(a)CA Financiero Code § 90002(a) Esta división no se aplicará a un licenciatario, o a un empleado de un licenciatario, de cualquier agencia estatal que no sea el Departamento de Protección e Innovación Financiera en la medida en que dicho licenciatario o empleado actúe bajo la autoridad de la licencia de la otra agencia estatal.
(b)CA Financiero Code § 90002(b) Esta división no se aplicará a una persona o empleado de esa persona en la medida en que dicha persona o empleado actúe bajo la autoridad de una de las siguientes licencias, certificados o estatutos emitidos por el Departamento de Protección e Innovación Financiera:
(1)CA Financiero Code § 90002(b)(1) Cualquier persona con licencia como agente de plica bajo la División 6 (que comienza con la Sección 17000) del Código Financiero.
(2)CA Financiero Code § 90002(b)(2) Cualquier persona con licencia como prestamista financiero, corredor, administrador de programas u originador de préstamos hipotecarios bajo la División 9 (que comienza con la Sección 22000) del Código Financiero.
(3)CA Financiero Code § 90002(b)(3) Cualquier persona con licencia como corredor de bolsa o asesor de inversiones bajo la División 1 (que comienza con la Sección 25000) del Título 4 del Código de Sociedades Anónimas.
(4)CA Financiero Code § 90002(b)(4) Cualquier persona con licencia como prestamista hipotecario residencial, administrador de servicios hipotecarios u originador de préstamos hipotecarios bajo la División 20 (que comienza con la Sección 50000) del Código Financiero.
(5)CA Financiero Code § 90002(b)(5) Cualquier persona con licencia como vendedor de cheques, pagador de facturas o prorrateador bajo la División 3 (que comienza con la Sección 12000) del Código Financiero.
(6)CA Financiero Code § 90002(b)(6) Cualquier persona con licencia como empresa de acceso a capital bajo la División 3 (que comienza con la Sección 28000) del Título 4 del Código de Sociedades Anónimas.
(7)CA Financiero Code § 90002(b)(7) Cualquier persona que realice negocios bajo una licencia, estatuto o certificado emitido bajo la Ley de Instituciones Financieras, incluyendo la División 1 (que comienza con la Sección 99), la División 1.1 (que comienza con la Sección 1000), la División 1.2 (que comienza con la Sección 2000), la División 1.6 (que comienza con la Sección 4800), la División 2 (que comienza con la Sección 5000), la División 5 (que comienza con la Sección 14000), la División 7 (que comienza con la Sección 18000) y la División 15 (que comienza con la Sección 31000) del Código Financiero.
(c)CA Financiero Code § 90002(c) Esta división no se aplicará a un banco, sociedad de cartera bancaria, sociedad fiduciaria, asociación de ahorro y préstamo, sociedad de cartera de ahorro y préstamo, cooperativa de crédito o una organización sujeta a la supervisión de la Administración de Crédito Agrícola, cuando actúe bajo la autoridad de una licencia, certificado o estatuto bajo la ley federal o las leyes de otro estado.
(d)CA Financiero Code § 90002(d) Esta división se aplica a todas las demás personas cubiertas, según se define en el inciso (f) de la Sección 90005.
(Added by Stats. 2020, Ch. 157, Sec. 7. (AB 1864) Effective January 1, 2021.)