Chapter 3.6
Section § 50150
Esta ley permite al comisionado colaborar con el Sistema y Registro Nacional de Licencias Hipotecarias para gestionar registros y tarifas relacionados con las licencias hipotecarias. El comisionado puede eximir o modificar reglas para alinearse con este sistema y puede usarlo para solicitar y compartir información con agencias gubernamentales u otras fuentes.
Además, debe existir un proceso para que los solicitantes y licenciatarios puedan impugnar la información registrada por el comisionado en el sistema.
Section § 50151
Esta ley garantiza que cualquier información privada compartida con el Sistema y Registro Nacional de Licencias Hipotecarias (NMLS) permanezca confidencial y protegida, incluso después de haber sido divulgada. Mantiene intactas las protecciones de privacidad federales y estatales, y esta información confidencial no puede ser divulgada públicamente ni utilizada en los tribunales a menos que la persona a quien pertenece la información decida renunciar a esa protección.
Sin embargo, la información sobre el historial de empleo de un originador de préstamos hipotecarios y cualquier acción disciplinaria pública en su contra aún puede ser accedida por el público a través del NMLS.
Section § 50152
Esta ley exige que el comisionado comparta regularmente información sobre infracciones, acciones de cumplimiento y otros detalles importantes con el Sistema y Registro Nacional de Licencias Hipotecarias, siempre y cuando esta información sea de dominio público.