Fusión, Disolución y ConversiónDisolución
Section § 15250
Esta ley explica cómo una cooperativa de crédito en California puede disolverse. Primero, la junta directiva debe recomendar la disolución con un voto mayoritario. Luego, en una reunión convocada específicamente para este fin, los miembros de la cooperativa de crédito pueden aprobar la disolución mediante voto mayoritario o consentimiento por escrito.
Incluso si no todos los miembros aprueban, el comisionado aún podría aprobar la disolución si los miembros fueron debidamente notificados y la mayoría de los que votaron la apoyan. Es importante destacar que, si la junta vota a favor de la disolución, la cooperativa de crédito debe dejar de hacer préstamos y procesar retiros de participaciones o fondos hasta que los miembros decidan.
Section § 15251
Si una cooperativa de crédito decide disolverse, su junta directiva debe elegir un comité de tres personas o nombrar un agente liquidador para gestionar sus activos. Si el comisionado es elegido como agente liquidador, puede gestionar el proceso él mismo o asignar a otra parte, como la Administración Nacional de Cooperativas de Crédito, para que lo haga. Cuando el comisionado es el agente liquidador, la cooperativa de crédito debe renunciar a su certificado para operar como tal.
Section § 15252
Section § 15253
Section § 15254
Esta ley establece que el comité responsable de supervisar la liquidación o el agente liquidador tiene la autoridad para emprender acciones legales en nombre de una cooperativa de crédito. También pueden vender o gestionar de otra manera los activos de la cooperativa de crédito, ya sea en su totalidad o en partes, a través de ventas públicas o privadas.
Section § 15255
Section § 15257
Esta ley establece que, después de que una cooperativa de crédito termina de cerrar, paga todas las deudas conocidas y distribuye sus activos, una mayoría de su comité o agente de liquidación debe firmar un certificado. Este certificado confirma que todas las deudas están saldadas, los impuestos pagados, los activos distribuidos y que la cooperativa de crédito está oficialmente disuelta.
Section § 15258
Section § 15259
Section § 15260
Si una cooperativa de crédito no tiene suficientes activos para reembolsar completamente a sus accionistas cuando decide disolverse, no será responsable de pagar los costos administrativos descritos en otra sección de la ley.