Section § 15250

Explanation

Esta ley explica cómo una cooperativa de crédito en California puede disolverse. Primero, la junta directiva debe recomendar la disolución con un voto mayoritario. Luego, en una reunión convocada específicamente para este fin, los miembros de la cooperativa de crédito pueden aprobar la disolución mediante voto mayoritario o consentimiento por escrito.

Incluso si no todos los miembros aprueban, el comisionado aún podría aprobar la disolución si los miembros fueron debidamente notificados y la mayoría de los que votaron la apoyan. Es importante destacar que, si la junta vota a favor de la disolución, la cooperativa de crédito debe dejar de hacer préstamos y procesar retiros de participaciones o fondos hasta que los miembros decidan.

(a)CA Financiero Code § 15250(a) Siempre que la junta directiva de una cooperativa de crédito recomiende, por voto de la mayoría de todos sus miembros, la disolución de la cooperativa de crédito, los miembros de la cooperativa de crédito, en cualquier reunión convocada específicamente para considerar el asunto, podrán optar por disolver la cooperativa de crédito, mediante el voto o consentimiento por escrito de la mayoría de todos los miembros de la cooperativa de crédito.
(b)CA Financiero Code § 15250(b) El comisionado podrá aprobar la disolución de una cooperativa de crédito que sea recomendada por el voto de la mayoría de los miembros de la junta directiva de la cooperativa de crédito, incluso si la disolución es aprobada por menos de la mayoría de todos los miembros de la cooperativa de crédito, si el comisionado determina, previa solicitud por escrito y verificada presentada por la junta directiva, que (1) se envió por correo un aviso de la reunión convocada para considerar la disolución o la boleta de votación por escrito para el voto por escrito sobre la disolución a cada miembro con derecho a votar sobre la cuestión, (2) el aviso o la boleta de votación por escrito reveló el propósito de la reunión o del voto por escrito e informó a los miembros que la aprobación de la disolución podría solicitarse de conformidad con esta sección, y (3) la mayoría de los votos emitidos sobre la cuestión fueron a favor de la disolución.
(c)CA Financiero Code § 15250(c) Siempre que los miembros de la junta directiva voten para recomendar la disolución de cualquier cooperativa de crédito, la cooperativa de crédito no realizará ningún préstamo, retiro de participaciones o retiro de certificados de fondos hasta que los miembros aprueben o desaprueben la recomendación de la junta directiva.

Section § 15251

Explanation

Si una cooperativa de crédito decide disolverse, su junta directiva debe elegir un comité de tres personas o nombrar un agente liquidador para gestionar sus activos. Si el comisionado es elegido como agente liquidador, puede gestionar el proceso él mismo o asignar a otra parte, como la Administración Nacional de Cooperativas de Crédito, para que lo haga. Cuando el comisionado es el agente liquidador, la cooperativa de crédito debe renunciar a su certificado para operar como tal.

Si la disolución de la cooperativa de crédito es aprobada de conformidad con el inciso (a) o (b) de la Sección 15250, la junta directiva de la cooperativa de crédito elegirá un comité de tres miembros o podrá, mediante resolución, nombrar un agente liquidador para liquidar los activos de la cooperativa de crédito. Si el comisionado es nombrado agente liquidador, el comisionado podrá actuar como agente liquidador o nombrar a la Administración Nacional de Cooperativas de Crédito o a otra persona para que actúe como agente liquidador. Siempre que el comisionado sea nombrado agente liquidador, la cooperativa de crédito deberá entregar su certificado para operar como cooperativa de crédito.

Section § 15252

Explanation
Esta sección explica que cuando una cooperativa de crédito decide cerrar y disolverse, ciertos funcionarios o la persona encargada de la liquidación deben firmar un certificado que confirme esta decisión. Deben indicar cómo llegaron a esa decisión y luego presentar este certificado ante el Secretario de Estado. Las copias de este certificado presentado, certificadas por el Secretario de Estado, también deben enviarse al comisionado financiero.

Section § 15253

Explanation
Una vez que una cooperativa de crédito vota a favor de disolverse, ya no puede llevar a cabo sus negocios habituales y solo debe concentrarse en finalizar o liquidar sus asuntos.

Section § 15254

Explanation

Esta ley establece que el comité responsable de supervisar la liquidación o el agente liquidador tiene la autoridad para emprender acciones legales en nombre de una cooperativa de crédito. También pueden vender o gestionar de otra manera los activos de la cooperativa de crédito, ya sea en su totalidad o en partes, a través de ventas públicas o privadas.

El comité o el agente liquidador a cargo de la liquidación puede demandar en nombre y representación de la cooperativa de crédito, y puede vender o disponer de otra manera de los activos de la cooperativa de crédito, en su totalidad o en parte, en venta pública o privada.

Section § 15255

Explanation
Una vez que una cooperativa de crédito ha saldado todas sus deudas conocidas, el comité o agente encargado de la liquidación repartirá los activos restantes entre los miembros o accionistas. Estos activos se distribuyen en función de cuánto haya invertido cada persona en sus acciones.

Section § 15257

Explanation

Esta ley establece que, después de que una cooperativa de crédito termina de cerrar, paga todas las deudas conocidas y distribuye sus activos, una mayoría de su comité o agente de liquidación debe firmar un certificado. Este certificado confirma que todas las deudas están saldadas, los impuestos pagados, los activos distribuidos y que la cooperativa de crédito está oficialmente disuelta.

Cuando una cooperativa de crédito se ha liquidado completamente, todas sus deudas y pasivos conocidos han sido efectivamente pagados o adecuadamente provistos o pagados hasta donde sus activos lo permitan, y sus activos conocidos han sido distribuidos, una mayoría del comité o el agente liquidador a cargo de la liquidación deberá firmar y reconocer un certificado que declare que la cooperativa de crédito ha sido completamente liquidada, sus activos conocidos distribuidos, cualquier impuesto o multa adeudada bajo la Ley del Impuesto de Franquicia Bancaria y Corporativa ha sido pagada, y sus otras deudas y pasivos conocidos han sido efectivamente pagados o adecuadamente provistos o pagados hasta donde sus activos lo permitan y que la cooperativa de crédito está disuelta.

Section § 15258

Explanation
Esta sección exige que el certificado de disolución se presente ante el Secretario de Estado. Luego, las copias certificadas de dicho certificado se presentan ante el comisionado.

Section § 15259

Explanation
Durante el proceso de cierre de una cooperativa de crédito, la persona o el grupo que gestiona la liquidación puede ser reemplazado por el comisionado a su discreción. Después, el comisionado puede hacerse cargo del proceso de liquidación o elegir a otra persona para terminar de cerrar la cooperativa de crédito.

Section § 15260

Explanation

Si una cooperativa de crédito no tiene suficientes activos para reembolsar completamente a sus accionistas cuando decide disolverse, no será responsable de pagar los costos administrativos descritos en otra sección de la ley.

Cuando el comisionado determine que, en la fecha de presentación ante el Secretario de Estado del certificado de elección para liquidar y disolver, la cooperativa de crédito no tiene activos suficientes para devolver a sus accionistas su inversión en su totalidad, la cooperativa de crédito no será responsable de los costos de administración evaluados conforme al Artículo 4 (que comienza con la Sección 14350) del Capítulo 3.