Un banco o cooperativa de crédito sujeto a la autoridad de examen del comisionado no cobrará a un consumidor una tarifa por fondos insuficientes, según se define en la Sección 521, cuando el intento del consumidor de iniciar una transacción sea rechazado instantánea o casi instantáneamente por el banco o la cooperativa de crédito debido a fondos insuficientes.
Instituciones FinancierasCargos por Fondos Insuficientes
Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.
Section § 530
Esta ley establece que los bancos o las cooperativas de crédito no pueden cobrarte una comisión por fondos insuficientes si tu transacción es rechazada instantánea o casi instantáneamente porque no hay suficiente dinero en tu cuenta.
tarifa por fondos insuficientes tarifa NSF rechazo instantáneo de transacción