Section § 70000

Explanation
Esta ley define el término "fondo" para referirse específicamente al Fondo de Alfabetización Financiera de California.

Section § 70001

Explanation

Esta ley establece el Fondo de Alfabetización Financiera de California, administrado por el Contralor del Estado. El objetivo del fondo es fomentar asociaciones con bancos, el gobierno y otras organizaciones para ayudar a los californianos a comprender mejor los asuntos financieros. Si el dinero del fondo no se asigna en un plazo de 18 meses, debe devolverse a quien lo haya aportado.

(a)CA Financiero Code § 70001(a) El Fondo de Alfabetización Financiera de California queda por la presente establecido en la Tesorería del Estado. El fondo será administrado por el Contralor.
(b)CA Financiero Code § 70001(b) El propósito del fondo es permitir asociaciones con la comunidad de servicios financieros y las partes interesadas gubernamentales y no gubernamentales para mejorar la alfabetización financiera de los californianos.
(c)CA Financiero Code § 70001(c) Los fondos no asignados dentro de los 18 meses posteriores a su contribución al fondo serán devueltos en su totalidad al contribuyente.

Section § 70002

Explanation

Esta ley permite al Contralor aceptar donaciones privadas y depositarlas en un fondo especial. Las donaciones solo podrán usarse una vez que el presupuesto estatal anual lo apruebe. Sin embargo, estas donaciones no pueden usarse para promocionar los productos financieros de quienes donan.

El Contralor podrá aceptar donaciones privadas y depositar esas donaciones en el fondo, las cuales estarán disponibles previa asignación presupuestaria en la Ley de Presupuesto anual. Las donaciones no se utilizarán para promover o comercializar los productos financieros de ningún contribuyente.

Section § 70003

Explanation

Esta ley permite al Contralor formar un comité asesor de educación financiera. El propósito de este comité es supervisar un fondo específico y crear estrategias para mejorar la educación financiera. Si se forma un comité, debe seguir las reglas de reuniones abiertas según lo establecido por la Ley Bagley-Keene de Reuniones Abiertas.

El Contralor podrá convocar un comité asesor de educación financiera para proporcionar supervisión adicional del fondo y desarrollar estrategias para mejorar la educación financiera. Si se convoca, el comité deberá cumplir con la Ley Bagley-Keene de Reuniones Abiertas (Artículo 9 (que comienza con la Sección 11120) del Capítulo 1 de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno).

Section § 70004

Explanation

A partir de 2013, el Contralor debe presentar un resumen anual antes del 30 de agosto a los líderes clave de las Comisiones de Banca tanto de la Asamblea como del Senado. Este resumen detalla cómo se utilizan los fondos cuando se asignan.

A partir de 2013, el Contralor proporcionará a los presidentes respectivos de la Comisión de Banca y Finanzas de la Asamblea y de la Comisión de Banca e Instituciones Financieras del Senado un breve resumen anual sobre el uso de los fondos, cuando sean asignados. Este resumen se presentará a más tardar el 30 de agosto de cada año.