A menos que los estatutos reserven expresamente cualquiera o todas las siguientes obligaciones a los miembros, los directores tienen todas las siguientes obligaciones especiales:
(a)Copy CA Financiero Code § 14456(a)
(1)Copy CA Financiero Code § 14456(a)(1) Actuar sobre todas las solicitudes de membresía. Los directores pueden delegar la facultad de aprobar solicitudes de nueva membresía a cualquiera de los siguientes, de conformidad con un plan de membresía escrito adoptado por la junta directiva:
(A)CA Financiero Code § 14456(a)(1)(A) El presidente de un comité de membresía o de un comité ejecutivo.
(B)CA Financiero Code § 14456(a)(1)(B) Un funcionario, director, miembro del comité o empleado.
(2)CA Financiero Code § 14456(a)(2) Los directores o sus delegados pueden utilizar un sistema automatizado para establecer la elegibilidad de membresía de conformidad con un plan de membresía escrito adoptado por la junta directiva si se cumplen todas las siguientes condiciones:
(A)CA Financiero Code § 14456(a)(2)(A) El sistema automatizado se somete a pruebas periódicas para verificar el cumplimiento de la Sección 14800, el ámbito de membresía de la cooperativa de crédito y las leyes y regulaciones aplicables.
(B)CA Financiero Code § 14456(a)(2)(B) Una solicitud de nueva membresía aprobada mediante un sistema automatizado es revisada por los directores o sus delegados dentro de los cinco días hábiles para asegurar el cumplimiento del subpárrafo (A).
(C)CA Financiero Code § 14456(a)(2)(C) El plan de membresía escrito incluye un plan para abordar una solicitud aprobada que se determine que no cumple con el subpárrafo (A).
(b)Copy CA Financiero Code § 14456(b)
(1)Copy CA Financiero Code § 14456(b)(1) Expulsar a los miembros por cualquiera de las siguientes causas, sujeto a la Sección 14801:
(A)CA Financiero Code § 14456(b)(1)(A) Condena por un delito penal que implique depravación moral.
(B)CA Financiero Code § 14456(b)(1)(B) Incumplimiento de contratos, acuerdos u obligaciones con la cooperativa de crédito.
(C)CA Financiero Code § 14456(b)(1)(C) Negativa a cumplir con las disposiciones de esta división o de los estatutos.
(D)CA Financiero Code § 14456(b)(1)(D) Comportamiento abusivo, amenazante o de acoso hacia el personal, voluntarios o miembros de la cooperativa de crédito, o el abuso de los sistemas o propiedades de la cooperativa de crédito.
(2)CA Financiero Code § 14456(b)(2) Los directores pueden delegar la facultad de expulsar miembros por causa justificada a un comité de membresía o a un comité ejecutivo, de conformidad con un plan de membresía escrito adoptado por la junta directiva.
(3)Copy CA Financiero Code § 14456(b)(3)
(A)Copy CA Financiero Code § 14456(b)(3)(A) Una expulsión de conformidad con el subpárrafo (D) del párrafo (1) puede entrar en vigor inmediatamente, sin previo aviso ni oportunidad de ser escuchado, si la junta directiva, o su designado de conformidad con la subdivisión (b), determina que la expulsión inmediata es razonablemente necesaria para la protección de la cooperativa de crédito o de su personal, voluntarios o miembros.
(B)CA Financiero Code § 14456(b)(3)(A)(B) Un miembro expulsado de conformidad con el subpárrafo (A) recibirá una notificación por escrito dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha efectiva de dicha expulsión.
(C)CA Financiero Code § 14456(b)(3)(A)(C) Este párrafo no prohibirá que un miembro expulsado de conformidad con el subpárrafo (A) apele dicha expulsión de conformidad con el párrafo (4).
(D)CA Financiero Code § 14456(b)(3)(A)(D) Una expulsión de conformidad con este párrafo se considerará justa y razonable de conformidad con la Sección 7341 del Código de Corporaciones.
(4)Copy CA Financiero Code § 14456(b)(4)
(A)Copy CA Financiero Code § 14456(b)(4)(A) Un miembro que sea expulsado por la junta directiva, o su designado, tiene derecho a apelar ante la junta directiva, de conformidad con los procedimientos razonables adoptados por la junta.
(B)CA Financiero Code § 14456(b)(4)(A)(B) Para los fines de este párrafo, “procedimientos razonables” incluirán, entre otros, todos los siguientes:
(i)CA Financiero Code § 14456(b)(4)(A)(B)(i) Notificación por escrito al miembro expulsado de la fecha efectiva de la expulsión.
(ii)CA Financiero Code § 14456(b)(4)(A)(B)(ii) El derecho a apelar y los procedimientos para hacerlo.
(iii)CA Financiero Code § 14456(b)(4)(A)(B)(iii) Notificación por escrito de la determinación final de la junta después de una apelación.
(c)CA Financiero Code § 14456(c) Determinar periódicamente la tasa de interés sobre las obligaciones con los miembros y autorizar el pago de reembolsos de intereses a los miembros prestatarios. La junta directiva puede delegar esta obligación de conformidad con la subdivisión (l).
(d)CA Financiero Code § 14456(d) Fijar el número máximo de acciones que puede poseer un miembro y, de conformidad con la Sección 15100, establecer el monto máximo de obligaciones que se pueden contraer con un solo miembro.
(e)CA Financiero Code § 14456(e) Declarar dividendos sobre las acciones de acuerdo con las políticas de la cooperativa de crédito y determinar la tasa o tasas de interés que se pagarán sobre los certificados de fondos. La junta directiva puede delegar esta obligación de conformidad con la subdivisión (l).
(f)CA Financiero Code § 14456(f) Modificar los estatutos, excepto cuando se requiera la aprobación de los miembros.
(g)CA Financiero Code § 14456(g) Cubrir las vacantes en el comité de crédito y cubrir temporalmente las vacantes causadas por la suspensión de cualquiera o todos los miembros del comité de crédito, en espera de una reunión de los miembros para determinar si se afirma la suspensión y se desocupa el cargo, o si se reinstala al miembro o miembros.
(h)CA Financiero Code § 14456(h) Dirigir el depósito o la inversión de fondos, excepto los préstamos a los miembros.
(i)CA Financiero Code § 14456(i) Designar miembros suplentes del comité de crédito que servirán en ausencia o incapacidad de los miembros regulares para desempeñar sus funciones.
(j)CA Financiero Code § 14456(j) Realizar o autorizar cualquier acción que no sea inconsistente con la ley o la regulación y que no esté específicamente reservada por los estatutos para los miembros, y desempeñar cualquier otra obligación que prescriban los estatutos.
(k)CA Financiero Code § 14456(k) Para los fines de esta sección, “comité de membresía” significa un comité de al menos tres personas designadas por la junta directiva, siempre que el número de miembros del comité sea impar, y cada uno de ellos sea miembro de la cooperativa de crédito. No obstante cualquier otra ley, un comité de membresía puede estar compuesto por directores, no directores, o tanto directores como no directores. Ningún miembro del comité de supervisión o del comité de auditoría puede formar parte del comité de membresía.
(l)Copy CA Financiero Code § 14456(l)
(1)Copy CA Financiero Code § 14456(l)(1) La junta directiva puede, mediante resolución, delegar lo siguiente a un comité de gestión de activos y pasivos o comité similar, de conformidad con las políticas de la junta directiva:
(A)CA Financiero Code § 14456(l)(1)(A) Las obligaciones establecidas en las subdivisiones (c) y (e).
(B)CA Financiero Code § 14456(l)(1)(B) La autoridad para determinar las tasas de dividendos en las cuentas de acciones de conformidad con la subdivisión (b) de la Sección 14901.
(2)CA Financiero Code § 14456(l)(2) El comité de gestión de activos y pasivos o comité similar puede estar compuesto por directores, funcionarios de gestión no directores, o tanto directores como funcionarios de gestión no directores.
(3)CA Financiero Code § 14456(l)(3) El comité de gestión de activos y pasivos o comité similar deberá presentar un informe a la junta directiva, al menos mensualmente, que especifique cualquier acción tomada.