Section § 12000

Explanation

Esta sección nombra y permite que la gente se refiera a esta división como la Ley de Vendedores de Cheques, Pagadores de Facturas y Prorrateadores.

Esta división se conoce y puede citarse como la Ley de Vendedores de Cheques, Pagadores de Facturas y Prorrateadores.

Section § 12001

Explanation
Esta sección de la ley significa que, cada vez que interpretes las reglas de esta parte de la ley, debes usar las definiciones que se dan en el capítulo. Esas definiciones guían cómo entiendes y aplicas las reglas de esta división, a menos que haya algo en el contexto que claramente indique que deben entenderse de otra manera.

Section § 12002

Explanation
Esta ley define a un vendedor de cheques como alguien que gana dinero vendiendo cheques, giros, órdenes de pago o documentos similares, o que recibe dinero para pagar facturas en nombre de otra persona. También incluye a las personas que aceptan dinero para pagar facturas de servicios públicos sin recibir una compensación directa o sin actuar como agente autorizado de una compañía de servicios públicos.

Section § 12002.1

Explanation

Esta ley define a un 'prorrateador' como alguien que, por una tarifa, maneja dinero en nombre de un deudor para pagar a sus acreedores, ya sea total o parcialmente.

Un prorrateador es una persona que, a cambio de una compensación, se dedica total o parcialmente al negocio de recibir dinero o pruebas de ello con el propósito de distribuir el dinero o las pruebas de ello entre los acreedores en pago o pago parcial de las obligaciones del deudor.

Section § 12002.2

Explanation

Esta ley describe a un 'agente de negocios' como alguien que opera como prorrateador, lo que significa que ayuda a las personas con asesoramiento de inversión y a gestionar sus asuntos personales o comerciales a través de un tipo especial de contrato. Sin embargo, su objetivo principal no debe ser saldar deudas existentes.

Un agente de negocios, para los fines de esta división, es una persona que se dedica al negocio como prorrateador, según se define en la Sección 12002.1, como un incidente al negocio de asesorar, aconsejar o dirigir a personas en sus inversiones, y en la organización y gestión de sus asuntos bajo un contrato exclusivo, cuyo propósito principal no es la liquidación de deudas existentes.

Section § 12003

Explanation

Esta sección define a quién se refiere el término "Comisionado" dentro del contexto de las regulaciones financieras de California. Incluye al Comisionado de Protección e Innovación Financiera y también puede referirse a cualquier adjunto, investigador, auditor u otro empleado que trabaje para el comisionado.

"Comisionado" significa el Comisionado de Protección e Innovación Financiera, o cualquier adjunto, investigador, auditor, o cualquier otra persona empleada por el comisionado.

Section § 12004

Explanation

Esta ley define quién califica como 'licenciatario' bajo las regulaciones financieras. Un licenciatario puede ser una persona física o una corporación aprobada por el comisionado para operar como agente de negocios. También incluye corporaciones con licencia para vender cheques, giros u órdenes de pago, o para gestionar pagos de facturas y recibos en nombre de terceros, excepto cuando actúen como agentes autorizados de una compañía de servicios públicos.

“Licenciatario” significa cualquier persona física o jurídica con licencia del comisionado para dedicarse al negocio de agente de negocios, y cualquier corporación con licencia del comisionado para dedicarse al negocio de venta de cheques, giros u órdenes de pago, o de recibir dinero como agente de un deudor con el propósito de pagar facturas, recibos o cuentas de dicho deudor o de aceptar dinero en pago de facturas de servicios públicos, excepto como agente autorizado de una compañía de servicios públicos conforme a las disposiciones de esta división.

Section § 12005

Explanation

Esta sección de la ley define una «unidad móvil» como cualquier vehículo o configuración móvil similar utilizada para la venta de cheques, giros u órdenes de pago.

«Unidad móvil» significa un vehículo u otro medio móvil desde el cual se lleva a cabo el negocio de venta de cheques, giros u órdenes de pago.