Section § 14450

Explanation

Esta ley exige que una cooperativa de crédito debe tener una junta directiva compuesta por un número impar de personas, con al menos cinco miembros. Cada miembro de la junta debe ser miembro de la propia cooperativa de crédito. Estos directores son elegidos por los miembros de la cooperativa de crédito durante su reunión anual.

La cooperativa de crédito será dirigida por una junta compuesta por un número impar de directores, al menos cinco en número, cada uno de los cuales deberá ser miembro de la cooperativa de crédito por derecho propio, para ser elegidos por los miembros en su reunión anual.

Section § 14451

Explanation
Esta ley establece que los directores pueden ser elegidos por períodos de hasta tres años. Si los directores son elegidos por más de un año, sus mandatos deben escalonarse. Esto significa que el número de mandatos de directores que terminan cada año debe ser lo más equitativo posible.

Section § 14452

Explanation
Si un director falta a tres reuniones consecutivas de la junta sin una excusa, su puesto se considerará vacante.

Section § 14452.5

Explanation

Esta ley explica cómo cubrir un puesto vacante en la junta directiva de una cooperativa de crédito. Si la vacante se debe a que alguien terminó su mandato, solo los miembros de la cooperativa de crédito pueden cubrirla. Si los directores cubren un puesto temporalmente, es solo hasta la próxima reunión anual. Después de eso, los miembros votan sobre quién debe ocupar el cargo por el resto del mandato.

Una vacante en la junta directiva se cubrirá de acuerdo con la Sección 7224 del Código de Corporaciones, sujeta a lo siguiente:
(a)CA Financiero Code § 14452.5(a) Una vacante que exista debido a la expiración del mandato de un director solo podrá ser cubierta por los miembros de una cooperativa de crédito.
(b)CA Financiero Code § 14452.5(b) Si la junta directiva elige a un director para cubrir una vacante, el director así elegido ocupará el cargo solo hasta la próxima reunión anual, momento en el cual los miembros elegirán a un director para ocupar el cargo hasta la expiración del mandato para el cual fue elegido.
(c)CA Financiero Code § 14452.5(c) Si los miembros eligen a un director para cubrir una vacante, el director así elegido ocupará el cargo hasta la expiración del mandato para el cual fue elegido.

Section § 14453

Explanation

La junta directiva de una cooperativa de crédito es responsable de supervisar sus operaciones, finanzas y registros. Deben celebrar reuniones regulares al menos cuatro veces al año. La junta también puede crear un comité ejecutivo, con al menos tres miembros de la junta, para encargarse de ciertas tareas según lo apruebe la junta.

La junta directiva de cada cooperativa de crédito tendrá la gestión general de los asuntos, fondos y registros de la cooperativa de crédito. La junta se reunirá de forma regular, no menos de trimestralmente, según lo determine razonablemente la junta. La junta podrá nombrar un comité ejecutivo de no menos de tres directores, para servir a su discreción, para actuar según lo apruebe expresamente la junta directiva de acuerdo con las leyes y reglamentos.

Section § 14454

Explanation

Dentro de los 10 días posteriores a la reunión anual de los miembros, los directores deben celebrar una reunión para elegir a los funcionarios de la cooperativa de crédito. Este proceso se rige por otras secciones que describen cómo deben llevarse a cabo estas elecciones.

Los directores celebrarán una reunión de todos los directores dentro de los 10 días siguientes a la reunión anual de miembros de conformidad con la Sección 14804 con el propósito de elegir a los funcionarios de la cooperativa de crédito según lo prescrito en las Secciones 14500 y 14501.

Section § 14456

Explanation

Esta sección describe las responsabilidades de la junta directiva de una cooperativa de crédito, a menos que los estatutos indiquen lo contrario. Los directores revisan las solicitudes de nuevas membresías y pueden delegar esta tarea a ciertos comités o personas, a veces utilizando sistemas automatizados con estrictas verificaciones de cumplimiento.

También pueden expulsar a miembros por razones como condenas penales o comportamiento abusivo, y algunas decisiones de expulsión pueden ser inmediatas por motivos de seguridad. Los miembros expulsados tienen derecho a apelar.

Los directores son responsables de establecer las tasas de interés y declarar dividendos, cubrir vacantes en los comités y gestionar las inversiones. Pueden modificar los estatutos, dirigir las actividades financieras y delegar ciertas facultades a los comités apropiados, los cuales deben informar sus acciones mensualmente.

A menos que los estatutos reserven expresamente cualquiera o todas las siguientes obligaciones a los miembros, los directores tienen todas las siguientes obligaciones especiales:
(a)Copy CA Financiero Code § 14456(a)
(1)Copy CA Financiero Code § 14456(a)(1) Actuar sobre todas las solicitudes de membresía. Los directores pueden delegar la facultad de aprobar solicitudes de nueva membresía a cualquiera de los siguientes, de conformidad con un plan de membresía escrito adoptado por la junta directiva:
(A)CA Financiero Code § 14456(a)(1)(A) El presidente de un comité de membresía o de un comité ejecutivo.
(B)CA Financiero Code § 14456(a)(1)(B) Un funcionario, director, miembro del comité o empleado.
(2)CA Financiero Code § 14456(a)(2) Los directores o sus delegados pueden utilizar un sistema automatizado para establecer la elegibilidad de membresía de conformidad con un plan de membresía escrito adoptado por la junta directiva si se cumplen todas las siguientes condiciones:
(A)CA Financiero Code § 14456(a)(2)(A) El sistema automatizado se somete a pruebas periódicas para verificar el cumplimiento de la Sección 14800, el ámbito de membresía de la cooperativa de crédito y las leyes y regulaciones aplicables.
(B)CA Financiero Code § 14456(a)(2)(B) Una solicitud de nueva membresía aprobada mediante un sistema automatizado es revisada por los directores o sus delegados dentro de los cinco días hábiles para asegurar el cumplimiento del subpárrafo (A).
(C)CA Financiero Code § 14456(a)(2)(C) El plan de membresía escrito incluye un plan para abordar una solicitud aprobada que se determine que no cumple con el subpárrafo (A).
(b)Copy CA Financiero Code § 14456(b)
(1)Copy CA Financiero Code § 14456(b)(1) Expulsar a los miembros por cualquiera de las siguientes causas, sujeto a la Sección 14801:
(A)CA Financiero Code § 14456(b)(1)(A) Condena por un delito penal que implique depravación moral.
(B)CA Financiero Code § 14456(b)(1)(B) Incumplimiento de contratos, acuerdos u obligaciones con la cooperativa de crédito.
(C)CA Financiero Code § 14456(b)(1)(C) Negativa a cumplir con las disposiciones de esta división o de los estatutos.
(D)CA Financiero Code § 14456(b)(1)(D) Comportamiento abusivo, amenazante o de acoso hacia el personal, voluntarios o miembros de la cooperativa de crédito, o el abuso de los sistemas o propiedades de la cooperativa de crédito.
(2)CA Financiero Code § 14456(b)(2) Los directores pueden delegar la facultad de expulsar miembros por causa justificada a un comité de membresía o a un comité ejecutivo, de conformidad con un plan de membresía escrito adoptado por la junta directiva.
(3)Copy CA Financiero Code § 14456(b)(3)
(A)Copy CA Financiero Code § 14456(b)(3)(A) Una expulsión de conformidad con el subpárrafo (D) del párrafo (1) puede entrar en vigor inmediatamente, sin previo aviso ni oportunidad de ser escuchado, si la junta directiva, o su designado de conformidad con la subdivisión (b), determina que la expulsión inmediata es razonablemente necesaria para la protección de la cooperativa de crédito o de su personal, voluntarios o miembros.
(B)CA Financiero Code § 14456(b)(3)(A)(B) Un miembro expulsado de conformidad con el subpárrafo (A) recibirá una notificación por escrito dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha efectiva de dicha expulsión.
(C)CA Financiero Code § 14456(b)(3)(A)(C) Este párrafo no prohibirá que un miembro expulsado de conformidad con el subpárrafo (A) apele dicha expulsión de conformidad con el párrafo (4).
(D)CA Financiero Code § 14456(b)(3)(A)(D) Una expulsión de conformidad con este párrafo se considerará justa y razonable de conformidad con la Sección 7341 del Código de Corporaciones.
(4)Copy CA Financiero Code § 14456(b)(4)
(A)Copy CA Financiero Code § 14456(b)(4)(A) Un miembro que sea expulsado por la junta directiva, o su designado, tiene derecho a apelar ante la junta directiva, de conformidad con los procedimientos razonables adoptados por la junta.
(B)CA Financiero Code § 14456(b)(4)(A)(B) Para los fines de este párrafo, “procedimientos razonables” incluirán, entre otros, todos los siguientes:
(i)CA Financiero Code § 14456(b)(4)(A)(B)(i) Notificación por escrito al miembro expulsado de la fecha efectiva de la expulsión.
(ii)CA Financiero Code § 14456(b)(4)(A)(B)(ii) El derecho a apelar y los procedimientos para hacerlo.
(iii)CA Financiero Code § 14456(b)(4)(A)(B)(iii) Notificación por escrito de la determinación final de la junta después de una apelación.
(c)CA Financiero Code § 14456(c) Determinar periódicamente la tasa de interés sobre las obligaciones con los miembros y autorizar el pago de reembolsos de intereses a los miembros prestatarios. La junta directiva puede delegar esta obligación de conformidad con la subdivisión (l).
(d)CA Financiero Code § 14456(d) Fijar el número máximo de acciones que puede poseer un miembro y, de conformidad con la Sección 15100, establecer el monto máximo de obligaciones que se pueden contraer con un solo miembro.
(e)CA Financiero Code § 14456(e) Declarar dividendos sobre las acciones de acuerdo con las políticas de la cooperativa de crédito y determinar la tasa o tasas de interés que se pagarán sobre los certificados de fondos. La junta directiva puede delegar esta obligación de conformidad con la subdivisión (l).
(f)CA Financiero Code § 14456(f) Modificar los estatutos, excepto cuando se requiera la aprobación de los miembros.
(g)CA Financiero Code § 14456(g) Cubrir las vacantes en el comité de crédito y cubrir temporalmente las vacantes causadas por la suspensión de cualquiera o todos los miembros del comité de crédito, en espera de una reunión de los miembros para determinar si se afirma la suspensión y se desocupa el cargo, o si se reinstala al miembro o miembros.
(h)CA Financiero Code § 14456(h) Dirigir el depósito o la inversión de fondos, excepto los préstamos a los miembros.
(i)CA Financiero Code § 14456(i) Designar miembros suplentes del comité de crédito que servirán en ausencia o incapacidad de los miembros regulares para desempeñar sus funciones.
(j)CA Financiero Code § 14456(j) Realizar o autorizar cualquier acción que no sea inconsistente con la ley o la regulación y que no esté específicamente reservada por los estatutos para los miembros, y desempeñar cualquier otra obligación que prescriban los estatutos.
(k)CA Financiero Code § 14456(k) Para los fines de esta sección, “comité de membresía” significa un comité de al menos tres personas designadas por la junta directiva, siempre que el número de miembros del comité sea impar, y cada uno de ellos sea miembro de la cooperativa de crédito. No obstante cualquier otra ley, un comité de membresía puede estar compuesto por directores, no directores, o tanto directores como no directores. Ningún miembro del comité de supervisión o del comité de auditoría puede formar parte del comité de membresía.
(l)Copy CA Financiero Code § 14456(l)
(1)Copy CA Financiero Code § 14456(l)(1) La junta directiva puede, mediante resolución, delegar lo siguiente a un comité de gestión de activos y pasivos o comité similar, de conformidad con las políticas de la junta directiva:
(A)CA Financiero Code § 14456(l)(1)(A) Las obligaciones establecidas en las subdivisiones (c) y (e).
(B)CA Financiero Code § 14456(l)(1)(B) La autoridad para determinar las tasas de dividendos en las cuentas de acciones de conformidad con la subdivisión (b) de la Sección 14901.
(2)CA Financiero Code § 14456(l)(2) El comité de gestión de activos y pasivos o comité similar puede estar compuesto por directores, funcionarios de gestión no directores, o tanto directores como funcionarios de gestión no directores.
(3)CA Financiero Code § 14456(l)(3) El comité de gestión de activos y pasivos o comité similar deberá presentar un informe a la junta directiva, al menos mensualmente, que especifique cualquier acción tomada.