Section § 14550

Explanation

Cada cooperativa de crédito debe tener un comité de supervisión con al menos tres miembros, y el número total debe ser impar. Cada miembro de este comité ya debe ser parte de la cooperativa de crédito y ser elegido por sus miembros. Alternativamente, la junta directiva puede establecer un comité de auditoría, que debe seguir las reglas de la Sección 14556.

Cada cooperativa de crédito deberá tener un comité de supervisión de al menos tres personas, siempre que el número de miembros del comité sea impar, cada uno de los cuales deberá ser miembro de la cooperativa de crédito y elegido por los miembros de la cooperativa de crédito. Alternativamente, la junta directiva podrá establecer un comité de auditoría sujeto a los requisitos de la Sección 14556.

Section § 14551

Explanation

El comité de supervisión de una cooperativa de crédito tiene varias responsabilidades importantes. Pueden suspender a miembros del comité de crédito, al gerente de crédito, a miembros de la junta directiva o a cualquier funcionario si así lo deciden por unanimidad en una reunión convocada específicamente para ese fin. También pueden convocar una reunión de los miembros para abordar violaciones o prácticas inseguras, mediante una votación mayoritaria. Además, tienen la autoridad para inspeccionar las cuentas financieras y los valores de la cooperativa de crédito.

El comité puede cubrir temporalmente cualquier vacante hasta la próxima reunión anual de miembros. Si un miembro del comité falta a tres reuniones consecutivas sin justificación o está inactivo durante 12 meses, el comité puede declarar vacante el cargo de ese miembro.

El comité de supervisión podrá:
(a)CA Financiero Code § 14551(a) Suspender en cualquier momento, por voto unánime, en una reunión convocada a tal efecto, al comité de crédito, o a cualquiera de sus miembros, o al gerente de crédito, o a cualquier miembro de la junta directiva, o a cualquier funcionario.
(b)CA Financiero Code § 14551(b) Por voto mayoritario, convocar a una reunión de los miembros para considerar cualquier violación de esta división o de los estatutos, o cualquier práctica de la cooperativa de crédito que, a juicio del comité, sea insegura o no autorizada.
(c)CA Financiero Code § 14551(c) Inspeccionar los valores, el efectivo y las cuentas de la cooperativa de crédito.
(d)CA Financiero Code § 14551(d) Cubrir las vacantes en el comité de supervisión hasta la próxima reunión anual de los miembros.
(e)CA Financiero Code § 14551(e) Declarar vacante cualquier cargo de un miembro del comité de supervisión si dicho miembro se ausenta de tres reuniones regulares consecutivas del comité de supervisión a menos que sea excusado de las mismas o permanece completamente inactivo como miembro del comité de supervisión durante un período consecutivo de 12 meses.

Section § 14551.5

Explanation

El comité de supervisión de una cooperativa de crédito tiene la tarea de revisar las reglas y los procesos de la cooperativa para prevenir el fraude y los conflictos de intereses. Este comité debe tomar cualquier medida necesaria para cumplir con estas responsabilidades, según lo establecido en las secciones relacionadas.

El comité de supervisión será responsable de revisar las políticas y los procedimientos de control de la cooperativa de crédito para salvaguardar contra el fraude y la autocontratación, y el comité de supervisión ejercerá todos los esfuerzos que sean necesarios de conformidad con las Secciones 14551 y 14553 para cumplir con esas responsabilidades.

Section § 14552

Explanation
Si el comité de supervisión suspende a cualquier miembro del comité de crédito, de la junta directiva o a otros funcionarios, debe notificar a los miembros en un plazo de siete días para celebrar una reunión especial. Esta reunión permite a los miembros decidir sobre cualquier acción adicional relacionada con la suspensión.

Section § 14553

Explanation

El comité de supervisión de una cooperativa de crédito debe auditar los libros y registros de la cooperativa al menos una vez al año. Esta auditoría incluye una revisión exhaustiva de las operaciones comerciales y la situación financiera de la cooperativa.

Deben presentar sus conclusiones, que detallan los activos y pasivos de la cooperativa de crédito, así como los fondos que entran y salen, a la junta directiva. Estos informes se comparten en la reunión anual de los miembros y se guardan en los registros de la cooperativa.

Además, el comité puede realizar inspecciones adicionales de los valores, el efectivo y las cuentas de la cooperativa de crédito cuando lo considere necesario. Cualquier hallazgo de estas auditorías adicionales también debe ser informado a la junta directiva.

(a)CA Financiero Code § 14553(a) El comité de supervisión realizará o hará que se realice, al menos una vez al año, una auditoría de los libros y registros y un examen de los negocios y asuntos de la cooperativa de crédito. El comité de supervisión presentará un informe completo de los activos y pasivos, ingresos y desembolsos de la cooperativa de crédito a la junta directiva. Dichos informes se presentarán en la asamblea anual de miembros y se archivarán con los registros de la cooperativa de crédito.
(b)CA Financiero Code § 14553(b) El comité de supervisión podrá realizar o hacer que se realicen las inspecciones suplementarias de los valores, efectivo y cuentas de la cooperativa de crédito o las auditorías que considere necesarias, y presentar informes de dichas auditorías a la junta directiva.

Section § 14554

Explanation

Esta ley establece que un miembro del comité de supervisión en una cooperativa de crédito no puede ocupar ningún otro puesto dentro de la misma, como ser parte del comité de crédito, actuar como gerente de crédito, formar parte de la junta directiva o trabajar como empleado.

Ningún miembro del comité de supervisión desempeñará el cargo de miembro del comité de crédito, de gerente de crédito, de miembro de la junta directiva o de empleado de la cooperativa de crédito.

Section § 14555

Explanation

Si el comisionado determina que el comité de supervisión de una cooperativa de crédito no está haciendo su trabajo correctamente, puede destituir a todos sus miembros de sus cargos. Después, instruirá a la junta directiva de la cooperativa de crédito para que celebre una reunión especial para que los miembros elijan un nuevo comité de supervisión, que prestará servicio hasta la próxima reunión anual.

El comisionado podrá, después de investigar y determinar que el comité de supervisión no está desempeñando sus funciones de conformidad con este artículo, declarar vacantes todos los cargos del comité de supervisión de una cooperativa de crédito y ordenará a la junta directiva de la cooperativa de crédito que convoque una reunión especial de los miembros con el propósito de elegir un nuevo comité de supervisión para que preste servicio hasta la próxima reunión anual ordinaria.

Section § 14556

Explanation

Esta sección permite que la junta directiva cree un comité de auditoría en lugar de un comité de supervisión, siempre que sigan pautas específicas. La decisión debe ser aprobada por la mayoría de los votos de los miembros. Una vez que se forma el comité de auditoría, el comité de supervisión se disuelve y los estatutos de la cooperativa de crédito se actualizan en consecuencia.

El comité de auditoría debe incluir al menos tres miembros de la cooperativa de crédito, y la mayoría deben ser directores. Los miembros no pueden ocupar simultáneamente otros cargos específicos dentro de la cooperativa de crédito. La junta tiene la facultad de nombrar o destituir a los miembros del comité de auditoría. Si el comité de auditoría no cumple con sus responsabilidades, un comisionado puede exigir cambios en su composición.

El comité de auditoría tiene la tarea de asegurar el cumplimiento de ciertas secciones, mantener un programa de auditoría interna eficaz y garantizar una capacitación y revisión adecuadas de las operaciones de la cooperativa de crédito. La junta puede disolver el comité de auditoría y restablecer el comité de supervisión mediante otra votación de los miembros.

(a)CA Financiero Code § 14556(a) La junta directiva podrá, mediante resolución, establecer un comité de auditoría en lugar de un comité de supervisión. Un comité de auditoría que cumpla con todos los requisitos de esta sección se considerará que satisface los requisitos para un comité de supervisión establecidos en las Secciones 14550 a 14555, ambas inclusive, o en cualquier disposición estatutaria aplicable.
(b)CA Financiero Code § 14556(b) El voto de la junta directiva para establecer un comité de auditoría en lugar de un comité de supervisión deberá ser ratificado por un voto mayoritario de los miembros votantes. Una votación de los miembros podrá tener lugar en cualquier reunión ordinaria o extraordinaria de los miembros, o mediante votación por escrito sujeta a la Sección 7513 del Código de Sociedades Anónimas. Tras el voto afirmativo de los miembros, el comité de supervisión se considerará disuelto una vez nombrado un comité de auditoría y adoptadas las enmiendas apropiadas a los estatutos de la cooperativa de crédito, de conformidad con la subdivisión (e) de la Sección 14103, por la junta directiva.
(c)CA Financiero Code § 14556(c) El comité de auditoría estará compuesto por al menos tres personas, siempre que sea un número impar, cada una de las cuales deberá ser miembro de la cooperativa de crédito y nombrada por la mayoría de la junta directiva.
(1)CA Financiero Code § 14556(c)(1) No obstante las limitaciones de la subdivisión (b) de la Sección 7212 del Código de Sociedades Anónimas, el comité de auditoría podrá estar compuesto por directores, o por directores y no directores, siempre que no menos de la mayoría de los miembros del comité de auditoría en cualquier momento dado estén compuestos por directores.
(2)CA Financiero Code § 14556(c)(2) Un miembro del comité de auditoría no podrá desempeñarse como miembro del comité de crédito, como gerente de crédito, como presidente de la junta, o como empleado de la cooperativa de crédito.
(3)CA Financiero Code § 14556(c)(3) Un miembro del comité de auditoría podrá ser nombrado o destituido por voto mayoritario de la junta directiva y ejercerá sus funciones a discreción de la junta. La destitución de un miembro del comité de auditoría que también sea director de la cooperativa de crédito, por cualquier motivo, no afectará su condición de director.
(4)CA Financiero Code § 14556(c)(4) El comisionado, tras la investigación y constatación de que el comité de auditoría no está actuando de conformidad con este artículo, podrá ordenar a la junta que reemplace a cualquiera o a todos los miembros del comité de auditoría.
(d)CA Financiero Code § 14556(d) El comité de auditoría desempeñará las responsabilidades establecidas en las subdivisiones (a) a (c), ambas inclusive, de la Sección 14551 y las Secciones 14551.5, 14552 y 14553 y deberá:
(1)CA Financiero Code § 14556(d)(1) Asegurar que la cooperativa de crédito cumpla con la Sección 14252.
(2)CA Financiero Code § 14556(d)(2) Asegurar que la cooperativa de crédito mantenga un programa de auditoría interna eficaz, incluyendo un sistema de controles internos y personas con suficiente capacitación y experiencia para revisar de manera adecuada y oportuna todas las áreas clave de las operaciones de una cooperativa de crédito.
(e)CA Financiero Code § 14556(e) La junta directiva podrá, mediante resolución posterior, restablecer un comité de supervisión en lugar de un comité de auditoría, lo cual deberá ser ratificado por votación de los miembros. El comité de auditoría se considerará disuelto tras la elección de un comité de supervisión por parte de los miembros.