Section § 50500

Explanation

Si una persona rompe intencionalmente cualquier regla u orden de esta división, puede ser multada con hasta $10,000, enfrentar hasta un año en la cárcel del condado, o ambas cosas. El tiempo en la cárcel solo aplica si la persona conocía la regla u orden. Además, ser condenado bajo esta sección no impide otras acciones por parte del comisionado mencionadas en la Sección 50320.

Cualquier persona que infrinja deliberadamente cualquier disposición de esta división, o cualquier norma u orden bajo esta división, será, tras condena, sujeta a una multa de no más de diez mil dólares ($10,000) o a prisión conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal, o en una cárcel del condado por no más de un año, o a ambas, dicha multa y prisión. Ninguna persona podrá ser encarcelada por la infracción de cualquier norma u orden a menos que tuviera conocimiento de dicha norma u orden. La condena bajo esta sección no impedirá que el comisionado ejerza la autoridad prevista en la Sección 50320.

Section § 50501

Explanation

Si alguien incumple una norma de esta división, puede ser multado con hasta $2,500 por cada infracción. Esta multa se impone en una demanda civil por un funcionario estatal, llamado comisionado, en nombre del pueblo de California.

Además, esta sanción económica no es la única opción. También se pueden utilizar otras acciones legales para hacer cumplir las normas, y se pueden aplicar de forma conjunta si es necesario.

(a)CA Financiero Code § 50501(a) Cualquier persona que infrinja una disposición de esta división, o cualquier norma u orden bajo esta división, será responsable de una multa civil que no exceda los dos mil quinientos dólares ($2,500) por cada infracción. Esta multa será evaluada y recuperada en una acción civil interpuesta en nombre del pueblo del Estado de California por el comisionado en cualquier tribunal de jurisdicción competente.
(b)CA Financiero Code § 50501(b) En cuanto a las multas por actos que infrinjan esta división, los recursos previstos por esta sección y por otras secciones de esta división no son exclusivos, y pueden ser solicitados y empleados en cualquier combinación para hacer cumplir las disposiciones de esta división.

Section § 50501.5

Explanation

Esta sección de la ley describe el proceso que utiliza el comisionado cuando alguien infringe ciertas normas relacionadas con las finanzas. Si se descubre que un licenciatario o una persona está infringiendo estas normas, recibe una citación por escrito que detalla lo que hizo mal. También se les puede ordenar que corrijan el problema y paguen una multa de hasta $2,500. Esta multa tiene en cuenta factores como la gravedad de la infracción y el historial de problemas similares de la persona.

Si no se impugna la citación en un plazo de 30 días, esta se vuelve definitiva. Sin embargo, si las infracciones son repetidas o continuas, el comisionado puede emitir órdenes más estrictas para detener actividades comerciales específicas. Si la persona desea impugnar la citación, puede solicitar una audiencia. Si pierden, el comisionado puede pedir al tribunal que haga cumplir la multa y el cumplimiento.

(a)CA Financiero Code § 50501.5(a) Si, tras una inspección, examen o investigación, el comisionado tiene motivos para creer que un licenciatario o persona está violando o ha violado alguna disposición de esta división o cualquier norma u orden emitida en virtud de la misma, el comisionado o su designado podrá emitir una citación a dicho licenciatario o persona por escrito, describiendo con particularidad el fundamento de la citación. Cada citación podrá contener una orden para corregir la infracción o infracciones identificadas y establecer un período o períodos de tiempo razonables en los que la infracción o infracciones deben ser corregidas. Además, cada citación podrá imponer una multa administrativa que no exceda los dos mil quinientos dólares ($2,500) que se depositará en el Fondo Estatal de Corporaciones. Al imponer una multa, el comisionado considerará debidamente la idoneidad del importe de la multa con respecto a factores como la gravedad de la infracción, la buena fe de la persona o los licenciatarios citados y el historial de infracciones anteriores. Una citación emitida y una multa impuesta de conformidad con esta sección, si bien constituyen un castigo por una infracción de la ley, sustituirán a otras medidas disciplinarias administrativas por parte del comisionado por la infracción o infracciones citadas, y la citación y el pago de la multa por parte de un licenciatario no se informarán como una medida disciplinaria tomada por el comisionado.
(b)CA Financiero Code § 50501.5(b) No obstante lo dispuesto en el apartado (a), nada de lo dispuesto en esta sección impedirá que el comisionado emita una orden de cese y desistimiento de participar en un negocio o actividad o actividades específicas, o una orden de suspensión de todas las operaciones comerciales a una persona o licenciatario que esté participando o haya participado en infracciones continuas o repetidas de esta división. En cualquiera de estas circunstancias, las sanciones autorizadas en virtud de esta sección serán independientes y adicionales a todos los demás recursos administrativos, civiles o penales.
(c)CA Financiero Code § 50501.5(c) Si, en un plazo de 30 días a partir de la recepción de la citación, la persona citada no notifica al departamento su intención de solicitar una audiencia según lo descrito en el apartado (d), la citación se considerará definitiva.
(d)CA Financiero Code § 50501.5(d) Cualquier audiencia en virtud de esta sección se llevará a cabo de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.
(e)CA Financiero Code § 50501.5(e) Una vez agotados los procedimientos de revisión previstos en esta sección, el comisionado podrá solicitar al tribunal superior competente una sentencia por el importe de la multa administrativa y una orden que obligue a la persona citada a cumplir la orden del comisionado. La solicitud, que incluirá una copia certificada de la orden final del comisionado, constituirá una prueba suficiente para justificar la emisión de la sentencia y la orden.

Section § 50502

Explanation
Esta ley establece que es ilegal mentir u omitir hechos importantes en los documentos que se presentan ante el comisionado relacionados con las reglas de esta división. Es necesario ser veraz e incluir toda la información requerida en dichos documentos.

Section § 50503

Explanation

Esta ley prohíbe a ciertas personas y empleados, como directores o accionistas con más del 10% de propiedad, manejar indebidamente fondos fiduciarios o participar en robos o fraudes relacionados con dichos fondos. No pueden hacer declaraciones falsas ni omitir detalles importantes sobre préstamos o la administración de préstamos. Cualquier persona en esa posición que tome o use indebidamente dinero o activos de los servicios de préstamos está violando esta ley. Si son condenados por tales violaciones, deben reembolsar la cantidad robada además de enfrentar otras sanciones.

(a)CA Financiero Code § 50503(a) Constituye una violación para cualquier persona sujeta a esta ley o cualquier director, socio, accionista que controle una participación de propiedad del 10 por ciento o más, fideicomisario, funcionario, agente o empleado de dicha persona, realizar cualquiera de las siguientes acciones:
(1)CA Financiero Code § 50503(a)(1) Desembolsar o causar el desembolso de fondos fiduciarios a sabiendas o imprudentemente, excepto según lo permitido por la Sección 50202, o dirigir, participar, o ayudar o instigar de manera material, a sabiendas o imprudentemente, cualquier actividad que constituya robo o fraude en relación con cualquier transacción de fondos fiduciarios.
(2)CA Financiero Code § 50503(a)(2) Realizar o causar la realización, a sabiendas o imprudentemente, de cualquier declaración falsa u omisión de un hecho material, relacionado con un préstamo o la administración de préstamos.
(b)CA Financiero Code § 50503(b) Cualquier director, funcionario, socio, accionista que controle una participación de propiedad del 10 por ciento o más, fideicomisario o empleado de un administrador de préstamos hipotecarios residenciales que sustraiga o se apropie indebidamente de dinero, fondos, obligaciones fiduciarias o bienes depositados con un licenciatario, comete una violación de esta sección. Si una violación resulta en una condena penal, el tribunal, además de cualquier otra pena impuesta, ordenará a la persona que realice la restitución total. Nada en esta sección se considerará o interpretará como una derogación, modificación o menoscabo de cualquier disposición legal existente que prescriba una pena para dicho delito.

Section § 50504

Explanation

Cuando un prestamista, como un banco u otra institución financiera, cobra intencionalmente más de lo permitido por la ley por un préstamo, puede enfrentar consecuencias. Si hay un cobro excesivo, se le podría ordenar al prestamista que reembolse no solo el monto extra, sino también el cargo original, ambos con un 10% de interés anual desde el día en que se le cobró de más.

Esto también aplica si el prestamista cobra más intereses de lo legalmente permitido sobre el monto principal del préstamo. En este caso, se le podría exigir que reembolse el interés extra, con el mismo 10% de interés anual.

(a)CA Financiero Code § 50504(a) Si se cobra, contrata o recibe intencionalmente una cantidad distinta o en exceso de los cargos permitidos por esta división, además de cualquier otra sanción o recurso, el comisionado podrá ordenar al licenciatario que reembolse a todos los prestatarios a quienes se les cobró el monto en exceso, dicho monto en exceso y el monto del cargo, ambos con intereses a una tasa del 10 por ciento anual, calculados a partir de la fecha en que se impuso el cargo indebido.
(b)CA Financiero Code § 50504(b) Si se cobran, contratan o reciben intencionalmente intereses sobre el monto principal de un préstamo en exceso de la cantidad autorizada por esta división, además de cualquier otra sanción o recurso, el comisionado podrá ordenar al licenciatario que reembolse el monto de interés en exceso a todos los prestatarios a quienes se les cobró dicho monto en exceso, con intereses a una tasa del 10 por ciento anual, calculados a partir de la fecha en que se impuso el cargo indebido.

Section § 50505

Explanation

Si alguien infringe alguna norma de ciertas leyes financieras federales, también está infringiendo esta ley financiera estatal. Esto incluye leyes sobre liquidaciones de bienes raíces, veracidad en los préstamos, protección de la equidad de la propiedad de vivienda y cualquier reglamento relacionado.

Cualquier persona que infrinja cualquier disposición de cualquiera de las siguientes leyes o reglamentos federales infringe esta división:
(a)CA Financiero Code § 50505(a) La Ley federal de Procedimientos de Liquidación de Bienes Raíces, según enmendada (12 U.S.C. Sec. 2601 et seq.).
(b)CA Financiero Code § 50505(b) La Ley federal de Veracidad en los Préstamos, según enmendada (15 U.S.C. Sec. 1601 et seq.).
(c)CA Financiero Code § 50505(c) La Ley federal de Protección de la Equidad de la Propiedad de Vivienda (15 U.S.C. Sec. 1639).
(d)CA Financiero Code § 50505(d) Cualquier reglamento promulgado en virtud de cualquiera de las leyes federales de la subdivisión (a), (b) o (c).

Section § 50506

Explanation

Esta ley se dirige a personas en puestos clave, como directores o empleados de una empresa con licencia y sus filiales. Establece que infringen la ley si a sabiendas toman o usan la propiedad de la empresa sin una razón legítima o con la intención de engañar o defraudar a alguien. También violan esta ley si no registran adecuadamente las transacciones en los libros de la empresa, o si ayudan a ocultar o no registrar información importante en los registros de la empresa.

Cualquier director, funcionario, socio, fideicomisario o empleado de un licenciatario, su sociedad de cartera o sus filiales que a sabiendas reciba o se apropie de cualquier propiedad del licenciatario, que no sea en pago de una demanda justa o con intención de defraudar, o que omita hacer o cause que se omita hacer el asiento completo y veraz de ello en sus libros y cuentas o que concurra en omitir hacer cualquier asiento material de ello, viola esta división.

Section § 50507

Explanation
Esta ley establece que si cualquier persona involucrada en la gestión o el trabajo para una organización financiera con licencia intencionalmente realiza asientos falsos en los registros o informes de la empresa, o se niega a realizar los asientos requeridos o a permitir inspecciones, está infringiendo la ley.

Section § 50508

Explanation

Esta ley establece que es ilegal que un director, funcionario, socio, fideicomisario o empleado de una empresa con licencia, su sociedad matriz o sus afiliadas, realice anotaciones falsas u omita intencionalmente información en los registros de la empresa con la intención de engañar a cualquiera que examine la compañía, incluyendo empleados, agentes, funcionarios públicos o examinadores. También abarca el hecho de hacer inaccesibles documentos con los mismos propósitos engañosos. Violar esta disposición puede acarrear sanciones bajo esta división.

Cualquier director, funcionario, socio, fideicomisario o empleado de un licenciatario, su sociedad holding o sus afiliadas que realice una anotación falsa en cualquier libro o registro del negocio, o en relación con cualquier transacción del negocio, con la intención de engañar a cualquier funcionario, director o empleado de la misma, o a cualquier agente o examinador, empleado o legalmente designado para examinar su condición o cualquiera de sus asuntos o transacciones, o a cualquier funcionario público que tenga autoridad para examinar sus asuntos o transacciones, o que, con la misma intención, omita hacer una nueva anotación de cualquier asunto que se refiera particularmente a la condición de la propiedad del negocio o a las transacciones de la entidad en cualquier documento del licenciatario, o que, con la misma intención, haga inaccesible cualquier documento del licenciatario elaborado, escrito o conservado, o que deba ser elaborado, escrito o conservado por él o ella bajo su dirección, infringe esta división.

Section § 50509

Explanation

Si una persona en un puesto de liderazgo o un empleado de una empresa maneja el dinero, los fondos o la propiedad de la empresa de manera indebida o inapropiada, está infringiendo esta ley. Si son declarados culpables de un delito por esta razón, el tribunal les exigirá que devuelvan la cantidad total a la empresa. Esta ley no cambia ninguna de las penas legales ya existentes para este tipo de delitos.

Cualquier funcionario, director, socio, fideicomisario o empleado de cualquier entidad que sustraiga o aplique indebidamente cualquiera de los dineros, fondos o bienes de un licenciatario, o aplique indebidamente su crédito, o sustraiga o aplique indebidamente dineros, fondos, obligaciones fiduciarias o bienes depositados con un licenciatario, viola esta división. Si una violación resulta en una condena penal, el tribunal deberá, además de cualquier otra pena impuesta, ordenar a la persona que haga la restitución total al licenciatario. Nada de lo dispuesto en esta sección se considerará o interpretará como una derogación, modificación o menoscabo de cualquier disposición legal existente que prescriba una pena para dicho delito.

Section § 50510

Explanation
Esta sección aclara que no se le puede acusar penalmente por infringir una ley civil que forma parte de esta división. Si ya ha pagado una sanción civil o multa por un acto específico bajo ciertas leyes comerciales o de bienes raíces, no tendrá que pagar de nuevo bajo esta ley por el mismo asunto.

Section § 50511

Explanation
Esta ley permite a un comisionado suspender a alguien o prohibirle trabajar con una empresa con licencia por hasta un año si finge tener habilidades o cualificaciones especiales que en realidad no posee. Esta decisión depende de si la persona utilizó títulos o certificaciones engañosas para engañar al público sobre lo que puede ofrecer.

Section § 50512

Explanation

Esta ley prohíbe que cualquier persona, a sabiendas, altere, destruya o falsifique documentos o registros para interferir con la aplicación de las regulaciones financieras. También prohíbe hacer declaraciones falsas al comisionado durante cualquier proceso de concesión de licencias, investigación o examen con la misma intención de obstruir o engañar.

(a)CA Financiero Code § 50512(a) Es ilegal que cualquier persona, a sabiendas, altere, destruya, mutile, oculte, encubra, falsifique o haga una entrada falsa en cualquier registro, documento u objeto tangible con la intención de impedir, obstruir o influir en la administración o el cumplimiento de cualquier disposición de esta división.
(b)CA Financiero Code § 50512(b) Es ilegal que cualquier persona, a sabiendas, haga una declaración falsa al comisionado durante el proceso de concesión de licencias, investigación o examen, con la intención de impedir, obstruir o influir en la administración o el cumplimiento de cualquier disposición de esta división.

Section § 50513

Explanation

Esta ley permite al comisionado tomar varias medidas con respecto a las licencias de los originadores de préstamos hipotecarios. Puede denegar, suspender, revocar o no renovar una licencia si hay violaciones de ciertas regulaciones o si el solicitante proporciona información falsa. El comisionado también puede ordenar la restitución, imponer multas o emitir directivas para detener las actividades comerciales si hay violaciones. Cada violación puede resultar en una multa de hasta $25,000, y cada violación individual se trata por separado.

Si el comisionado encuentra que un originador de préstamos hipotecarios o su empleador violó las reglas, se pueden aplicar multas y se pueden emitir órdenes inmediatas para detener actividades perjudiciales. Las sanciones civiles requieren una audiencia, y el comisionado puede hacer cumplir otras acciones que considere necesarias para asegurar el cumplimiento.

(a)CA Financiero Code § 50513(a) El comisionado podrá realizar una o varias de las siguientes acciones:
(1)CA Financiero Code § 50513(a)(1) Denegar, suspender, revocar, condicionar o rechazar la renovación de una licencia de originador de préstamos hipotecarios por una violación de esta división, o de cualquier norma o reglamento adoptado en virtud de la misma.
(2)CA Financiero Code § 50513(a)(2) Denegar, suspender, revocar, condicionar o rechazar la renovación de una licencia de originador de préstamos hipotecarios si un solicitante o licenciatario no cumple en cualquier momento con los requisitos de la Sección 50141 o 50144, o si oculta información o realiza una declaración falsa sustancial en una solicitud de licencia o de renovación de licencia.
(3)CA Financiero Code § 50513(a)(3) Ordenar la restitución contra un originador de préstamos hipotecarios o cualquier licenciatario de prestamista o administrador de hipotecas residenciales que emplee a un originador de préstamos hipotecarios por una violación de esta división.
(4)CA Financiero Code § 50513(a)(4) Imponer multas a un originador de préstamos hipotecarios o a cualquier licenciatario de prestamista o administrador de hipotecas residenciales que emplee a un originador de préstamos hipotecarios de conformidad con los apartados (b), (c) y (d).
(5)CA Financiero Code § 50513(a)(5) Emitir órdenes o directivas a los originadores de préstamos hipotecarios en virtud de esta división de la siguiente manera:
(A)CA Financiero Code § 50513(a)(5)(A) Ordenar o dirigir a un originador de préstamos hipotecarios o a cualquier licenciatario de prestamista o administrador de hipotecas residenciales que emplee a un originador de préstamos hipotecarios que cese y desista de realizar actividades comerciales, incluyendo órdenes temporales inmediatas de cese y desistimiento.
(B)CA Financiero Code § 50513(a)(5)(B) Ordenar o dirigir a un originador de préstamos hipotecarios o a cualquier licenciatario de prestamista o administrador de hipotecas residenciales que emplee a un originador de préstamos hipotecarios que cese cualquier actividad perjudicial o violación de esta división, incluyendo órdenes temporales inmediatas de cese y desistimiento.
(C)CA Financiero Code § 50513(a)(5)(C) Emitir órdenes temporales inmediatas para cesar las actividades comerciales bajo una licencia emitida de conformidad con la autoridad otorgada en virtud de la Sección 50002 si el comisionado determina que la licencia fue otorgada erróneamente o que el originador de préstamos hipotecarios está actualmente en violación de esta división.
(D)CA Financiero Code § 50513(a)(5)(D) Ordenar o dirigir cualquier otra acción afirmativa que el comisionado considere necesaria.
(b)CA Financiero Code § 50513(b) El comisionado podrá imponer una sanción civil a un originador de préstamos hipotecarios o a cualquier licenciatario de prestamista o administrador de hipotecas residenciales que emplee a un originador de préstamos hipotecarios, si el comisionado determina, en el expediente previa notificación y oportunidad de audiencia, que el originador de préstamos hipotecarios o cualquier licenciatario de prestamista o administrador de hipotecas residenciales que emplee a un originador de préstamos hipotecarios ha violado o incumplido cualquier requisito de esta división o cualquier reglamento prescrito por el comisionado en virtud de esta división o cualquier orden emitida bajo la autoridad de esta división.
(c)CA Financiero Code § 50513(c) El importe máximo de la sanción por cada acto u omisión descrito en el apartado (b) será de veinticinco mil dólares ($25,000).
(d)CA Financiero Code § 50513(d) Cada violación o incumplimiento de cualquier directiva u orden del comisionado constituye una violación o incumplimiento separado y distinto.