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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 18040

Explanation
Esta ley explica cuándo una compañía de préstamos industriales en California puede comprar y poseer bienes inmuebles. Solo pueden poseer bienes inmuebles si: (a) los reciben como pago de una deuda; (b) los compran en ventas de ejecución hipotecaria para cubrir deudas que se les deben, pero no pueden pujar más de la deuda que se les debe; (c) los necesitan para la ubicación de su negocio, aunque no pueden gastar más de un tercio de su capital en estas propiedades y activos relacionados. Esta sección no se aplica a las propiedades que adquieren específicamente para arrendar bajo otra disposición.
Una compañía de préstamos industriales solo podrá adquirir, poseer y transferir bienes inmuebles para los siguientes fines:
(a)CA Financiero Code § 18040(a) Bienes inmuebles que le sean transferidos en satisfacción de deudas previamente contraídas en el curso de sus negocios.
(b)CA Financiero Code § 18040(b) Bienes inmuebles adquiridos en venta bajo sentencias, decretos o ejecuciones hipotecarias o ejecuciones de o ventas fiduciarias bajo escrituras de fideicomiso bajo valores que posea. Ninguna compañía podrá pujar en dicha venta una cantidad mayor de la necesaria para satisfacer su deuda y costos.
(c)CA Financiero Code § 18040(c) Bienes inmuebles necesarios como local para la realización de sus negocios. Ninguna compañía invertirá directa o indirectamente una cantidad que exceda un tercio de su capital social pagado y superávit no disponible para dividendos según lo dispuesto en la Sección 18319 en el lote y edificio donde se lleva a cabo el negocio de la compañía, mejoras en arrendamientos, mobiliario, accesorios, bóvedas, automóviles y otros bienes muebles, necesarios y apropiados para llevar a cabo sus negocios.
(d)CA Financiero Code § 18040(d) Las disposiciones de esta sección no se aplicarán a los bienes adquiridos y poseídos para arrendamiento de conformidad con la Sección 18310.

Section § 18041

Explanation

Esta ley permite al comisionado crear reglas sobre cómo las compañías de préstamos industriales pueden vender los bienes raíces que adquieren. Estas compañías no pueden conservar ningún bien raíz que obtengan por más de cinco años a menos que tengan un permiso por escrito del comisionado.

(a)CA Financiero Code § 18041(a) El comisionado podrá establecer normas y reglamentos con respecto a la venta de cualquier bien inmueble adquirido conforme a la subdivisión (a) o (b) de la Sección 18040, de manera consistente con lo que constituye prácticas comerciales sólidas para las compañías de préstamos industriales.
(b)CA Financiero Code § 18041(b) Los bienes inmuebles adquiridos conforme a la subdivisión (a) o (b) de la Sección 18040 no se mantendrán por un período superior a cinco años sin el consentimiento por escrito del comisionado.

Section § 18042

Explanation
Para comprar una propiedad y un edificio necesarios para operar una compañía de préstamos industriales, o para construir dicha propiedad, al menos tres cuartas partes de todos los directores deben estar de acuerdo y votar a favor de la decisión.
Se requiere la autorización de un voto de tres cuartas partes de todos los directores para autorizar la compra de un terreno y un edificio necesarios como instalaciones para la realización de negocios como compañía de préstamos industriales o para autorizar la construcción de dicho edificio.

Section § 18043

Explanation
Si una compañía de préstamos industriales desea transferir la propiedad de bienes raíces, debe utilizar un documento formal que incluya el sello oficial de la compañía. Este documento debe ser firmado por el presidente o el vicepresidente, así como por el secretario o el subsecretario de la compañía.
Los bienes inmuebles en poder de una compañía de préstamos industriales se transmitirán mediante un instrumento bajo el sello corporativo de la corporación, firmado por el presidente o vicepresidente, y el secretario o subsecretario.