Préstamos e InversionesLímites de Préstamo
Section § 1480
Esta sección define qué se considera «obligaciones» para los fines de este artículo legal financiero. Básicamente, incluye todas las cantidades que una persona debe pagar a un banco comercial, ya sea de forma directa o indirecta. Cubre diversas entidades como individuos, sociedades, corporaciones y gobiernos. Las obligaciones de cada tipo de entidad también pueden extenderse a ciertas partes relacionadas o subsidiarias. Sin embargo, existen casos en los que un comisionado puede hacer excepciones específicas, pero esto requiere una aprobación especial antes de que se creen las obligaciones.
Section § 1481
Esta sección describe cuánto puede deber una persona a un banco comercial en un momento dado, excluyendo ciertos tipos de deudas. Las deudas sin garantía no pueden superar el 15% de ciertos componentes financieros del banco, como el capital de los accionistas y las provisiones para pérdidas de préstamos. El total de las deudas, tanto garantizadas como sin garantía, no debe exceder el 25% de estos componentes.
Se permite excluir algunos ingresos en estos cálculos, según las regulaciones federales. Además, las deudas por descontar papel comercial, un tipo de préstamo a corto plazo, no deben superar el 40%. Los bancos no están obligados a reducir o eliminar préstamos existentes que cumplían con la ley cuando se otorgaron, ni se les impide renovar dichos préstamos.
Section § 1482
Esta ley establece que una obligación, como un préstamo, no puede considerarse garantizada por bienes muebles o colateral a menos que dicho colateral cumpla con condiciones específicas. La propiedad no debe haber sido declarada inelegible por el comisionado y debe valer al menos un 15% más que la cantidad adeudada, a menos que sea un depósito bancario, que debe ser igual al monto de la obligación. El comisionado puede establecer reglas sobre qué tipos de bienes muebles no pueden usarse como garantía.
Para las obligaciones que se afirman garantizadas por bienes inmuebles, estas deben cumplir con otras secciones específicas mencionadas en esta ley. Además, los préstamos garantizados y no garantizados deben estar representados por pagarés separados y no pueden combinarse en un solo pagaré.
Section § 1483
Esta ley explica que los bancos comerciales en California pueden emitir cartas de crédito y aceptar giros o letras de cambio relacionados con el comercio y el envío de mercancías. Estos giros o letras no pueden tener un plazo superior a seis meses y deben estar vinculados a importaciones/exportaciones o envíos nacionales, o estar respaldados por documentos como recibos de almacén. Los bancos tienen un límite en la cantidad total que pueden aceptar de estos giros o letras, que generalmente no supera el 150% de su base financiera, o el 200% con un permiso especial. Además, no pueden aceptar más del 10% de ese monto para una sola persona sin una garantía adicional. Si la aceptación de un banco se vende a otra institución a través de un acuerdo de participación, estas limitaciones no se aplican a la parte cubierta por dicho acuerdo.
Section § 1484
Esta ley establece que un banco comercial en California, con la aprobación del comisionado, puede aceptar giros o letras de cambio de bancos extranjeros si estos tienen un plazo de pago no superior a tres meses. Sin embargo, existen límites sobre la cantidad que un banco puede aceptar. Un banco no puede aceptar estos giros si exceden el 10% de su respaldo financiero (como el capital o las provisiones para pérdidas de préstamos), a menos que estén respaldados por una garantía o documentos de titularidad. En general, el banco no puede aceptar giros que, en total, superen el 50% de su respaldo financiero.
Section § 1485
Esta ley especifica ciertos tipos de préstamos y obligaciones que están exentos de las limitaciones de la Sección 1481. Incluye préstamos respaldados por obligaciones o garantías del gobierno de EE. UU., transacciones relacionadas con la Reserva Federal, ciertos préstamos aprobados por el comisionado y obligaciones garantizadas o aseguradas por la Administración Federal de Vivienda. También cubre transacciones específicas de giros o letras de cambio, aceptaciones bancarias elegibles para redescuento en la Reserva Federal, obligaciones de transacciones de cámara de compensación y obligaciones garantizadas por depósitos si se cumplen ciertas condiciones, incluidas reglas específicas para depósitos en moneda extranjera.
Section § 1486
Esta ley describe las condiciones bajo las cuales un banco comercial puede otorgar un préstamo garantizado por un primer gravamen sobre bienes inmuebles o un arrendamiento. Los préstamos deben cumplir ciertos criterios, como que el plazo no exceda los 10 o 30 años, según el tipo, y que los montos no superen un porcentaje del valor tasado de la propiedad, generalmente entre el 60 y el 90 por ciento.
Existen excepciones específicas, como los préstamos para tierras agrícolas o los préstamos a corto plazo, que pueden tener diferentes límites de plazo y valoraciones. La ley también permite a los bancos otorgar préstamos que no sigan estas restricciones si es necesario para ayudar a vender bienes inmuebles propiedad del banco.
Section § 1487
Esta ley establece que si usted tiene una hipoteca o escritura de fideicomiso sobre bienes inmuebles y no paga lo que se requiere, como impuestos o seguros, el banco puede adelantar la fecha de vencimiento de su préstamo o tomar otras medidas, sin importar si este incumplimiento perjudica o no el interés de seguridad del banco en su propiedad.
Se aplica a los bancos con carta constitutiva estatal o nacional, así como a cualquier persona autorizada por el estado para otorgar préstamos inmobiliarios, incluyendo sus empresas matrices o sucesores.
Section § 1488
Esta ley establece que si un banco está autorizado por una hipoteca o escritura de fideicomiso a gestionar y distribuir el pago de una póliza de seguro sobre una propiedad, puede hacerlo incluso si el interés de seguridad de la propiedad no fue dañado por el incidente que activó el pago del seguro.
Section § 1489
Esta ley permite a los bancos comerciales en California prestar dinero utilizando un primer gravamen sobre bienes inmuebles o un derecho de arrendamiento a largo plazo como garantía, siempre que esos gravámenes duren al menos 10 años más allá de la fecha de vencimiento del préstamo. Los préstamos pueden concederse bajo ciertas condiciones: si están totalmente garantizados o asegurados por el gobierno de EE. UU. o agencias aprobadas, si cumplen los criterios de la Ley de Reajuste de los Militares, o si el préstamo implica la participación de la Administración de Pequeñas Empresas.
Section § 1490
Esta ley establece que un banco comercial en California no puede prestar más del 5% de sus activos totales basándose en las acciones de una sola corporación o en los bonos de un solo deudor. Sin embargo, existen excepciones para los bonos de EE. UU., los bonos del estado de California y los bonos de ciertas entidades gubernamentales locales en California que son adecuados para inversiones de bancos de ahorro.
Section § 1491
Esta ley impide que los bancos comerciales otorguen préstamos respaldados por valores corporativos bajo ciertas condiciones. Primero, los prestatarios o suscriptores deben haber cubierto al menos el 25% de sus obligaciones de compra si se les exige adquirir los valores que garantizan el préstamo. Segundo, el propio banco no puede ser responsable de la devolución del préstamo. Tercero, el plazo del préstamo, incluyendo cualquier renovación, no puede exceder un año. Finalmente, el monto del préstamo no puede superar el 25% de los indicadores de salud financiera del banco, que incluyen el capital contable de los accionistas, las reservas para pérdidas de préstamos y otros instrumentos de capital.
Section § 1492
Esta ley establece que un banco comercial tiene permitido tomar seguridad adicional, como un gravamen o una prenda sobre una propiedad, para un préstamo que ya ha sido concedido de buena fe. No impone ninguna limitación sobre qué propiedad puede usarse como esta garantía adicional.
Section § 1493
Esta sección de la ley permite a un banco comercial tener o adquirir un gravamen secundario sobre una propiedad si ya posee el gravamen principal. Sin embargo, el monto total prestado sobre todos esos gravámenes no debe superar el 90% del valor de mercado de la propiedad, según lo determine una tasación formal. El banco también puede prestar dinero basándose en el monto total de un primer gravamen a través de una escritura de fideicomiso o hipoteca, pero, de nuevo, el préstamo no puede ser superior al 90% del valor de mercado tasado de la propiedad.
Section § 1494
Section § 1495
Esta ley de California permite a los bancos comerciales otorgar préstamos para mejoras de ahorro de energía en viviendas de hasta cuatro unidades. El préstamo debe usarse para comprar e instalar equipos que conserven energía, y debe estar vinculado a otro préstamo bajo una sección diferente, con un límite del 10% del monto de ese préstamo. Los bancos también pueden emitir préstamos adicionales a quienes ya han solicitado préstamos para tales mejoras, siempre que el total de los préstamos no exceda el límite de valor de la propiedad establecido por una ley relacionada.
Section § 1496
Esta ley trata sobre cómo determinar si un préstamo o una inversión está garantizado por un primer gravamen sobre una propiedad inmobiliaria. Establece que ciertos tipos de gravámenes o contratos no se consideran reclamaciones anteriores si no hay pagos atrasados (excepto alquileres o regalías bajo un contrato de arrendamiento). Esto incluye gravámenes fiscales, gravámenes por tasaciones, gravámenes por contratos de suministro de agua, arrendamientos de propiedades con alquileres o regalías destinados al propietario, y gravámenes relacionados con proyectos de riego, todo bajo condiciones específicas. Básicamente, estos no impiden que un préstamo se considere prioritario siempre que cumplan ciertos criterios sobre pagos atrasados y el valor de la propiedad inmobiliaria.
Section § 1497
Esta sección establece que si un banco otorga un préstamo que supera ciertos límites o reglas establecidos por esta división, el préstamo en sí no se considera inválido o ilegal solo por esa razón. De manera similar, si un banco recibe un préstamo que excede los montos permitidos, eso no hace que el préstamo sea inválido o ilegal para el prestamista.
Section § 1498
Esta ley establece que cualquier banco con estatuto estatal en California que ofrezca préstamos al consumo a ciertos prestatarios elegibles, según lo definen las regulaciones federales, debe seguir pautas federales específicas. Estas pautas se detallan en la Sección 987 del Título 10 del Código de los Estados Unidos y enmiendas legales relacionadas.
Si un banco con estatuto estatal no ofrece o publicita estos préstamos a los prestatarios elegibles definidos, no estará infringiendo las normas enumeradas en el Código Militar y de Veteranos.