BancaValores
Section § 1200
Esta sección de la ley explica términos específicos relacionados con la compra y venta de valores. Cuando la ley menciona una "oferta" u "oferta de venta", se refiere a intentar vender o pedir a alguien que compre un valor. "Venta" o "vender" incluye cualquier acuerdo para vender o intercambiar valores o cualquier cambio en los términos de los valores existentes.
"Valor" se refiere a instrumentos financieros como acciones y bonos, y también incluye opciones para comprarlos. Sin embargo, esta definición no cubre ciertos dividendos en acciones que los bancos otorgan a los accionistas comunes si se cumplen condiciones específicas.
Section § 1201
Los bancos en California deben obtener un permiso del comisionado antes de poder vender cualquier valor que emitan.
Section § 1202
Esta ley explica situaciones en las que ciertas transacciones bancarias que involucran valores no tienen que seguir las regulaciones habituales de la Sección 1201. Primero, un banco puede ofrecer (pero no vender) sus valores de manera privada y limitada, sin pago o emisión inmediata, siempre que siga reglas específicas sobre a quién puede ofrecerlos. Estas personas deben conocer a alguien en el banco o tener suficiente experiencia para entender el trato. Segundo, si un banco realiza un desdoblamiento de acciones según documentos aprobados, esto también puede estar exento a menos que el comisionado decida lo contrario. Finalmente, un banco puede vender valores a una persona específica con un plan aprobado por el comisionado o si una regulación establece que la transacción está exenta, a menos que, de nuevo, el comisionado decida lo contrario.
Section § 1203
Esta sección de la ley establece que, si desea solicitar un permiso, debe completar el formulario de solicitud de la manera que el comisionado requiera, incluyendo toda la información que solicite.
Section § 1204
Esta sección detalla las tarifas que deben pagarse por distintos tipos de permisos relacionados con valores en California. La tarifa por un permiso de negociación es de $50. De manera similar, obtener un permiso para intercambiar un valor o cambiar sus características, como derechos o privilegios, también cuesta $50. Si necesita un permiso para vender valores en cualquier otro caso, cuesta $100 más el 0.1% del valor total de los valores que se venden, con un tope de $1,750.
Section § 1205
Esta ley establece que si el comisionado decide que vender ciertos valores es justo y razonable, le dará al solicitante un permiso para venderlos bajo condiciones específicas. Si el comisionado encuentra que la venta no es justa, rechazará la solicitud.
Section § 1206
Esta ley permite al comisionado establecer ciertas condiciones en los permisos relacionados con valores. Estas condiciones pueden incluir exigir que los valores se mantengan en fideicomiso, haciéndolos más difíciles de transferir, controlando cómo se maneja el dinero de su venta y limitando los gastos relacionados con su venta. La ley faculta al comisionado para asegurar que estas medidas estén en vigor para proteger el interés público.
Section § 1207
Section § 1208
Esta ley permite a un comisionado cambiar, pausar o cancelar cualquier permiso que fue otorgado según otra norma, la Sección 1205.
Section § 1209
Section § 1210
Section § 1211
Section § 1212
Esta sección aclara que las normas y reglamentos de este capítulo no modifican ni afectan la Ley de Valores Corporativos de 1968, que comienza en la Sección 25000 del Código de Corporaciones.