un banco público a través de una autoridad de poderes conjuntos. La ley también define una 'licencia de banco público' como la autorización necesaria para operar un banco en California.
Section § 57601
Esta sección explica las reglas para los bancos públicos en California que están organizados como corporaciones sin fines de lucro. Si se organizan como una corporación sin fines de lucro de beneficio mutuo, deben indicar en su declaración de propósito que son un banco público dedicado a la banca comercial o industrial. Si se organizan como una corporación sin fines de lucro de beneficio público, deben declarar que no tienen fines de lucro privado y que su propósito es la banca pública. Los bancos públicos pueden distribuir ganancias a sus miembros. Aunque siguen las leyes generales de corporaciones sin fines de lucro, las reglas específicas para los bancos públicos tienen prioridad si hay algún conflicto con las leyes generales de corporaciones sin fines de lucro.
Section § 57602
Esta ley exige que los bancos públicos tengan seguro de depósitos de la Corporación Federal de Seguro de Depósitos (FDIC). Los bancos deben hacer todo lo necesario para obtener este seguro, siempre y cuando no contravenga las leyes estatales.
Section § 57603
Esta ley describe los procedimientos para que un banco público opere en California. Especifica que un banco público necesita autorización antes de iniciar sus operaciones. Las agencias locales deben seguir ciertas reglas al depositar fondos en un banco público, a menos que tengan permiso para hacer lo contrario. Los condados tienen permitido prestar sus fondos disponibles a los bancos públicos. También establece que las agencias locales, ya sea que mancomunen fondos o no, pueden invertir en valores u obligaciones de bancos públicos. Además, los bancos públicos son elegibles para recibir fondos de las agencias locales.
Section § 57604
Esta sección explica el significado de varios términos sobre cómo funcionan los bancos públicos junto con las instituciones financieras locales. Aclara que los bancos públicos deben colaborar con estas instituciones locales para ofrecer productos y servicios financieros al público, a menos que dichos servicios no estén disponibles en la zona. Los bancos públicos pueden participar en actividades como la banca para agencias locales y préstamos para proyectos de infraestructura, pero no se les permite competir directamente con las instituciones financieras locales en actividades minoristas, a menos que estas últimas no ofrezcan esos servicios en la jurisdicción.
Section § 57605
Section § 57606
Antes de que una agencia local en California pueda solicitar establecer un banco público, debe realizar un estudio detallado para asegurar su viabilidad. Este estudio debe cubrir los propósitos del banco, sus costos, la financiación necesaria y las proyecciones financieras, incluyendo cómo le iría en una recesión económica. También debe evaluar el cumplimiento legal, las estructuras de gobernanza para evitar conflictos, y examinar los posibles beneficios y costos de iniciar el banco frente a no iniciarlo.
El estudio debe ser aprobado por el órgano de gobierno de la agencia local, y requiere un voto de apoyo público antes de seguir adelante. Cualquier dato financiero utilizado en el estudio debe hacerse público antes de que el órgano de gobierno vote sobre él.
Section § 57607
Esta ley limita el número de licencias de bancos públicos que se pueden emitir en California. El Comisionado de Protección e Innovación Financiera no puede emitir más de dos licencias de bancos públicos cada año. Además, no puede haber más de 10 bancos públicos operando al mismo tiempo. Una vez que se emita la décima licencia, se deberá realizar un estudio sobre la banca pública en California en un plazo de dos años. Finalmente, no se emitirán nuevas licencias después de siete años a partir de la fecha en que se establecieron por primera vez las normas para estas funciones.