Section § 1120

Explanation

Esta ley permite a un banco establecer o cambiar el valor nominal —el precio mínimo— de sus acciones, siempre y cuando la junta directiva del banco lo apruebe. La excepción es si los documentos fundacionales del banco (sus estatutos) ya establecen un valor nominal fijo.

Un banco puede, con la aprobación de su junta directiva, determinar y de vez en cuando volver a determinar el valor nominal de cualquier clase o serie de sus acciones, a menos que sus estatutos estipulen que dichas acciones tendrán valor nominal y especifiquen el valor nominal de dichas acciones.

Section § 1121

Explanation
Esta ley establece que los bancos y las compañías fiduciarias no pueden emitir acciones a menos que estas hayan sido pagadas en su totalidad. Esta norma está vigente desde el 1 de octubre de 1949.

Section § 1122

Explanation

Esta ley establece que los bancos no pueden emitir acciones a cambio de los servicios que alguien prestó al establecer el banco, ni como pago con un pagaré de la persona que compra las acciones.

Ningún banco emitirá acciones en consideración de:
(a)CA Financiero Code § 1122(a) Servicios prestados en la organización de dicho banco; o
(b)CA Financiero Code § 1122(b) Cualquier pagaré (sea o no negociable y esté o no garantizado) emitido por el comprador de dichas acciones.